El documento presenta información sobre la normativa y el proyecto del Sistema de Información Inmediata (SII) en España. Detalla los cambios normativos introducidos por el RD 596/2016 y la Resolución 13/03/2017. Explica que el SII es un nuevo sistema de gestión del IVA que obliga a suministrar información de forma casi inmediata con el objetivo de controlar el fraude y asistir al contribuyente. Además, describe qué colectivos están obligados, los libros que hay que presentar, los plazos de presentación
2. NORMATIVA
1.- RD 596/2016 de modificación:
- El Reglamento 1624/1992 del IVA
- El Reglamento 1065/2007 sobre procedimiento de gestión e inspección
- El Reglamento 1619/2012 de facturación
2.- Resolución del 13/03/2017 de la AEAT sobre la aprobación del modelo
de representación
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de representación
3.- Orden HFP/417/2017 sobre especificaciones normativas y técnicas del
nuevo sistema
4.- RD 529/2017 de modificación del RD 1624/1992 sobre la baja
extraordinaria del REDEME y de grupos de IVA
3. ¿ QUE ES EL PROYECTO SII ?
Se anunció en el 2014 y su entrada en vigor inicial se
preveía para enero de 2017
Es un nuevo sistema de gestión del IVA que
obliga a suministrar información de manera cuasi
inmediata
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inmediata
Los objetivos son:
1.- Control contra el fraude
2.- Asistencia al contribuyente
4. ¿ A QUIÉN AFECTA?
Los colectivos obligados son:
- Grandes Empresas (VO> 6.010.121,04 €)
- Grupos IVA (Tit. IX, cap. IX LIVA)
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- Grupos IVA (Tit. IX, cap. IX LIVA)
- REDEME
- Optativo (036 nov del año anterior,
inclusión de 1 año)
5. GRUPOS IVA Y REDEME
Podrán presentar renuncia hasta el día 15
de junio con efecto 1 de julio de 2017
Supone la exclusión del REDEME y del grupo
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Supone la exclusión del REDEME y del grupo
de IVA no solo del SII
6. ¿Qué LIBROS HAY PRESENTAR POR SII?
1. Libro Registro de Facturas Expedidas
2. Libro Registro de Facturas Recibidas
3. Libro Registro de Bienes de Inversión
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3. Libro Registro de Bienes de Inversión
4. Libro Registro de Determinadas
Operaciones Intracomunitarias
7. ¿CÓMO SE REALIZA LA PRESENTACIÓN?
Por vía telemática mediante servicios
web basados en el intercambio de
mensajes XML
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mensajes XML
Cumplimentando un formulario
web
8. ¿Qué PERIODOS DEBEMOS PRESENTAR EN
2017?
Los registros del primer semestre de 2017 se
deben presentar antes del 31/12/2017 incluyendo
los datos obligatorios hasta el 30/06/2017 no con
los nuevos del SII
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los nuevos del SII
Si se presentó mod. 340 de enero a junio no hay
que presentarlos
9. VENTAJAS PARA EL SUJETO PASIVO
1.- Simplifica obligaciones formales:
- Eliminación modelos 347, 340 y 390
- Eliminación Libros Registro del IVA
MOD.
303/322/353
MOD.390 MOD.340 MOD.347
REDEME MENSUAL ANUAL MENSUAL
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REDEME MENSUAL ANUAL MENSUAL
GRANDES
EMPRESAS
MENSUAL
ANUAL ANUAL
GRUPOS IVA
MENSUAL ANUAL ANUAL
RESTO TRIMESTRAL
ANUAL ANUAL
10. VENTAJAS PARA EL SUJETO PASIVO
2.- En la Sede electrónica se dispondrá de un Libro
Registro «declarado» y otro «contrastado»
3.-Se podrá contrastar la información antes de la
finalización del plazo de presentación de las
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finalización del plazo de presentación de las
autoliquidaciones mensuales
4.- Ampliación del plazo de las autoliquidaciones
hasta el día 30
11. FRECUENCIA DE ENVÍO
Facturas emitidas: (doble límite)
4 días naturales/8 para facturas emitidas
por el destinatario o un tercero desde la
fecha de expedición
No se cuentan sábados, domingos y
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No se cuentan sábados, domingos y
festivos nacionales.
Máximo el día 16 del mes siguiente al
devengo.
En 2017 8 días
12. REGLAMENTO DE FACTURACIÓN
Fecha de expedición y remisión RD 1619/2012
Vacatio legis 01/07/2017
Art. 11 y art. 18
En el momento de realizar la operación. Si destinatario
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En el momento de realizar la operación. Si destinatario
profesional/emp. antes del día 16 del mes siguiente
al del devengo del impuesto (Redacción anterior: antes
de 1 mes desde la expedición)
13. REGLAMENTO DE FACTURACIÓN
Art. 13 Facturas recapitulativas.
