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AÑO XXXI Núm. 146                          26 de julio de 2012                                           24299


                              III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

                                     Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Orden de 13/07/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de
04/06/2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los Programas de Cualificación
Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2012/10828]

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en su artículo 6.1, define el currículo como el conjunto de ob-
jetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas
reguladas en la citada ley. Dentro de la regulación de la Educación secundaria obligatoria, que desarrolla en el capítulo III
del Título I, dispone, en el artículo 30, la organización general de los Programas de cualificación profesional inicial.

El Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a
la Educación Secundaria Obligatoria, dispone, en el artículo 14, que las administraciones educativas organizarán Pro-
gramas de Cualificación Profesional Inicial, y en el artículo 15, las condiciones para la obtención del título de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria.

La Ley 7/2010, de 20 julio, de Educación de Castilla-La Mancha, regula en el Título II, el proceso de enseñanza y apren-
dizaje, dedica su capítulo III a la educación básica obligatoria, y en la sección 3ª, se definen los elementos de la etapa
de Educación secundaria obligatoria. Entre las medidas de respuesta a la diversidad, y con el objetivo de facilitar la
obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, establece, en su artículo 57.5, que los centros
docentes pondrán en marcha Programas de Cualificación Profesional Inicial.

El Decreto 69/2007, de 29-05-2007, por el que se establece y ordena el currículo de la Educación Secundaria Obliga-
toria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, determina igualmente, en el artículo 15, la organización de los
Programas de Cualificación Profesional Inicial.

La Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes, dedica el Título I al fomento de la cultura
del emprendedor en el ámbito educativo. Dentro del sector de la enseñanza de régimen general no universitaria, esta-
blece que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería con competencias en materia de
educación, en coordinación con los órganos competentes en materia de política de apoyo a emprendedores y pequeñas
y medianas empresas, incorporará los contenidos sobre cultura emprendedora y formación y motivación para la creación
de empresas en los decretos de desarrollo curricular de la Educación Básica, Bachillerato y Formación Profesional.

Por este motivo, se ha considerado procedente incluir en la ordenación de los Programas de cualificación profesional
inicial, un ‘Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad em-
prendedora y empresarial’.

Este módulo se orientará, en la formulación de sus objetivos y en su desarrollo, al fomento en el alumnado de las si-
guientes iniciativas, que vienen marcadas en el artículo 7 de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores,
Autónomos y Pymes:

a) Explicar y transmitir con rigor el papel del empresario, y su función decisiva en la creación de riqueza y generación de
puestos de trabajo, dentro de un sistema de mercado.
b) Fortalecer los vínculos entre el mundo de la empresa y el sistema educativo. Los empresarios podrán implicarse en
el esfuerzo por transmitir el valor de su actividad y fomentar actitudes emprendedoras en todos los niveles del sistema
educativo.
c) Fomentar e incorporar el concepto de ética empresarial, como parte esencial del currículo, asociado a todas las dis-
ciplinas formativas.
d) Diseñar materiales de educación para el profesorado en estas disciplinas, que favorezcan que los formadores sean
conocedores de la realidad empresarial, de la figura del empresario y que transmitan actitudes emprendedoras al alum-
nado.
e) Impulsar la creación de módulos prácticos y teóricos de creación de empresas en todo el sistema educativo no uni-
versitario.
f) Favorecer la integración de la enseñanza académica en todos sus ámbitos, con una formación práctica que permita al
alumnado que haya finalizado los estudios del sistema educativo no universitario, incorporarse al mercado de trabajo.
AÑO XXXI Núm. 146                                26 de julio de 2012                                          24300

El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, establece
en su artículo 37.1, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución
de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 27 de la Constitución.

En la elaboración de la presente Orden, ha emitido dictamen el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha, y se ha
informado a la Mesa sectorial de educación.

Por todo ello, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 124/2011, de 7 de julio, por el que se es-
tablece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden de 04-06-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se re-
gulan los Programas de Cualificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La Orden de 04-06-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los Programas de Cualifica-
ción Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el apartado 2.b del artículo décimo, que queda redactado del modo siguiente:

“b. Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad empren-
dedora y empresarial.”

