1. UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO
ESCUELA DE ADMINISTRACION
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
CURSO: ADMINISTRACIÓN PUBLICA
TEMA : FACES DEL PROCESO PRESUPUESTAL PUBLICO.
CICLO: VIII
INTEGRANTES:
CABRERA ARANA IRMA ELIZABETH
2. EL PROCESO PRESUPUESTAL
INTRODUCCION:
El presupuesto público es uno de los instrumentos
esenciales de manejo del Estado.
A través del mismo se define e instrumenta
anualmente una determinada forma de vida de la
sociedad, tanto en lo que se refiere a los recursos
financieros que la sociedad transfiere al Estado, a
través del sistema tributario, como de los bienes y
servicios que la misma recibe como consecuencia de
la gestión pública .
3. 1). FACE DEL PROCESO PROGRAMACION
En esta primera fase se busca determinar 3 elementos:
los objetivos del año fiscal
la demanda global de gasto
y la metodología para estimar los ingresos.
En esta fase debe ser también convocado el proceso
de Presupuesto Participativo.
4. a) Los Objetivos para el año fiscal.
se establecen en función del plan operativo anual.
El Alcalde entrega estos objetivos a la unidad de
Planificación y Presupuesto para que ésta coordine
con el resto de unidades el establecimiento de las
metas presupuestales, que son los resultados físicos
a lograr como consecuencia de la gestión
presupuestaria, y que permiten conocer el grado de
avance en el logro de los Objetivos Institucionales.
5. b). La demanda global de gastos.
Tiene por objeto recabar y consolidar la información relativa al
monto de los gastos que la municipalidad debe asumir para el
mantenimiento y operatividad de los servicios y funciones que
desarrolla.
c).La metodología a emplear para la estimación de los ingresos.
La metodología a emplear para la estimación de los ingresos
que el Gobierno Local espera recaudar, captar u obtener para
el año, sin considerar las transferencias que son establecidas
por el Ministerio de Economía y Finanzas.
6. A las Municipalidades les corresponde estimar los
ingresos que obtendrán por:
Impuestos Municipales (Predial, de Alcabala, al Patrimonio Vehicular y otros
de administración directa)
Recursos Directamente Recaudados (rentas de la propiedad, tasas, venta de
bienes y prestación de servicios, incluidos los recursos provenientes de los
Derechos de Vigencia de Minas, entre otros)
Recursos por Operaciónes Oficiales de Crédito Interno y Externo.
Donaciones y Transferencias que personas o instituciones nacionales o
extranjeras otorgan a la Municipalidad.
Finalmente, el Ministerio de Economía y Finanzas informa la estimación de
ingresos por concepto de transferencias correspondiente al año fiscal. La
fijación final del monto disponible por cada municipalidad por concepto de
transferencias se realiza cuando se aprueba el Presupuesto General del
Sector Público.
7. 2). FACE DEL PROCESO DE FORMULACION y
APROBACION.
Recoge los resultados alcanzados en el proceso del presupuesto
participativo. Para tal efecto, junto con el Anteproyecto de Presupuesto
Institucional, el Gobierno Local debe presentar a la Dirección Nacional del
Presupuesto Público copia del “Documento del Presupuesto Participativo para
el Año Fiscal” que debe ser elaborado por el Equipo Técnico, así como copia
del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. El
presupuesto participativo constituye una parte del presupuesto institucional
y, por su importancia es desarrollado en la siguiente sección.
Define la Estructura Funcional Programática del Presupuesto Institucional, es
decir, las líneas de acción que la municipalidad desarrolla para el logro de sus
Objetivos Institucionales de corto plazo.
8. Sus componentes más importantes .
Actividades.
Son acciones necesarias par el
funcionamiento o la producción de
bienes y servicios públicos o
administrativos existentes.
También incluyen las acciones de
operación u mantenimientos de
proyectos.
Proyectos.
Son intervenciones limitadas en el
tiempo, que utilizab fondos publicos
con el fin de producir o brindar
nuevos nuevos bienes y servicios
publicos. O mejorar los existentes.
En el caso de municiapalidades
incorporadas al sistema nacional de
inversion publica, todo nuevo proyecto
nuevo debe contar con estudios de
preinversion aprobados.
9. 1. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite una directiva de coordinación,
remisión y consolidación de la información necesaria, para llevar a cabo los trabajos
de Programación y Formulación Presupuestal.
2. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, consolida la citada información y efectúa
los procesos técnicos orientados a programar y formular el Presupuesto Institucional.
Adicionalmente, debe elaborar la Exposición de Motivos del Anteproyecto del
Presupuesto Institucional (objetivos, adecuación al plan de desarrollo concertado y
otros instrumentos de planificación).
3. El Anteproyecto del Presupuesto Institucional, la Exposición de Motivos, los
formatos y anexos correspondientes son elevados por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto al alcalde, para su revisión.
