El documento describe los esfuerzos del municipio para controlar la contaminación acústica. Se discuten las leyes y regulaciones relevantes, así como los mapas de ruido creados. También se proponen divisiones de responsabilidad entre los departamentos municipales para abordar diferentes fuentes de ruido como la industria, el tráfico, las construcciones y los conflictos vecinales. Se destaca la red reciente de monitoreo de ruido ambiental compuesta por 17 estaciones que proporcionan datos para evaluar el mapa de ruido y guiar futuras acc
TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
ControlRuidoVitoria
1. El Ruido como agente contaminante en el
municipio.
El control de este complejo contaminante físico demanda un gran esfuerzo
técnico y reglamentario del equipo humano asignado para su control.
Dadas las formas variadas en que se produce la presencia del Ruido, demanda
diferentes intervenciones correctoras, por lo que conviene pormenorizarlas y de
esta forma determinar el estado actual de nuestros controles y el largo camino
que nos queda por recorrer hasta llegar a un nivel de control satisfactorio que
responda a la creciente exigencia ciudadana.
Tradicionalmente, y en ausencia de una ley reguladora de los efectos adversos
de las diferentes fuentes sonoras para la población, los ayuntamientos se han
visto obligados a mediar en estos conflictos a través de Ordenanzas que, en
muchos casos, se han mostrado ineficaces para corregir las molestias
denunciadas. Tal ha sido el caso, especialmente, del ruido vecinal y del ruido
producido por las instalaciones en la edificación de uso residencial.
En el año 2003 entró en vigor la Ley del Ruido 37/03 y posteriormente el RD-
1513/05 que desarrolla dicha Ley en lo referente a la evaluación y gestión del
ruido ambiental (Mapas de Ruido), marcando un hito novedoso en el panorama
legislativo español sobre el ruido, que se amparaba exclusivamente en las
ordenanzas locales y acciones puntuales en la jurisdicción civil.
Pero ha sido la reciente entrada en vigor del RD-1367/07, por el que se
desarrolla la Ley 37/03 en lo referente a zonificación acústica, objetivos de
calidad y limitación de emisiones acústicas, y del RD-1371/07 por el que se
aprueba el documento básico DB-HR que desarrolla el Código Técnico de
Edificación en materia acústica, los que han revolucionado el panorama
legislativo español en la materia, obligando a los municipios a la adaptación
de sus ordenanzas y a desarrollar unos protocolos de actuación acordes con lo
legislado.
Un aspecto a tener en cuenta es que la Ley 37/03 excepciona tres fuentes de
ruido de su ámbito de aplicación, como son el ruido derivado de las maniobras
militares, el ruido laboral y el ruido de vecindad; sin perjuicio de que en este
2. último caso el Ayuntamiento pueda arbitrar un procedimiento de intervención
específico.
Se abre por tanto un enorme abanico de posibilidades de acción en esta
materia, que debe ordenarse y repartirse entre los diferentes Servicios y
Direcciones del Ayuntamiento en función de las características de los mismos
y de su afinidad con la fuente sonora a controlar. -.
A nuestro juicio la ubicación más adecuada para el control de las diversas
fuentes sonoras es la que se detalla seguidamente.
1.- Ruido de industrias y actividades.- La gestión de las intervenciones
necesarias se realiza habitualmente desde el Servicio de Medio Ambiente, si
bien en el caso de las actividades (bares, supermercados, etc.) se cuenta con
la colaboración de la Policía Local para realizar mediciones nocturnas de
comprobación. Los procedimientos de formación técnica del personal necesario
para la realización de dichas comprobaciones se gestionan desde Medio
Ambiente. Tengamos en cuenta que, con el fin de garantizar la bondad de la
comprobación del ruido, los procedimientos de medición se han desarrollado
extraordinariamente y demandan el reciclaje de los inspectores asignados
actualmente para ello. En este aspecto cabe reseñar la necesidad de realizar
cursos de formación para los agentes de la Policía Local.
Igualmente resulta necesaria la adecuación de las vigentes ordenanzas
municipales a las directrices emanadas de la Ley del Ruido 37/03.
