SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 24
LIC.AXELVINICIORODRÍGUEZSALAZAR
INTRODUCCIÓN AL DERECHO I
UMG.
QUICHÉ.
• 1. PENA:
• Definición: Es la privación o restricción de un derecho de una persona, impuesta por un órgano
jurisdiccional penal en sentencia penal condenatoria, como consecuencia de declarar a dicha persona
responsable de la comisión de un delito, con el fin de rehabilitar o reeducar al delincuente.
Clases de penas: artículo 41 CP
• Principales:
• Muerte (43)
• Prisión (44)
• Arresto (45)
• Multa(52)
•
• Accesorias 42 CP.
• Inhabilitación Absoluta (56)
• Inhabilitación Especial(57)
• Comiso (decomiso) y pérdida de los objetos o instrumentos del delito (60)
• Expulsión de Extranjeros del Territorio Nacional
• Pago de Costas y Gastos Procesales
• Publicación de Sentencias (61)
• otras
DERECHO PROCESAL
1. DEFINICIÓN: Rama del Derecho Público que comprende las
disposiciones que regulan la sucesión concatenada de los actos
jurídicos realizados por el juez, las partes y otros sujetos procesales,
con el objeto de resolver las controversias que se suscitan con la
aplicación de las normas de derecho sustantivo.
2. ASPECTOS FUNDAMENTALES PARA SU COMPRENSIÓN:
a) Función jurisdiccional.
b) Relación Jurídica Procesal.
c) Las fases del Proceso Declarativa y ejecutiva.
• Etapas del Procedimiento Común.
• ETAPA PREPARATORIA, DE INSTRUCCIÓN O INVESTIGACIÓN
• El MP, se entera de un hecho, que es posible sea delito, investiga, recaba los elementos de convicción.
• Un Juez de Primera Instancia Penal, controla la Investigación.
• ETAPA INTERMEDIA:
• Se evalúa si existe fundamento para someter a juicio a una persona o no.
• Un Juez de Primera Instancia Penal, controla.
• ETAPA DE JUICIO.
• Se determina si el sindicado tiene o no responsabilidad penal por la comisión del delito.
• Está a cargo de un Tribunal de Sentencia.
• IMPUGNACIONES.
• Se plantea un recurso contra la sentencia.
• Está a cargo de una Sala de la Corte de Apelaciones
• EJECUCIÓN
• Se da cumplimiento a la pena o medida de seguridad.
• Está a cargo de un Juzgado de Ejecución.
DERECHO FINANCIERO
1. DEFINICIÓN: Rama del derecho público que se refiere a la
percepción, gestión y erogación de los medios económicos
conferidos al Estado y a los entes públicos para el desarrollo de sus
actividades.
- En sí estudia el aspecto jurídico de la actividad financiera del Estado.
RAMAS DEL DERECHO PRIVADO
1. DERECHO CIVIL.
1. DEFINICIÓN: Rama del derecho Privado que estudia las normas
jurídicas y principios que regulan la conducta del ser humano en
relación a las consecuencias esenciales de los principales hechos y
actos de la vida humana, su situación jurídica con relación a sus
semejantes y sus bienes.
2. QUE ESTUDIA EL DERECHO CIVIL Libros del Código Civil
a. Derecho de la persona o de las personas.
b. Derecho de Familia.
c. Derecho de Bienes.
d. Derecho Sucesorio.
e. Derecho de Obligaciones
1. De las personas y de la familia
2. De los Bienes de la Propiedad y
demás derechos Reales.
3. De la Sucesión Hereditaria.
4. Del Registro de la propiedad
5. Del Derecho de Obligaciones.
PARENTESCO
PARENTESCO: Relación que se da entre dos o más personas, en virtud de sangre, matrimonio o
adopción.
CLASES DE PARENTESCO
• Consanguinidad: Descienden unas de otras (línea) o tienen un antecesor común (colateral) 4º.
Grado.
• Afinidad: Resultante del matrimonio, un cónyuge con otro y con los parientes del cónyuge. 2ª.
Grado
• Civil: Adoptante y adoptado, no se extiende a los parientes de uno y otro. El adoptante no es
heredero legal del adoptado, pero el adoptado si es heredero legal del adoptante. El adoptado y
su familia natural conservan sus derechos de sucesión recíproca.
•
• GRADO: Distancia que media entre dos parientes. Cada generación constituye un grado.
• LINEA: Serie de generaciones o grados procedentes de un ascendiente.
• LOS CONYUGES SON PARIENTES PERO NO FORMAN GRADO
• No hay primer grado colateral.
• QUIENES SON PARIENTES COLATERALES: hermanos, sobrinos, hijos de sobrinos, tíos, primos, tía
abuela.
DERECHO MERCANTIL
1. DEFINICIÓN: Es la rama del derecho Privado que estudia los
preceptos que regulan el comercio y las actividades asimiladas a él
y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas.
Contemplado todo ello en el Código de Comercio.
