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IP/09/1508

                                                   Bruselas, 14 de octubre de 2009




La Comisión propone simplificar la normativa sobre
sucesiones internacionales y reforzar la seguridad
jurídica en la materia

La Comisión ha adoptado hoy una propuesta destinada a simplificar
considerablemente la normativa sobre sucesiones de dimensión
internacional en la Unión Europea. Se trata de facilitar la vida de los
ciudadanos definiendo normas comunes que permitan identificar fácilmente
la autoridad competente y la legislación aplicable a la totalidad de los bienes
constitutivos de una sucesión, independientemente de dónde estén
situados. Además de ofrecer mayores garantías a los derechos de
herederos, legatarios y .cualquier otra persona afectada, la normativa
propuesta permitirá al testador ocuparse más serenamente de su sucesión,
ofreciéndole la posibilidad de elegir qué legislación regirá la transmisión del
conjunto de sus bienes. La Comisión propone también la creación de un
Certificado Sucesorio Europeo que permita a cualquier heredero o
administrador de herencia demostrar fácilmente dicho estatuto en toda la
Unión.

Felicitándose por la aprobación de la propuesta, el Vicepresidente Barrot, Comisario
responsable de justicia, libertad y seguridad, afirmó: «Es imprescindible que los
ciudadanos y los profesionales del Derecho comprendan y, hasta cierto punto,
puedan elegir las normas que se aplicarán a la totalidad de los bienes constitutivos
de una sucesión, independientemente de dónde estén situados. Al proponer que el
lugar de residencia habitual determine la autoridad competente y la legislación
aplicable por defecto, pero permitiendo al mismo tiempo al testador que así lo desee
elegir que su sucesión se rija por la legislación del país del que sea nacional,
ofrecemos a la vez más seguridad jurídica y más flexibilidad y, por lo tanto, más
serenidad. En lo que respecta al Certificado Sucesorio Europeo, permitirá hacer
valer sin otros trámites el estatuto de heredero o administrador de herencia en toda
la Unión. Se trata de otra piedra que aportamos a la construcción de un verdadero
espacio jurídico europeo en materia civil».
Las 450 000 sucesiones internacionales abiertas cada año en la Unión Europea
suponen un patrimonio considerable, estimado en más de 120 000 millones de
euros. Sin embargo, las normas aplicables a estas sucesiones son muy complejas y
difícilmente previsibles y las que controlan la competencia, pero también la
legislación aplicable, varían considerablemente entre Estados miembros. De ello se
deriva una gran inseguridad jurídica, a menudo fuente de problemas para los
herederos, que deben hacer frente a un embrollo jurídico y administrativo cuando
heredan un bien situado en otro Estado miembro, y también para quienes desean
organizar su sucesión con antelación.
El objetivo de la propuesta es triple: incrementar la seguridad jurídica garantizando
la seguridad jurídica y la coherencia de las normas aplicables, ofrecer a los
testadores una mayor flexibilidad en la elección de la legislación aplicable, y
garantizar los derechos de los herederos, legatarios y otras personas interesadas
(acreedores, por ejemplo).
No obstante, esta iniciativa no modifica las normas nacionales sustantivas en
materia de sucesiones. Por ello, cuestiones como «¿Quién es heredero?» o «¿Qué
parte de mis bienes les corresponden a mis hijos y a mi cónyuge?» siguen estando
reguladas por las normativas nacionales. Del mismo modo, no se ven afectados de
ningún modo los derechos reales o el Derecho de familia propios de cada Estado
miembro. Por último, la fiscalidad aplicable a los bienes constitutivos de la sucesión
no resulta modificada por la propuesta y sigue dependiendo del Derecho nacional.

Funcionamiento de la futura normativa
La propuesta prevé la aplicación de un criterio único que permita determinar a la vez
la competencia de las autoridades y la legislación aplicable por defecto a una
sucesión transfronteriza: el de la residencia habitual del difunto. Los ciudadanos que
residan en el extranjero podrán, sin embargo, elegir someter la integralidad de su
sucesión a la legislación de su nacionalidad. De este modo, el conjunto de los
bienes de la sucesión serán regulados por una sola y misma legislación, reduciendo
así el riesgo de decisiones contradictorias entre Estados miembros; igualmente, una
única autoridad, la de la residencia habitual, será competente para regular la
sucesión, que sin embargo podrá devolver a la del Estado de nacionalidad si éste
está mejor situado para conocerla. Finalmente, las decisiones y escrituras públicas
en materia sucesoria serán objeto de un reconocimiento mutuo pleno y completo.
También se creará un Certificado Sucesorio Europeo, que permitirá probar sin
más trámites la calidad de heredero o de administrador o ejecutor de herencia. Esto
constituye un avance considerable con respecto a la situación actual, en la que a
veces es muy difícil hacer valer sus derechos. De ello se derivará una aceleración
de los procedimientos y una reducción de costes.
Para más información sobre las actividades del vicepresidente Barrot, puede
consultarse su sitio internet:
http://www.ec.europa.eu/commission_barroso/barrot/index_fr.htm




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  • 2. El objetivo de la propuesta es triple: incrementar la seguridad jurídica garantizando la seguridad jurídica y la coherencia de las normas aplicables, ofrecer a los testadores una mayor flexibilidad en la elección de la legislación aplicable, y garantizar los derechos de los herederos, legatarios y otras personas interesadas (acreedores, por ejemplo). No obstante, esta iniciativa no modifica las normas nacionales sustantivas en materia de sucesiones. Por ello, cuestiones como «¿Quién es heredero?» o «¿Qué parte de mis bienes les corresponden a mis hijos y a mi cónyuge?» siguen estando reguladas por las normativas nacionales. Del mismo modo, no se ven afectados de ningún modo los derechos reales o el Derecho de familia propios de cada Estado miembro. Por último, la fiscalidad aplicable a los bienes constitutivos de la sucesión no resulta modificada por la propuesta y sigue dependiendo del Derecho nacional. Funcionamiento de la futura normativa La propuesta prevé la aplicación de un criterio único que permita determinar a la vez la competencia de las autoridades y la legislación aplicable por defecto a una sucesión transfronteriza: el de la residencia habitual del difunto. Los ciudadanos que residan en el extranjero podrán, sin embargo, elegir someter la integralidad de su sucesión a la legislación de su nacionalidad. De este modo, el conjunto de los bienes de la sucesión serán regulados por una sola y misma legislación, reduciendo así el riesgo de decisiones contradictorias entre Estados miembros; igualmente, una única autoridad, la de la residencia habitual, será competente para regular la sucesión, que sin embargo podrá devolver a la del Estado de nacionalidad si éste está mejor situado para conocerla. Finalmente, las decisiones y escrituras públicas en materia sucesoria serán objeto de un reconocimiento mutuo pleno y completo. También se creará un Certificado Sucesorio Europeo, que permitirá probar sin más trámites la calidad de heredero o de administrador o ejecutor de herencia. Esto constituye un avance considerable con respecto a la situación actual, en la que a veces es muy difícil hacer valer sus derechos. De ello se derivará una aceleración de los procedimientos y una reducción de costes. Para más información sobre las actividades del vicepresidente Barrot, puede consultarse su sitio internet: http://www.ec.europa.eu/commission_barroso/barrot/index_fr.htm 2