Dos. Se modifica el apartado 4 del artículo decimoséptimo, que queda redactado del modo siguiente:

“4. El ‘Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad em-
prendedora y empresarial’ será impartido, preferentemente, por el profesorado de las especialidades de Economía,
Formación y Orientación Laboral, Administración de Empresas, Organización y Gestión Comercial y Tecnología.
También puede impartirse por los maestros mencionados en el apartado anterior.

En los centros docentes privados, este módulo se podrá adjudicar a los profesores que cuenten con los requisitos
para impartir las materias asignadas a las especialidades del párrafo anterior.”

Tres. Se modifica el Anexo I: Módulos formativos de carácter general, en el sentido siguiente:

Se incorporan las orientaciones del currículo del ‘Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e ini-
ciativa personal, iniciación a la actividad emprendedora y empresarial’, que se incluyen en el anexo de la presente
Orden, en sustitución del ‘Ámbito de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, orientación
y relaciones laborales y el desarrollo del espíritu emprendedor’.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo establecido en la presente
Orden.

Disposición final primera. Facultad de desarrollo y ejecución.

Se autoriza a la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación y de la Dirección
General competente en materia de ordenación educativa, a adoptar cuantas medidas sean precisas para el desa-
rrollo y ejecución de esta Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Toledo, 13 de julio de 2012
                                                                       El Consejero de Educación, Cultura y Deportes
                                                                                          MARCIAL MARÍN HELLÍN
AÑO XXXI Núm. 146                                26 de julio de 2012                                          24301

Anexo. Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad em-
prendedora y empresarial.

El ‘Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad empren-
dedora y empresarial’ surge en aplicación de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos
y Pymes, con la finalidad de fomentar la cultura y actitudes emprendedoras en los alumnos de los Programas de
cualificación profesional inicial.

Se propone como módulo de carácter obligatorio, concretamente, dentro de los módulos formativos de carácter ge-
neral, que amplían las competencias básicas y favorecen la transición desde el sistema educativo al mundo laboral,
en sustitución del que actualmente se imparte con la denominación ‘Ámbito de desarrollo de las competencias de
autonomía e iniciativa personal, orientación y relaciones laborales y el desarrollo del espíritu emprendedor’.

Con el módulo propuesto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, para los Programas de cualificación profesional inicial, se contribuye a alcanzar los objetivos 1,
3, 5, 6, 7 y 8 establecidos en el artículo cuarto de la Orden de 04-06-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia,
por la que se regulan los Programas de cualificación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha. Así mismo, tal como se indica en el artículo segundo de esta misma Orden, la finalidad de estos programas
es contribuir al desarrollo personal del alumnado que los curse y la adquisición de un conjunto de competencias
profesionales, mediante el fomento de las habilidades empresariales e innovadoras, y que los alumnos conozcan
la posibilidad de aplicar sus competencias profesionales no sólo como trabajadores por cuenta ajena, sino también
como autónomos, empresarios o emprendedores.

Objetivos

1. Desarrollar competencias y rasgos personales relacionados con el espíritu emprendedor y empresarial: actitud
proactiva, apertura al aprendizaje continuo, asunción de riesgos, autonomía, creatividad, curiosidad, esfuerzo, espí-
ritu de trabajo en equipo, iniciativa, pensamiento crítico, responsabilidad y voluntad.
2. Interiorizar los conceptos de ahorro y consumo responsables y su aplicación en la vida personal y empresarial.
3. Conocer y desarrollar el concepto de ética empresarial, así como el respeto y cumplimiento de la normativa de
riesgos laborales; y conocer las patologías o trastornos relacionados con factores psicosociales.
4. Conocer los principales sistemas económicos y valorar el papel del empresario dentro de un sistema de econo-
mía de mercado, así como la función decisiva del empresario en la creación de riqueza y generación de puestos de
trabajo y, por tanto, en el desarrollo económico y social.
5. Fomentar una cultura de internacionalización, potenciando la conciencia y el interés del alumnado por un entorno
más amplio que su ámbito local, en el cual se pueden desarrollar las relaciones humanas, económicas y sociales.