Fundamento Constitucional artículo 43 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
2. SU CONTENIDO:
a. Actos de comercio
b. Comerciante.
c. Contratos mercantiles.
d. Sociedades mercantiles. Etc.
DERECHO EXTERNO O INTERNACIONAL
1. DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
1. DEFINICIÓN: Conjunto de normas que regulan las relaciones de los
Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos.
Algunos lo llaman derecho Interestatal.
2. REGLA PACTA SUNT SERVANDA: En el campo del derecho
internacional Público es de trascendencia jurídica. Que significa: El
contrato es ley entre las partes, El Pacto Obliga, Lo pactado obliga.
3. ORGANIZACIONES INTERNACIONALES: ONU, OEA, SICA. ETC.
4. CUALES SON SUS FUENTES:
Los acuerdos o convenios internacionales y la costumbre.
2. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
1. DEFINICIÓN: Conjunto de normas que nos indican como deben de
resolverse, en materia privada, los problemas de aplicación que
derivan de la pluralidad de legislaciones.
se ocupa de la resolución de conflictos de competencia internacional, conflictos de leyes
internacionales, la cooperación procesal internacional y la condición jurídica de los extranjeros.
En Derecho se le llama Extraterritorialidad de la Ley
NORMAS DE CONDUCTA
1. DEFINICIÓN: Regla de comportamiento que ajusta las acciones del
hombre a lo prescrito en ella.
Que tiene como sinónimos: Regla, precepto, prescripción, mandato,
disposición. Que sirven para regular la conducta individual o social de
las personas.
2. CLASES DE NORMAS DE CONDUCTA:
a) Normas Jurídicas.
b) Normas Morales.
c) Normas Religiosas.
3. ACTITUDES FRENTE A LA NORMA
a) Sometimiento espontáneo (conducta ideal)
b) Cumplimiento forzoso.
c) Infringirlas.
4. DOS SIGNIFICADOS DE LA PALABRA NORMA.
a) En sentido amplio: Se refiere a toda regla de conducta obligatoria
o no.
b) En sentido estricto: Que se refiere exclusivamente a la regla de
comportamiento que confiere derechos o impone deberes jurídicos u
obligaciones.
5. CUÁL ES EL FIN DE LAS NORMAS DE CONDUCTA:
Realizar valores como la Justicia ( la principal), la Paz, el bien Común, la
Seguridad jurídica, la armonía el equilibrio social.
JUICIOS ENUNCIATIVOS Y NORMATIVOS
GENERALIDADES:
El examen estructural de las normas de conducta, dentro del campo de
la lógica formal, nos revela que todas ellas constituyen verdaderos
juicios, también los son las normas jurídicas, morales y religiosas.
En la lógica jurídica, los juicios constan de tres elementos:
a) Supuesto o hipótesis.
b) Verbo o cópula.
c) Consecuencia jurídica.
JUICIOS ENUNCIATIVOS EXISTENCIALES O
DEL SER.
1. DEFINICIÓN: Son los que expresan que algo es, ha sido o será de la
misma manera, son juicios que enuncian algo, aseveran algo y por
eso se denominan enunciativos a ellos obedece su nombre de
JUICIOS DEL SER.
- Expresan algo que fue, es y será de la misma manera, que llamaremos
leyes naturales.
- Los juicios enunciativos se subdividen en:
a) Verdaderos contingentes o empíricos y necesarios.
b) Falsos.
JUICIOS ATRIBUTIVOS, IMPUTATIVOS,
NORMATIVOS O JUICIOS DEL DEBER SER.
1. DEFINICIÓN: Expresan algo que debe ser de cierto modo, sin
perjuicio que aquello ocurra en la realidad de la vida, prescriben
determinada conducta positiva o negativa.
- Siempre tienen un supuesto normativo enlazado imputativamente a
una consecuencia-
- La realización del supuesto produce una consecuencia.
- El sujeto puede o no realizar el supuesto.
- Las consecuencias puede o no cumplirlas.
- Por el libre albedrío puede decidir sobre su realización o no.
NORMAS JURÍDICAS
CONCEPTO: Es un mandato o regla que tiene como objetivo dirigir el
comportamiento de la sociedad. Es una prescripción dirigida a la ordenación
del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento
puede llevar a una sanción.
CARACTERÍSTICAS: exterioridad-bilateralidad-heterónomas-coercibles.
1. Exterioridad: El Derecho, al regular la conducta humana no considera el
elemento interno o psíquico, si no solamente el elemento externo,
objetivo material o físico. Valora las acciones exteriores del individuo.
2. Bilateralidad: a) Presupone la relación de dos o mas personas, por lo que
esta característica de la norma jurídica, sólo puede darse en la vida de
relación. Para que alguien posea un derecho es necesario que haya a quien
