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CONTABILIDAD
INTERNACIONAL
Docente: Talla Ramos, Sabino
Integrantes:
Alarcón Segura, Joseph
Bravo Fernandez, Helen
Guadalupe Caldas, Yimar
Marín Moreno, Mariani
Ocampo Umpire, Lelya
Aula: 310 – N
CONTENIDO
NIC 24
NIC 28
01
02
NIIF 11
04
03
Conclusiones
Objetivos | Alcance | Caso práctico
Objetivos | Alcance | Caso práctico
Objetivos | Alcance | Caso práctico
NIC 24:
Información a Revelar sobre
Partes Relacionadas
OBJETIVO
NIC 24
Asegurar que los EE.FF.
Su situación financiera
de que
Resultados del periodo
y
Contengan la
información a revelar
necesaria
para poner de
manifiesto
Puedan haberse visto afectados por la
existencia de partes relacionadas.
ALCANCE
Esta Norma se aplicará en:
(a) La identificación de
relaciones y transacciones
entre partes relacionadas;
(b) La identificación de saldos
pendientes, incluyendo
compromisos, entre una
entidad y sus partes
relacionadas;
(c) La identificación de las
circunstancias en las que se
requiere revelar información;
y
(d) La determinación de la
información a revelar sobre
todas esas partidas.
Esta Norma requiere
revelar información sobre
las relaciones entre partes
relacionadas,
- transacciones,
- saldos pendientes,
- incluyendo compromisos,
en los estados financieros
consolidados y separados.
Las transacciones y los saldos
pendientes entre partes
relacionadas con otras
entidades de un grupo se
revelarán en los estados
financieros de la entidad.
04
02
03
Las relaciones entre partes
relacionadas son una
característica normal del
comercio y de los negocios.
01
El conocimiento de las
transacciones, saldos
pendientes, incluyendo
compromisos, y relaciones de
una entidad con partes
relacionadas podría afectar a la
evaluación de sus operaciones
por los usuarios de los estados
financieros.
La relación entre partes
relacionadas puede tener efectos
sobre los resultados y la
situación financiera de una
entidad. Las partes relacionadas
pueden realizar transacciones
que otras partes, carentes de
relación, no podrían.
Los resultados y la situación
financiera de una entidad
pueden verse afectados por una
relación entre partes
relacionadas, incluso si no han
tenido lugar transacciones entre
dichas entidades.
Propósito
DEFINICIONES
Una parte
relacionada
Es una persona o entidad
que está relacionada con la
entidad que prepara sus
estados financieros
En esta Norma
denominada “la entidad
que informa”).
a. Una persona, o un familiar
cercano a esa persona, está
relacionada con una entidad
que informa si esa persona:
Ejerce control o control conjunto sobre la
entidad.
Ejerce influencia significativa.
Es un miembro del personal clave de la
gerencia de la entidad o de una
controladora de la entidad.
b. Una entidad está
relacionada con una entidad
que informa si le son
aplicables cualquiera de las
condiciones siguientes:
La entidad y la entidad que informa son
miembros del mismo grupo
Una entidad es una asociada o un
negocio conjunto de la otra entidad
Ambas entidades son negocios
conjuntos de la misma tercera parte.
La entidad está controlada o controlada
conjuntamente por una persona
identificada en (a).
DEFINICIONES
Una transacción entre
partes relacionadas
es una transferencia de
recursos, servicios u
obligaciones entre una entidad
que informa y una parte
relacionada.
Personal clave de la
gerencia
Aquellos que tienen autoridad y
responsabilidad para planificar,
dirigir y controlar las actividades
de la entidad, directa o
indirectamente, incluyendo
cualquier director o administrador.
Una parte relacionada
del gobierno
Es una entidad que está
controlada, controlada
conjuntamente o influida de
forma significativa por un
gobierno.
DEFINICIONES
En el contexto de esta Norma,
los siguientes casos no se
consideran partes
relacionadas:
Dos entidades por el solo hecho de tener en común un director o
administrador u otro miembro del personal clave de la gerencia o
porque un miembro del personal clave de la gerencia de una entidad
tenga influencia significativa sobre la otra entidad.
