1. La factura
Las facturas son los documentos que acreditan legalmente la
realización de una operación de compraventa o la realiza-
ción de un servicio. La emisión de facturas o de documentos
sustitutivos no es un acto voluntario, sino que es una obli-
gación establecida de forma rigurosa mediante disposiciones
fiscales y mercantiles.
7
2. 63
La obligación de emitir facturas tiene las siguientes excepciones:
a) No existe la obligación de emitir ningún documento, salvo
que el destinatario exigiese la factura, en las operaciones
siguientes:
• Las realizadas por comerciantes minoristas a los que se
les aplique régimen de recargo de equivalencia (RE).
• Las operaciones exentas (salvo los servicios médicos y
sanitarios).
• La utilización de autopistas de peaje.
• Las realizadas por sujetos pasivos que tributen en el régi-
men simplificado del IVA.
• Las realizadas por sujetos pasivos del IRPF que estén en
régimen de estimación objetiva.
b) No será obligatoria la indicación de los datos de identi-
ficación del destinatario cuando se trate de operaciones
realizadas para quienes no tengan la consideración de
empresarios o profesionales, si no se supera la cantidad
de 90,15 euros.
c) Emisión de vales o tickets. Cuando el importe de las ope-
raciones no supere los 3 005,06 euros, las facturas pue-
den sustituirse por vales o tickets expedidos por máquinas
registradoras, en los siguientes casos:
• Ventas al por menor.
• Ventas y servicios en ambulancia y a domicilio del con-
sumidor.
7.1 La factura
Es un documento que acredita legalmente las entregas de
bienes y las prestaciones de servicios realizadas.
La obligación de expedir y entregar facturas está regulada por
el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre (BOE 30 de
diciembre), en el cual se establece que: «Los empresarios y
profesionales están obligados a expedir y entregar facturas
por cada una de las operaciones que realicen y a conservar
copia o matriz de la misma».
Debe entregarse factura completa cuando el destinatario sea
empresario o profesional, o cuando, sin serlo, la exija por la
totalidad de las entregas de bienes y prestación de servicios
realizadas por empresarios y profesionales en el desarrollo
de su actividad.
Todas las facturas o sus copias o matrices contendrán al
menos los siguientes datos:
1. Número y, en su caso, serie cuando existan diferentes cen-
tros de facturación. La numeración ha de ser correlativa.
2. Nombre y apellidos o denominación social, NIF y domi-
cilio del expedidor y del destinatario.
Cuando el destinatario es una persona física que no es
empresario ni profesional, basta con el nombre, apellidos
y NIF.
3. Descripción de la operación y su contraprestación total.
Deberán consignarse en la factura todos los datos nece-
sarios para la determinación de:
• La base imponible.
• El tipo tributario.
• La cuota repercutida.
Si la factura comprende entregas de bienes o servicios suje-
tos a tipos impositivos diferentes, deberá diferenciarse la
parte de la operación sujeta a cada tipo.
Cuando el IVA se repercuta dentro del precio se indica-
rá con la expresión «IVA incluido».
4. Lugar y fecha de emisión.
Como regla general, debe emitirse a sus destinatarios en el
momento de realizarse la operación.
No obstante, en la Tabla 7.1 se pueden observar distintos pla-
zos de emisión y envío, en función de la condición del desti-
natario o de la naturaleza de las operaciones.
A. Requisitos de las facturas
C. Excepciones a la obligación de emitir
facturas completas
B. Plazo para la emisión y envío de la factura
Tabla 7.1. Plazos de emisión y envío de las facturas
Operación
Destinatario no
empresario ni
profesional
Destinatario
empresario o
profesional
Facturas que
agrupan las
operaciones
mensuales con un
mismo destinatario
Documentos de
facturación
correspondientes
a operaciones
intracomunitarias
Plazo de emisión
Al realizar
la operación
En los 30 días
siguientes a la
realización de la
operación
En los 30 días
siguientes a la
finalización del
mes natural
Antes del día 16
del mes siguiente
a aquél en que
termine el periodo
de liquidación de
las operaciones
Plazo de envío
Al realizar
la operación
En los 30 días
siguientes a la
emisión
3. 64
• Servicios de hostelería, restauración y suministros de
bebidas y comidas en restaurantes, bares, cafeterías,
chocolaterías y horchaterías.