4. El alcalde expresa su consentimiento y/u observaciones para su corrección y ajustes.
De producirse observaciones, se efectúan las subsanaciones del caso y se vuelve a
someter el Anteproyecto al alcalde. El Anteproyecto del Presupuesto Institucional
debidamente corregido y/o subsanado, debe ser puesto en conocimiento del Concejo
Municipal.
El Procedimiento
10. 5.Las Municipalidades Distritales y provinciales registran la información
presupuestaria del anteproyecto de presupuesto en el módulo de
formulación presupuestal GL del SIAF-SP a mas tardar el 20 de julio.
Mientras que el registro de la información presupuestaria del Proyecto de
Presupuesto en el Módulo Formulación Presupuestal -GL del SIAF-SP se
realiza a mas tardar el 12 de octubre.
6. Las Municipalidades Distritales presentan a las Municipalidades
Provinciales, sus Proyectos de Presupuesto definitivos a más tardar el 15
de octubre de 2010.
7. Las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales aprueban y
promulgan por resolución del alcaldía sus Presupuestos Institucionales,
bajo responsabilidad del titular y del Cocejo, hasta el 31 de diciembre de
2010.
11. 8. Los alcaldes distritales remiten a los provinciales sus presupuesto
aprobados e información adicional señalada en el módulo de formulación
presupuestal GL - SIAF_SP considerando además los modelos y ficha de
exposición de motivos, Resolución de aprobación del presupuesto
institucional, copia del acuerdo de concejo que aprueba el presupuesto
institucional, el acta de sesión del concejo que contiene los porcentajes de
aprobación del FONCOMUN para gastos corrientes e inversión, y, los niveles
de responsabilidad. A mas tardar el 4 de enero de 2011.
9. Finalmente, los alcaldes provinciales remiten, a mas tardar el 6 de enero,
a la DGPP la información procesada en el módulo de formulación
presupuestal GL , el que contiene el consolidado provincial de los
presupuestos institucionales, así como la información detallada por cada una
de las municipalidades distritales.
10. Debe tenerse en cuenta que la remisión efectuada por la Municipalidad
Provincial incluye, además de la DGPP, a la Comisión de Presupuesto de la
Cuenta General de la República y a la Contraloría General de la República.
12. FACE DEL PROCESO DE EJECUCION
Esta fase comprende los procedimientos vinculados a la
ejecución de Ingresos, Gastos y Metas Presupuestarias
contenidas en el Presupuesto Institucional. Para ello es
conveniente la programación mensual del Presupuesto
institucional tanto a nivel de Ingresos como de Gastos.
• La oficina de Administración debe asegurar los recursos para el
funcionamiento de la gestión y el cumplimiento de las Metas
Presupuestarias, debiendo informar mensualmente la
ejecución presupuestaria a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
13. FACE DEL PROCESO DE EVALUACION
conjunto de procesos de análisis.
Si los avances físicos y financieros en un momento dado
corresponden a lo previsto en el Presupuesto Institucional, y
Si lo avanzado incide en el logro de los objetivos
institucionales.
La Evaluación incluye el análisis y señalamiento de las causas de
las diferencias encontradas entre lo previsto y lo ejecutado.
La Municipalidad debe realizar evaluaciones semestrales de los
siguientes aspectos:
El logro de los Objetivos Institucionales a través del
cumplimiento de las Metas Presupuestarias previstas.
La ejecución de los Ingresos, Gastos y Metas Presupuestarias.
Avances financieros y de metas físicas.
14. Dicha Evaluación se efectúa dentro de los treinta (30) días
calendario siguientes al vencimiento de cada trimestre, con
excepción de la evaluación del cuarto trimestre por tratarse
de la finalización del año fiscal.
La evaluación global de la Gestión Presupuestaria se
efectúa anualmente y está a cargo de la Dirección Nacional
del Presupuesto Público, y consiste en la revisión y
verificación de los resultados obtenidos durante la gestión
presupuestaria.
El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección
Nacional del Presupuesto Público, efectúa trimestralmente la
Evaluación en términos financieros.
15. La evaluación presupuestaria semestral que realizan
las Municipalidades tiene 3 etapas:
Primera Etapa : “Análisis de la Gestión Presupuestaria en términos de Eficacia y
Eficiencia”, que consiste en comparar, la información de la ejecución
presupuestaria de los ingresos y egresos, y los logros de las metas presupuestarias,
con lo previsto en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Presupuesto
Institucional Modificado (PIM).
Segunda Etapa : “Identificación de los problemas presentados”; consiste en
identificar los problemas que ocurrieron durante la ejecución presupuestaria.
Tercera Etapa “Determinación de las medidas correctivas internas y formulación de
sugerencias a los Sistemas Administrativos” . Consiste en determinar las soluciones
técnicas pertinentes y/o los correctivos necesarios para evitar o superar los
inconvenientes y/o deficiencias observadas durante el período evaluado, en base a
los resultados de las etapas anteriores.
Las Municipalidades están obligadas rendir cuentas del ejercicio
anterior, así como de los resultados de la gestión a mas tardar en el
mes de marzo, así lo dispone la cuarta fase de formalización
del presupuesto participativo.