Dos participantes en un negocio conjunto, por el solo hecho de tener
control conjunto sobre el negocio conjunto.
proveedores de financiación
sindicatos;
entidades de servicios públicos
departamentos y agencias de un gobierno que no controla,
controla conjuntamente o influye de forma significativa a la
entidad que informa
Un cliente, proveedor, franquiciador, distribuidor o agente en
exclusiva con los que una entidad realice un volumen significativo de
transacciones.
Deberán revelar las relaciones
entre una controladora y sus
subsidiarias
independientemente de si ha
habido transacciones entre ellas.
Revelará el nombre de su
controladora y, si fuera
diferente, el de la parte
controladora última.
Revelará las remuneraciones del
personal clave de la gerencia en
total y para cada unade las
siguientes categorías:
• (a) beneficios a los empleados a
corto plazo;
• (b) beneficios post-empleo;
• (c) otros beneficios a largo plazo;
• (d) beneficios por terminación; y
• (e) pagos basados en acciones.
INFORMACION A REVELAR
1. Todas las entidades
Todas las Entidades
Si una entidad ha tenido transacciones con partes relacionadas
deberá revelar:
INFORMACION A REVELAR
• (a) Compras o ventas de bienes (terminados o no);
• (b) Compras o ventas de inmuebles y otros activos;
• (c) Prestación o recepción de servicios;
• (d) Arrendamientos;
• (e) Transferencias de investigación y desarrollo;
• (f ) Transferencias en función de acuerdos de licencias;
Si una entidad ha tenido transacciones con partes
relacionadas deberá revelar:
INFORMACION A REVELAR
• (g) transferencias realizadas en función de acuerdos de
financiación(h) otorgamiento de garantías colaterales y
avales;
• (i) compromisos de hacer algo si ocurre o no un suceso
concreto en el futuro, incluyendo contratos por ejecutar
• (j) la liquidación de pasivos en nombre de la entidad, o por la
entidad en nombre de esa parte relacionada.
PARRAFO 18 Si una entidad ha tenido transacciones con partes
relacionadas durante los periodos cubiertos por los estados
financieros, Como mínimo, la información a revelar incluirá:
• (a) el importe de las transacciones;
• (b) el importe de los saldos pendientes, incluyendo compromisos,
y:
• (i)sus plazos y condiciones, incluyendo si están garantizados, así como la
naturaleza de la contraprestación fijada para su liquidación; y
• (ii) detalles de cualquier garantía otorgada o recibida;
INFORMACION A REVELAR
Si una entidad ha tenido transacciones con partes
relacionadas durante los periodos cubiertos por los estados
financieros, Como mínimo, la información a revelar incluirá:
• (c) estimaciones por deudas de dudoso cobro relativas a
importes incluidos en los saldos pendientes; y
• (d) el gasto reconocido durante el periodo relativo a las deudas
incobrables o de dudoso cobro, procedentes de partes
relacionadas.
INFORMACION A REVELAR
La información a revelar requerida por el párrafo 18 se suministrará, por separado,
para cada una de las siguientes categorías:
(a) la
contr
olado
ra;
(b)
entida
des
con
contr
ol
conju
nto o
influe
ncia
signifi
cativa
sobre
la
entida
d;
(c)
subsid
iarias;
(d)
asocia
das;
(e)
negoci
os
conju
ntos
en los
que la
entida
d es
un
partici
pante
en el
negoci
o
conju
nto;
(f )
perso
nal
clave
de la
geren
cia de
la
entida
d o
de su
contr
olado
ra; y
(g)
otras
partes
relaci
onada
s.
Una entidad que informa está exenta de los requerimientos
de información a revelar del párrafo 18.