• Salas de baile y discotecas.
• Servicios telefónicos.
• Servicios de peluquerías e institutos de belleza.
• Utilización de instalaciones deportivas.
• Revelado de fotografías y estudios fotográficos.
• Aparcamientos y estacionamiento de vehículos.
• Videoclubs.
Los empresarios y profesionales sólo pueden expedir un ori-
ginal de cada factura o documento sustitutivo.
Se pueden expedir duplicados en los siguientes casos:
a) Cuando en una misma operación concurran varios desti-
natarios.
b) En el supuesto de pérdida del original.
En cada uno de los duplicados debe constar la expresión
«duplicado» y la razón de su expedición.
En todas las copias de las facturas se hará constar su carác-
ter de copia.
Los empresarios y profesionales deberán rectificar las facturas
o documentos equivalentes o sustitutivos en los siguientes casos:
• Incorrecta fijación de las cuotas, por ejemplo, haber come-
tido errores.
• Cuando varíen, por ejemplo, modificaciones de los precios
o de las cantidades.
• Cuando queden sin efecto las operaciones gravadas con el
IVA, por ejemplo, en caso de devoluciones o anulaciones.
La rectificación deberá efectuarse inmediatamente después de
advertirse la circunstancia que la motiva, siempre que no hubie-
sen transcurrido cuatro años desde el devengo del IVA o, en
su caso, de la fecha en que se hubiese producido la circuns-
tancia modificativa.
La rectificación se realiza mediante la emisión de una factu-
ra de rectificación o documento en el que se hagan constar
los datos identificativos de la factura o documento inicial y
la rectificación efectuada.
En un establecimiento en el que hemos comprado un
producto nos han entregado un ticket en el que se indi-
ca lo siguiente:
Importe: 320 €, IVA del 16 % incluido
Queremos saber cuál es el precio que hemos pagado por
el producto y cuál es la cuota del IVA.
Solución
Si consideramos X el precio del producto, se puede rea-
lizar el siguiente planteamiento:
X + 16 % X = 320; sacando factor común X
320
X (1 + 0,16) = 320; X = –––––––– = 275,86 € precio del
1,16 producto
Cuota de IVA: 0,16 · 275,86 = 44,14 €
Importe total: 275,86 + 44,14 = 320
Caso práctico 1
Fig. 7.1. Modelo de factura emitida por una empresa
D. Duplicados y copias de las facturas
E. Rectificación de las facturas
REMITIDO A
McGRAW-INTERAMERICANA DE ESPAÑA, S.A.
Edificio Valrealty
Basauri, 17 - 1ª plnata
28023 ARAVACA (MADRID)
Tels. Centralita: 91 180 30 00 / 372 81 93
Servicio a Clientes: 91 180 31 95
Fax: 91 372 84 67
OBSERVACIONES
BASE IMPONIBLE IVA CUOTA RE% CUOTA
REFERENCIA AUTOR/TÍTULO CANTIDAD PRECIO DTO. IMPORTE PVP
FACTURA
FACTURADO A
Banco B.B.V.A. C.C.C. 0182 5449 24 0000094038
AVDA. DE LA ALBUFERA, 14 - 28038 MADRID
Precios aplicados de acuerdo con la legislación vigente, Tarifa 1.ª, epígrafe 3441,
Contribución 2376. N.I.F. A/28-9
REGISTRO MERCANTIL DE MADRID-T 283, GRAL. 267, SECC. 3.ª F. 107
H. 62.661/2 INSC.1
FECHA VENCIMIENTO TOTAL FACTURA HOJA N.° PEDIDO FORMA DE PAGO
PROVEEDOR CIF/NIF N.° PEDIDO DEL CLIENTE N.° ALBARÁN LUGAR DE EXPEDICIÓN
28023 ARAVACA (Madrid)
MC
Graw
Hill
CIF A-28-914323
4. Deben establecerse series especiales de numeración para las
facturas de rectificación.