exigirle, b) Norma imperativo-atributiva, por un lado otorga derechos y por
el otro impone deberes jurídicos u obligaciones.
3. Heteronomía: Significa que no las elabora el propio sujeto que debe
cumplirlas, si no por un poder, que dentro de la estructura del Estado
se llama poder Legislativo, cuya función es precisamente elaborar las
normar jurídicas, leyes o el ordenamiento jurídico.
Rigen la conducta humana sin derivar su validez de la voluntad de los
sujetos vinculados, si no de una voluntad superior a ellos (la del
legislador). Artículo 3 de la Ley del organismo Judicial.
4. Coercibilidad: Facultad de la autoridad para hacer valer el derecho
en los casos en que éste no se cumpla o no sea respetado en forma
voluntaria. Si el cumplimiento de la norma no se logra
espontáneamente interviene el poder coactivo del Estado. Esta es la
característica que diferencia a la norma jurídica de los otros tipos de
normas.
NORMAS MORALES
- Tiene su origen en dictados de la razón.
- Se ocupa en acciones humanas del bien y el mal.
- Su objeto material lo constituyen los actos humanos.
- Su objeto formal, la moralidad de esos actos.
- Las normas morales como las religiosas contribuyen en los valores del derecho
(La justicia, la paz, el bien común y la seguridad jurídica). Pues existe evidente
relación entre la moral y el derecho.
- No existe contradicción u oposición entre los diversos sistemas de normas de
conducta. Ya que gran parte de las normas jurídicas tienen fundamento moral y
esta circunstancia hace que el hombre sujete su conducta espontáneamente a las
prescripciones de la norma jurídica pues estas se tienen como justas.
- La moral garantiza el cumplimiento espontaneo de las normas jurídicas.
- Todo ordenamiento jurídico debiera estar inspirado en la moral, pero no es así
pues al discutir una norma jurídica privan intereses políticos, económicos,
religiosos, gremiales.
Características de las normas Morales:
1. Interiores: Son dictadas por la conciencia, a lo interno de cada
individuo.
2. Autónomas: Consiste en que la norma moral la dicta la misma
persona que debe cumplirla. En el campo de la moralidad cada
persona se convierte en su propio legislador. Significa auto
legislación. Filosofo Kant indica “Obra de tal manera que tu
voluntad pueda siempre a un mismo tiempo, valer como principio
legislativo universal”.
3. Unilateralidad: Porque frente al sujeto pasivo u obligado no existe n
existe un sujeto activo que exija el cumplimiento del deber moral.
4. Incoercibles: Es una consecuencia de su autonomía y unilateralidad,
estás normas se cumplen por convicción propia, pues no existe la
posibilidad de cumplimiento forzoso como en las normas jurídicas,
tampoco existe sanción por no cumplirlas.
NORMAS RELIGIOSAS
- Son una expresión importante de la cultura de los pueblos.
- La médula de las concepciones religiosas es la relación del individuo con lo
sobrenatural, por lo que las normas religiosas regulan la vida de los
hombres con respecto a la divinidad.
- Son inspiradas por la idea suprema de Dios, y tiene por principal objeto
ayudar al hombre en un fin último que en una vida que no es terrenal.
- Por lo que regula la conducta del hombre no solo con la relación con sus
semejantes si no en sus actos para con DIOS.
CARACTERÍSITICAS:
1) Unilateralidad: Obliga pero no faculta.
2) Heteronomía: sujeción a una voluntad superior, divina.
3) Incoercibles: no existe posibilidad de cumplimiento forzoso,
4) Interiores: porque se cumplen por fe y por convicción espiritual.
LEY NATURAL
• Son leyes que gobierna el universo y por tanto el hombre esta sujeta
a ellas, en el orden lógico constituyen JUICIOS ENUNCIATIVOS, juicios
que expresan relaciones del ser, o sea que algo fue, es y será de la
misma manera.
• SE DIREFENCIA DE LAS NORMAS DE CONDUCTA POR:
• A) EL FIN
• B) EL SUPUESTO
• C) SU VALIDEZ.
REGLAS TÉCNICAS
- Prescriben los medios idóneos para alcanzar un fin determinado.
Indican los medios o procedimientos adecuados que es necesario
seguir para conseguir un propósito.
USOS O CONVENCIONALISMOS SOCIALES.
- Son deberes de comportamiento que derivan del hecho de
pertenecer a determinado circulo social o a una esfera colectiva.
- Aquellos que imponen a los hombres una determinada conducta en
la vida social, fundado en los principios de buena educación, decoro,
protocolo o cortesía