Contenidos

Bloque 1. Motivación, autoafianzamiento personal, consumo responsable y ahorro.

- El carácter empresarial y el carácter emprendedor: habilidades personales y sociales como base para em-
prender.
- Desarrollo de la creatividad.
- Asunción de riesgos y responsabilidades.
- ¿Qué tengo? ¿Para qué lo necesito? ¿Cómo voy a utilizarlo?
- Habilidad para encontrar soluciones.
- Toma de decisiones.
- Innovación: creación de ideas para nuevos negocios.
- Innovación y desarrollo económico: qué bienes y servicios estarían disponibles de no existir empresas (producción,
logística, financiación, etc.).
- Previsión para necesidades futuras.
- Resolución de conflictos.

Bloque 2. El empresario y el emprendedor, idea de negocio.

- La cultura emprendedora como necesidad social.
- La cultura empresarial como necesidad social.
- Ideas que originaron bienes y servicios.
AÑO XXXI Núm. 146                                 26 de julio de 2012                                           24302

- Análisis de casos reales de emprendedores y empresarios.
- La globalización de las relaciones económicas. El rol de las empresas en este proceso.
- Ética empresarial.

Bloque 3. Capital humano, economía de mercado y empresa.

- Economía de mercado. Otros modelos económicos.
- Identificación e importancia de los agentes que intervienen en la economía de mercado (innovador, emprendedor,
empresario, capital humano, Administración, clientes y usuarios).
- Capital humano. La importancia de la persona en la gestión empresarial.
- Recursos necesarios para producir bienes y servicios.
- Prevención de riesgos laborales y patologías relacionadas con factores psicosociales: concepto e importancia,
nociones básicas.
- Las empresas multinacionales. Breves historias de la trayectoria de empresas multinacionales españolas y extran-
jeras conocidas por todos: cómo nacieron y cómo se expandieron.

Criterios de evaluación

1. Distinguir rasgos personales que favorezcan la innovación y la creación y permanencia de las empresas.
Este criterio valora el nivel de autoconocimiento alcanzado por el alumno; la identificación de las características del
espíritu empresarial y emprendedor; el uso de herramientas que favorezcan el desarrollo de dichas características,
así como el trabajo en equipo y la resolución de conflictos. Asimismo, valora su disponibilidad para adaptarse a si-
tuaciones inesperadas y su actitud hacia el esfuerzo (objetivo 1).

2. Mostrar un adecuado nivel de conocimiento de los propios límites y virtudes; asumir responsablemente las conse-
cuencias de las acciones personales; argumentar y defender las propias opiniones, escuchar y respetar críticamente
las opiniones de los demás, asumir obligaciones y responsabilidades.
Este criterio evalúa si el alumno ha adquirido una serie de competencias y rasgos personales útiles, tanto para el em-
prendedor y el empresario, como para un desarrollo equilibrado de la vida profesional por cuenta ajena (objetivo 1).

3. Comprender los conceptos de ahorro y consumo responsables y reconocerlos como elementos necesarios para
el bienestar de los individuos.
Este criterio valora si el alumno alcanza una actitud crítica ante las distintas posibilidades de consumo, inversión y
reparto de beneficios y comprende la necesidad del ahorro y consumo responsables (objetivo 2).

4. Identificar el significado de la ética empresarial y el respeto a la normativa de prevención de riesgos laborales y
valorar su importancia.
Este criterio valora si el alumno comprende la importancia y beneficios de la deontología en el ámbito empresarial,
así como su repercusión en la sociedad (objetivo 3).

5. Definir distintos sistemas económicos y comprender y valorar el papel de los empresarios en la sociedad actual,
como elemento de desarrollo económico y social.
Este criterio valora si el alumno distingue los principales sistemas económicos; también valora si distinguen las apor-
taciones de las empresas, innovadores y empresarios a la creación de riqueza, empleo y bienestar (objetivo 4).