Las facturas y los documentos sustitutivos deben conservarse
durante cinco años a partir del día en que finalice el plazo
reglamentario para presentar la correspondiente liquidación
del IVA.
Cuando se hayan adquirido bienes de inversión muebles
deben conservarse durante diez años; si son inmuebles,
durante quince años.
Las facturas emitidas pueden conservarse en películas micro-
filmadas o soportes magnéticos. Estos soportes sólo son admi-
tidos para las facturas emitidas, pero no para las facturas reci-
bidas, cuyos originales deben conservarse para su posterior
comprobación.
Por último, también deben conservarse los rollos de las máqui-
nas registradoras cuando se emitan tickets.
Los gastos ocasionados por una determinada operación
(como portes, seguros, envases y embalajes y otros que pue-
dan surgir) deben ser facturados junto con la operación prin-
cipal y pasan a formar parte de la base imponible.
No obstante, en ocasiones surgen los denominados gastos
suplidos que son los que se facturan separadamente de las
mercancías porque así lo ha pedido de forma verbal o escri-
ta el comprador (véase Figura 7.2).
Los gastos suplidos no están gravados con el tipo impositivo
de la operación principal que los ocasiona, sino con el que
les corresponda por su naturaleza; de este modo tenemos:
• Portes: gravados con el 16 %. El transportista expedirá la
carta de porte a nombre del comprador.
• Seguros: se encuentran exentos. La compañía de seguros
expedirá una factura a nombre del comprador.
Si los gastos se facturan junto con la mercancía, pasan a for-
mar parte de la base imponible y, por tanto, estarán someti-
dos al mismo tipo impositivo que la operación principal.
En muchas operaciones comerciales los proveedores realizan
descuentos, rebajas o bonificaciones sobre el importe de los
productos que venden.
Estos descuentos se aplican en las facturas y reducen los pre-
cios de los productos antes de añadir los gastos (transporte,
embalajes, etc.) que ocasione la operación.
Los tres tipos de descuentos que pueden presentarse son:
a) Descuento comercial. Es el más usual; es una política
comercial de las empresas para la promoción de los pro-
ductos o bien por rebajas u ofertas. Se calcula descontando
un tanto por ciento del precio de los productos.
b) Rappels o descuentos por volumen de compra. Se apli-
can cuando se compran grandes cantidades de mercan-
cía. Lo más frecuente es que este descuento se aplique cuan-
do en un determinado periodo de tiempo, por ejemplo un
año, se ha superado un determinado volumen de compras.
Los rappels se aplican sobre el importe bruto de los pro-
ductos, es decir, sobre la misma cantidad a la que se apli-
ca el descuento comercial.
65
F. Conservación
H. El descuento en las facturas
G. Facturación de los gastos suplidos
Fig. 7.2. Esquema de una operación comercial cuando existen gastos suplidos
Realiza una compra y
solicita la facturación de
los gastos por separado
Contrata el transporte
por cuenta del comprador
Expide la factura
de la operación principal
Emite una carta de porte a nombre del comprador
TransportistaComprador Vendedor
5. El orden que se debe seguir para realizar correctamente los
cálculos numéricos en este tipo de factura son los que se
indican a continuación:
1. Cálculo de la base imponible.
2. Cálculo de la cuota.
3. Cálculo del importe total de la factura.
Existe un régimen especial del IVA denominado recargo de
equivalencia; este régimen, aplicable a los comerciantes
minoristas, consiste en un recargo especial que se aplica a
través de los mayoristas junto con el IVA. Los tipos impositi-
vos del recargo son los que aparecen en la Figura 7.3.
c) Descuento por pronto pago. Este descuento se realiza cuan-
do el pago es al contado. Se aplica sobre el importe neto
que resulte de aplicar el descuento comercial y el rappel.
Cuando se concedan descuentos y bonificaciones después
de la emisión de la factura pueden prestarse dos casos:
a) Los descuentos y bonificaciones por volumen. Pueden efec-
tuarse en una factura de rectificación. No es necesaria la
especificación de las facturas rectificadas, bastará sim-
plemente con la identificación del periodo de que se trate.
b) Si el destinatario es un particular que no hubiese exigido
inicialmente una factura completa, podrán emitir notas de
abono numeradas correlativamente.
