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PROPIEDAD HORIZONTALPROPIEDAD HORIZONTAL
PROPIEDAD HORIZONTAL
CONTENIDO
- CONCEPTO
- MARCO HISTORICO
- PRIMEROS BIENES EN PH
- MARCO LEGAL Y NORMATIVO
- GENERALIDADES
- PRESUPUESTO
- ORGANOSDE DIRECCION
- CONTABILIDAD
- REVISORIA FISCAL
- ASPECTOS TRIBUTARIOS
- OTRAS NORMAS
PROPIEDAD HORIZONTAL
Concepto:
Es una forma especial de dominio, en la
que concurren derechos de propiedad
exclusiva sobre bienes privados y derechos
de copropiedad sobre el terreno y los
demás bienes comunes.
MARCO HISTORICO
 La propiedad horizontal en el mundo.
• Roma año 298 d.c.
• Paris 1672
• Código de Napoleón año 1804.
• 1918 se generaliza en Europa
• 1924 Bélgica, primera ley similar
• Brasil año 1928.
• 1950 cuba reglamente la propiedad
por pisos o apartamentos
• Uruguay año 1951.
MARCO HISTORICO
LA PROPIEDAD HORIZONTAL EN
COLOMBIA.
• 1940 se presenta proyecto de Ley,
no prospero
• 1946 nuevo proyecto, fracasa por
cierre del congreso en 1947
• Año 1948.
• 1951 Centro Antonio Nariño.
• 1974 primeras PH mixtas
• 1985 ley 16
• Ley 428 de 1998 , Unid Inm. cerrada
• Ley 675 del año 2001.
LOS PRIMEROS BIENES EN
PROPIEDAD HORIZONTAL
Centro Urbano Antonio
Nariño, 1952.
Centro comercial San
Diego, 1972.
Torre Colseguros,
1974.
Centro comercial
Unicentro, 1974.
MARCO LEGAL
 Ley 182 de 1948
 Ley 16 de 1985
 Ley 142 de 1994
 Ley 146 de 2002
 Código civil
 Código de Comercio
 Código de Policía
 Ley 675 de 2001
ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY
675 DE 2001
 personería jurídica
 extinción propiedad horizontal
 Clasificaciones de los bienes
 Reglamento
 Administración
 Asamblea de copropietarios
 Administrador
 Consejo de administración
 Revisor fiscal
 Comité de convivivencia
GENERALIDADES
Conforman
Propietarios
Sin ánimo
de lucro
Naturaleza
Civil
Persona
Jurídica
PH
PH
Escritura
Pública
Oficina de Registro de
Instrumentos Públicos.
Constitución
Reglamento
Particularidades de la PH
El Patrimonio se
denomina
fondo social
NO interés
en la rentabilidad
Recursos para
prestar servicios
sociales
No existe
ánimo de lucro
PRESUPUESTO
Presupuesto
Estimar las expensas necesarias
Base para la determinación de
las cuotas de administración
La cuotas representaran los
ingresos principales de la
copropiedad
Administrador
Asamblea de
Copropietarios
Consejo de
administración
 Asamblea general de propietarios
 El administrador
 El consejo de administración
ORGANOS DE DIRECCION
FUNCIONES DE
LA ASAMBLEA
ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS
NOMBRAR Y REMOVER
LIBREMENTE AL
ADMINISTRADOR
APROBAR O IMPROBAR
LOS ESTADOS
FINANCIEROS
APROBAR EL
PRESUPUESTO ANUAL
DEL EDIFICIO O
CONJUNTO
Fuente: El autor
NOMBRAR Y REMOVER
LIBREMENTE A LOS
MIEMBROS DEL COMITÉ
DE CONVIVENCIA PARA
PERÍODOS DE UN AÑO
ELEGIR Y REMOVER A LOS
MIEMBROS DEL
CONSEJO DE
ADMINISTRACIÓN
APROBAR LAS REFORMAS DEL
REGLAMENTO DE PROPIEDAD
HORIZONTAL
FUNCIONES DE
LA ASAMBLEA
ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS
DECIDIR LA DESAFECTACIÓN
DE BIENES COMUNES NO
ESENCIALES, Y AUTORIZAR
SU VENTA O DIVISIÓN,
DECIDIR LA
RECONSTRUCCIÓN DEL
EDIFICIO CONJUNTO
APROBAR LA DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE LA
PERSONA JURÍDICA
Fuente: El autor
DECIDIR, SALVO EN EL CASO
QUE CORRESPONDA AL
CONSEJO DE
ADMINISTRACIÓN, SOBRE LA
PROCEDENCIA DE
SANCIONES
AUTORIZAR AL ADMINISTRADOR
PARA REALIZAR CUALQUIER
EROGACIÓN CON CARGO AL
FONDO DE IMPREVISTOS
LAS DEMÁS FUNCIONES FIJADAS EN
LA LEY, Y EL REGLAMENTO DE
PROPIEDAD HORIZONTAL
Por lo menos una vez al año, en la fecha
señalada en el reglamento de propiedad
horizontal
Cuando las necesidades imprevistas o urgentes
del edificio o conjunto lo ameriten
En la segunda convocatoria se deberá dejar
constancia de lo dispuesto en el artículo 41 de la
ley 675
REUNIONES DE LA ASAMBLEA
Ordinarias
de la
Asamblea
Extraordinarias
de la Asamblea
Reuniones
de segunda
convocatoria
Fuente: EL autor
Es válida la reunión que se haga cualquier día,
hora o lugar, sin previa convocatoria - 100%
COEFICIENTES
El artículo 42 de la ley 675 de 2001 sostiene que
siempre que se pueda probar, habrá reunión de la
asamblea general, (100% coeficientes de la
copropiedad)
Para acreditar la validez de una reunión no
presencial, deberá quedar prueba inequívoca,
como fax, grabación.
REUNIONES DE LA ASAMBLEA
Reuniones de la
Asamblea sin
previa
convocatoria
Reuniones no
presenciales
Acreditación de
reuniones no
presenciales
Fuente: El autor
TIPOS DE QUORUM
PARA DELIBERAR:
PARA DECIDIR:
Se entiende como el mínimo de
coeficientes requeridos para iniciar la
sesión.
Se requiere de un numero plural de
propietarios que representen por lo
menos el 51% de los coeficientes de
la copropiedad.
