2. Criminología
Etimológicamente deriva del latín
crimen-crimis, y griego logos, tratado.
Lo que significa estudio del crimen,
como conducta antisocial y del criminal.
3. En el Derecho Romano se
realiza una distinción
importante:
•Delicta: persecución privada, es
decir por querrella (afectaba a los
particulares e inderectamente
provocaban perturvación social).
Beneficios para la víctima: desde
la venganza privada hasta la
multa a favor del ofendido.
Pasando por el Taíón y la
compensación. En voluntad,
manos y clemencia de la víctima.
•Crimina: persecución pública, es
decir de oficio (ponían en peligro
a toda la comunidad). Por ello,
no estaba la sanción vinculada
directamente a la víctima.
5. LAS CIENCIAS PENALES Y CRIMINOLOGÍA
Las Ciencias Penales pueden dividirse en cinco
rubros:
1.
2.-
Las Ciencias Criminológicas, que conforman la
Criminología son: la Antropología, Biología,
Psicología, Sociología, Criminalistica,
Victimología y Penología.
Las Ciencias histórico-filosóficas, que
comprenden la Historia, Filosofía dentro de las
Ciencias Penales.
6. 3.- Las Ciencias Jurídicas integradas por el Derecho
Penal, Derecho Procesal Penal, Derecho Ejecutivo
Penal, Derecho de Policía y Derecho Victimal.
4.- Las Ciencias Médicas, que comprenden la
Médicina Forense y la Psiquiatría Forense.
5.- Las Ciencias denominadas básicas, esenciales o
fundamentales, que son: la Metodología y la
Política Criminal.
Según Rodríguez Manzanera.
LAS CIENCIAS PENALES Y CRIMINOLOGÍA 2
7. la Criminología se relaciona así con todas las
ciencias penales, aporta y recibe conocimientos,
suguiere soluciones, acepta sugerencias y se
amalgama del trabajo interdisciplinario (síntesis
criminológica)
Historia Filosofía
Derecho
Psicología
Cada una de las ciencias guarda una gran autonomía,
pero a las vez, se relaciona con las demás disciplinas,
entretejiéndose para dar conocimientos y soluciones
a problemas complejos.
Sociología
10. El objeto de estudio de la criminología son:
•Las conductas antisociales, es decir todo aquél
comportamiento humano que va contra el bien común.
En la acepción tomista que siendo bien de cada uno de
los miembros de la comunidad es al mismo tiempo
bien de todos.
•Delito es el acto u omisión que castigan las leyes
penales.
Es decir, la definición prevista en la norma penal.
11. CONCEPTO DE
DELINCUENTE
No existe una definición
exclusiva de delincuente, se
infiere del Derecho Penal, del
término delito.
Artículo 7.- Delito es el acto u
omisión que sancionan las leyes
penales.
Contrario sensu, se puede
desprender que es la persona
que comete una acción u
omisión que sancionan las leyes
penales.
Sujeto activo del delito
12. PALABRA DE DELINCUENTE
El diccionario de la Real
Academia Española lo define
como del antig]uo participio
activo de delinquir latín
delinquens, -enties) adjetivo.
Que delinque. usado, nombre
masculino como, sustantivo.
Criminal y Delincuente
Criminal es un sujeto desviado
que no forzosamente comete un
delito, también es conocido
como desviado. Infringe normas
sociales o culturales.
13. CONCEPTO DE VÍCTIMA
N o hay una definición única de Víctima, hay autores que
dudan que se pueden unificar criterios, sin embargo, es
necesario precisar que:
Concepto toral
VÍCTIMA
Etimológicamente :
•Latín víctima .- se designa a la persona o animal
sacrificado o que se destina al sacrificio. Similitud de
raices del latín, pasa idéntico al español, vittima en
italiano, victime en frances, y victim en inglés.
•Sacrificio Hebreo korbán, aunque ahora tiene un
concepto más amplio representa al individuo sacrificado or
sí mismo.
•Como la víctima ara sacrificada al retorno de la victoria
vincire, otros lo atribuyan a viger, vigoroso, robusto,
fuerte.
14. Víctimas del delito
Artículo 1°
Se entendera por víctimas las personas que, individual o
colectivamente, hayan sufrido daños, incluidos lesiones físicas o
mentales, sufrimiento emocial, pérdida financiera o menoscabo
sustancial de sus derechos fundamentales como consecuencia
de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente
en los Estados miembros, incluida la proscribe el abuso del
poder.