2.- Ruido producido por las instalaciones de la edificación.- Consideramos
que esta materia debe desarrollarse dentro del procedimiento de concesión de
la Licencia de Obras y de Primera Ocupación de los nuevos edificios, en base a
las determinaciones establecidas al efecto en el vigente Código Técnico de la
Edificación. Resulta por tanto evidente que estos controles se diseñarán desde
la Dirección de Urbanismo una vez que el documento básico DB-HR ha entrado
ya en vigor.
A estos efectos cabe tener en cuenta datos recientes muy negativos respecto a
la instalación de Salas de Calderas en las plantas de entrecubiertas, que
exigirán una mayor dedicación en el control de los proyectos de dichas
instalaciones.
3. 3.- Ruido ambiental producido por el tráfico viario, ferroviario y
aeroportuario.- Consideramos que la gestión de estas fuentes sonoras, objeto
principal de la Ley 37/03, así como la elaboración de los correspondientes
Mapas de Ruido, Mapas Estratégicos, Mapas de Conflicto y Planes de Acción,
deben realizarse por el Departamento de Medio Ambiente y Sostenibilidad en
colaboración con el Departamento de Urbanismo. Tengamos en cuenta que la
ley 37/03 obliga a los municipios con más de 100.000 habitantes y menos de
250.000 a disponer de dichos documentos para el año 2012.
Actualmente disponemos en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz del Mapa de
Ruido elaborado en el año 2007 con datos correspondientes al año 2006. Este
documento puede consultarse en la web del ayuntamiento para general
conocimiento de la ciudadanía.
Vistas parciales del mapa de ruido de Vitoria-Gasteiz
Como iniciativa destacada en el ejercicio de 2008, se ha puesto en servicio,
con fecha de 1 de marzo, una red de monitorización de ruido ambiental que
cuenta con 17 estaciones de medida, con la intención de disponer de
información de gran calidad sobre el estado sonoro de los puntos más notables
del municipio y para evaluar el grado de precisión del mapa de ruido de 2007
obtenido mediante un modelo de cálculo. En la distribución de los monitores se
ha contemplado la disponibilidad de información relativa al ruido de tráfico de
carreteras y calles, ruido de trenes, industrias, tráfico aéreo y la concentración
de ocio nocturno en fin de semana. Seguidamente podemos observar la
ubicación de alguno de los 17 monitores instalados.
4. Esta información está disponible para el ciudadano en la web municipal.
Entrando en dicha red de monitorización podemos observar la evolución
acústica de las 17 estaciones de medida mediante la obtención de gráficas de
resultados para periodos de tiempo establecidos por el interesado. Por ejemplo
la evolución sonora entre el 1 al 15 de agosto en la estación Centro (Dato).
EVOLUCIÓN DE LA ESTACION DE DATO EN LAS FIESTAS DE LA BLANCA.-
5. Asimismo podemos obtener información estadística para periodos de tiempo
más largos, en relación con los parámetros de control establecidos en el Real
Decreto 1367/07, como son el nivel día (Lday), nivel tarde (Levening) y el nivel
noche (Lnight), así como el nivel día, tarde y noche (Lden). Igualmente
podemos obtener el día de la semana típico del periodo establecido, la semana
típica y el día teórico con sus valores máximos (L05) y mínimos (L90). Por
ejemplo veamos el martes típico (entre Noviembre de 2008 y Marzo de 2009) y
el domingo típico (entre Junio y Septiembre de 208) de la estación de
Zapatería.
MARTES TIPICO EN LA ZAPA (INVIERNO)
DOMINGO
TIPICO EN
LA ZAPA
(VERANO)
Como podemos apreciar se invierten las curvas de ruido durante las horas de
alterne en régimen nocturno. Esta situación determina la necesidad de una
6. acción correctora que, sin duda, se manifestará a lo largo de 2009, junto con
otras acciones que se diseñarán después del estudio de los datos obtenidos
con la red de monitorizado a lo largo de los 3 años de seguimiento.
Por supuesto, también podemos obtener datos comparativos de todas las
estaciones de medida, pero este estudio demanda la finalización del periodo de
control. A modo de ejemplo podemos ver los valores globales de ruido de
mañana, tarde y noche, para todas las estaciones de medida y para el periodo
de un año de seguimiento.
