1) La ordenanza establece una Contraloría Estudiantil en los establecimientos públicos de educación básica secundaria y educación media del departamento del Tolima. 2) La Contraloría Estudiantil estará compuesta por un Contralor Estudiantil, un Contralor Auxiliar y un Comité Estudiantil. 3) El Contralor Estudiantil será elegido democráticamente por los estudiantes matriculados y tendrá funciones como velar por el uso de los recursos y bienes de la institución educativa.