Si una entidad que informa aplica la exención del
párrafo 25, revelará la siguiente información sobre
las transacciones y saldos pendientes
Al determinar el nivel de detalle
a revelar de acuerdo con los requerimientos del
párrafo 26(b), la entidad que informa considerará
(a) es importante en
términos de
tamaño;;
(b) se llevó a cabo
en condiciones
distintas a las
de mercado;;
(c) se realizó al margen
de las operaciones diarias
del negocio, tales como la
compra y venta de
negocios;
(d) se reveló a las
autoridades
reguladoras y de
supervisión;
(e) se informó a la
alta dirección;
INFORMACION A REVELAR
2. Entidades relacionadas del gobierno
CASO NIC 24
La empresa ABC S.A. es una entidad que tiene su matriz
en un país vecino al que le ha vendido mercaderías
durante el ejercicio 2011 y 2012, el costo total de las
ventas efectuadas a la empresa relacionada son las
siguientes:
Para el ejercicio 2011 S/. 365,800.00
Para el ejercicio 2012 S/. 152,200.00
El ingreso generado por la venta de las mercaderías
son las siguientes:
Para el ejercicio 2011 S/. 505,800.00
Para el ejercicio 2012 S/. 210,450.00
El nombre de la matriz que es la controladora es EBC
International.
Se solicita:
Revelar el hecho económico en los EE.FF
NIC 28:
Inversiones en Asociadas y
Negocios conjuntos
OBJETIVO
La contabilidad de las inversiones
Los requerimientos para la
aplicación del método de
participación patrimonial al
contabilizar inversiones.
Asociadas
Asociadas
Negocios conjuntos
Preescribir:
ALCANCE
Entidades
que sean
inversores
como:
Participada
Aplicará a:
Control conjunto
Influencia significativa
DEFINICIONES
Asociada
Es una entidad sobre la que
el inversor tiene una
influencia significativa.
Estados financieros
consolidados
Son los estados financieros de un
grupo en el que los activos,
pasivos, patrimonio, ingresos,
gastos, y flujos de efectivo de la
controladora y sus subsidiarias
se presentan como si se tratase
de una sola entidad económica.
Método de la
participación
Método de contabilización
según el cual la inversión se
registra inicialmente al costo,
y es ajustada posteriormente
por los cambios posteriores a
la adquisición en la parte del
inversor de los activos netos
de la participada.
Acuerdo conjunto
Es un acuerdo mediante el
cual dos o más partes
mantienen control conjunto.
Control Conjunto
Es el reparto del control
contractualmente decidido de un
acuerdo, que existe solo cuando
las decisiones sobre las
actividades relevantes requieren
el consentimiento unánime de las
partes que comparten el control.
Participante en un
negocio conjunto
Es una parte de un negocio
conjunto que tiene control
conjunto sobre éste.
DEFINICIONES
INFLUENCIA SIGNIFICATIVA
Se presume que la entidad ejerce influencia significativa si:
Entidad Subsidiaria A
Subsidiaria B
Indirecta
90%
45%
Directa
41%
• Posee directa e indirectamente
• El 20% o más del poder de voto de la participada
• A menos que pueda demostrarse claramente la influencia no existe
De forma inversa
se presume que la
entidad no ejerce
influencia
significativa si:
• Posee directa o
indirectamente menos
del 20% de poder de
voto de la participada.
• A menos que pueda
demostrarse que
existe tal influencia.
DISCONTINUACIÓN DEL USO DEL
METODO DE LA PARTICIPACIÓN
Son solo en 3 casos en los cuales se detiene el método ya que la
inversión deja de ser una asociada o negocio conjunto:
- Cuando la inversión pasa a ser una subsidiaria
- Cuando la participación retenida en el negocio conjunto es un
activo financiero
- Cuando los importes reconocidos en relación a la inversión
hubieran sido dispuestos
CAMBIOS EN LA PARTICIPACIÓN EN LA
PROPIEDAD
Si una participación en la propiedad se reduce, pero la
inversión sigue clasificada como asociada o negocio, la
entidad reclasificará al resultado del periodo la parte de
la ganancia o pérdida reconocida en otro resultado
integral relativo a la reducción.
PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA
PARTICIPACIÓN
-La participación de una asociada o negocio conjunto
serán la suma de las participaciones mantenidas de la
misma por la controladora y sus subsidiarias.