• Cambios destinación bien común
• Imposición expensas extraordinarias > 4 veces
expensas comunes
• Aprobación expensas diferentes a las necesarias
• Reforma estatutos o reglamento
• Desafectación bien común no esencial
• Reconstrucción edificio
• Cambio destinación bienes de dominio particular
• Adquisición inmuebles
• Liquidación y disolución
DECISIONES DE MAYORIA CALIFICADA
ADMINISTRADOR
PERFIL
• Experiencia en el área contable, financiera y
administración.
• Honestidad en todos los sentidos
• Tener liderazgo, responsabilidad,
conocimiento de las normas pertinentes a la
propiedad horizontal
• Iniciativa, experiencia y conocimiento en el
ramo
• Ejecución.
• Conservación.
• Representación.
• Recaudo
FACULTADES DE LA
ADMINISTRACIÓN
ADMINISTRADOR
FUNCIONES
• Convocar a la asamblea a reuniones
• Llevar directamente o bajo su dependencia y
responsabilidad, los libros de actas de la asamblea
• Poner en conocimiento de los propietarios y
residentes del edificio o conjunto, las actas de la
asamblea general y del consejo de administración
• Preparar y someter a consideración del Consejo de
Administración las cuentas anuales
• Cuidar y vigilar los bienes comunes, y ejecutar los
actos de administración
ADMINISTRADOR
FUNCIONES
• Cobrar y recaudar, directamente o a través de
apoderados cuotas ordinarias y extraordinarias,
multas, y en general.
• Elevar a escritura pública y registrar las reformas al
reglamento de propiedad horizontal aprobadas por
la asamblea
• Notificar a los propietarios, las sanciones impuestas
en su contra por la asamblea o el consejo de
administración, según el caso, por incumplimientos
• Expedir el paz y salvo de cuentas con la
administración del edificio o conjunto cada vez que
se produzca el cambio de tenedor o propietario de
un bien de dominio particular.
 Obligatorio en Mixtas y Comerciales con mas de 30
bienes privados y potestativo en otros
 Debe conformarse siempre por un número impar de tres
o más de propietarios de las unidades privadas, para el
período establecido en el reglamento de propiedad
horizontal que en su defecto será de un año.
EL CONSEJO DE ADMINISTRACION
CONTABILIDAD
Obligatoriedad
Est. Tributario Art. 364
Las entidades sin ánimo de
lucro deberán llevar libros de
contabilidad.
Ley 675/01 Art. 51
El administrador de la
copropiedad debe llevar bajo
su responsabilidad la
contabilidad
D.R. 2500/86
Art. 2
A partir de Enero 1/87 las
entidades sin ánimo de lucro
deberán llevar libros de
contabilidad registrados.
Ley 190/95 Art.
45
Todas las personas jurídicas y
las naturales que cumplan los
requisitos deberán llevar
contabilidad de acuerdo con los
PCGA.
PUC
D.R. 2650/93
Art. 5
No se someten a
este PUC
El PUC debe ser aplicado por
las personas que estén
obligadas a llevar contabilidad.
Sector financiero, asegurador,
cooperativo y para quienes se
hayan expedido planes de
cuenta especiales.
Libros de contabilidad
Diario Auxiliares
Inventarios
y balances
Mayor y
balance
Diario
Mayor y
balance
Diario
Día a día
Resumen
cuentas
Balance
general
Descripción
de las
transacciones
Auxiliar de
presupuesto
Presupuestos
de ingresos y
egresos
Arts. 38 y 51
Ley 675 /01
Libros de Actas
Comité de
convivencia
Asamblea
General
Consejo de
Administración
Decisiones, firma del presidente y
secretario
Registro de los libros
D.R. 2649 Art. 162
ET Art. 774 Lit. a)
Para que sirvan de prueba, se
deben registrar previamente a
su diligenciamiento.
ET Art. 774 Lit. a)ET Art. 774 Lit. a) Es requisito para que sea
plena prueba
ET Art. 654 Lit. b) No registro, hecho
irregular en la contabilidad
Sanción por libros de
contabilidad Art. 655 ET
Rechazo impuestos descontables
0.5% del mayor Pat. Liq.
Ing. Netos
Dónde se registran
ET Art. 774 Lit. a)
Inscripción es requisito para
que sea plena prueba:
- Cámara de Comercio.
- DIAN
El decreto 427 del 96 estipula qué personas
jurídicas sin ánimo de lucro se deben inscribir en
Cámara de Comercio, exceptúa a la PH
Cuáles se registran
DIAN
Diario
Mayor y Balances
Inventario y Balances
Entidad que vigila y
Controla
Libro de actas
Tramite para registrar los libros en la DIAN
• Ante la División y/o grupo de Gestión y Asistencia al
Cliente.
• Debe presentar solicitud de registro de libros de
contabilidad en original y copia.
• Fotocopia de la cédula.
• Certificado de la Personería Jurídica no superior a tres
meses expedida por la entidad competente.
• Los libros de contabilidad sometidos a registro en
blanco.
• La DIAN tiene máximo 15 días hábiles para entregar
los libros registrados.
Estados Fros. de propósito general
D.R. 2649 Art. 21
•Balance General
•Estado de Resultados
•E. de cambios en el Patrimonio
•E. de Cambios en la Sit. Fra.
•Estados de Flujo de Efectivo
D.R. 2649 Art. 22
Par.
•Balance General
•Estado de Resultados
Planta de personal <= 10 o Activos totales >= 500 SMMLV
D.R. 2649 Art. 22
Par.
•Balance General
•Estado de Resultados
Ejemplo práctico de
determinación y contabilización
cuota de administración
20.854.480Total
206.480Fondo de imprevistos 1%
20.648.000Subtotal
300.000Fumigación
100.000Gastos varios
1.400.000Mantenimiento ascensores
500.000Mantenimiento de zonas verdes y jardinero
80.000Mantenimiento tanques de agua y equipo
1.900.000Mantenimiento y servicio de piscina
100.000Organización de asamblea
2.840.000Servicio de aseo y oficios varios
5.728.000Servicio de vigilancia
100.000Servicio de transporte
200.000Suministros de oficina
600.000Servicios de contabilidad
5.000.000Servicios públicos
1.800.000Servicios de administración
580.000Seguros Incendio y Terremoto
NoviembreCONCEPTO
93,65Total mts. cuadrados
1,07550%2,15Cuarto útil
7,42550%14,85Parqueadero
85,15100%85,15Apartamento
Ponde-
rado
Pondera-
ción
ÁreaApartamento 201
Área privada del conjunto 27.895 mts.