6. Conocer el significado de globalización y su influencia en la vida diaria, así como las posibilidades que brinda a la
expansión de las empresas como fuente de generación de riqueza y empleo (objetivo 5).

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  • 1. AÑO XXXI Núm. 146 26 de julio de 2012 24299 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Educación, Cultura y Deportes Orden de 13/07/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 04/06/2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los Programas de Cualificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2012/10828] La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), en su artículo 6.1, define el currículo como el conjunto de ob- jetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada ley. Dentro de la regulación de la Educación secundaria obligatoria, que desarrolla en el capítulo III del Título I, dispone, en el artículo 30, la organización general de los Programas de cualificación profesional inicial. El Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, dispone, en el artículo 14, que las administraciones educativas organizarán Pro- gramas de Cualificación Profesional Inicial, y en el artículo 15, las condiciones para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. La Ley 7/2010, de 20 julio, de Educación de Castilla-La Mancha, regula en el Título II, el proceso de enseñanza y apren- dizaje, dedica su capítulo III a la educación básica obligatoria, y en la sección 3ª, se definen los elementos de la etapa de Educación secundaria obligatoria. Entre las medidas de respuesta a la diversidad, y con el objetivo de facilitar la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, establece, en su artículo 57.5, que los centros docentes pondrán en marcha Programas de Cualificación Profesional Inicial. El Decreto 69/2007, de 29-05-2007, por el que se establece y ordena el currículo de la Educación Secundaria Obliga- toria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, determina igualmente, en el artículo 15, la organización de los Programas de Cualificación Profesional Inicial. La Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes, dedica el Título I al fomento de la cultura del emprendedor en el ámbito educativo. Dentro del sector de la enseñanza de régimen general no universitaria, esta- blece que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería con competencias en materia de educación, en coordinación con los órganos competentes en materia de política de apoyo a emprendedores y pequeñas y medianas empresas, incorporará los contenidos sobre cultura emprendedora y formación y motivación para la creación de empresas en los decretos de desarrollo curricular de la Educación Básica, Bachillerato y Formación Profesional. Por este motivo, se ha considerado procedente incluir en la ordenación de los Programas de cualificación profesional inicial, un ‘Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad em- prendedora y empresarial’. Este módulo se orientará, en la formulación de sus objetivos y en su desarrollo, al fomento en el alumnado de las si- guientes iniciativas, que vienen marcadas en el artículo 7 de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes: a) Explicar y transmitir con rigor el papel del empresario, y su función decisiva en la creación de riqueza y generación de puestos de trabajo, dentro de un sistema de mercado. b) Fortalecer los vínculos entre el mundo de la empresa y el sistema educativo. Los empresarios podrán implicarse en el esfuerzo por transmitir el valor de su actividad y fomentar actitudes emprendedoras en todos los niveles del sistema educativo. c) Fomentar e incorporar el concepto de ética empresarial, como parte esencial del currículo, asociado a todas las dis- ciplinas formativas. d) Diseñar materiales de educación para el profesorado en estas disciplinas, que favorezcan que los formadores sean conocedores de la realidad empresarial, de la figura del empresario y que transmitan actitudes emprendedoras al alum- nado. e) Impulsar la creación de módulos prácticos y teóricos de creación de empresas en todo el sistema educativo no uni- versitario. f) Favorecer la integración de la enseñanza académica en todos sus ámbitos, con una formación práctica que permita al alumnado que haya finalizado los estudios del sistema educativo no universitario, incorporarse al mercado de trabajo.