7.2 Realización de facturas
Este epígrafe comprende ejercicios resueltos de facturas, con
casuísticas muy diferentes, para facilitar la comprensión y ser-
vir de guía para realizar las actividades.
A continuación se detallan los pasos a seguir para confec-
cionar facturas en las diferentes situaciones que se pueden dar
en las operaciones mercantiles.
Aunque aún no se haya estudiado el Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA), se pueden realizar facturas si conocemos los
tipos impositivos existentes y su aplicación. Los tipos de IVA que
existen en la actualidad son los que aparecen en la Figura 7.2.
66
Una empresa ha realizado una venta por importe de
30 000 €. ¿Cuál será el importe líquido de la opera-
ción si se aplica un descuento comercial del 10 %, un
rappel del 5 % y un descuento por pronto pago del 2%?
Solución
Importe bruto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 000
Descuento comercial 10 % de 30 000 . . – 3 000
Rappel 5 % de 30 000 . . . . . . . . . . . . . – 1 500
————
Importe neto . . . . . . . . . . . . . . . 25 500
Descuento pronto pago 2 % de 25 500 . – 510
————
Importe líquido . . . . . . . . . . . . . . 24 990 €
Caso práctico 2
Calcula el IVA, el recargo de equivalencia y el importe
total de una venta de productos por 500 €, en régimen
de equivalencia, a la que le es aplicable un IVA del 16 %.
Solución
Importe de los productos.............................. 500
Cuota de IVA del 16 %................................. 80
Cuota de recargo equivalencia 4 % .............. 20
————
Total factura 600 €
Caso práctico 3
A. El IVA en las facturas
Tabla 7.2. Tipos impositivos del IVA
Tipo general 16 %
Tipo reducido 7 %
Tipo superreducido 4 %
Tabla 7.3. Tipos impositivos de recargo de equivalencia
Tipo de IVA Recargo de equivalencia
16 % 4 %
7 % 1 %
4 % 0,5 %
C. Facturas con IVA
B. El recargo de equivalencia
Importe de la operación – descuento + gastos =
base imponible
Base imponible · tipo impositivo = cuota
Base imponible + cuota = total factura
I. Descuentos y bonificaciones posteriores a la
6. IVA y
16 % % % % %
RE
Base
3 690 3 690,0
imponible
Importe
590,40 590,40
impuesto
Total factura 4 280,40
Confecciona la factura número 1 que emitió el día 9 de enero
la empresa mayorista Centro, S.A. con NIF A28888888,
domiciliada en la calle Velázquez, 12 de Madrid, CP 28004,
para ser enviada a la empresa Industrias Norte, S.A.
(NIF A39808012), domiciliada en la calle Pereda, 90 de
Santander, CP 39093.
• Los productos facturados fueron:
300 unidades del producto «A» a 7 €/unidad.
500 unidades del producto «B» a 4 €/unidad.
• Se practicó un descuento del 10 %.
• IVA: tipo general.
Solución
La factura número 1 aparece cumplimentada en la Figura 7.3.
Caso práctico 4
Velázquez, 12 28004 Madrid
Tel.: 91 444 14 14 Fax: 91 444 14 15
E-mail: centro@teleline.es NIF: A28888888
NIF: A39808012
Destinatario:
Industrias Norte, S.A.
Pereda, 90
39093 Santander
Cantabria
Factura número: 1
Correspondiente al pedido: 1
Fecha: Madrid, 9 de enero de 200_
Cantidad
300
500
Descripción ImportePrecio
unitario
IVA
%
RE
%
Producto A
Producto B
7
4
16
16
2 100
2 000
Importe bruto
Descuento 10 %
Base imponible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4 100
–410
3 690
Fig. 7.3. Factura número 1. Solución del Caso práctico 4.
67
7. 68
Realiza la factura número 2 correspondiente a la venta del
Caso práctico 4, pero incluyendo los gastos siguientes:
Transporte, 210 €.
Embalajes, 72 €.
Solución
En la Figura 7.4 aparece cumplimentada la factura nú-
mero 2.
Caso práctico 5
Fig. 7.4. Factura número 2. Solución del Caso práctico 5.