Coeficiente de copropiedad 0,003357
Porcentaje 0,03357%
20.854.480Total
206.480Fondo de imprevistos 1%
20.648.000Subtotal
Presupuesto Noviembre
Coeficiente de copropiedad 0,003357
Porcentaje 0,03357%
Cuota de Admon. Apto. 201 $ 70.713
CUENTAS POR COBRAR 70.013
IINGRESOS 70.013
Cuota admon. 69.320
Fondo Imprev. 693
GASTO FONDO IMPREV 693
PROVISIÓN FONDO IMPREV 693
Causación Cuota y Fondo de Imp.
CAJA / BANCOS 70.013
CUENTAS POR COBRAR 70.013
FONDO LIQUIDO - imprevistos 693
CAJA / BANCOS 693
Recaudo
Cuotas extraordinarias
Fin específico
Para construir un
bien común
Pasivo
Gtos. de
funcionamiento
No se pueden
cubrir con el
fondo de
imprevistos
Ingreso
Fin específico
Para construir un
bien común
Pasivo
Fin específico
No se pueden
cubrir con el
fondo de
imprevistos
Ingreso
Para construir un
bien común
Pasivo
Fin específico
No se pueden
cubrir con el
fondo de
imprevistos
Ingreso
Para construir un
bien común
Pasivo
Fin específico
Gtos. de
funcionamiento
No se pueden
cubrir con el
fondo de
imprevistos
Ingreso
Para construir un
bien común
Pasivo
Fin específico
Cuentas por Cobrar
C x C
Cobro de expensas comunes
Ordinarias y Extraordinarias.
Cobro de expensa comunes
relacionadas con módulos de
contribución.
Si se consigna la cuota y no
se ha entregado el
comprobante pasivo por
consignaciones pendientes de
identificar.
Provisiones (OPCIONAL)
General
5% deudas con más de 3
meses sin exceder de 6 meses
10% deudas con más de 6
meses sin exceder de 1 año
15% deudas con más de 1 año
33% del valor de cada deuda
con más de un año de vencida.
Individual
Depreciación
Bienes necesarios
para la
Administración
Bienes comunes
No son propiedad del
ente administrador.
No se incorporan como
activos.
No se deprecian
Adquiridos con recursos
de los copropietarios
Están a disposición de
la misma copropiedad
Se deprecian
LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y LAS NIIF
• LLEVARAN SU
CONTABILIDAD
CON BASE EN LA
ORIENTACIÓN
TÉCNICA 015 DE
2015 DEL CONSEJO
TÉCNICO DE LA
CONTADURÍA
PUBLICA
Revisoría Fiscal
Obligatoria
En conjuntos de
uso comercial o
mixto
Potestativa
De uso
exclusivamente
residencial
En conjuntos de
uso comercial o
mixto
En conjuntos de
uso comercial o
mixto
Obligatoria Potestativa
Asamblea de copropietarios
Nombramiento
Para el periodo que estipule el reglamento
•Contador Público
•Matricula profesional
•Inscrito en JCC
Revisor fiscal
Calidades
Obligatorio Potestativo
Inhabilidades e Incompatibilidades
No Propietario
No tenedor
4° Consanguinidad Administrador
2° de afinidad Consejo de Admon.
1° Civil
Funciones
• Cerciorarse que las operaciones celebradas por el
administrador se ajusten a la ley, al reglamento o las
decisiones de la asamblea y del consejo de
administración
• Dar oportuna cuenta, al órgano que corresponda, de
las irregularidades que ocurran en el funcionamiento
del ente.
• Colaborar con las entidades gubernamentales que
ejerzan la inspección y vigilancia, especialmente con
las entidades municipales en relación con el
cumplimiento de normas urbanísticas.
• Velar por que se lleven regularmente la contabilidad y
las actas, y porque se conserven debidamente la
correspondencia y los comprobantes de las cuentas.
• Inspeccionar asiduamente los bienes (del
ente y comunes) procurando que se tomen
oportunamente las medidas de conservación
o seguridad de los mismos.
• Impartir las instrucciones, practicar las
inspecciones y solicitar los informes que sean
necesarios para establecer un control
permanente sobre los valores.
• Dictaminar los estados financieros.
• Impugnar decisiones de la asamblea general
de propietarios cuando no se ajusten a las
prescripciones legales.
El revisor fiscal
debe
Dar
Instrucciones
Denunciar
irregularidades
en la acción
administrativa
Atestar
Dar fe pública sobre
legalidad y veracidad
de informes y
declaraciones
Administrador
Asamblea
Consejo de Administración
Autoridades
Orientadas a la
protección y
control de los
bienes
REPONSABILIDADES
TRIBUTARIAS
• Impuesto de Renta
• Retención en la Fuente
• Impuesto al Valor Agregado (IVA)
• Registro Único Tributario (RUT)
• Facturación
• Gravamen a los Movimientos
Financieros
• Impuesto Predial
L. 675/01 Art. 33
La persona jurídica originada
en la constitución de la
propiedad horizontal … tendrá
la calidad de no contribuyente
de impuestos nacionales, así
como del impuesto de industria
y comercio, en relación con las
actividades propias de su
objeto social
Ley de propiedad horizontal
Impuesto de renta
L. 675/01 Art. 33
ET Art. 23
ET Art. 598
No contribuyentes
No declarantes de
ingresos y patrimonio
ET Art. 369
No sometidos a
retención en la fuente
Retención en la fuente
ET Art. 368
Al tratarse de comunidades
organizadas, tienen el carácter
de agentes de retención y por
ende deben practicarla a
terceros sobre los pagos que
realice.
Retener
Presentar la declaración
y pagar
Informar en medios
magnéticos
Expedir certificados
Obligaciones
Declarar
Oportunamente Extemporaneidad
Firmas No presentada*
Pago No presentada
* Contador IB o PB > 100.000 UVT
Pagar
Si la declaración se presenta sin pago, tiene una
causal para tenerse por no presentada
Para que se tenga como no presentada la DIAN
debe proferir un auto declarativo que así lo
señale
La declaración tendrá validez
si el agente retenedor paga
antes de que se le profiera
auto declarativo.
La DIAN antes de proferir el
auto declarativo deberá enviar
un oficio en el que advierta de
la situación y lo invite a
efectuar el pago de la
declaración, advirtiendo que de
no hacerlo se emitirá el auto
declarativo.
Circular 0066/08
Medios magnéticos
Informar la retenciones practicadas
durante el año
5% de las sumas respecto de las
cuales no se suministró la
información
Los apellidos y nombres o
razón social, identificación,
dirección y país de residencia
o domicilio.
A QUIEN SE LE
PRÁCICO
Qué se informa
Concepto
V/r acumulado
del pago V/r retenido
Certificados
• Año gravable y ciudad donde se consignó la retención.
• Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor.
• Dirección del agente retenedor.
• Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona
o entidad a quien se le practicó la retención.
•Monto total y concepto del pago sujeto a retención.
•Concepto y cuantía de la retención efectuada.
•La firma del pagador o agente retenedor.
5% Valor pago no certificado - Art 667 ET
IVA
Cuotas de
administración
no están
sometidas
Actividades
propias de su
objeto social
L. 675/01 Art. 33D. 1372/97 Art. 7
No responsables
Actividades Comerciales o de
servicios, paralelas a las
actividades propias de su objeto
social
DIAN Oficio 011847 de
2006
Responsables del Régimen Común
Actividades Comerciales o de
servicios, paralelas a las
actividades propias de su objeto
social
DIAN Oficio 011847 de
2006
DIAN Oficio 011847 de
2006
Objeto social: la administración
correcta y eficaz de los bienes y
servicios comunes, manejar los
asuntos de interés común de
los propietarios de bienes
privados y cumplir las normas
Relación
PH Propietarios
La persona jurídica puede
obtener ingresos por
actividades que no son propias
de su objeto social, los cuales
corresponden a aquellas
actividades comerciales y/o de
prestación de servicios.
Relación
PH Terceros
Razones que expone la
DIAN
Indirecto
Razones que expone la
DIAN
“la exoneración de impuestos nacionales
consagrada en la ley para estas entidades,
y concretamente, la condición de no
responsables del IVA, no se extiende al
desarrollo de actividades comerciales, sino
únicamente a aquellas que están
contempladas dentro de su objeto”
Razones que expone la
DIAN
“el abuso de las formas jurídicas (…) tiene
lugar cuando se utilizan figuras que no
corresponden a la realidad económica, con
el único propósito de aminorar o eliminar la
carga tributaria”
Razones que expone la
DIAN
“por el simple hecho de que la persona
jurídica originada en la constitución de la
propiedad horizontal preste un servicio que
no corresponde al ámbito propio de su
objeto social, no lo convierte en excluido”.
Razones que expone la
DIAN
“ampliar vía interpretación las exclusiones a los
servicios gravados por efectos de la
intermediación en su prestación por la persona
jurídica, genera distorsiones, competencia
desleal y riñe con el principio constitucional de
equidad en materia tributaria, al generar, vía
precios, incidencias económicas diferentes
frente a unos mismos servicios”.
Razones que expone la
DIAN
“si realizan actividades comerciales y/o de
servicios paralelas a las actividades propias de
su objeto social tales como prestar servicios de
parqueadero público, arrendamiento, concesión
de espacios, restaurante, cafetería, venta de
bienes gravados, etc., tienen la condición de
responsables del impuesto sobre las ventas y
como tales deben cumplir con todas las
obligaciones inherentes a su condición”.
Presentar la declaración
y pagar
Rete-iva compras a RS
Informar en medios magnéticos
Facturar
Descontarse el IVA de forma
PROPORCIONAL
Obligaciones
Al ser responsable del IVA
RUT
07 Retención en la fuente a titulo de renta
14 Información Exógena
09 Retención en la fuente a titulo de IVA
11 Ventas Régimen Común
Sanciones
Por no inscribirse en
el RUT antes del
inicio de la actividad
Multa equivalente a
una (1) UVT por cada
día de retraso en la
inscripción
Por informar datos
faltos, incompletos o
equivocados
Multa equivalente a
100 UVT
Por no actualizar la
información dentro
del mes siguiente al
hecho que genera la
actualización
Multa equivalente a
una (1) UVT por cada
día de retraso.
Cuando la
actualización se
refiera a la dirección
o actividad
económica, será de
dos (2) UVT por cada
día de retraso.
Facturación
En su calidad de no responsables del impuesto
sobre las ventas y no contribuyentes del
impuesto sobre la renta, las juntas
administradoras de edificios organizadas en
propiedad horizontal o de copropietarios
deberán expedir documento equivalente.
D. 1001/97 Art. 17
1. Nombre o razón social y NIT.
2. Numeración consecutiva.
3. Descripción específica o genérica de
bienes o servicios.
4. Fecha.
5. Valor.
Requisitos documento equivalente
D. 1001/97 Art. 17
Si es responsable de IVA
Debe expedir factura Cumpliendo los
requisitos del Art 617 del ET
No. 0001
VR. IVA
DESCRIPCION
Cuota de administración 70.013
FACTURA DE VENTA
CONJUNTO VIVIENDO ILUSIONES P.H.
NIT. 800.000.000
NOMBRE: PPP NIT 71.258.365 FECHA 1/11/08
SUB.TOTAL
TOTAL
70.013
0
70.013
AGTE RETENEDOR IVA. RES. 001 del 18-4-2006 No. 001 -500
I
M
P
R
E
S
O
R
n
i
t
A
B
C
C
D
E
F
G
H
I
J
Color = Sanción cierre
REQUISITOS FACTURA TALONARIO ART. 617 E.T.
A, H e I 1%
REQUISITOS TIQUETE MÁQUINA REGISTRADORA
CON SISTEMA P.O.S. (Art. 6 Decr. 1165/96)
•Nombre o razón social y NIT del vendedor o quien
presta el servicio
•Número consecutivo de la transacción.
•Fecha de la operación
•Descripción de los bienes o servicios
•Valor total de la operación
• Resolución de autorización de numeración (Res. 4022/98)
Actividades comerciales o de
servicios, paralelas a las
actividades propias de su objeto
social
DIAN Oficio 017885 de
2007
Responsables del Régimen Común
GMF
Separar las cuentas
Una para la
remuneración de su
servicio, las cuotas de
administración
Otra para las
actividades
comerciales o de
servicios
No sujeción al
gravamen
IMPUESTO PREDIAL
Zonas Comunes
El impuesto de los bienes
comunes está dentro de
impuesto que se paga por
los bienes privados
Hacen parte de la
privadas
Ley 675/01 Art. 16 Par. 1 y Art. 19
OTROS ASPECTOS
NORMATIVOS
DE LA
PROPIEDAD HORIZONTAL
LEY 1259 DE 2008
Comparendo ambiental
Escombros
Cuatro horas
Pecuniarias Entre 2 smmlv a 20 smmlv
Alcaldía local
Policía y agentes de tránsito línea 116
Acuerdo de 71 de 2010 “Gustavo Petro”
http://leslieinga23.blogspot.com.co/
Métodos de separación
de basuras
DECRETO 356 DE 1994 Artículo 91
La empresa debe estar debidamente certificada.