Más contenido relacionado

Similar a 3.+CLASE+5+Y+6+SEGUNDO+PARCIAL.++INTRODUCCI%C3%93N+AL+DERECHO+I+CORRECTA.pptx

Similar a 3.+CLASE+5+Y+6+SEGUNDO+PARCIAL.++INTRODUCCI%C3%93N+AL+DERECHO+I+CORRECTA.pptx (20)

Sistema normativo peru
Sistema normativo peruSistema normativo peru
Sistema normativo peru
 
Miguel Herrera
Miguel HerreraMiguel Herrera
Miguel Herrera
 
6. trabajo 2
6. trabajo 26. trabajo 2
6. trabajo 2
 
Guía de estudio de derecho
Guía de estudio de derecho Guía de estudio de derecho
Guía de estudio de derecho
 
Mi tarea
Mi tareaMi tarea
Mi tarea
 
01 teoria de la ley (1)
01 teoria de la ley (1)01 teoria de la ley (1)
01 teoria de la ley (1)
 
Resúmen Capítulo III. Normas Jurídicas.pdf
Resúmen Capítulo III. Normas Jurídicas.pdfResúmen Capítulo III. Normas Jurídicas.pdf
Resúmen Capítulo III. Normas Jurídicas.pdf
 
Unidad i,ii,iii derecho
Unidad i,ii,iii derechoUnidad i,ii,iii derecho
Unidad i,ii,iii derecho
 
Lección3 2012
Lección3 2012Lección3 2012
Lección3 2012
 
Normas juridicas
Normas juridicasNormas juridicas
Normas juridicas
 
INTRODUCCION AL DERECHO
INTRODUCCION AL DERECHOINTRODUCCION AL DERECHO
INTRODUCCION AL DERECHO
 
isstema normativo.pdf
isstema normativo.pdfisstema normativo.pdf
isstema normativo.pdf
 