IVA y
16 % % % % %
RE
Base
3 972,00 3 972,00
imponible
Importe
635,52 635,52
impuesto
Total factura 4 607,52
Velázquez, 12 28004 Madrid
Tel.: 91 444 14 14 Fax: 91 444 14 15
E-mail: centro@teleline.es NIF: A28888888
NIF: A39808012
Destinatario:
Industrias Norte, S. A.
Pereda, 90
39093 Santander
Cantabria
Factura número: 2
Correspondiente al pedido: 1
Fecha: Madrid, 9 de enero de 200_
Cantidad
300
500
Descripción ImportePrecio
unitario
IVA
%
RE
%
Producto A
Producto B
Importe bruto
Descuento 10 %
Importe neto
Transporte
Embalajes
Base imponible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
7
4
16
16
16
16
2 100
2 000
4 100
–410
3 690
210
72
3 972
8. 69
2. Cálculo de la cuota del IVA y del recargo de equivalencia.
3. Cálculo del importe total de la factura.
Base imponible · tipo del IVA = cuota IVA
Base imponible + cuota IVA + cuota recargo de
equivalencia = total factura
Confecciona la factura número 3 que remitirá la empresa
Centro, S.A. el día 4 de marzo de 200_, al minorista don
Bernardo Río Seco, con NIF 13222333 W, acogido al régi-
men especial del recargo de equivalencia, domiciliado en
la calle Castilla, 60 de Zaragoza, CP 50025.
• Productos facturados:
100 unidades del producto «C» a 6 €/unidad.
120 unidades del producto «D» a 10 €/unidad.
200 unidades del producto «E» a 5 €/unidad.
• Descuento: 15 %.
• IVA: 7 %.
• Gastos incluidos en la factura:
Embalajes: 18 €.
Transporte: 54 €.
Seguros: 27 €.
Solución
Como es una venta a un minorista sometido al régimen de
equivalencia, tanto las mercancías como los gastos están
sometidos al IVA y al RE cuyos tipos impositivos se aplican
sobre la misma base imponible.
La factura número 3 aparece cumplimentada en la
Figura 7.5.
Caso práctico 6
Base imponible · tipo de recargo de equivalencia =
cuota de recargo de equivalencia
D. Facturas con recargo de equivalencia
Los pasos para confeccionar una factura cuando es en régi-
men de equivalencia, son los siguientes:
1. Cálculo de la base imponible.
Importe de la operación – descuento + gastos =
base imponible
Caso práctico 7
Confecciona la factura número 4, emitida el día 31 de
marzo de 200_ por la empresa Centro, S.A. en la cual se
reflejan las ventas realizadas a Industrias Norte, S.A. en el
mes de marzo.
Las características de las ventas del mes fueron:
• 200 unidades del producto «A» a 4 €/unidad.
Descuento: 10 %.
Transporte: 60 €.
Embalajes: 18 €.
IVA: tipo general.
• 500 unidades del producto «C» a 6 €/unidad.
Descuento: 10 %.
Transporte: 90 €.
Embalajes: 42 €.
IVA: tipo reducido 7 %.
• 1 500 unidades del producto «G» a 5 €/unidad.
Descuento: 5 %.
Transporte: 601 €.
Embalajes: 102 €.
IVA: tipo reducido 4 %.
Solución
En la misma factura se deberán especificar separadamen-
te los distintos productos según el tipo de IVA que les corres-
ponda. Véase en la Figura 7.6 la factura número 4.
9. 70
Caso práctico 6 (continua-
Fig. 7.5. Factura número 3. Solución del Caso práctico 6.