Cuando una asociada o negocio conjunto tenga
subsidiarias, asociadas ,negocios conjuntos, el
resultado del periodo, otro resultado integral y los
activos netos tenidos en cuenta para aplicar el método
de la participación serán los reconocidos en los
estados financieros de la asociada o negocio conjunto
-Las ganancias y pérdidas procedentes de
transacciones ascendentes y descendentes se
reconocerán en los estados financieros de la entidad.
-Si las transacciones descendentes evidencian
reducción en el valor neto realizable de los activos por
vender, las pérdidas las reconoce el inversor.
Caso contrario si las transacciones ascendentes
evidencian reducción en el valor neto realizable de los
activos por comprar, el inversor reconocerá su
PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA
PARTICIPACIÓN
PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA
PARTICIPACIÓN
-La ganancia o pérdida procedente de la aportación de
activos no monetarios que carezca de sustancia
comercial se considerará como no realizada y se
eliminarán contra la inversión contabilizada utilizando
el método de la participación y a su vez no se
presentará ganancias o pérdidas diferidas en el estado
de situación financiera consolidado de la entidad.
PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA
PARTICIPACIÓN
Se utiliza desde que la inversión pasa a ser una
asociada o negocio conjunto. Cualquier diferencia entre
el costo de la inversión y la parte de la entidad en el
valor razonable neto, se contabilizará de la forma
siguiente:
-La plusvalía relacionada con una asociada o negocio
conjunto se incluirá en el importe en libros de la
inversión.
-Los excesos se incluirán en el ingreso para la
determinación de la parte de la entidad
PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA
PARTICIPACIÓN
-Al aplicar el método de la participación, se utilizarán
los estados financieros disponibles más recientes de la
asociada o negocio conjunto.
-Si de acuerdo a lo anterior los estados financieros
utilizados se refirieran a una fecha diferente se
aplicarán los ajustes pertinentes.
PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA
PARTICIPACIÓN
-Los estados financieros de la entidad se elaborarán
aplicando políticas contables uniformes para todas las
transacciones
-De acuerdo a lo anterior si se aplicarán diferentes
políticas contables entre la entidad y la asociada o
negocio conjunto se realizarían los ajustes pertinentes
con el fin de aplicar el método de participación.
PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA
PARTICIPACIÓN
-Si la parte de una entidad en las pérdidas de una
asociada o negocio conjunto iguala o excede su
participación en las mismas, la entidad dejará de
reconocer su participación en las pérdidas adicionales.
- Si la participación de la entidad llega a cero, las
pérdidas adicionales se mantendrán y se reconocerán
en un pasivo, si la asociada o negocio conjunto percibe
ganancias posteriores se reanudará el reconomiento de
participación cuando las mismas hayan superado a las
pérdidas no reconocidas
- Cuando se haya aplicado el método de la participación se determinará si
hay pérdida por deterioro en el valor de la inversión solo en los siguientes
sucesos:
(a) dificultades financieras significativas
(b) infracciones del contracto
(c) la entidad, por razones económicas o legales otorga concesiones
(d) pase a ser probable que la asociada o negocio conjunto entren en quiebra
(e) dificultades financieras de la asociada o negocio conjunto.
PÉRDIDAS POR DETERIORO DEL VALOR
ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS
Una inversión en una asociada o negocio conjunto se
contabilizará en los estados financieros separados de
la entidad de acuerdo con el párrafo 10 de la NI 27
FECHA DE VIGENCIA Y TRANSICIÓN
Su aplicación empieza desde el 01 de Enero del 2013,
se permite su aplicación anticipada.
NIIF 11:
Acuerdos Conjuntos
Establecer los principios para la
presentación de información financiera
por entidades que tengan una
participación en acuerdos que son
controlados conjuntamente.
OBJETIVO
ALCANCE
Se aplicará por todas la entidades que
sean una parte de un acuerdo conjunto.
ACUERDO
CONJUNTO
es un acuerdo mediante el cual
dos o más partes
mantienen control conjunto.
Características:
Las partes están obligadas por un acuerdo
contractual.