Sanción en la propiedad
Horizontal entre 20 a 40 SMMLV.
http://escavig.blogspot.com.co/p/vigilante.html
http://spvsevilla.blogspot.com.co/2012/02/rec
uperacion-de-la-tarjeta-de.html
REGLAMENTOS AREAS COMUNES
• PISCINAS
• Ley 1209 de 2008
• Decreto 0554 de 2015
• MEDIOS DE
TRANSPORTE
VERTICAL
• Acuerdo 285 de 2010
(Bogotá)
Tiene por objeto regular la tenencia de ejemplares caninos en las zonas
urbanas y rurales del territorio nacional.
"los ejemplares caninos deberán ir sujetos por medio de traílla, y provistos de
bozal si es el caso específico de perros potencialmente peligrosos según las
definiciones dadas por la presente ley. "
"Por la cual se regula la tenencia y registro de perros
potencialmente peligrosos"
Animalpetspain.blogspot.com
www.mundoperro.net
BIBLIOGRAFÍA
• Orientación profesional. Ejercicio
profesional de la contaduría pública en
entidades de propiedad horizontal.
Consejo Técnico de la Contaduría. 1 de
julio del 2008.
• Ley 675 del 2001.
• Estatuto Tributario.
• Conceptos DIAN.
PREGUNTAS
MUCHAS GRACIAS

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Charla propiedad horizontal nhrp

  • 2. PROPIEDAD HORIZONTAL CONTENIDO - CONCEPTO - MARCO HISTORICO - PRIMEROS BIENES EN PH - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - GENERALIDADES - PRESUPUESTO - ORGANOSDE DIRECCION - CONTABILIDAD - REVISORIA FISCAL - ASPECTOS TRIBUTARIOS - OTRAS NORMAS
  • 3. PROPIEDAD HORIZONTAL Concepto: Es una forma especial de dominio, en la que concurren derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados y derechos de copropiedad sobre el terreno y los demás bienes comunes.
  • 4. MARCO HISTORICO  La propiedad horizontal en el mundo. • Roma año 298 d.c. • Paris 1672 • Código de Napoleón año 1804. • 1918 se generaliza en Europa • 1924 Bélgica, primera ley similar • Brasil año 1928. • 1950 cuba reglamente la propiedad por pisos o apartamentos • Uruguay año 1951.
  • 5. MARCO HISTORICO LA PROPIEDAD HORIZONTAL EN COLOMBIA. • 1940 se presenta proyecto de Ley, no prospero • 1946 nuevo proyecto, fracasa por cierre del congreso en 1947 • Año 1948. • 1951 Centro Antonio Nariño. • 1974 primeras PH mixtas • 1985 ley 16 • Ley 428 de 1998 , Unid Inm. cerrada • Ley 675 del año 2001.
  • 6. LOS PRIMEROS BIENES EN PROPIEDAD HORIZONTAL Centro Urbano Antonio Nariño, 1952. Centro comercial San Diego, 1972. Torre Colseguros, 1974. Centro comercial Unicentro, 1974.
  • 7. MARCO LEGAL  Ley 182 de 1948  Ley 16 de 1985  Ley 142 de 1994  Ley 146 de 2002  Código civil  Código de Comercio  Código de Policía  Ley 675 de 2001
  • 8. ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY 675 DE 2001  personería jurídica  extinción propiedad horizontal  Clasificaciones de los bienes  Reglamento  Administración  Asamblea de copropietarios  Administrador  Consejo de administración  Revisor fiscal  Comité de convivivencia
  • 11. PH Escritura Pública Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Constitución Reglamento
  • 12. Particularidades de la PH El Patrimonio se denomina fondo social NO interés en la rentabilidad Recursos para prestar servicios sociales No existe ánimo de lucro
  • 14. Presupuesto Estimar las expensas necesarias Base para la determinación de las cuotas de administración La cuotas representaran los ingresos principales de la copropiedad Administrador Asamblea de Copropietarios Consejo de administración
  • 15.  Asamblea general de propietarios  El administrador  El consejo de administración ORGANOS DE DIRECCION
  • 16. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS NOMBRAR Y REMOVER LIBREMENTE AL ADMINISTRADOR APROBAR O IMPROBAR LOS ESTADOS FINANCIEROS APROBAR EL PRESUPUESTO ANUAL DEL EDIFICIO O CONJUNTO Fuente: El autor NOMBRAR Y REMOVER LIBREMENTE A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA PARA PERÍODOS DE UN AÑO ELEGIR Y REMOVER A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN APROBAR LAS REFORMAS DEL REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL
  • 17. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS DECIDIR LA DESAFECTACIÓN DE BIENES COMUNES NO ESENCIALES, Y AUTORIZAR SU VENTA O DIVISIÓN, DECIDIR LA RECONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO CONJUNTO APROBAR LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA Fuente: El autor DECIDIR, SALVO EN EL CASO QUE CORRESPONDA AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, SOBRE LA PROCEDENCIA DE SANCIONES AUTORIZAR AL ADMINISTRADOR PARA REALIZAR CUALQUIER EROGACIÓN CON CARGO AL FONDO DE IMPREVISTOS LAS DEMÁS FUNCIONES FIJADAS EN LA LEY, Y EL REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL
  • 18. Por lo menos una vez al año, en la fecha señalada en el reglamento de propiedad horizontal Cuando las necesidades imprevistas o urgentes del edificio o conjunto lo ameriten En la segunda convocatoria se deberá dejar constancia de lo dispuesto en el artículo 41 de la ley 675 REUNIONES DE LA ASAMBLEA Ordinarias de la Asamblea Extraordinarias de la Asamblea Reuniones de segunda convocatoria Fuente: EL autor
  • 19. Es válida la reunión que se haga cualquier día, hora o lugar, sin previa convocatoria - 100% COEFICIENTES El artículo 42 de la ley 675 de 2001 sostiene que siempre que se pueda probar, habrá reunión de la asamblea general, (100% coeficientes de la copropiedad) Para acreditar la validez de una reunión no presencial, deberá quedar prueba inequívoca, como fax, grabación. REUNIONES DE LA ASAMBLEA Reuniones de la Asamblea sin previa convocatoria Reuniones no presenciales Acreditación de reuniones no presenciales Fuente: El autor
  • 20. TIPOS DE QUORUM PARA DELIBERAR: PARA DECIDIR: Se entiende como el mínimo de coeficientes requeridos para iniciar la sesión. Se requiere de un numero plural de propietarios que representen por lo menos el 51% de los coeficientes de la copropiedad.