IVA y
7 % 1 % % % %
RE
Base
2 479 2 479 2 479,00
imponible
Importe
173,53 24,79 198,32
impuesto
Total factura 2 677,32
Velázquez, 12 28004 Madrid
Tel.: 91 444 14 14 Fax: 91 444 14 15
E-mail: centro@teleline.es NIF: A28888888
NIF: 13222333W
Destinatario:
Bernardo Río Seco
Castilla, 60
50025 Zaragoza
Factura número: 3
Correspondiente al pedido: 2
Fecha: Madrid, 4 de marzo de 200_
Cantidad
100
120
200
Descripción ImportePrecio
unitario
IVA
%
RE
%
6
10
5
7
7
7
1
1
1
7
7
7
1
1
1
600
1 200
1 000
18
54
27
Importe bruto
Importe neto
Descuento 15%
Embalajes
Transporte
Seguros
Base imponible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2 800
–420
2 380
2 479
Producto C
Producto D
Producto E
11. 72
Caso práctico 8
NIF: 13715715D
Destinatario:
Pilar Zamanillo Zamanillo
Bonifaz, 16
39002 Santander
Factura número: 5
Correspondiente al pedido: 4
Fecha: Madrid, 30 de abril de 200_
Cantidad
600
250
Descripción Importe
Precio
unitario
IVA
%
RE
%
Producto A 7 16 4 4 200
Descuento 16 % –672
Importe neto 3 528
Transporte 16 4 90
Embalajes 16 4 36
Seguros 16 4 63
Base imponible (16 %) . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 717
Producto C 6 7 1 1 500
Descuento 10 % –150
Importe neto 1 350
Transporte 7 1 72
Embalajes 7 1 33
Seguros 7 1 48
Base imponible (7 %) . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 503
IVA y
16 % 4 % 7 % 1 % %RE
Base
3 717
,64
3 717
,64
1 503
,64
1 503
,64
5 220
,64
imponible
Importe
594,72 148,68 105,21 15,03 863,64impuesto
Total factura 6 083,64
Fig. 7.7. Factura número 5. Solución del Caso práctico 8.
Realiza la factura número 5 que emitirá, el día 30 de abril
de 200_, la empresa Centro, S.A. a la minorista doña Pilar
Zamanillo Zamanillo, con NIF 13715715D, domiciliada en
la calle Bonifaz, 16 de Santander, CP 39002, que está
sometida al régimen especial de recargo de equivalencia,
por las ventas que le realizaron durante el mes.
• Día 18 de abril:
600 unidades del producto «A» a 7 €/unidad.
Descuento: 16 %.
Transporte: 90 €.
Embajales: 36 €.
Seguros: 63 €.
IVA: tipo general.
• Día 28 de abril:
Doscientas cincuenta unidades del producto «C» a
6 €/unidad.
Descuento: 10 %.
Transporte: 72 €.
Embalajes: 33 €.
Seguros: 48 €.
IVA: 7 %.
Solución
Como se trata de una venta a una minorista sometida al régi-
men de equivalencia, se han de facturar por separado los pro-
ductos con sus gastos correspondientes indicando su tipo de
IVA, la base imponible y la cuota resultante de la aplicación
del tipo de IVA y del RE. La factura número 5 aparece en la
Figura 7.7.
Velázquez, 12 28004 Madrid
Tel.: 91 444 14 14 Fax: 91 444 14 15
E-mail: centro@teleline.es NIF: A28888888
12. 73
Factura. Documento que acredita legalmente las entregas
de bienes y las prestaciones de servicios.
Emisión. Las facturas deben emitirse a sus destinatarios en el
momento de realizarse la operación. Cuando el destinata-
rio sea un empresario o profesional, la emisión puede rea-
lizarse dentro del plazo de treinta días a partir de la reali-
zación de la operación.
Cuando se hayan efectuado diversas operaciones para un
mismo destinatario se pueden acumular en una sola factu-
ra las realizadas en un mes natural; se emitirán en el plazo
máximo de treinta días contados desde el último día del mes
natural al que se refiera la factura.
Duplicados y copias. Los empresarios y profesionales sólo
podrán expedir un original de cada factura o documento sus-
titutivo. Se pueden expedir duplicados cuando en una misma
operación concurran varios destinatarios o en caso de pér-
dida del original. En cada uno de los duplicados debe cons-
tar la expresión «duplicado» y la razón de su expedición.
Rectificación. Se deberán rectificar las facturas cuando se
haya fijado incorrectamente la cuota, cuando varíen o
cuando quede sin efecto la operación. Las rectificaciones
se realizan mediante facturas de rectificación en las que se
hagan constar los datos identificativos de la factura o docu-
mentos iniciales y la rectificación efectuada.
