4. •Todas aquellas sociedades mercantiles cuyos
titulares los son en virtud de una
capacitación en el capital social a través de
títulos o acciones.
5. •Debe incluir el nombre de una o más
personas de existencia visible y debe
contener la expresión ‘sociedad anónima’, su
abreviatura o la sigla S.A. En caso de
sociedad anónima unipersonal deberá
contener la expresión ‘sociedad anónima
unipersonal’, su abreviatura o la sigla S.A.U.
6.
7. • La sociedad se constituye por instrumento público y por acto único o
por suscripción pública.
REQUISITOS:
ACTO ÚNICO SUSCRIPCIÓN PÚBLICA
• Capital
• Suscripción e integración del capital
• Directores
• Síndicos
• Inscripción
• Promotores
• Aprobación
8. •Se divide en partes de igual valor
denominadas acciones, que quedan en poder
de los socios. Cada acción representa el
aporte del capital aportado por cada
accionista.
9. •Se llevará un libro de registro de acciones
con las formalidades de los libros de
comercio, de libre consulta por los
accionistas, en el que se asentará
10. •Esta a cargo de un cuerpo denominado
“DIRECTORIO”, cutos integrantes se
llaman “DIRECTORES” pudiendo ser
socios o no, designados por la
“ASAMBLEA DE ACCIONISTAS”
11. •Los titulares de las
acciones (accionistas)
solo responden por las
deudas de la sociedad,
con el capital que han
aportado o se hubieran
comprometido a
aportar.