El acuerdo contractual otorga a dos o más
de esas partes control conjunto sobre el
acuerdo
CONTROL
CONJUNTO
Es el reparto del control contractualmente decidido
de un acuerdo, que existe solo cuando las
decisiones sobre las actividades relevantes
requieren el consentimiento unánime de las partes
que comparten el control.
Una entidad que es una parte de un acuerdo evaluará si el
acuerdo conjunto otorga a todas las partes, o a un grupo de
las partes, control del acuerdo de forma colectiva.
TIPO DE ACUERDO CONJUNTO
Operación Conjunta
Dependerá de los derechos y obligaciones de
las partes con respecto al acuerdo.
Negocio Conjunto
Las partes que tienen
control conjunto del acuerdo
tienen derecho a los activos
netos del acuerdo.
OPERACIÓN
CONJUNTA
NEGOCIO
CONJUNTO
Las partes que tienen control
conjunto del acuerdo tienen
derecho a los activos y
obligaciones con respecto a los
pasivos, relacionados con el
acuerdo
TIPOS DE ACUERDO CONJUNTO
Operadores Conjuntos
Participantes en un negocio
conjunto
Un participante de un negocio conjunto
reconocerá en relación con su participación
Operaciones
conjuntas
Negocios
Conjuntos
Un operador conjunto reconocerá en
relación con su participación
ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
Activos
Pasivos
Sus ingresos de actividades ordinarias procedentes de la
venta de su participación en el producto que surge de la
operación conjunta
Su participación en los ingresos de actividades ordinarias
procedentes de la venta del producto que realiza la operación
conjunta
Sus Gastos.
Como una inversión y
contabilizará esa inversión
utilizando el método de la
participación de acuerdo con
la NIC 28 Inversiones en
Asociadas y Negocios
Conjuntos a menos que la
entidad esté exenta de
aplicar el método de la
participación tal como se
especifica en esa norma.
Un participante de un negocio conjunto
reconocerá en relación con su participación
Operaciones
conjuntas
Negocios
Conjuntos
Un operador conjunto reconocerá en relación
con su participación
ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS
Activos
Pasivos
Sus ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta
de su participación en el producto que surge de la operación
conjunta
Su participación en los ingresos de actividades ordinarias
procedentes de la venta del producto que realiza la operación
conjunta
Sus Gastos.
Sera de acuerdo al
párrafo 10 de la
NIC 27
CASO NIIF 11
El 31 de diciembre del año 2018, la compañía Kamepa S.A.A. de Perú realizó un análisis de
las principales firmas internacionales para encontrar a un socio potencial para conformar
una asociación en participación (Joint Venture) que desea emprender. De los análisis e
investigaciones realizados se determinó como socio ideal a la empresa Santander
Co., de España. Después de un tiempo de negociaciones y comunicaciones recíprocas se
acordó constituir la asociación conformada por dos entidades denominadas: Adidas S.A. y
Marathom Co. ,controladas conjuntamente, cuyo inicio de operaciones es el 30 de junio
del año 2019.
Caso.-
Kamepa S.A.A. transfiere a Adidas S.A. dos terrenos cuyo valor en libros es de S/.950,000
cada uno, siendo su valor de mercado en S/.1’030,000 cada uno.
Se solicita:
Revelar la participación del acuerdo
conjunto en los EE.FF
CONCLUSIONES
▪ En general, los criterios de reconocimiento y medición (con sus respectivas revelaciones) para las inversiones permanentes
en la regulación peruana y en las NIIF, comparten el concepto de influencia y el método de registro del valor patrimonial,
como la opción para el registro y medición de las inversiones permanentes, a la vez que exigen el procedimiento de
consolidación cuando una entidad controla (o subordina) a otra.
▪ Las diferencias en el uso de los criterios corresponden al contexto específico de cada entidad, dado que en las NIIF la
evaluación de la influencia significativa y el control es más profunda que la exigida en la regulación peruana.
▪ Dado que los objetivos de los estándares internacionales son la transparencia, la fiabilidad y la comparabilidad de la
información financiera a nivel mundial, representa altos costos de transacción para las empresas colombianas que no
requieran el nivel de detalle que determinan las NIIF.
