Con el art.50 de esta ley se ha dispuesto que hasta diciembre de 2011 habrá plazo para que los comerciantes, personas naturales o jurídicas, puedan ponerse al día con sus procesos de la renovaciones de su matricula mercantil o la matrícula de sus establecimientos de comercio obteniendo muy importantes rebajas. De no acogerse a esta medida, las personas jurídicas serán declaradas en disolución y liquidación y a los comerciantes personas naturales se les cancelará su respectiva matrícula. Además, al ponerse al día, y si califican como Pequeñas Empresas, podrán tener otras ventajas tributarias adicionales. Contenido: -Comentarios a la medida contenida en el art.50 de la Ley 1429 de 2010 sobre rebajas para quienes se pongan al día en las Cámaras de Comercio. -Aclaración sobre el periodo en que prescriben las deudas con las cámaras de comercio Material complementario: Plantilla para calcular el costo de las renovaciones 2010 en cámara de comercio Deudas por renovación de matriculas con las cámaras de comercio también prescriben * Ver más Conferencias en http://www.actualicese.com/conferencias/ * * * Visita http://www.actualicese.com , información contable y tributaria al día. * *