Artículo 2°
No sólo a quien lo sufre directamente, sino que incluye además
a los familiares, dependientes inmediatos de la víctima directa y
a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir
a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.
Declaración Sobre los Principios Fundamentales
de Justicia relativos a la víctima del delito y de
abuso de poder (1985)
15. Víctimas del abuso del poder
Artículo 18
Se entendera por víctimas las personas que,
individual o colectivamente, hayan sufrido daños,
incluidos lesiones físicas o mentales, sufrimiento
emocial, pérdida financiera o menoscabo
sustancial de sus derechos fundamentales como
consecuencia de acciones u omisiones que no
lleguen a constituir violaciones del derecho penal
internacional, pero violen normas internacionales
reconocidas relativas a los derechos humanos.
DEFINICIÓN JURÍDICA
Diccionario Jurídico Omeba:
“es la persona que sufre un daño por culpa ajena o por caso
fortuito, entendiéndose por daño el detrimento, lesión o perjuicio,
que de cualquier modo se provoca.
16. Criminalidad
Es el conjunto de las conductas ilícitas que se
reproducen en un tiempo y lugar determinados.
Para estudiarla, es necesaria la intervención de la
demografía, la historia, la etnografía, la psicología
social, la estadística, etc. Es un análisis global del
fenómeno.
Los datos de más fácil acceso son los oficiales, en
cuanto estadísticas judiciales de denuncia. Existe
por otra parte la cifra negra (delitos no conocidos
por las autoridades), la cifra dorada (que son
delitos cometidos por políticos, compañías
trasnacionales, influyentes, industriales etc.), que
son conductas ilícitas no consideradas oficialmente
como tales.
18. 1478-1535
Antecedentes y surgimiento de la criminología
Autor Aportes Obra Año
Tomas Moro El delito se produce por factores
económicos, guerra, ociosidad,
medio ambiente y mala
educación. Proporcionalidad de
las penas.
Utopía 1516
John
Howard
1726-1790
Reformar las prisiones.
Aislamiento nocturno, separación
por sexos, edad, enfermos
mentales y sanidad, pues existe
gran mortandad. Gratuidad de la
prisión.
The state of
the prision
1777
Jeremy
Bentham
1748-1832
Dulzura, severidad y economía.
Separación por sexos, trabajo,
alimentación, higiene y atención
a reos liberados. Informes.
UTILITARISMO
Panóptico
Tratado de
penas y
recompensas
1788
19. Autor
César
Beccaria
1738-1794
Aportes
Derecho de castigar, tortura,
pena capital y prisiones son
criticadas por injustas y crueles.
Igualdad y proporcionalidad de
la pena. Permite abolir la tortura
en 5 reinos entre 1776 y 1780.
Obra
De los
Delitos y de
las Penas
Año
1763-
64
Pensadores
franceses
Discurso sobre el origen y
fundamento de la
desigualdad de los hombres
La natural y física (naturaleza)
Radzinowicz,
Voltaire, Marat,
Montesquieu,
Hobbes,
Rousseau
XVIII
Médicos de
prisiones
Social y política (creada)
Examinar la salud de los presos
para comprobar su resistencia al
tormento y evitar que muriese y
no se pudiera concluir el juicio.
Certificaban muertes. Tomás
Abercromby –manía moral –
Tratado sobre XIX
el espíritu
20. Autor
Philippe
Pinel
1745-1826
Tuke
Pussin
Esquirol
Aportes
Médico de enfermos mentales,
desencadena a los enfermos,
logra liberar a varios locos-
delincuentes (Chevignpe)
Separa criminales de enfermos
mentales
Inglaterra, Francia
Charenton Psiquiatría Descubre
y clasifica EM que regirá en el S
XIX, descubre y bautiza
alucinaciones
Obra
Tratado
médico
filosófico
sobre la
manía
Continúan la
labor de Pinel
Año
1801
1815
Piquiatras
del Siglo
XIX
Luchó por la abolición de la
pena de muerte porque no son
responsables de sus anomalias
los delincuentes
El hombre
Animal
Felix Voisin
1794-1872
1839
21. Autor
Prosper
Lucas
1805-1885
Aportes
Enuncio el concepto de
atavismo, hace un estudio sobre
la herencia afirma las tendencias
patológicas y criminales desde el
nacimiento, realizado antes de
los estudios de Darwin
Obra
Tratado sobre
la herencia
Año
1847
Benedic
Augusto
Morel
1809-1873
Gaspar
Virgilio
Médico Alemán utiliza por
primera vez la demencia precoz,
la cual se basa en transtornos
mentales que son producto de
procesos degenerativos
progresivos
Es el primero en utilizar el
término de delincuente nato,
analizó 276 condenados,
seleccionados por lugar de
nacimiento y delito cometido
Las
degradaciones
física, morales e
intelectuales de
la especie
humana
Sobre la
naturaleza
enfermiza del
delito
1857
1874
22. Autor
Despine
Aportes
El criminal no tiene libre
albedrío, tiene una notable
insensibilidad moral afirma que
existe parentesco entre locura y
crimen, se adelanta a Freud
respecto al homicidio y la pena
de muerte, pues algunos
homicidas no pueden suicidarse
y violentan a otros para morir
Obra
Psicología
natural
Año
1868
Charles
Darwin
1809-1882
El ser humano es un animal con
impulsos biológicos. Genera las
ideas evolucionistas, influye en
la escuela positiva, los
criminales son atavicos, es decir,
no evolucionados
El origen de
las especies
por medio de
la selcción
natural.