  • 21. • Cambios destinación bien común • Imposición expensas extraordinarias > 4 veces expensas comunes • Aprobación expensas diferentes a las necesarias • Reforma estatutos o reglamento • Desafectación bien común no esencial • Reconstrucción edificio • Cambio destinación bienes de dominio particular • Adquisición inmuebles • Liquidación y disolución DECISIONES DE MAYORIA CALIFICADA
  • 22. ADMINISTRADOR PERFIL • Experiencia en el área contable, financiera y administración. • Honestidad en todos los sentidos • Tener liderazgo, responsabilidad, conocimiento de las normas pertinentes a la propiedad horizontal • Iniciativa, experiencia y conocimiento en el ramo
  • 23. • Ejecución. • Conservación. • Representación. • Recaudo FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN
  • 24. ADMINISTRADOR FUNCIONES • Convocar a la asamblea a reuniones • Llevar directamente o bajo su dependencia y responsabilidad, los libros de actas de la asamblea • Poner en conocimiento de los propietarios y residentes del edificio o conjunto, las actas de la asamblea general y del consejo de administración • Preparar y someter a consideración del Consejo de Administración las cuentas anuales • Cuidar y vigilar los bienes comunes, y ejecutar los actos de administración
  • 25. ADMINISTRADOR FUNCIONES • Cobrar y recaudar, directamente o a través de apoderados cuotas ordinarias y extraordinarias, multas, y en general. • Elevar a escritura pública y registrar las reformas al reglamento de propiedad horizontal aprobadas por la asamblea • Notificar a los propietarios, las sanciones impuestas en su contra por la asamblea o el consejo de administración, según el caso, por incumplimientos • Expedir el paz y salvo de cuentas con la administración del edificio o conjunto cada vez que se produzca el cambio de tenedor o propietario de un bien de dominio particular.
  • 26.  Obligatorio en Mixtas y Comerciales con mas de 30 bienes privados y potestativo en otros  Debe conformarse siempre por un número impar de tres o más de propietarios de las unidades privadas, para el período establecido en el reglamento de propiedad horizontal que en su defecto será de un año. EL CONSEJO DE ADMINISTRACION
  • 28. Obligatoriedad Est. Tributario Art. 364 Las entidades sin ánimo de lucro deberán llevar libros de contabilidad. Ley 675/01 Art. 51 El administrador de la copropiedad debe llevar bajo su responsabilidad la contabilidad
  • 29. D.R. 2500/86 Art. 2 A partir de Enero 1/87 las entidades sin ánimo de lucro deberán llevar libros de contabilidad registrados. Ley 190/95 Art. 45 Todas las personas jurídicas y las naturales que cumplan los requisitos deberán llevar contabilidad de acuerdo con los PCGA.
  • 30. PUC D.R. 2650/93 Art. 5 No se someten a este PUC El PUC debe ser aplicado por las personas que estén obligadas a llevar contabilidad. Sector financiero, asegurador, cooperativo y para quienes se hayan expedido planes de cuenta especiales.
  • 31. Libros de contabilidad Diario Auxiliares Inventarios y balances Mayor y balance Diario Mayor y balance Diario Día a día Resumen cuentas Balance general Descripción de las transacciones
  • 32. Auxiliar de presupuesto Presupuestos de ingresos y egresos Arts. 38 y 51 Ley 675 /01
  • 33. Libros de Actas Comité de convivencia Asamblea General Consejo de Administración Decisiones, firma del presidente y secretario
  • 34. Registro de los libros D.R. 2649 Art. 162 ET Art. 774 Lit. a) Para que sirvan de prueba, se deben registrar previamente a su diligenciamiento. ET Art. 774 Lit. a)ET Art. 774 Lit. a) Es requisito para que sea plena prueba
  • 35. ET Art. 654 Lit. b) No registro, hecho irregular en la contabilidad Sanción por libros de contabilidad Art. 655 ET Rechazo impuestos descontables 0.5% del mayor Pat. Liq. Ing. Netos
  • 36. Dónde se registran ET Art. 774 Lit. a) Inscripción es requisito para que sea plena prueba: - Cámara de Comercio. - DIAN El decreto 427 del 96 estipula qué personas jurídicas sin ánimo de lucro se deben inscribir en Cámara de Comercio, exceptúa a la PH
  • 37. Cuáles se registran DIAN Diario Mayor y Balances Inventario y Balances Entidad que vigila y Controla Libro de actas
  • 38. Tramite para registrar los libros en la DIAN • Ante la División y/o grupo de Gestión y Asistencia al Cliente. • Debe presentar solicitud de registro de libros de contabilidad en original y copia. • Fotocopia de la cédula. • Certificado de la Personería Jurídica no superior a tres meses expedida por la entidad competente. • Los libros de contabilidad sometidos a registro en blanco. • La DIAN tiene máximo 15 días hábiles para entregar los libros registrados.
  • 39. Estados Fros. de propósito general D.R. 2649 Art. 21 •Balance General •Estado de Resultados •E. de cambios en el Patrimonio •E. de Cambios en la Sit. Fra. •Estados de Flujo de Efectivo D.R. 2649 Art. 22 Par. •Balance General •Estado de Resultados Planta de personal <= 10 o Activos totales >= 500 SMMLV D.R. 2649 Art. 22 Par. •Balance General •Estado de Resultados
  • 40. Ejemplo práctico de determinación y contabilización cuota de administración
  • 41. 20.854.480Total 206.480Fondo de imprevistos 1% 20.648.000Subtotal 300.000Fumigación 100.000Gastos varios 1.400.000Mantenimiento ascensores 500.000Mantenimiento de zonas verdes y jardinero 80.000Mantenimiento tanques de agua y equipo 1.900.000Mantenimiento y servicio de piscina 100.000Organización de asamblea 2.840.000Servicio de aseo y oficios varios 5.728.000Servicio de vigilancia 100.000Servicio de transporte 200.000Suministros de oficina 600.000Servicios de contabilidad 5.000.000Servicios públicos 1.800.000Servicios de administración 580.000Seguros Incendio y Terremoto NoviembreCONCEPTO
  • 42. 93,65Total mts. cuadrados 1,07550%2,15Cuarto útil 7,42550%14,85Parqueadero 85,15100%85,15Apartamento Ponde- rado Pondera- ción ÁreaApartamento 201 Área privada del conjunto 27.895 mts. Coeficiente de copropiedad 0,003357 Porcentaje 0,03357%
  • 43. 20.854.480Total 206.480Fondo de imprevistos 1% 20.648.000Subtotal Presupuesto Noviembre Coeficiente de copropiedad 0,003357 Porcentaje 0,03357% Cuota de Admon. Apto. 201 $ 70.713
  • 44. CUENTAS POR COBRAR 70.013 IINGRESOS 70.013 Cuota admon. 69.320 Fondo Imprev. 693 GASTO FONDO IMPREV 693 PROVISIÓN FONDO IMPREV 693 Causación Cuota y Fondo de Imp.
