2. Cómo formalizar
una Empresa?
Abog. Carla V. Flores Olivares
Subgerente de Desarrollo Turístico
y Promoción de la Inversión
3. Qué logro al formalizar mi
empresa?
Una vez que una empresa se encuentra ya formalizada, implica
para el consumidor - que accede a los productos o servicios que
se ofertan - una garantía de seriedad del negocio y del mismo
modo va a permitir por ejemplo:
- poder acceder a contratar no solo con personas naturales
sino también con personas jurídicas (empresas) que
requieran se les emita comprobantes de pago;
- participar en programas de apoyo a la micro y pequeña
empresa que son promovidos por el estado;
- podremos también entablar relaciones con otras empresas
procurando así un beneficio económico para ambas;
- podemos acceder más fácilmente a créditos con
entidades financieras;
- etc.
4. Cómo puedo formalizar mi
empresa?
Aquí para hacerlo tenemos dos opciones dentro de las cuales podemos
elegir:
- Constituirnos como persona natural:
Para lo cual debemos saber que, al constituirnos como personas naturales
podremos constituir una Micro o Pequeña empresa donde seremos los
dueños responsables del manejo de la empresa y podremos tener hasta un
máximo de 10 trabajadores en el caso de una micro empresa y hasta un
máximo de 50 en el caso de la pequeña empresa. Aquí debemos saber
también que cada una de estas tiene límites de venta en el caso de la micro
empresa es de hasta 150 UIT y en el caso de a Pequeña empresa de 150
hasta 850 UIT (tengamos en cuenta que la UIT del año 2007 asciende a S/
3450).
Recordemos también que al optar por esta modalidad, nos hacemos
RESPONSABLES de todos y cada uno de los compromisos asumidos como
empresa, teniendo entonces en caso de incumplir tales compromisos, que
responder por tal incumplimiento con nuestro propio patrimonio.
5. Para ello los pasos a seguir son:
Inscripción en la
Sunat
Inscripción de
trabajadores en
ESSALUD
Obtener los permisos
o registros
correspondientes
Autorizar el libro
de Planillas
Obtener la Licencia
de Funcionamiento
de la Municipalidad
Legalizar los libros
Contables
6. Empresa Sociedad Sociedad Sociedad
Individual de Comercial de Anónima – S.A. Anónima
Responsabilida Responsabilida Cerrada –
d Limitada d Limitada – S.A.C
-E.I.R.L S.R.L.
-Puede ser - Puede estar Puede estar -Está
- Constituirnos como Persona formada por formado por conformada conformada
Jurídica: una sola
persona y
un máximo de
20 personas.
por un número
indeterminado
por un mínimo
de 2 y un
Para esto es necesario saber utilizada
exclusivament
- Su capital de socios
quienes
máximo de 20
accionistas
está
que aquí podemos optar por e al constituir constituido realizan sus quienes
diversas formas societarias que una Micro o
Pequeña
también por
los aportes de
aportes para
conformar el
igualmente
realizan
requieren en su mayoría contar empresa. sus socios que patrimonio de aportes
- Su patrimonio pueden ser la empresa (en dinerarios o en
con un número mínimo de 2 está dinerarios y/o efectivo o bienes para la
socios. Dentro de estas formas conformado
por el aporte
en bienes bienes) y por el
aporte
conformación
del capital
societarias podemos optar por: del dueño de realizado se social.
la misma y harán - También este
este aporte acreedores de patrimonio
puede ser acciones que está
dinerario, representen el representado
mobiliario, de monto de su por acciones
maquinarias, aporte a la
etc. sociedad
7. Para ello los pasos a seguir son:
Búsqueda mercantil y
Razón Social en Registros
Públicos
Elaboración de la minuta
de constitución de la
empresa
Elevar la Minuta a
Escritura Pública ante un
Notario
Inscripción en Registros
Públicos
Todos los demás pasos
Señalados para las
Personas Naturales
8. Paso a Paso: buscando la
Formalidad
1. Búsqueda mercantil y razón social: Esta
búsqueda se realiza en la Oficina de Registros
Públicos y se realizara una vez que hayas
decidido cual será la razón social que identificará
a tu empresa en el mercado. Para ello en la
Oficina de Registros, deberás averiguar si dicho
nombre no existe aún en el mercado y de no
existir podrás inscribirlo
9. 2. Elaborar la Minuta de constitución de empresa: Esta
deberá ser realizada por un abogado de su confianza.
En este documento se tiene que detallar el tipo de
empresa que se ha decidido constituir, los datos de los
socios de la misma, los estatutos (los que plantean las
pautas direccionales así como sanciones,
responsabilidades, cargos direccionales, etc.