El origen del
hombre
1859
1879
23. Escuela Clásica
Dicha escuela no existió como tal, sino es un invento
de Enrico Ferri, quien denomino a los clásicos como
aquellos posteriores a Beccaria y anteriores al
positivismo.
Esta escuela representa la reacción contra la barbarie
y la injusticia del derecho penal, procuro la
humanización por medio del respeto a la ley, los
derechos fundamentales y la limitación al poder
absoluto del Estado.
Represntantes: Beccaria, Bentham, Romagnosi, Rossi,
Carmignani, Rosmini, Carrara, entre otros.
24. Postulados
•Encuentra su base en la filosofíca en el Derecho Natural
Teológico
Racional
Realista
•Respeto absoluto al principio de legalidad
nulla poena sine lege
nullum crimen sine lege
nulla poena sine crimen
25. Postulados 2
•El delito no es un ente hecho, sino un ente jurídico
Delito no es una acción, sino una infracción
•Libre albedrío
el sujeto de la ley penal es capaz de querer como ser
consciente, inteligente y libre
•La pena solo se puede aplicar al individuo moralmente responsable
•Quedan excluidos de las penas los que no tiene libre albedrío
niños y locos
•Pena proporcional al delito. Son sanciones aflictivas, determinadas
ciertas ejemplares, proporcionales. Deben de cumplir los requisitos
de publicidad, certeza, prontitud, fraccionabilidad y reparabilidad.
En su ejecución deben ser correctivas, inmutables e inprorrogables.
26. Postulados 3
•La finalidad de la pena es restablecer el orden social, pues se ha
ofendido a la sociedad.
•El derecho de castigar pertenece al Estado a título de tutela
jurídica. Monopolio de la aplicación de sanciones.
•El derecho penal es garantía de libertad, ya que asegura la
liseguridad jurídica ante la autoridad.
•Método lógico abstracto, silogístico y deductivo
27. Escuela Positiva
Esta escuela si existió realmente, su principal representante fue
Lombroso.
Enrico Ferri la definió como la que estudia el delito, primero en sus
génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para adaptar
jurídicamente a las varias causas que lo producen, los diversos
remedios. No sólo implica el estudio antropológico del criminal,
implica el cambio del método cientifico en el estudio de la patología
criminal.
Representantes: César Lombroso (1835- 1909)
Rafael Garófalo (1851-1934)
Enrico Ferri ( 1856-1929)
28. Postulados
•En principio encuentra su base filosófica en Comte y la base
científica de Darwin.
•Negaron el principio de legalidad.
•El delito es un hecho de la naturaleza y como tal debe estudiarse.
•Determinismo, no existe el libre albedrío, pues es una pura ilusión
subjetiva.
•La responsabilidad moral es subtituida por la social, por vivir en
sociedad y no moral porque no existe el libre albedrío.
•Defensa social, el Estado tiene la facultad y obligación de defender
a la sociedad del sujeto peligroso por medio de las sanciones.
•Pena sustituida por sanción, incluye el tratamiento para educar y
adaptar al delincuente en tanto dure la peligrosidad, por ello lo
indeterminado. Se elimina la retribución.
29. Postulados 2
•La sanción es proporción a la peligrocidad del delincuente. Es más
importante la clasificacion del delincuente que del delito.