  • 2. AÑO XXXI Núm. 146 26 de julio de 2012 24300 El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, establece en su artículo 37.1, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución. En la elaboración de la presente Orden, ha emitido dictamen el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha, y se ha informado a la Mesa sectorial de educación. Por todo ello, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 124/2011, de 7 de julio, por el que se es- tablece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, dispongo: Artículo único. Modificación de la Orden de 04-06-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se re- gulan los Programas de Cualificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. La Orden de 04-06-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los Programas de Cualifica- ción Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se modifica en los siguientes términos: Uno. Se modifica el apartado 2.b del artículo décimo, que queda redactado del modo siguiente: “b. Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad empren- dedora y empresarial.” Dos. Se modifica el apartado 4 del artículo decimoséptimo, que queda redactado del modo siguiente: “4. El ‘Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad em- prendedora y empresarial’ será impartido, preferentemente, por el profesorado de las especialidades de Economía, Formación y Orientación Laboral, Administración de Empresas, Organización y Gestión Comercial y Tecnología. También puede impartirse por los maestros mencionados en el apartado anterior. En los centros docentes privados, este módulo se podrá adjudicar a los profesores que cuenten con los requisitos para impartir las materias asignadas a las especialidades del párrafo anterior.” Tres. Se modifica el Anexo I: Módulos formativos de carácter general, en el sentido siguiente: Se incorporan las orientaciones del currículo del ‘Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e ini- ciativa personal, iniciación a la actividad emprendedora y empresarial’, que se incluyen en el anexo de la presente Orden, en sustitución del ‘Ámbito de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, orientación y relaciones laborales y el desarrollo del espíritu emprendedor’. Disposición derogatoria única. Quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo establecido en la presente Orden. Disposición final primera. Facultad de desarrollo y ejecución. Se autoriza a la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación y de la Dirección General competente en materia de ordenación educativa, a adoptar cuantas medidas sean precisas para el desa- rrollo y ejecución de esta Orden. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Toledo, 13 de julio de 2012 El Consejero de Educación, Cultura y Deportes MARCIAL MARÍN HELLÍN
  • 3. AÑO XXXI Núm. 146 26 de julio de 2012 24301 Anexo. Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad em- prendedora y empresarial. El ‘Módulo de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, iniciación a la actividad empren- dedora y empresarial’ surge en aplicación de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre, de Emprendedores, Autónomos y Pymes, con la finalidad de fomentar la cultura y actitudes emprendedoras en los alumnos de los Programas de cualificación profesional inicial. Se propone como módulo de carácter obligatorio, concretamente, dentro de los módulos formativos de carácter ge- neral, que amplían las competencias básicas y favorecen la transición desde el sistema educativo al mundo laboral, en sustitución del que actualmente se imparte con la denominación ‘Ámbito de desarrollo de las competencias de autonomía e iniciativa personal, orientación y relaciones laborales y el desarrollo del espíritu emprendedor’. Con el módulo propuesto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para los Programas de cualificación profesional inicial, se contribuye a alcanzar los objetivos 1, 3, 5, 6, 7 y 8 establecidos en el artículo cuarto de la Orden de 04-06-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los Programas de cualificación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Así mismo, tal como se indica en el artículo segundo de esta misma Orden, la finalidad de estos programas es contribuir al desarrollo personal del alumnado que los curse y la adquisición de un conjunto de competencias profesionales, mediante el fomento de las habilidades empresariales e innovadoras, y que los alumnos conozcan la posibilidad de aplicar sus competencias profesionales no sólo como trabajadores por cuenta ajena, sino también como autónomos, empresarios o emprendedores. Objetivos 1. Desarrollar competencias y rasgos personales relacionados con el espíritu emprendedor y empresarial: actitud proactiva, apertura al aprendizaje continuo, asunción de riesgos, autonomía, creatividad, curiosidad, esfuerzo, espí- ritu de trabajo en equipo, iniciativa, pensamiento crítico, responsabilidad y voluntad. 2. Interiorizar los conceptos de ahorro y consumo responsables y su aplicación en la vida personal y empresarial. 