  • 45. CAJA / BANCOS 70.013 CUENTAS POR COBRAR 70.013 FONDO LIQUIDO - imprevistos 693 CAJA / BANCOS 693 Recaudo
  • 46. Cuotas extraordinarias Fin específico Para construir un bien común Pasivo Gtos. de funcionamiento No se pueden cubrir con el fondo de imprevistos Ingreso Fin específico Para construir un bien común Pasivo Fin específico No se pueden cubrir con el fondo de imprevistos Ingreso Para construir un bien común Pasivo Fin específico No se pueden cubrir con el fondo de imprevistos Ingreso Para construir un bien común Pasivo Fin específico Gtos. de funcionamiento No se pueden cubrir con el fondo de imprevistos Ingreso Para construir un bien común Pasivo Fin específico
  • 47. Cuentas por Cobrar C x C Cobro de expensas comunes Ordinarias y Extraordinarias. Cobro de expensa comunes relacionadas con módulos de contribución. Si se consigna la cuota y no se ha entregado el comprobante pasivo por consignaciones pendientes de identificar.
  • 48. Provisiones (OPCIONAL) General 5% deudas con más de 3 meses sin exceder de 6 meses 10% deudas con más de 6 meses sin exceder de 1 año 15% deudas con más de 1 año 33% del valor de cada deuda con más de un año de vencida. Individual
  • 49. Depreciación Bienes necesarios para la Administración Bienes comunes No son propiedad del ente administrador. No se incorporan como activos. No se deprecian Adquiridos con recursos de los copropietarios Están a disposición de la misma copropiedad Se deprecian
  • 50. LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y LAS NIIF • LLEVARAN SU CONTABILIDAD CON BASE EN LA ORIENTACIÓN TÉCNICA 015 DE 2015 DEL CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PUBLICA
  • 51. Revisoría Fiscal Obligatoria En conjuntos de uso comercial o mixto Potestativa De uso exclusivamente residencial En conjuntos de uso comercial o mixto En conjuntos de uso comercial o mixto
  • 52. Obligatoria Potestativa Asamblea de copropietarios Nombramiento Para el periodo que estipule el reglamento
  • 54. Obligatorio Potestativo Inhabilidades e Incompatibilidades No Propietario No tenedor 4° Consanguinidad Administrador 2° de afinidad Consejo de Admon. 1° Civil
  • 55. Funciones • Cerciorarse que las operaciones celebradas por el administrador se ajusten a la ley, al reglamento o las decisiones de la asamblea y del consejo de administración • Dar oportuna cuenta, al órgano que corresponda, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento del ente. • Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia, especialmente con las entidades municipales en relación con el cumplimiento de normas urbanísticas. • Velar por que se lleven regularmente la contabilidad y las actas, y porque se conserven debidamente la correspondencia y los comprobantes de las cuentas.
  • 56. • Inspeccionar asiduamente los bienes (del ente y comunes) procurando que se tomen oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos. • Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores. • Dictaminar los estados financieros. • Impugnar decisiones de la asamblea general de propietarios cuando no se ajusten a las prescripciones legales.
  • 57. El revisor fiscal debe Dar Instrucciones Denunciar irregularidades en la acción administrativa Atestar Dar fe pública sobre legalidad y veracidad de informes y declaraciones Administrador Asamblea Consejo de Administración Autoridades Orientadas a la protección y control de los bienes
  • 58. REPONSABILIDADES TRIBUTARIAS • Impuesto de Renta • Retención en la Fuente • Impuesto al Valor Agregado (IVA) • Registro Único Tributario (RUT) • Facturación • Gravamen a los Movimientos Financieros • Impuesto Predial
  • 59. L. 675/01 Art. 33 La persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal … tendrá la calidad de no contribuyente de impuestos nacionales, así como del impuesto de industria y comercio, en relación con las actividades propias de su objeto social Ley de propiedad horizontal
  • 60. Impuesto de renta L. 675/01 Art. 33 ET Art. 23 ET Art. 598 No contribuyentes No declarantes de ingresos y patrimonio
  • 61. ET Art. 369 No sometidos a retención en la fuente
  • 62. Retención en la fuente ET Art. 368 Al tratarse de comunidades organizadas, tienen el carácter de agentes de retención y por ende deben practicarla a terceros sobre los pagos que realice.
  • 63. Retener Presentar la declaración y pagar Informar en medios magnéticos Expedir certificados Obligaciones
  • 64. Declarar Oportunamente Extemporaneidad Firmas No presentada* Pago No presentada * Contador IB o PB > 100.000 UVT
  • 65. Pagar Si la declaración se presenta sin pago, tiene una causal para tenerse por no presentada Para que se tenga como no presentada la DIAN debe proferir un auto declarativo que así lo señale
  • 66. La declaración tendrá validez si el agente retenedor paga antes de que se le profiera auto declarativo. La DIAN antes de proferir el auto declarativo deberá enviar un oficio en el que advierta de la situación y lo invite a efectuar el pago de la declaración, advirtiendo que de no hacerlo se emitirá el auto declarativo. Circular 0066/08
  • 67. Medios magnéticos Informar la retenciones practicadas durante el año 5% de las sumas respecto de las cuales no se suministró la información
  • 68. Los apellidos y nombres o razón social, identificación, dirección y país de residencia o domicilio. A QUIEN SE LE PRÁCICO Qué se informa Concepto V/r acumulado del pago V/r retenido
  • 69. Certificados • Año gravable y ciudad donde se consignó la retención. • Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor. • Dirección del agente retenedor. • Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o entidad a quien se le practicó la retención. •Monto total y concepto del pago sujeto a retención. •Concepto y cuantía de la retención efectuada. •La firma del pagador o agente retenedor. 5% Valor pago no certificado - Art 667 ET
  • 70. IVA Cuotas de administración no están sometidas Actividades propias de su objeto social L. 675/01 Art. 33D. 1372/97 Art. 7 No responsables
  • 71. Actividades Comerciales o de servicios, paralelas a las actividades propias de su objeto social DIAN Oficio 011847 de 2006 Responsables del Régimen Común Actividades Comerciales o de servicios, paralelas a las actividades propias de su objeto social DIAN Oficio 011847 de 2006 DIAN Oficio 011847 de 2006
  • 72. Objeto social: la administración correcta y eficaz de los bienes y servicios comunes, manejar los asuntos de interés común de los propietarios de bienes privados y cumplir las normas Relación PH Propietarios La persona jurídica puede obtener ingresos por actividades que no son propias de su objeto social, los cuales corresponden a aquellas actividades comerciales y/o de prestación de servicios. Relación PH Terceros Razones que expone la DIAN Indirecto
  • 73. Razones que expone la DIAN “la exoneración de impuestos nacionales consagrada en la ley para estas entidades, y concretamente, la condición de no responsables del IVA, no se extiende al desarrollo de actividades comerciales, sino únicamente a aquellas que están contempladas dentro de su objeto”
  • 74. Razones que expone la DIAN “el abuso de las formas jurídicas (…) tiene lugar cuando se utilizan figuras que no corresponden a la realidad económica, con el único propósito de aminorar o eliminar la carga tributaria”
  • 75. Razones que expone la DIAN “por el simple hecho de que la persona jurídica originada en la constitución de la propiedad horizontal preste un servicio que no corresponde al ámbito propio de su objeto social, no lo convierte en excluido”.