•La ley penal combate la criminalidad en cuanto a fenómeno social
y no para restablecer el orden jurídico.
•Tipologías según tratadistas basadas en las Lombrosianas.
•Metodología inductivo-experimental (observación particular-
proosición general) posteriori, esto es lo que da el nombre a la
corriente.
30. Scuola Positiva italiana
César Lombroso
– Delincuente nato
– Estigmas degenerativos
– Atavismo, morbo y epilepsia
Enrico Ferri
– Factores: antropológicos, físicos y sociales
Rafael Garófalo
– Anomalía psíquica y moral
31. Elementos
Crimen
Criminal
Pena
Principio
Finalidad
Objeto de Reflexión
Política Criminal
Culpabilidad
Ideología
Nivel
Principales Exponente
Escuela Clásica
Concepto Jurídico
Normal (libre albedrío)
Limitada y Proporcional
Acto
Restituir Orden Jurídico
Delito
Prevención General (-)
Valor Moral
Defensa Social
Conductual
Bentham, Beccaria,Feuerbach
Racionalismo
Escuela Positivista
Etiológico
Anormal
Tratamiento Indefinido-
desporcional
Autor
Readaptar con Tratamiento
Delincuente
Prevención General (+)
Peligrosidad Social
Defensa Social
Individual
Lombroso, Ferri, Garófalo
Biosicosocial
POSTULADOS TEÓRICOS DEL DERECHO PENAL
32. ESCUELAS ECLÉCTICAS
Son corrientes intermedias que toman fundamentos de la escuela
clásica (los seguidores) y de la escuela positivista.
La corriente ecléctica centraliza su esfuerzo por romper los
esquemas monolíticos de ambas escuelas y crear una diferente.
Entre ellas encontramos diferentes matices algunas más
vinculadas al clasismo y otras al positivismo.
Las más representativas son:
33. ESCUELAS ECLÉCTICAS
•La Terza Scuela
También llamada Positivismo Crítico.
Bernardino Alimena, funda la inimputabilidad sobre la
dirigibilidad, denomina a su posición positivismo crítico.
Representantes: Alimena, Carneval, Vaccaro, Maggi,
Puglia, Impallomeni, entre otros
Postulados:
Distingue Derecho Penal (lógico abstracto) de Criminología
(causal-explicativo)
34. •Delito fenómeno complejo, naturalmente causado, producto
de factores endógenos y exógenos.
•Rechaza las clasificaciones y tipologías del delincuente,
pero acepta ocasionales, habituales y anormales.
•Deben existir tanto penas como medidas de seguridad.
•Se conserva el concepto de responsabilidad moral,
peligrosidad y temibilidad.
•La pena tiene como finlidad la retribución, corrección y
educación (readaptativa).
•La imputabilidad basada en la dirigibilidad y capacidad de
sentir la amenaza de la pena.
INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA
35. ESCUELAS ECLÉCTICAS
• La Jóven Escuela
También llamada Pragmatismo o Escuela Sociológica
Representastes: Von Liszt, Prins, Vas Hamel, entre otros.
Postulados
•Modifica las explicaciones filosóficas por pragmatismo.
•Sustituye la responsabilidad moral por estdo de peligro.
•Delito fenómeno natural y ente jurídico, estudia sus factores y causa,
niega construcción dogmática.
•Ignora el libre albedrío, posición intermedio.
•El fundamento de la pena es la defensa social, acepta las medidas de
seguridad.
•Delincuentes normales y anormales.
36. ESCUELAS ECLÉCTICAS
• La Defensa Social
Nace con el fin de savaguardar la dignidad y la personalidad del
delincuente.
Representastes: Marc Ancel y Filippo Gramática, principalmente.
Precursores: Romagnosi, Bentham y Feuerbach.
Principios Fundamental
•del Movimiento.
•del Derecho Penal.
•Teorías del Derecho Penal.
•Evolución del Derecho Penal.
37. Principios Fundamental 1949
•Movimiento:
lucha contra criminalidad, predelicual como postdelictuales,
prevalecer los derechos de las personas
•Derecho Penal:
finalidad es la protección de los miembros de la comunidad,
valores humanos, respeto a la legalidad y a derechos
fundamentamentales
•Teorías del Derecho Penal:
base y análisis científico, se mantiene el término pena
(multa, prisión) finalidad del derecho, además enmendar y
recuperar al delinte
•Evolución del Derecho Penal:
reación social frente al delito, medidas o penas adecuadas al
caso, proceso y ejecución de sanciones fases sucesivas de la
defensa social
38. 30 años después se actualizó
Sociedad Internacional de Defensa Social
La actual Defensa Social se define en primer término un movimiento de
política criminal que es un movimiento progresivo que se pone en
práctica bajo tres exigencias:
•Estudio crítico del sistema existente.