▪ Respecto a la NIC 28 es muy importante tener las condiciones necesarias para aplicar el método de la participación, ya que
la definición de negocio conjunto o asociada podría afectar la aplicación del método.

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Equipo 7 c. internacional nic 24, nic 28 y niif 11

  • 1. CONTABILIDAD INTERNACIONAL Docente: Talla Ramos, Sabino Integrantes: Alarcón Segura, Joseph Bravo Fernandez, Helen Guadalupe Caldas, Yimar Marín Moreno, Mariani Ocampo Umpire, Lelya Aula: 310 – N
  • 2. CONTENIDO NIC 24 NIC 28 01 02 NIIF 11 04 03 Conclusiones Objetivos | Alcance | Caso práctico Objetivos | Alcance | Caso práctico Objetivos | Alcance | Caso práctico
  • 3. NIC 24: Información a Revelar sobre Partes Relacionadas
  • 4. OBJETIVO NIC 24 Asegurar que los EE.FF. Su situación financiera de que Resultados del periodo y Contengan la información a revelar necesaria para poner de manifiesto Puedan haberse visto afectados por la existencia de partes relacionadas.
  • 5. ALCANCE Esta Norma se aplicará en: (a) La identificación de relaciones y transacciones entre partes relacionadas; (b) La identificación de saldos pendientes, incluyendo compromisos, entre una entidad y sus partes relacionadas; (c) La identificación de las circunstancias en las que se requiere revelar información; y (d) La determinación de la información a revelar sobre todas esas partidas. Esta Norma requiere revelar información sobre las relaciones entre partes relacionadas, - transacciones, - saldos pendientes, - incluyendo compromisos, en los estados financieros consolidados y separados. Las transacciones y los saldos pendientes entre partes relacionadas con otras entidades de un grupo se revelarán en los estados financieros de la entidad.
  • 6. 04 02 03 Las relaciones entre partes relacionadas son una característica normal del comercio y de los negocios. 01 El conocimiento de las transacciones, saldos pendientes, incluyendo compromisos, y relaciones de una entidad con partes relacionadas podría afectar a la evaluación de sus operaciones por los usuarios de los estados financieros. La relación entre partes relacionadas puede tener efectos sobre los resultados y la situación financiera de una entidad. Las partes relacionadas pueden realizar transacciones que otras partes, carentes de relación, no podrían. Los resultados y la situación financiera de una entidad pueden verse afectados por una relación entre partes relacionadas, incluso si no han tenido lugar transacciones entre dichas entidades. Propósito
  • 7. DEFINICIONES Una parte relacionada Es una persona o entidad que está relacionada con la entidad que prepara sus estados financieros En esta Norma denominada “la entidad que informa”). a. Una persona, o un familiar cercano a esa persona, está relacionada con una entidad que informa si esa persona: Ejerce control o control conjunto sobre la entidad. Ejerce influencia significativa. Es un miembro del personal clave de la gerencia de la entidad o de una controladora de la entidad. b. Una entidad está relacionada con una entidad que informa si le son aplicables cualquiera de las condiciones siguientes: La entidad y la entidad que informa son miembros del mismo grupo Una entidad es una asociada o un negocio conjunto de la otra entidad Ambas entidades son negocios conjuntos de la misma tercera parte. La entidad está controlada o controlada conjuntamente por una persona identificada en (a).
  • 8. DEFINICIONES Una transacción entre partes relacionadas es una transferencia de recursos, servicios u obligaciones entre una entidad que informa y una parte relacionada. Personal clave de la gerencia Aquellos que tienen autoridad y responsabilidad para planificar, dirigir y controlar las actividades de la entidad, directa o indirectamente, incluyendo cualquier director o administrador. Una parte relacionada del gobierno Es una entidad que está controlada, controlada conjuntamente o influida de forma significativa por un gobierno.