Introduccion al derecho
Introduccion al derechoIntroduccion al derecho
Introduccion al derecho
 
Introduccion al derecho
Introduccion al derechoIntroduccion al derecho
Introduccion al derecho
 
INTRODUCCION AL DERECHO
INTRODUCCION AL DERECHOINTRODUCCION AL DERECHO
INTRODUCCION AL DERECHO
 
INTRODUCION DEL DERECHO
INTRODUCION DEL DERECHOINTRODUCION DEL DERECHO
INTRODUCION DEL DERECHO
 
Temamario Policia Nacional 2013/2014
Temamario Policia Nacional 2013/2014Temamario Policia Nacional 2013/2014
Temamario Policia Nacional 2013/2014
 
Introducción al estudio de derecho
Introducción al estudio de derechoIntroducción al estudio de derecho
Introducción al estudio de derecho
 
dcd.pdf
dcd.pdfdcd.pdf
dcd.pdf
 
Diapositivas generales del Derecho (1).pptx
Diapositivas generales del Derecho (1).pptxDiapositivas generales del Derecho (1).pptx
Diapositivas generales del Derecho (1).pptx
 

Último

EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxOscarEduardoSanchezC
 
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDUFICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDUgustavorojas179704
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteJuan Hernandez
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtweBROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwealekzHuri
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Baker Publishing Company
 
CULTURA NAZCA, presentación en aula para compartir
CULTURA NAZCA, presentación en aula para compartirCULTURA NAZCA, presentación en aula para compartir
CULTURA NAZCA, presentación en aula para compartirPaddySydney1
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024IES Vicent Andres Estelles
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfromanmillans
 

Último (20)

La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDUFICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO  2024 MINEDU
FICHA DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO 2024 MINEDU
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversaryEarth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
 
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDIUnidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtweBROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
 
CULTURA NAZCA, presentación en aula para compartir
CULTURA NAZCA, presentación en aula para compartirCULTURA NAZCA, presentación en aula para compartir
CULTURA NAZCA, presentación en aula para compartir
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
 