•Conocimiento multidisciplinario de todas las ciencias sociales y
humananas del fenómeno criminal .
•Finalidad protectora: reacción contra el sistema punitivo-retributivo de
la represión clásica y respeto a los derechos fundamentales y a la
dignidad de la persona.
Busca desvincular una concepción puramente jurídica del problema,
afirmando que el sistema penal no es ni el único, ni el mejor medio de
lucha contra la delincuencia.
Un doble movimiento de criminalización y descriminalización, el SIDS
se opone a la pena de muerte y al abuso de la pena privativa de la
libertad, buscando sustitutivos de la prisión.
39. Clásica
Base jusnaturalista
Principio de legalidad
total
Delito como ente
jurídico
Libre albeldrío
Responsabilidad moral
Excluidos niños y locos
Pena retribución
Pena proporcional a
delito y daño
Positiva
Base positivista (Comte-
Darwin)
Excepción en medida de
seguridad
Delito hecho natural y social
Determinismo
Responsabilidad social
No hay excepción
Sanción tratamiento
Sanción proporcional a
peligrosodad
Ecléctica
No dicusión filosófica
(TS)
Principio de legalidad
Ambos son objetos
diferentes (TS) (JE)
Ninguna/causalidad (TS)
(JE)
Imputabilidad+peligrosid
ad (TS) Peligro (JE)
Pena a imputables,
medida de seguridad a
los demás (JE) (TS)
Ambas (JE) (TS)
Medida tratamiento (DS)
EVOLUCIÓN POSTULADOS TEÓRICOS DEL DERECHO PENAL
40. Clásica
Pena determinada
Positiva
Medida indeterminada
Ecléctica
Medida indeterminada
(DS)
Pena restablecer el
orden jurídico
Estado tutela
jurídicamente
Medida proteger orden social Protege orden social
(DS)
Estado defiende socialmente, Defiende socialmente
sustitutivos penales y (DS)
prevención
Clasificación de delitos Tipos y clasificación de
criminales
No acepta tipo/si
clasificación (TS) (JE)
Como base principios
dados a priori
Como base estudios Como base estudios
Antropo-sociales a posteriori científicos (DS)
Método lógico abtracto, Método inductivo
silogístico y deductivo experimental
El clásico para el
Derecho
El positivista para la
Criminología (TS)
EVOLUCIÓN POSTULADOS TEÓRICOS DEL DERECHO PENAL 2
41.
Teorías criminológicas
Biológicas
Ecológicas (Escuela de Chicago)
Asociación diferencial (Edwin Sutherland)
Anomía (Robert Merton)
Subculturas delictivas (Richard Cloward)
Control social (Travis Hirshis)
Etiquetamiento (Edwin Lemert/Becker)
Crítica (Taylor, Walton y Young)
Nuevas tendencias (Sociología Jurídica y
Psicología Jurídica o Criminológica)
42. Depende de cómo se defina
MODELOS, TENDENCIAS Y PARADIGMAS
PARADIGMA
Conjunto de conocimientos que resuelven (o intentan resolver)
determinados problemas (o grupo de problemas) bajo un
patrón aceptado por una parte de la comunidad científica.
Manuel López Rey
Cada paradigma tiene su propia ideología --y en la ideología
lleva a elegir un paradigma-- y su modelo para resolver
problemas que plantea el propio paradigma
44. Criminología Conservadora
El enfoque conservador es fundamentalmente positivista y por
tanto es causalista.
Su modelo de explicación es el consensual, la sociedad es
captada como una estructura bien integrada persistente y
estable, basada en el consenso de los valores imperantes.
Los que rompen esos valores son los delincuentes.
La ley reflejalos deseos y esperanzas colectivas; representa el
sentir popular y por lo tanto sirve a todos por igual, protegiendo al
ciudadano de la victimización.
El criminal es diferente del no criminal. Se estudia a los
delincuentes conocidos (los que llegan al sistema penal).
45. Criminología Liberal
Es de modelo pluralista, la ley no existe por que los individuos esten
generalmente de acuerdo con las definiciones, sino porque están en
desacuerdo.