  • 9. DEFINICIONES En el contexto de esta Norma, los siguientes casos no se consideran partes relacionadas: Dos entidades por el solo hecho de tener en común un director o administrador u otro miembro del personal clave de la gerencia o porque un miembro del personal clave de la gerencia de una entidad tenga influencia significativa sobre la otra entidad. Dos participantes en un negocio conjunto, por el solo hecho de tener control conjunto sobre el negocio conjunto. proveedores de financiación sindicatos; entidades de servicios públicos departamentos y agencias de un gobierno que no controla, controla conjuntamente o influye de forma significativa a la entidad que informa Un cliente, proveedor, franquiciador, distribuidor o agente en exclusiva con los que una entidad realice un volumen significativo de transacciones.
  • 10. Deberán revelar las relaciones entre una controladora y sus subsidiarias independientemente de si ha habido transacciones entre ellas. Revelará el nombre de su controladora y, si fuera diferente, el de la parte controladora última. Revelará las remuneraciones del personal clave de la gerencia en total y para cada unade las siguientes categorías: • (a) beneficios a los empleados a corto plazo; • (b) beneficios post-empleo; • (c) otros beneficios a largo plazo; • (d) beneficios por terminación; y • (e) pagos basados en acciones. INFORMACION A REVELAR 1. Todas las entidades Todas las Entidades
  • 11. Si una entidad ha tenido transacciones con partes relacionadas deberá revelar: INFORMACION A REVELAR • (a) Compras o ventas de bienes (terminados o no); • (b) Compras o ventas de inmuebles y otros activos; • (c) Prestación o recepción de servicios; • (d) Arrendamientos; • (e) Transferencias de investigación y desarrollo; • (f ) Transferencias en función de acuerdos de licencias;
  • 12. Si una entidad ha tenido transacciones con partes relacionadas deberá revelar: INFORMACION A REVELAR • (g) transferencias realizadas en función de acuerdos de financiación(h) otorgamiento de garantías colaterales y avales; • (i) compromisos de hacer algo si ocurre o no un suceso concreto en el futuro, incluyendo contratos por ejecutar • (j) la liquidación de pasivos en nombre de la entidad, o por la entidad en nombre de esa parte relacionada.
  • 13. PARRAFO 18 Si una entidad ha tenido transacciones con partes relacionadas durante los periodos cubiertos por los estados financieros, Como mínimo, la información a revelar incluirá: • (a) el importe de las transacciones; • (b) el importe de los saldos pendientes, incluyendo compromisos, y: • (i)sus plazos y condiciones, incluyendo si están garantizados, así como la naturaleza de la contraprestación fijada para su liquidación; y • (ii) detalles de cualquier garantía otorgada o recibida; INFORMACION A REVELAR
  • 14. Si una entidad ha tenido transacciones con partes relacionadas durante los periodos cubiertos por los estados financieros, Como mínimo, la información a revelar incluirá: • (c) estimaciones por deudas de dudoso cobro relativas a importes incluidos en los saldos pendientes; y • (d) el gasto reconocido durante el periodo relativo a las deudas incobrables o de dudoso cobro, procedentes de partes relacionadas. INFORMACION A REVELAR
  • 15. La información a revelar requerida por el párrafo 18 se suministrará, por separado, para cada una de las siguientes categorías: (a) la contr olado ra; (b) entida des con contr ol conju nto o influe ncia signifi cativa sobre la entida d; (c) subsid iarias; (d) asocia das; (e) negoci os conju ntos en los que la entida d es un partici pante en el negoci o conju nto; (f ) perso nal clave de la geren cia de la entida d o de su contr olado ra; y (g) otras partes relaci onada s.