3.+CLASE+5+Y+6+SEGUNDO+PARCIAL.++INTRODUCCI%C3%93N+AL+DERECHO+I+CORRECTA.pptx

  • 2. • 1. PENA: • Definición: Es la privación o restricción de un derecho de una persona, impuesta por un órgano jurisdiccional penal en sentencia penal condenatoria, como consecuencia de declarar a dicha persona responsable de la comisión de un delito, con el fin de rehabilitar o reeducar al delincuente. Clases de penas: artículo 41 CP • Principales: • Muerte (43) • Prisión (44) • Arresto (45) • Multa(52) • • Accesorias 42 CP. • Inhabilitación Absoluta (56) • Inhabilitación Especial(57) • Comiso (decomiso) y pérdida de los objetos o instrumentos del delito (60) • Expulsión de Extranjeros del Territorio Nacional • Pago de Costas y Gastos Procesales • Publicación de Sentencias (61) • otras
  • 3. DERECHO PROCESAL 1. DEFINICIÓN: Rama del Derecho Público que comprende las disposiciones que regulan la sucesión concatenada de los actos jurídicos realizados por el juez, las partes y otros sujetos procesales, con el objeto de resolver las controversias que se suscitan con la aplicación de las normas de derecho sustantivo. 2. ASPECTOS FUNDAMENTALES PARA SU COMPRENSIÓN: a) Función jurisdiccional. b) Relación Jurídica Procesal. c) Las fases del Proceso Declarativa y ejecutiva.
  • 4. • Etapas del Procedimiento Común. • ETAPA PREPARATORIA, DE INSTRUCCIÓN O INVESTIGACIÓN • El MP, se entera de un hecho, que es posible sea delito, investiga, recaba los elementos de convicción. • Un Juez de Primera Instancia Penal, controla la Investigación. • ETAPA INTERMEDIA: • Se evalúa si existe fundamento para someter a juicio a una persona o no. • Un Juez de Primera Instancia Penal, controla. • ETAPA DE JUICIO. • Se determina si el sindicado tiene o no responsabilidad penal por la comisión del delito. • Está a cargo de un Tribunal de Sentencia. • IMPUGNACIONES. • Se plantea un recurso contra la sentencia. • Está a cargo de una Sala de la Corte de Apelaciones • EJECUCIÓN • Se da cumplimiento a la pena o medida de seguridad. • Está a cargo de un Juzgado de Ejecución.
  • 5. DERECHO FINANCIERO 1. DEFINICIÓN: Rama del derecho público que se refiere a la percepción, gestión y erogación de los medios económicos conferidos al Estado y a los entes públicos para el desarrollo de sus actividades. - En sí estudia el aspecto jurídico de la actividad financiera del Estado.
  • 6. RAMAS DEL DERECHO PRIVADO 1. DERECHO CIVIL. 1. DEFINICIÓN: Rama del derecho Privado que estudia las normas jurídicas y principios que regulan la conducta del ser humano en relación a las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana, su situación jurídica con relación a sus semejantes y sus bienes. 2. QUE ESTUDIA EL DERECHO CIVIL Libros del Código Civil a. Derecho de la persona o de las personas. b. Derecho de Familia. c. Derecho de Bienes. d. Derecho Sucesorio. e. Derecho de Obligaciones 1. De las personas y de la familia 2. De los Bienes de la Propiedad y demás derechos Reales. 3. De la Sucesión Hereditaria. 4. Del Registro de la propiedad 5. Del Derecho de Obligaciones.
  • 7. PARENTESCO PARENTESCO: Relación que se da entre dos o más personas, en virtud de sangre, matrimonio o adopción. CLASES DE PARENTESCO • Consanguinidad: Descienden unas de otras (línea) o tienen un antecesor común (colateral) 4º. Grado. • Afinidad: Resultante del matrimonio, un cónyuge con otro y con los parientes del cónyuge. 2ª. Grado • Civil: Adoptante y adoptado, no se extiende a los parientes de uno y otro. El adoptante no es heredero legal del adoptado, pero el adoptado si es heredero legal del adoptante. El adoptado y su familia natural conservan sus derechos de sucesión recíproca. • • GRADO: Distancia que media entre dos parientes. Cada generación constituye un grado. • LINEA: Serie de generaciones o grados procedentes de un ascendiente. • LOS CONYUGES SON PARIENTES PERO NO FORMAN GRADO • No hay primer grado colateral. • QUIENES SON PARIENTES COLATERALES: hermanos, sobrinos, hijos de sobrinos, tíos, primos, tía abuela.
  • 8.
  • 9.
  • 10. DERECHO MERCANTIL 1. DEFINICIÓN: Es la rama del derecho Privado que estudia los preceptos que regulan el comercio y las actividades asimiladas a él y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas. Contemplado todo ello en el Código de Comercio. Fundamento Constitucional artículo 43 de la Constitución Política de la República de Guatemala. 2. SU CONTENIDO: a. Actos de comercio b. Comerciante. c. Contratos mercantiles. d. Sociedades mercantiles. Etc.