L Day, L Evening, L Night Ejercicio 2008
100,00
90,00
80,00
70,00
60,00
dB(A)
Day
50,00 Evening
Night
40,00
30,00
20,00
10,00
0,00
ta
s
a
a
s
z
o
os
a
rid
za
go
on
Pa
la
te
on
da
an
at
Lo gie
ot
et
gt
in
ad
se
os
D
ni
lg
rr
rr
Hu
om
lin
e
ru
M
ta
rr
U
ba
zo
st
Zo
el
Na E s
B
es
D
s
A
Za
di
W
o
on
en
nt
ue
ci
M
Sa
uq
D
4.- Ruido vecinal.- Actualmente no disponemos de una estrategia de atención
a este tipo de reclamaciones (muy numerosas y a veces dramáticas) con
carácter resolutivo, por lo que cuando surgen son desviadas al amparo de la
jurisdicción civil. El Ayuntamiento proporciona la prueba de cargos a los
vecinos que acudan a dicha instancia mediante la realización de las mediciones
correspondientes por parte de la Policía Local.
Si bien la Ley 37/07 no obliga a los municipios a la gestión de estos conflictos,
sí ampara y da cobertura legal a los ayuntamientos que quieran hacerlo. En
nuestra opinión resulta aconsejable hacerlo por la creciente demanda
ciudadana en este aspecto, pero debe desarrollarse un protocolo de actuación
amparado por una ordenanza y la disponibilidad de un equipo personal
adiestrado y motivado para ello, ya que los conflictos suelen ser complejos y de
muy difícil solución. En el proceso de adaptación de las ordenanzas de ruidos,
7. previsto por la Ley 37/03 para el ejercicio de 2009, posterior a la entrada en
vigor del RD 1367/07, se decidirá lo más conveniente al respecto.
5.- Ruidos diversos en la vía pública.- Existen numerosas fuentes sonoras
que operan en la vía pública y que guardan relación con diversos Servicios
Municipales, pero que, con la finalidad de mantener un criterio homogéneo
respecto a su control, consideramos que la gestión de las mismas debe
hacerse desde Medio Ambiente.
Nos estamos refiriendo al ruido producido por las obras públicas y de
construcción de la edificación; a la acumulación de gente en zonas lúdicas de
fin de semana; a los festivales, conciertos y verbenas; espectáculos con
animación sonora en calles y plazas; circulación de motocicletas; alarmas de
robo y de incendios; propaganda con megafonía e incluso los vehículos
municipales de limpieza y recogida de residuos.
Es necesario establecer pautas de actuación en cada caso y su coordinación
con los servicios responsables de cada evento señalado. En este aspecto
recabamos la gestión de Medio Ambiente como servicio más adecuado para su
desarrollo.
En definitiva, que tenemos mucho por hacer. Pero es importante marcar los
aspectos más relevantes en la lucha contra el ruido, seguir su trayectoria y
hacer sentir al ciudadano afectado por el ruido la cercanía del Ayuntamiento
para corregir el problema, siendo conscientes de la dificultad que en algunos
casos presentan los conflictos acústicos.
Vitoria-Gasteiz, a 21 de Junio de 2009
Isidoro García Del Pozo
Jefe del Servicio de Inspección de Actividades
Departamento de Medio Ambiente y Sostenibilidad
Excmo. Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
8. PD.- La ruta de acceso a la red de monitorizado de ruido ambiental es la
siguiente:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz >> Peor Temas>>Medio Ambiente y
Sostenibilidad >> Aire y ruido >> Contaminación acústica >> Mapa de Ruido
Urbano >> Red de monitorizado >> Datos GSM >> Ver Lista de Equipos >>
Pulsar en una de las estaciones.
PD.- La ruta de acceso al Mapa de Ruido de 2007, calculado por modelización
es la siguiente:
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz >> Peor Temas>>Medio Ambiente y
Sostenibilidad >> Aire y ruido >> Contaminación acústica >> Mapa de Ruido
Urbano >> Ultimo mapa de ruido >> Seleccionar el mapa y/ó la memoria de
interés.