Último día del mes en que se realizaron las operaciones.
Si destinatario profesional/emp. antes del día 16 del
mes siguiente
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mes siguiente
14. FRECUENCIA DE ENVÍO
PERIODO DE LIQUIDACIÓN IVA OCTUBRE 2017
PLAZO PRESENTACIÓN IVA SEPTIEMBRE 2017 (30/10)
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LÍMITE EMISIÓN Y ENVÍO FACTURA
PLAZO ENVÍO SII
CONTRASTE
15. FRECUENCIA DE ENVÍO
Facturas recibidas:
4 días naturales (en 2017 8 días), desde
la contabilización de la factura o del
DUA.
No se cuentan sábados, domingos y
Alberto Cordón Suárez
No se cuentan sábados, domingos y
festivos nacionales
Máximo el 16 del mes siguiente al
periodo de liquidación en que se hayan
incluido las liquidaciones
16. FRECUENCIA DE ENVÍO
Operaciones Intracomunitarias:
4 días naturales (en 2017 8 días), desde
el momento de inicio de la expedición o
transporte, o desde el momento de la
recepción de los bienes
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recepción de los bienes
No se cuentan sábados, domingos y
festivos nacionales
17. FRECUENCIA DE ENVÍO
Información sobre bienes de inversión:
Dentro del plazo de presentación del
último periodo de liquidación del año
(hasta el 30 de enero)
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(hasta el 30 de enero)
18. ¿SE ENVÍA LA MISMA INFORMACIÓN QUE
SE INCLUYE EN LOS LIBROS DE IVA?
No
La información procederá de los libros
registros y de las facturas
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registros y de las facturas
19. FACTURAS EMITIDAS
. Nº y serie
. Fecha de expedición
. Fecha de operación
. Identificación destinatario
. Base Imponible
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. Base Imponible
. Tipo IVA
. Cuota IVA repercutido
. RECC (criterio de caja)
LIBROS REGISTROS DE
IVA
20. FACTURAS EMITIDAS
. Tipo de factura (N, simp. o recti)
. Anotación Registral
. Descripción de la operación
. Ident. Fras rectificadas o modificadas
. Ident. Fras sustituida
. Regímenes especiales
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. Periodo de liquidación
. Operación exenta/no sujeta
. Facturación por destinatario
. ISP (inversión sujeto pasivo)
. Oper. De transcendencia tributaria
21. FACTURAS RECIBIDAS
. Fecha expedición
. Fecha operación
. Identificación expedidor
. Base Imponible
. Tipo IVA
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. IVA soportado deducible del periodo de
liquidación
. RECC (criterio de caja)
. AIB (Adquisición Intracomunitaria Bienes)
. ISP (Inversión del Sujeto Pasivo)
22. FACTURAS RECIBIDAS
. Nº y serie
. Anotación registral
. Descripción de la operación
. Regímenes especiales (AV, REBU..)
. Facturación por destinatario
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. ISP (inversión sujeto pasivo)
. Periodo de liquidación
. Fecha contable y nº DUA (importaciones)
. Oper. De transcendencia tributaria
23. INFORMACIÓN SOBRE LA ANOTACIÓN
REGISTRAL
• Factura completa o simplificada (E y R)
• Factura rectificativa y el tipo de rectificación (E)
• Factura emitida en sustitución de facturas simplificadas
(E)
• Asiento resumen (E y R)
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• Asiento resumen (E y R)
• Factura emitida por el destinatario o un tercero (E)
• Si es una EB o PS solo si el destinatario es no
establecido (E)
•Importaciones nº DUA
• Fecha de registro contable
24. OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA
TRIBUTARIA
• Libro registro de facturas expedidas:
• Agencias de Viajes, fras expedidas como mediador
• Arrendamiento de local de negocio
• Importe percibido por transmisiones de inmuebles
sujetas a IV
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sujetas a IV
• Libro registro de facturas recibidas:
• Arrendamiento de local de negocio
• AAPP adquisiciones realizadas al margen de su
actividad empresarial/profesional
25. OPERACIONES CON TRANSCENDENCIA
TRIBUTARIA
• Suministro anual de determinadas operaciones
• Primas de seguro e indemnizaciones (solo
aseguradoras)
• Cobros en metálico de más de 6.000 € a una misma
persona o entidad
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Cobros en metálico de más de 6.000 € a una misma
persona o entidad
• Agencias de viajes, adquisición de servicios facturas
expedidas disp. Adicional 4ª Reg. Facturación
26. ¿Qué PASA SI NO CUMPLO CON LAS
OBLIGACIONES DEL SII?
Tipificación de la infracción (LGT art.