Descuentos por volumen. Se realizan en una factura de rec-
tificación, no es necesaria la especificación de las facturas
rectificadas, bastará simplemente con identificar el perio-
do de que se trate.
Notas de abono. Se emiten cuando se practica un descuento,
bonificación o devolución a un particular que no hubiesen
exigido inicialmente una factura completa.
Conservación. Las facturas deben conservarse durante
cinco años a partir del día que finalice el plazo reglamen-
tario para presentar la correspondiente liquidación del IVA.
Si se trata de bienes muebles deben conservarse durante
diez años; si son inmuebles, durante quince años.
Gastos suplidos. Son los que se facturan separadamente de
la operación que los generó porque así lo ha pedido el com-
prador. Estos gastos están gravados con el IVA que les
corresponde por su naturaleza, y no con el de la operación
principal.
Conceptos b ásicos
Fig. 7.8. Factura Plus. Programa informático de facturación.
13. Actividades
1. En el ticket de una compra aparece que el importe total
es de 60 €. Calcula cuál es el importe del producto en
los siguientes casos:
a) El IVA es del 16 %.
b) El IVA es del 7 %.
c) El IVA es del 4 %.
2. Realiza el ejercicio anterior si las operaciones hubiesen
sido facturadas en régimen de equivalencia.
3. Se ha realizado una compra y el vendedor nos comuni-
ca que va a hacer tres tipos de descuentos en la misma
factura. El importe de la mercancía es de 130 000 € y
los descuentos son:
• Descuento comercial: 8 %.
• Descuento por volumen: 6 %.
• Descuento por pronto pago: 3 %.
Calcula el importe líquido de la factura.
4. Calcula el importe total de la factura si la operación se
realizó en régimen de equivalencia y el tipo de IVA apli-
cable es del 16 %.
5. Realiza la factura número 1, correspondiente a la venta
abajo detallada, que efectuó, el día 9 de septiembre de
200_, la empresa Industrias Latinas, S.A. de Madrid, con
NIF A28303344, domiciliada en la calle Alcalá, 490,
CP 28056, a la empresa Mayoristas Reunidos, S.A. NIF
A49499494, domiciliada en la calle Reconquista, 21 de
Zamora, CP 49094.
300 unidades del artículo «X» a 11,50 €/unidad.
• Descuento: 10 %.
• IVA: 16 %.
• Transportes: 126 €.
• Embalajes: 18 €.
6. Realiza la factura número 2 con los datos de la Activi-
dad 5, pero esta vez la venta se ha realizado al mino-
rista don Bernardo Río Seco, con NIF 13222333W,
domiciliado en la calle Castilla, 60, CP 50025, de
Zaragoza. Don Bernardo está acogido al régimen espe-
cial del recargo de equivalencia.
7. Industrias Latinas, S.A. realizó el día 10 de mayo una
venta a la empresa Comercial Marinera de Asturias,
NIF B50323233, domiciliada en la avenida de la
Reconquista, 22 de Oviedo, CP 33033. Realiza la fac-
tura número 3 si la operación presenta las siguientes
características:
900 unidades del artículo «K» a 18 €/unidad.
600 unidades del artículo «L» a 7,20 €/unidad.
• Descuento: 7 %.
• IVA: tipo general.
• Gastos:
– Transporte: 120 €.
– Embalajes: 36 €.
– Seguros: 84 €.