  • 11. DERECHO EXTERNO O INTERNACIONAL 1. DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO 1. DEFINICIÓN: Conjunto de normas que regulan las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos. Algunos lo llaman derecho Interestatal. 2. REGLA PACTA SUNT SERVANDA: En el campo del derecho internacional Público es de trascendencia jurídica. Que significa: El contrato es ley entre las partes, El Pacto Obliga, Lo pactado obliga. 3. ORGANIZACIONES INTERNACIONALES: ONU, OEA, SICA. ETC. 4. CUALES SON SUS FUENTES: Los acuerdos o convenios internacionales y la costumbre.
  • 12. 2. DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 1. DEFINICIÓN: Conjunto de normas que nos indican como deben de resolverse, en materia privada, los problemas de aplicación que derivan de la pluralidad de legislaciones. se ocupa de la resolución de conflictos de competencia internacional, conflictos de leyes internacionales, la cooperación procesal internacional y la condición jurídica de los extranjeros. En Derecho se le llama Extraterritorialidad de la Ley
  • 13. NORMAS DE CONDUCTA 1. DEFINICIÓN: Regla de comportamiento que ajusta las acciones del hombre a lo prescrito en ella. Que tiene como sinónimos: Regla, precepto, prescripción, mandato, disposición. Que sirven para regular la conducta individual o social de las personas. 2. CLASES DE NORMAS DE CONDUCTA: a) Normas Jurídicas. b) Normas Morales. c) Normas Religiosas.
  • 14. 3. ACTITUDES FRENTE A LA NORMA a) Sometimiento espontáneo (conducta ideal) b) Cumplimiento forzoso. c) Infringirlas. 4. DOS SIGNIFICADOS DE LA PALABRA NORMA. a) En sentido amplio: Se refiere a toda regla de conducta obligatoria o no. b) En sentido estricto: Que se refiere exclusivamente a la regla de comportamiento que confiere derechos o impone deberes jurídicos u obligaciones. 5. CUÁL ES EL FIN DE LAS NORMAS DE CONDUCTA: Realizar valores como la Justicia ( la principal), la Paz, el bien Común, la Seguridad jurídica, la armonía el equilibrio social.
  • 15. JUICIOS ENUNCIATIVOS Y NORMATIVOS GENERALIDADES: El examen estructural de las normas de conducta, dentro del campo de la lógica formal, nos revela que todas ellas constituyen verdaderos juicios, también los son las normas jurídicas, morales y religiosas. En la lógica jurídica, los juicios constan de tres elementos: a) Supuesto o hipótesis. b) Verbo o cópula. c) Consecuencia jurídica.
  • 16. JUICIOS ENUNCIATIVOS EXISTENCIALES O DEL SER. 1. DEFINICIÓN: Son los que expresan que algo es, ha sido o será de la misma manera, son juicios que enuncian algo, aseveran algo y por eso se denominan enunciativos a ellos obedece su nombre de JUICIOS DEL SER. - Expresan algo que fue, es y será de la misma manera, que llamaremos leyes naturales. - Los juicios enunciativos se subdividen en: a) Verdaderos contingentes o empíricos y necesarios. b) Falsos.
  • 17. JUICIOS ATRIBUTIVOS, IMPUTATIVOS, NORMATIVOS O JUICIOS DEL DEBER SER. 1. DEFINICIÓN: Expresan algo que debe ser de cierto modo, sin perjuicio que aquello ocurra en la realidad de la vida, prescriben determinada conducta positiva o negativa. - Siempre tienen un supuesto normativo enlazado imputativamente a una consecuencia- - La realización del supuesto produce una consecuencia. - El sujeto puede o no realizar el supuesto. - Las consecuencias puede o no cumplirlas. - Por el libre albedrío puede decidir sobre su realización o no.
  • 18. NORMAS JURÍDICAS CONCEPTO: Es un mandato o regla que tiene como objetivo dirigir el comportamiento de la sociedad. Es una prescripción dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar a una sanción. CARACTERÍSTICAS: exterioridad-bilateralidad-heterónomas-coercibles. 1. Exterioridad: El Derecho, al regular la conducta humana no considera el elemento interno o psíquico, si no solamente el elemento externo, objetivo material o físico. Valora las acciones exteriores del individuo. 2. Bilateralidad: a) Presupone la relación de dos o mas personas, por lo que esta característica de la norma jurídica, sólo puede darse en la vida de relación. Para que alguien posea un derecho es necesario que haya a quien exigirle, b) Norma imperativo-atributiva, por un lado otorga derechos y por el otro impone deberes jurídicos u obligaciones.