  • 76. Razones que expone la DIAN “ampliar vía interpretación las exclusiones a los servicios gravados por efectos de la intermediación en su prestación por la persona jurídica, genera distorsiones, competencia desleal y riñe con el principio constitucional de equidad en materia tributaria, al generar, vía precios, incidencias económicas diferentes frente a unos mismos servicios”.
  • 77. Razones que expone la DIAN “si realizan actividades comerciales y/o de servicios paralelas a las actividades propias de su objeto social tales como prestar servicios de parqueadero público, arrendamiento, concesión de espacios, restaurante, cafetería, venta de bienes gravados, etc., tienen la condición de responsables del impuesto sobre las ventas y como tales deben cumplir con todas las obligaciones inherentes a su condición”.
  • 78. Presentar la declaración y pagar Rete-iva compras a RS Informar en medios magnéticos Facturar Descontarse el IVA de forma PROPORCIONAL Obligaciones Al ser responsable del IVA
  • 79. RUT 07 Retención en la fuente a titulo de renta 14 Información Exógena 09 Retención en la fuente a titulo de IVA 11 Ventas Régimen Común
  • 80. Sanciones Por no inscribirse en el RUT antes del inicio de la actividad Multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción Por informar datos faltos, incompletos o equivocados Multa equivalente a 100 UVT
  • 81. Por no actualizar la información dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización Multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso. Cuando la actualización se refiera a la dirección o actividad económica, será de dos (2) UVT por cada día de retraso.
  • 82. Facturación En su calidad de no responsables del impuesto sobre las ventas y no contribuyentes del impuesto sobre la renta, las juntas administradoras de edificios organizadas en propiedad horizontal o de copropietarios deberán expedir documento equivalente. D. 1001/97 Art. 17
  • 83. 1. Nombre o razón social y NIT. 2. Numeración consecutiva. 3. Descripción específica o genérica de bienes o servicios. 4. Fecha. 5. Valor. Requisitos documento equivalente D. 1001/97 Art. 17
  • 84. Si es responsable de IVA Debe expedir factura Cumpliendo los requisitos del Art 617 del ET
  • 85. No. 0001 VR. IVA DESCRIPCION Cuota de administración 70.013 FACTURA DE VENTA CONJUNTO VIVIENDO ILUSIONES P.H. NIT. 800.000.000 NOMBRE: PPP NIT 71.258.365 FECHA 1/11/08 SUB.TOTAL TOTAL 70.013 0 70.013 AGTE RETENEDOR IVA. RES. 001 del 18-4-2006 No. 001 -500 I M P R E S O R n i t A B C C D E F G H I J Color = Sanción cierre REQUISITOS FACTURA TALONARIO ART. 617 E.T. A, H e I 1%
  • 86. REQUISITOS TIQUETE MÁQUINA REGISTRADORA CON SISTEMA P.O.S. (Art. 6 Decr. 1165/96) •Nombre o razón social y NIT del vendedor o quien presta el servicio •Número consecutivo de la transacción. •Fecha de la operación •Descripción de los bienes o servicios •Valor total de la operación • Resolución de autorización de numeración (Res. 4022/98)
  • 87. Actividades comerciales o de servicios, paralelas a las actividades propias de su objeto social DIAN Oficio 017885 de 2007 Responsables del Régimen Común GMF
  • 88. Separar las cuentas Una para la remuneración de su servicio, las cuotas de administración Otra para las actividades comerciales o de servicios No sujeción al gravamen
  • 89. IMPUESTO PREDIAL Zonas Comunes El impuesto de los bienes comunes está dentro de impuesto que se paga por los bienes privados Hacen parte de la privadas Ley 675/01 Art. 16 Par. 1 y Art. 19
  • 91. LEY 1259 DE 2008 Comparendo ambiental Escombros Cuatro horas Pecuniarias Entre 2 smmlv a 20 smmlv Alcaldía local Policía y agentes de tránsito línea 116 Acuerdo de 71 de 2010 “Gustavo Petro” http://leslieinga23.blogspot.com.co/ Métodos de separación de basuras
  • 92. DECRETO 356 DE 1994 Artículo 91 La empresa debe estar debidamente certificada. Sanción en la propiedad Horizontal entre 20 a 40 SMMLV. http://escavig.blogspot.com.co/p/vigilante.html http://spvsevilla.blogspot.com.co/2012/02/rec uperacion-de-la-tarjeta-de.html
  • 93. REGLAMENTOS AREAS COMUNES • PISCINAS • Ley 1209 de 2008 • Decreto 0554 de 2015 • MEDIOS DE TRANSPORTE VERTICAL • Acuerdo 285 de 2010 (Bogotá)
  • 94. Tiene por objeto regular la tenencia de ejemplares caninos en las zonas urbanas y rurales del territorio nacional. "los ejemplares caninos deberán ir sujetos por medio de traílla, y provistos de bozal si es el caso específico de perros potencialmente peligrosos según las definiciones dadas por la presente ley. " "Por la cual se regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos" Animalpetspain.blogspot.com www.mundoperro.net
  • 95. BIBLIOGRAFÍA • Orientación profesional. Ejercicio profesional de la contaduría pública en entidades de propiedad horizontal. Consejo Técnico de la Contaduría. 1 de julio del 2008. • Ley 675 del 2001. • Estatuto Tributario. • Conceptos DIAN.