Es una activista mexicana reconocida como una de las 100 personas más influyentes del mundo en 2021 por la revista Time que impulsó la creación de una ley contra el acoso digital en México que lleva su nombre, la Ley Olimpia.
Entre las conductas penalizadas por la Ley Olimpia se encuentran el grabar (audio o video), tomar fotos o elaborar videos simulados o reales de contenido sexual sin consentimiento o por engaño.
3. • La denominada “Ley Olimpia” surge a raíz de la difusión de un video de contenido
sexual no autorizado de una mujer en el estado de puebla; derivado de ello se
impulsó una iniciativa para reformar el código penal de dicha entidad y tipificar
tales conductas como violación a la intimidad; acción que se ha replicado en 17
entidades federativas.
4. • Olimpia coral Melo Cruz es la impulsora. Cuando tenia 18 años, un video intimo de ella
fue viralizado sin su consentimiento por que fue atacado con burlas e insultos.
• Como no pudo realizar su denuncia, decidió contactar a varias mujeres que sufrieron
violencia digital, con quienes se apoyo para elaborar la iniciativa.
• Esta ley no distingue géneros, es decir que aplica igual para hombres y mujeres
5. • Es una serie de reformas a los códigos penales de las entidades federativas a la
ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, en las que se
reconoce como DELITO la violencia digital en todo el país, la cual incluye acoso,
hostigamiento, amenazas y la difusión de información privada sin consentimiento
6. • Delitos de exposición pública, de datos personales y de contenido intimo sin
consentimiento, acoso, hostigamiento o su plantación de identidad
7. • El 5 de noviembre del 2020, el senado de la República aprobó por unanimidad las reformas
para sancionar con severidad la violencia digital y mediática, las reformas para sancionar con
severidad la violencia digital y mediática, además de combatir el acoso, el hostigamiento y la
difusión de contenido sexual en contra de mujeres en plataformas de internet o redes sociales.
8. • Desde Mayo del 2019, se aprobó de manera unánime La Ley Olimpia, misma que
tipifica como delito el divulgar, compartir, distribuir o publicar, audios, imágenes
o videos de carácter erótico o sexual de una persona sin su consentimiento.
9. • Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido
sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
• Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar,
intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una
persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo
electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.
10. • Tiene por objetivo establecer la coordinación entre la federación las identidades federativas, la
Ciudad de México y los municipios para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las
mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia
que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y no discriminación, así
como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía
y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.