3. Conocer y desarrollar el concepto de ética empresarial, así como el respeto y cumplimiento de la normativa de riesgos laborales; y conocer las patologías o trastornos relacionados con factores psicosociales. 4. Conocer los principales sistemas económicos y valorar el papel del empresario dentro de un sistema de econo- mía de mercado, así como la función decisiva del empresario en la creación de riqueza y generación de puestos de trabajo y, por tanto, en el desarrollo económico y social. 5. Fomentar una cultura de internacionalización, potenciando la conciencia y el interés del alumnado por un entorno más amplio que su ámbito local, en el cual se pueden desarrollar las relaciones humanas, económicas y sociales. Contenidos Bloque 1. Motivación, autoafianzamiento personal, consumo responsable y ahorro. - El carácter empresarial y el carácter emprendedor: habilidades personales y sociales como base para em- prender. - Desarrollo de la creatividad. - Asunción de riesgos y responsabilidades. - ¿Qué tengo? ¿Para qué lo necesito? ¿Cómo voy a utilizarlo? - Habilidad para encontrar soluciones. - Toma de decisiones. - Innovación: creación de ideas para nuevos negocios. - Innovación y desarrollo económico: qué bienes y servicios estarían disponibles de no existir empresas (producción, logística, financiación, etc.). - Previsión para necesidades futuras. - Resolución de conflictos. Bloque 2. El empresario y el emprendedor, idea de negocio. - La cultura emprendedora como necesidad social. - La cultura empresarial como necesidad social. - Ideas que originaron bienes y servicios.
  • 4. AÑO XXXI Núm. 146 26 de julio de 2012 24302 - Análisis de casos reales de emprendedores y empresarios. - La globalización de las relaciones económicas. El rol de las empresas en este proceso. - Ética empresarial. Bloque 3. Capital humano, economía de mercado y empresa. - Economía de mercado. Otros modelos económicos. - Identificación e importancia de los agentes que intervienen en la economía de mercado (innovador, emprendedor, empresario, capital humano, Administración, clientes y usuarios). - Capital humano. La importancia de la persona en la gestión empresarial. - Recursos necesarios para producir bienes y servicios. - Prevención de riesgos laborales y patologías relacionadas con factores psicosociales: concepto e importancia, nociones básicas. - Las empresas multinacionales. Breves historias de la trayectoria de empresas multinacionales españolas y extran- jeras conocidas por todos: cómo nacieron y cómo se expandieron. Criterios de evaluación 1. Distinguir rasgos personales que favorezcan la innovación y la creación y permanencia de las empresas. Este criterio valora el nivel de autoconocimiento alcanzado por el alumno; la identificación de las características del espíritu empresarial y emprendedor; el uso de herramientas que favorezcan el desarrollo de dichas características, así como el trabajo en equipo y la resolución de conflictos. Asimismo, valora su disponibilidad para adaptarse a si- tuaciones inesperadas y su actitud hacia el esfuerzo (objetivo 1). 2. Mostrar un adecuado nivel de conocimiento de los propios límites y virtudes; asumir responsablemente las conse- cuencias de las acciones personales; argumentar y defender las propias opiniones, escuchar y respetar críticamente las opiniones de los demás, asumir obligaciones y responsabilidades. Este criterio evalúa si el alumno ha adquirido una serie de competencias y rasgos personales útiles, tanto para el em- prendedor y el empresario, como para un desarrollo equilibrado de la vida profesional por cuenta ajena (objetivo 1). 3. Comprender los conceptos de ahorro y consumo responsables y reconocerlos como elementos necesarios para el bienestar de los individuos. Este criterio valora si el alumno alcanza una actitud crítica ante las distintas posibilidades de consumo, inversión y reparto de beneficios y comprende la necesidad del ahorro y consumo responsables (objetivo 2). 4. Identificar el significado de la ética empresarial y el respeto a la normativa de prevención de riesgos laborales y valorar su importancia. Este criterio valora si el alumno comprende la importancia y beneficios de la deontología en el ámbito empresarial, así como su repercusión en la sociedad (objetivo 3). 5. Definir distintos sistemas económicos y comprender y valorar el papel de los empresarios en la sociedad actual, como elemento de desarrollo económico y social. Este criterio valora si el alumno distingue los principales sistemas económicos; también valora si distinguen las apor- taciones de las empresas, innovadores y empresarios a la creación de riqueza, empleo y bienestar (objetivo 4). 6. Conocer el significado de globalización y su influencia en la vida diaria, así como las posibilidades que brinda a la expansión de las empresas como fuente de generación de riqueza y empleo (objetivo 5).