200.1.g nuevo): Retraso en la obligación de
suministro
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Importe de la sanción: (LGT art. 200.3
nuevo): 0.5% del importe de la factura, con
un mínimo trimestral del 300 € y un máximo
de 6.000 €.
28. REGISTRO DE FACTURAS RECIBIDAS
SIMPLIFICADAS
Se anotan en el LR de facturas recibidas del
periodo correspondiente a su recepción
Se pueden agrupar en asientos resúmenes
cuando cumplan los requisitos del art 64.5
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cuando cumplan los requisitos del art 64.5
RIVA
La identidad del destinatario y la cuota
serán campos en blanco en libro del
expedidor
29. FACTURAS EMITIDAS EN SUSTITUCIÓN DE
SIMPLIFICADAS
Clave específica de tipo de factura (F3)
Identificación de las facturas simplificadas
sustituidas opcional
Emisor: no se considera el IVA repercutido
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Emisor: no se considera el IVA repercutido
(anota en el periodo en que fue anotada la fra
simplificada)
Receptor: deduce a partir de la recepción de la
factura completa (anota en el periodo de
recepción)
30. REGISTRO DE FACTURAS RECTIFICATIVAS
Tipo de comunicación “A0” y tipo de factura con
claves:
R1 errores fundados de derecho
R2 Concurso acreedores
R3 Deudas incobrables
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R3 Deudas incobrables
R4 Resto de causas
R5 cuando se realice sobre una simplificada
Se deberá identificar las claves “S”-por
sustitución o “I” por diferencias
31. IMPORTACIONES
Nueva clave factura F5
Nº factura=nº DUA
Fecha factura=Fecha admisión DUA
NIF del emisor= NIF del importador
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NIF del emisor= NIF del importador
32. JUSTIFICANTES CONTABLES
Clave F6
Estos datos no se van a poder cruzar
Se informan en el libro registro de fras
recibidas
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recibidas
P.e. operación documentada en escritura
pública
34. EJEMPLOS
Un empresario presta un servicio el día 10 de
octubre 2017 a otro empresario, emitiendo la
factura el mismo día
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factura el mismo día
36. EJEMPLOS
Un empresario presta un servicio el día 5 de
octubre 2017, a otro empresario, emitiendo la
factura el día 30 de octubre (el límite según el RD
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factura el día 30 de octubre (el límite según el RD
1619/2012, sería el 15 de noviembre)
39. EJEMPLOS
Un empresario presta un servicio el día 5 de
octubre 2017, a otro empresario, emitiendo la
factura el día 13 de noviembre (el límite según el
Alberto Cordón Suárez
factura el día 13 de noviembre (el límite según el
RD 1619/2012, sería el 15 de noviembre)
42. EJEMPLOS
Un empresario que recibe una factura el 10 de
octubre de 2017 (la prestación del servicio y la
fecha de emisión de la factura es el 5 de octubre),
decide deducir la cuota soportada en el modelo
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decide deducir la cuota soportada en el modelo
303 de ese mes, realizando su registro contable el
día 13 de noviembre.
45. EJEMPLOS
Un empresario vende una mercancía a otro el 5
de octubre y expide la factura el día 10 del mismo
mes. El destinatario recibe la factura el día 16 de
octubre y efectúa su registro contable el día 24.
Alberto Cordón Suárez
octubre y efectúa su registro contable el día 24.
48. EJEMPLOS
Un empresario recibe una factura el 5 de octubre
de 2017 y procede a su registro contable el día 13
del mismo mes
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49. EJEMPLOS
5/10/17
Recepción de la
factura
13/10/17 registro contable
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Opción 1. 16/10/17 Remisión al SII con declaración de IVA
en sept. Aplica límite del día 16.
Opción 2. 25/10/17 Remisión al SII con
declaración de IVA en octubre. 8 días
50. EJEMPLOS
Un empresario realiza una entrega
intracomunitaria a un empresario alemán. El
inicio del transporte de los bienes se produce el
19 de octubre y la factura se emite el 15 de
Alberto Cordón Suárez
19 de octubre y la factura se emite el 15 de
noviembre (último día para emitir factura y fecha
del devengo de la operación)
53. EJEMPLOS
Un empresario realiza una entrega
intracomunitaria a un empresario alemán. El
inicio del transporte de los bienes se produce el
19 de octubre y la factura se emite el 25 de
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19 de octubre y la factura se emite el 25 de
octubre
56. EJEMPLOS
Una empresa importa mercancía despachada a
libre práctica el 25 de octubre, produciéndose
ese día la admisión del DUA y la liquidación de IVA
por aduana. La empresa decide consignar la cuota
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por aduana. La empresa decide consignar la cuota
soportada en el mod. 303 del mes de octubre y
realiza el registro contable el día 9 de noviembre