Este documento describe los principales mecanismos de participación ciudadana establecidos en la Constitución colombiana de 1991, incluyendo el voto, el referendo (plebiscito, consulta popular y cabildo abierto), la revocatoria del mandato, la iniciativa popular y la acción de tutela. Concluye que estos mecanismos permiten a los ciudadanos participar en los procesos del estado y expresar sus opiniones, y que su uso optimizado contribuye a decisiones del gobierno que benefician al bienestar del pueblo y el estado.
2. Constitución de 1991
• A partir de este año, se dio paso y se
inicio la democracia participativa, lo
cual quiere decir, que todas las personas
colombianas tienen derecho a participar
directamente en la toma de decisiones
por parte del estado.
3. • El voto popular, consagrado en el artículo 258 de la Constitución, es el mecanismo a
través del cual los colombianos, mayores de 18 años, eligen a quienes desean que los
representen en las siguientes ocupaciones:
La Presidencia.
Las Gobernaciones.
Las Alcaldías.
El Congreso.
Las Asambleas.
El Consejo y demás corporaciones públicas.
4. • Es el mecanismo mediante el cual, los ciudadanos y
ciudadanas tienen derecho a pronunciarse a favor o en
contra de una norma. Existen tres clases de referendo, los
cuales son:
El Plebiscito.
La Consulta Popular.
El Cabildo Abierto.
5. • Principalmente, según la corte constitucional “El
Plebiscito es el pronunciamiento del pueblo
convocado por el presidente de la república,
mediante el cual apoya o rechaza una
determinada decisión del ejecutivo.
Recientemente, este mecanismo se utilizó en
nuestro país colombiano, y justamente fue por el
Plebiscito para la Paz, donde los ciudadanos
participaban para apoyar o rechazar sobre las
decisiones tomadas en La Habana, en el cual las
votaciones ciudadanas dispondrían simplemente
de un SI o un NO.
6. • Previo cumplimiento de los
requisitos establecidos por el
estatuto de seguridad territorial, los
gobernadores y alcaldes pueden
acudir ante el pueblo, para conocer
sus expectativas con respecto a un
tema de interés regional o local. La
decisión adoptada por el pueblo,
obliga al gobernante a tomar
decisiones a favor de la opinión de la
ciudadanía.
7. • El Cabildo Abierto, es la reunión publica de los
Concejos distritales, municipales o de las juntas
administradoras locales, en el cual los habitantes
pueden participar directamente, con el fin de
discutir asuntos de interes para la comunidad.
• El Cabildo debe ser solicitado por el 0.5% del
censo electoral del respectivo municipio ante la
secretaria del Concejo o la Junta Administradora
Local. Aunque todos los habitantes pueden
asistir, solo podrán intervenir:
• El vocero de la solicitud del Cabildo
• Personas Inscritas con 3 días de antelación.
8. • Ley 134 de 1994, con el que cuentan los colombianos para ejercer el control
y garantizar la eficacia en los actos del Estado. La revocatoria del mandato es
un derecho político, por medio del cual los ciudadanos pueden dar por
terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
9. • La iniciativa popular es una forma de
participación directa que ha sido
infravalorada en la práctica participativa de
estos primeros años de democracia pese a la
exigencia que existía sobre las
administraciones a tenor del artículo 9.2 de la
Constitución, que les exige una implicación
directa en el desarrollo de la participación
ciudadana y, por ende, en la utilización de los
mecanismos normativos creados al efecto no
sólo por la Constitución, sino también por el
resto del ordenamiento jurídico.
10. • La acción de tutela es la garantía que ofrece la
Constitución de 1991 del derecho que tienen todas las
personas a la protección judicial inmediata de sus
derechos fundamentales. Esto está expresado en el
Articulo 86 de la Constitución: "Toda persona tendrá
acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo
momento y lugar, mediante un procedimiento
preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe
a su nombre, la protección inmediata de sus derechos
constitucionales fundamentales, cuando quiera que
estos resulten vulnerados o amenazados por la acción
o la omisión de cualquier autoridad publica ".
11. • Finalmente, se concluye con la importancia de los Mecanismos de
participación ciudadana, se deben a que por medio de estos la ciudadanía
tiene el derecho a participar en los distintos procesos del estado, ya sean
electorales o necesarios para determinar una acción, esta se considera como
una herramienta social insustituible para las sociedades democráticas, ya que
se permiten y se respetan las opiniones o los pensamientos que tiene una
población en general, cabe resaltar que es un acceso a las determinaciones del
gobierno.
12. • Además, como contribución social, económica y política hacia los
Colombianos, claramente es darle un buen uso, un buen desempeño a estos
mecanismos, ya que de estos medios dependen diversas decisiones que el
estado toma; por ese mismo motivo, es que los ciudadanos deben siempre de
optimizar esos recursos y apropiarse de ellos para que haya una buena
consideración de las decisiones que el estado vaya a tomar, y esa inclusión
participativa del pueblo en general, debe de estar garantizada para unos
efectos que den bienestar al Estado como tal.