Este documento es un contrato de préstamo entre Doña Mercedes Apaza Quispe y Don Jeremías Medina Florez. Doña Mercedes le prestó a Don Jeremías 1000 soles, que deberá devolver en un plazo máximo de un mes y tres días junto con 200 soles de intereses. Si Don Jeremías incumple con el pago, Doña Mercedes quedará como propietaria de la motosierra que fue dejada como garantía.
contrato de prestamo particular de personas naturales
1. CONTRATO DE PRESTAMO DE DINERO
REUNIDOS
De una parte, Doña Mercedes Apaza Quispe con DNI 71210937, con domicilio en Jirón las
palmeras.
Y de otra parte Don Jeremías Medina Florez con DNI 44320616, con domicilio en Carrera
Departamental Boca Colorado Manz II
Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho.
Con la capacidad y legitimación para contratar que legítimamente se reconocen, los
comparecientntal es han convenido otorgar contrato de PRÉSTAMO CON INTERESES, con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera: Doña Mercedes Apaza Quispe con DNI 71210937, declara haber entregado con
anterioridad a este acto en concepto de préstamo a Don Jeremías Medina Flores con DNI:
44320616, que reconoce haberlo recibido, un capital de S/1000,00(Mil Nuevos Soles), siendo el
total, que tiene que entregar 1200(Mil doscientos Nuevos Soles).
Segunda: Durante el plazo del préstamo, el capital más Intereses serán devueltos durante el mes,
que serán contados de esta manera 12 de marzo del 2023 al 12 de abril del 2023.
Tercera: El capital más intereses prestado ha de devolverse en un plazo máximo de Un mes más
3 días. No obstante, el prestatario podrá amortizar de forma anticipada el capital más intereses
pendiente en cualquier momento.
Cuarta: En caso de incumplimiento el prestamista queda como su propiedad la garantía dejada, el
cual es un bien mueble-Motosierra.
Y en prueba de conformidad los otorgantes firman el presente contrato en el lugar y fecha
indicados en el encabezamiento.
El prestamista El prestatario