La sociedad es captada como múltiple y plural, donde coinciden
grupos con diferencias marcadas y valores, intereses diversos y aún
contradictorios.
Lleva mecanismo para resolver problemas y conflictos pacificamente,
por lo que se establece el sistema legal, que es neutro y está por
encima de las partes.
Toma el paradigma interaccionista, que considera a la criminilidad no
desde la conducta sino desde la respuesta que provoca. La conducta
criminal es la que se etiqueta como tal, y el sujeto también es
etiquetado. Etiquetador y etiquetado (asumir).
Los conceptos desviación secundaria (Lemert) o cerrada desviada
(Becker), en donde el desviado es la víctima del sistema.
46. Criminología Socialista
Es de modelo confictual, reconoce las diferencias sociales, los
diversos grupos, sus conflictos y valores.
El conflicto es la lucha por el poder, que unos tratan de obtenerlo y
otros mantenerlo.
La ley define los intereses de los que tienen el poder para hacerlo. El
aparto judicial no es neutro y proteje los intereses de la clase en el
poder y no el de la colectividad.
El Estado capitalista sostiene un orden social, económico que
preserva el poder y sus privilegios, por lo tanto criminaliza conductas
que atentan ese orden.
Toma el paradigma critico, que propone un cambio de estructuras
sociales definitivo, que evite la victimización y la violación de
derechos humanos igualitarios. El Estado y su sistema de justicia son
victimizadores, porque atentan contra las clases menos privilegiadas
y olvida a las víctimas de la dominación y la represión.
El concepto de víctima es muy amplio en este enfoque.
47. 1.
2.
3.
Fines del siglo XIX
Década de los 20’s
30’s al presente
Etapas de la Criminología en México
Código penal 1871
Reformas sistema penitenciario
Clásica
Positivismo
Ecléctisimo
Código penal 1929-1931
Crítica
Política criminal
48. Primeros estudios Criminológicos en
México
Julio Guerrero
– Psiquiatría social (cultura y economía)
• Miguel Macedo
– La criminalidad de clase
o Francisco Martínez Baca
– Antropología criminal
Ignacio Fernández Ortigoza
– Antropomería
Carlos Roumagnac
– Factores: físicos, biológicos y psicológicos
49. ₢
•
Obras
Julio Guerrero
– “La génesis del crimen en México”
Carlos Roumagnac
– “Los criminales en México: ensayo de psicología criminal”
– “Crímenes sexuales y pasionales: estudio de psicología morbosa”
– “La estadística criminal en México”
Francisco Martínez Baca
– “Estudio de antropología criminal”
– “Los tatuajes. Estudio psicológico y médico legal de delincuentes”
Ignacio Fernández Ortigoza
- “Identificación científica de los reos”
50. Criminología mexicana (siglo XX)
Positivismo
Clínica
José Almaráz
Luis Garrido
José A. Ceniceros
Raúl Carrancá
Alfonso Teja Z.
Alfonso Quiroz
Gustavo Malo C.
Gustavo Barreto
Peligrosidad social
Escuela de Criminología
Posición Ecléctica
Positivismo jurídico
Sociología Norteamericana
Clínica Criminológica
Interpretaciones marxistas
Política Criminal
51. José Almaraz
Francisco Valencia
José A. Ceniceros
Raúl Carrancá
Héctor Solís
Alfonso Quiroz
Gustavo Malo C.
Enrique Gutiérrez
Obras
“El crimen”
“El crimen, el hombre y el medio. Principios de geografía criminal
para la república Méxicana”
“La delincuencia infantil en México”
“Principios de sociología criminal y derecho penal”
“Introducción a la sociología criminal”
“Un estrangulador de mujeres”
“La criminalidad en la república Mexicana”
“El costo social del delito”
“Historia de las cárceles en México”
“Apuntes de Criminología”
53. POLÍTICA CRIMINAL o CRIMINOLÓGICA
Es un instrumento de cambio social que permite la
comunicación entre los planificadores de diversas
actividades y sectores, buscando dirigir su acción
hacia una sola resultante: la justicia social.
Se convierte así en la disciplina de la estrategía global
y aquí coinciden todas todas las Ciencias Penales, por
lo que puede hablarse de una política legislativa,
judicial, penitenciaria, policiaca , penológica, victimal
etc.
Es la convergencia y punto de unión de todas las
ciencias penales y no debe haber divorcio entre la
política criminológica y la victimal, para darle
orientación y sentido a todo el sistema.