8. Realiza la factura número 4 con los datos de la actividad
anterior, si la venta se hubiera realizado a la minoris-
ta, acogida al régimen especial del recargo de equiva-
lencia, Sara Huete Fernández, NIF 3999999C, domi-
ciliada en la calle Recortes, 14, 5, CP 39100, Bezana,
Cantabria.REMITIDO A
OBSERVACIONES
FACTURA
FACTURADO A
FECHA VENCIMIENTO TOTAL FACTURA HOJA N.° PEDIDO FORMA DE PAGO
PROVEEDOR CIF/DNI N.° PEDIDO DEL CLIENTE N.° ALBARÁN LUGAR DE EXPEDICIÓN
REFERENCIA CANTIDAD PRECIO DTO. IMPORTE PVP
BASE IMPONIBLE IVA CUOTA RE% CUOTA
REMITIDO A
OBSERVACIONES
FACTURA
FACTURADO A
FECHA VENCIMIENTO TOTAL FACTURA HOJA N.° PEDIDO FORMA DE PAGO
PROVEEDOR CIF/DNI N.° PEDIDO DEL CLIENTE N.° ALBARÁN LUGAR DE EXPEDICIÓN
REFERENCIA CANTIDAD PRECIO DTO. IMPORTE PVP
BASE IMPONIBLE IVA CUOTA RE% CUOTA
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14. Actividades
9. Confecciona la factura número 5 que la empresa Industrias
Latinas, S.A. remitirá a Mayoristas Reunidos, S.A. por
las ventas realizadas en noviembre de 200_. Las ope-
raciones realizadas fueron:
190 unidades del artículo «X» a 12 €/unidad.
7 unidades del artículo «Z» a 60 €/unidad.
• Descuentos:
– Artículos «X»: 25 %.
– Artículos «Z»: 10 %.
• Gastos:
– Artículos «X»:
Transporte, 150 €.
Seguro, 24 €.
– Artículos «Z»:
Transporte, 49 €.
Seguro, 39 €.
• Embalajes: 10,22 €.
• IVA:
– Artículos «X»: tipo general.
– Artículos «Z»: tipo reducido 7 %.
10. Confecciona la factura número 6 con los datos de la
Actividad 9, suponiendo que las ventas se hubiesen rea-
lizado a la minorista (sometida al régimen de equivalencia)
Francisca Cabrero Madrigal, con NIF 11222299M,
domiciliada en la calle Clara, 70 de Madrid, CP 28045.
11. Realiza la factura número 7, correspondiente a la ope-
ración enunciada en la Actividad 6 de la Unidad 5,
sabiendo que:
• Descuento: 10 %.
• Embalajes: 180,30 €.
• IVA: tipo general.
12. Confecciona la factura número 8, correspondiente a la
operación enunciada en la Actividad 7 de la Unidad 5.
• IVA:
– Productos A y B: tipo general.
– Productos C: tipo reducido 7 %.
• Descuentos:
– Productos A y B: 15 %.
– Productos C: 10 %.
• Gastos que se han de repartir 1/3 por cada producto:
– Transporte: 124 €.
– Envases y embalajes: 36,06 €.
– Seguros: 72,12 €.
13. Confecciona la factura número 9, correspondiente a la
operación enunciada en la Actividad 8 de la Unidad 5.
El precio de cada camisa es de 11 €.
• Descuento: 15 %.
• Transporte: 18,03 €.
• Seguro: 4,21 €.
14. ¿Crees que el coste unitario y el coste total de los pro-
ductos reflejados en las actividades realizadas sería el
mismo si el transporte y los seguros fuesen gastos supli-
dos? Razona la respuesta.
15. Calcula los precios unitarios y totales de los productos que
aparecen en las Actividades 9, 10 y 12 en los dos casos
siguientes:
a) Si el transporte y los seguros se incluyen en las fac-
turas.
b) Si el transporte y los seguros son gastos suplidos.
REMITIDO A
OBSERVACIONES
FACTURA
FACTURADO A
FECHA VENCIMIENTO TOTAL FACTURA HOJA N.° PEDIDO FORMA DE PAGO
PROVEEDOR CIF/DNI N.° PEDIDO DEL CLIENTE N.° ALBARÁN LUGAR DE EXPEDICIÓN
REFERENCIA CANTIDAD PRECIO DTO. IMPORTE PVP
BASE IMPONIBLE IVA CUOTA RE% CUOTA
REMITIDO A
OBSERVACIONES
FACTURA
FACTURADO A
FECHA VENCIMIENTO TOTAL FACTURA HOJA N.° PEDIDO FORMA DE PAGO
PROVEEDOR CIF/DNI N.° PEDIDO DEL CLIENTE N.° ALBARÁN LUGAR DE EXPEDICIÓN
REFERENCIA CANTIDAD PRECIO DTO. IMPORTE PVP
BASE IMPONIBLE IVA CUOTA RE% CUOTA
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