3. Elevar la minuta a Escritura Pública: Este trámite se realiza
ante una Notaría de su elección y es el documento
que va a permitir inscribir la empresa en los Registros
Públicos. Para ello deberá contar con la minuta ya
elaborada y adjuntar a esta la copia fotostática de su
DNI así como el de sus socios, abrir una cuenta en el
banco de su preferencia a nombre de la empresa,
valorar los aportes brindados ya sea en dinero u otros
bienes.
4. Inscribir en la Oficina de Registros Públicos: Una vez que
se ha obtenido la escritura pública, ésta debe ser
llevada a los Registros Públicos en la cual, el notario
realizará los trámites correspondientes.
10. 5. Inscripción ante la Sunat: La Sunat (Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria) en donde usted va a obtener:
- su número de RUC; que va a identificar a su empresa
- Determinación del régimen tributario al que se acoge; esto se
da una vez que ha obtenido su número de RUC, usted decidirá
la forma en que pagará sus tributos. Para ello usted tiene
dos opciones:
- RUS: significa que usted pagará un impuesto fijo
mensual, el mismo que se establecerá en razón de los
ingresos mensuales de su negocio. Este régimen le
permitirá emitir tickets y boletas de venta más no
podrá emitir facturas. Si usted elige este régimen, no
está en la obligación de llevar libros contables.
- RER: es un régimen especial e implica que el impuesto
que usted va a pagar obedece a un porcentaje de
sus ingresos mensuales; pudiendo bajo este régimen
emitir tickets, boletas de venta y facturas. Recuerde
que aquí usted está en la obligación de llevar libros
contables.
NOTA: la oficina de la SUNAT más cercana a nuestro distrito es la que se
encuentra ubicada en la Calle Antisuyo N° 215 – Urb. Maranga – San Miguel.
11. 6. Inscripción de trabajadores en ESSALUD: Este es el paso que implica el
registrar a sus trabajadores en esta institución a fin de que puedan
acceder al servicio de salud; vale la pena aclarar que esta se realiza
al momento en que los trabajadores son declarados SUNAT.
De ser el caso que usted no cuente con trabajadores en su empresa,
también resultaría útil que se inscriba en esta institución ya que así
también podrá acceder a los servicios de salud que esta brinda.
El pago que se realiza, es un pago de carácter mensual que usted
como dueño de la empresa tiene que asumir y este pago asciende
al 9% del sueldo de su trabajador.
7. Obtención de Registros o Permisos especiales: estos dependerán del
giro de su negocio y si usted desea por ejemplo registrar la marca de
su producto protegiéndose así contra la piratería. En el caso que
usted decid expender un producto para el consumo humano, este
deberá contar necesariamente con un registro sanitario para lo cual
deberá realizar los trámites correspondientes ante DIGESA.
8. Autorización del libro de Planillas: El libro de planillas es aquel en el
que se registrará el pago mensual de sus trabajadores. Este libro
deberá ser legalizado ante el Ministerio de Trabajo
12. 9. Obtención de la Licencia Municipal: La licencia de Funcionamiento es
la autorización de carácter personal e intransferible, que otorga la
Municipalidad de Pueblo Libre para el desarrollo de actividades
económicas, comerciales, industriales, de servicios o institucionales
en un establecimiento determinado, dentro de la jurisdicción del
distrito.
Para ello contamos en nuestra Municipalidad con la Subgerencia de
Licencias y Autorizaciones quien es la responsable de otorgar las
mismas según sea el caso y el tipo de actividad que se pretende
desarrollar.
Centrándonos un poco en el caso de las micro y pequeñas
empresas, estas acceden primero a lo que se denomina una
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO TEMPORAL una vez que se ha
efectuado la evaluación de la zonificación y compatibilidad de uso
y se determine que la actividad a desarrollarse resulta conforme a los
requerimientos antes citados. Esta tiene una duración de 1 año.
En nuestra municipalidad la tramitación de las licencias de
funcionamiento están reguladas mediante la Ordenanza N° 261-MPL
del 7de setiembre del año en curso, la misma que en su artículo 6°
indica los requisitos formales para la obtención de las mismas.
13. 10. Legalización de los Libros Contables: los libros contables son
aquellos que van a ser aperturados una vez que la empresa
entre en funcionamiento. Esta legalización la realiza un
notario público
Es preciso recordar que en caso me haya acogido al RER
tendré entonces que llevar el Libro de Inventarios y Balances
con sus anexos y en caso me haya acogido al Régimen
General deberá llevar contabilidad completa.
14. MUCHAS GRACIAS
Municipalidad de Pueblo Libre
Rafael Santos Normand
Alcalde
Todas las consultas adicionales gustosamente serán atendidas en la Subgerencia
de Desarrollo Turístico y Promoción de la Inversión sito en Jr. Felipe Santiago
Oré (antes Santa Isabel) N° 215 – Pueblo Libre