  • 19. 3. Heteronomía: Significa que no las elabora el propio sujeto que debe cumplirlas, si no por un poder, que dentro de la estructura del Estado se llama poder Legislativo, cuya función es precisamente elaborar las normar jurídicas, leyes o el ordenamiento jurídico. Rigen la conducta humana sin derivar su validez de la voluntad de los sujetos vinculados, si no de una voluntad superior a ellos (la del legislador). Artículo 3 de la Ley del organismo Judicial. 4. Coercibilidad: Facultad de la autoridad para hacer valer el derecho en los casos en que éste no se cumpla o no sea respetado en forma voluntaria. Si el cumplimiento de la norma no se logra espontáneamente interviene el poder coactivo del Estado. Esta es la característica que diferencia a la norma jurídica de los otros tipos de normas.
  • 20. NORMAS MORALES - Tiene su origen en dictados de la razón. - Se ocupa en acciones humanas del bien y el mal. - Su objeto material lo constituyen los actos humanos. - Su objeto formal, la moralidad de esos actos. - Las normas morales como las religiosas contribuyen en los valores del derecho (La justicia, la paz, el bien común y la seguridad jurídica). Pues existe evidente relación entre la moral y el derecho. - No existe contradicción u oposición entre los diversos sistemas de normas de conducta. Ya que gran parte de las normas jurídicas tienen fundamento moral y esta circunstancia hace que el hombre sujete su conducta espontáneamente a las prescripciones de la norma jurídica pues estas se tienen como justas. - La moral garantiza el cumplimiento espontaneo de las normas jurídicas. - Todo ordenamiento jurídico debiera estar inspirado en la moral, pero no es así pues al discutir una norma jurídica privan intereses políticos, económicos, religiosos, gremiales.
  • 21. Características de las normas Morales: 1. Interiores: Son dictadas por la conciencia, a lo interno de cada individuo. 2. Autónomas: Consiste en que la norma moral la dicta la misma persona que debe cumplirla. En el campo de la moralidad cada persona se convierte en su propio legislador. Significa auto legislación. Filosofo Kant indica “Obra de tal manera que tu voluntad pueda siempre a un mismo tiempo, valer como principio legislativo universal”. 3. Unilateralidad: Porque frente al sujeto pasivo u obligado no existe n existe un sujeto activo que exija el cumplimiento del deber moral. 4. Incoercibles: Es una consecuencia de su autonomía y unilateralidad, estás normas se cumplen por convicción propia, pues no existe la posibilidad de cumplimiento forzoso como en las normas jurídicas, tampoco existe sanción por no cumplirlas.
  • 22. NORMAS RELIGIOSAS - Son una expresión importante de la cultura de los pueblos. - La médula de las concepciones religiosas es la relación del individuo con lo sobrenatural, por lo que las normas religiosas regulan la vida de los hombres con respecto a la divinidad. - Son inspiradas por la idea suprema de Dios, y tiene por principal objeto ayudar al hombre en un fin último que en una vida que no es terrenal. - Por lo que regula la conducta del hombre no solo con la relación con sus semejantes si no en sus actos para con DIOS. CARACTERÍSITICAS: 1) Unilateralidad: Obliga pero no faculta. 2) Heteronomía: sujeción a una voluntad superior, divina. 3) Incoercibles: no existe posibilidad de cumplimiento forzoso, 4) Interiores: porque se cumplen por fe y por convicción espiritual.
  • 23. LEY NATURAL • Son leyes que gobierna el universo y por tanto el hombre esta sujeta a ellas, en el orden lógico constituyen JUICIOS ENUNCIATIVOS, juicios que expresan relaciones del ser, o sea que algo fue, es y será de la misma manera. • SE DIREFENCIA DE LAS NORMAS DE CONDUCTA POR: • A) EL FIN • B) EL SUPUESTO • C) SU VALIDEZ.
  • 24. REGLAS TÉCNICAS - Prescriben los medios idóneos para alcanzar un fin determinado. Indican los medios o procedimientos adecuados que es necesario seguir para conseguir un propósito. USOS O CONVENCIONALISMOS SOCIALES. - Son deberes de comportamiento que derivan del hecho de pertenecer a determinado circulo social o a una esfera colectiva. - Aquellos que imponen a los hombres una determinada conducta en la vida social, fundado en los principios de buena educación, decoro, protocolo o cortesía