  • 16. Una entidad que informa está exenta de los requerimientos de información a revelar del párrafo 18. Si una entidad que informa aplica la exención del párrafo 25, revelará la siguiente información sobre las transacciones y saldos pendientes Al determinar el nivel de detalle a revelar de acuerdo con los requerimientos del párrafo 26(b), la entidad que informa considerará (a) es importante en términos de tamaño;; (b) se llevó a cabo en condiciones distintas a las de mercado;; (c) se realizó al margen de las operaciones diarias del negocio, tales como la compra y venta de negocios; (d) se reveló a las autoridades reguladoras y de supervisión; (e) se informó a la alta dirección; INFORMACION A REVELAR 2. Entidades relacionadas del gobierno
  • 17. CASO NIC 24 La empresa ABC S.A. es una entidad que tiene su matriz en un país vecino al que le ha vendido mercaderías durante el ejercicio 2011 y 2012, el costo total de las ventas efectuadas a la empresa relacionada son las siguientes: Para el ejercicio 2011 S/. 365,800.00 Para el ejercicio 2012 S/. 152,200.00 El ingreso generado por la venta de las mercaderías son las siguientes: Para el ejercicio 2011 S/. 505,800.00 Para el ejercicio 2012 S/. 210,450.00 El nombre de la matriz que es la controladora es EBC International. Se solicita: Revelar el hecho económico en los EE.FF
  • 18. NIC 28: Inversiones en Asociadas y Negocios conjuntos
  • 19. OBJETIVO La contabilidad de las inversiones Los requerimientos para la aplicación del método de participación patrimonial al contabilizar inversiones. Asociadas Asociadas Negocios conjuntos Preescribir:
  • 21. DEFINICIONES Asociada Es una entidad sobre la que el inversor tiene una influencia significativa. Estados financieros consolidados Son los estados financieros de un grupo en el que los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos, y flujos de efectivo de la controladora y sus subsidiarias se presentan como si se tratase de una sola entidad económica. Método de la participación Método de contabilización según el cual la inversión se registra inicialmente al costo, y es ajustada posteriormente por los cambios posteriores a la adquisición en la parte del inversor de los activos netos de la participada.
  • 22. Acuerdo conjunto Es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto. Control Conjunto Es el reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control. Participante en un negocio conjunto Es una parte de un negocio conjunto que tiene control conjunto sobre éste. DEFINICIONES
  • 23. INFLUENCIA SIGNIFICATIVA Se presume que la entidad ejerce influencia significativa si: Entidad Subsidiaria A Subsidiaria B Indirecta 90% 45% Directa 41% • Posee directa e indirectamente • El 20% o más del poder de voto de la participada • A menos que pueda demostrarse claramente la influencia no existe De forma inversa se presume que la entidad no ejerce influencia significativa si: • Posee directa o indirectamente menos del 20% de poder de voto de la participada. • A menos que pueda demostrarse que existe tal influencia.
  • 24. DISCONTINUACIÓN DEL USO DEL METODO DE LA PARTICIPACIÓN Son solo en 3 casos en los cuales se detiene el método ya que la inversión deja de ser una asociada o negocio conjunto: - Cuando la inversión pasa a ser una subsidiaria - Cuando la participación retenida en el negocio conjunto es un activo financiero - Cuando los importes reconocidos en relación a la inversión hubieran sido dispuestos
  • 25. CAMBIOS EN LA PARTICIPACIÓN EN LA PROPIEDAD Si una participación en la propiedad se reduce, pero la inversión sigue clasificada como asociada o negocio, la entidad reclasificará al resultado del periodo la parte de la ganancia o pérdida reconocida en otro resultado integral relativo a la reducción.
  • 26. PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN -La participación de una asociada o negocio conjunto serán la suma de las participaciones mantenidas de la misma por la controladora y sus subsidiarias. Cuando una asociada o negocio conjunto tenga subsidiarias, asociadas ,negocios conjuntos, el resultado del periodo, otro resultado integral y los activos netos tenidos en cuenta para aplicar el método de la participación serán los reconocidos en los estados financieros de la asociada o negocio conjunto
  • 27. -Las ganancias y pérdidas procedentes de transacciones ascendentes y descendentes se reconocerán en los estados financieros de la entidad. -Si las transacciones descendentes evidencian reducción en el valor neto realizable de los activos por vender, las pérdidas las reconoce el inversor. Caso contrario si las transacciones ascendentes evidencian reducción en el valor neto realizable de los activos por comprar, el inversor reconocerá su PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN
  • 28. PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN -La ganancia o pérdida procedente de la aportación de activos no monetarios que carezca de sustancia comercial se considerará como no realizada y se eliminarán contra la inversión contabilizada utilizando el método de la participación y a su vez no se presentará ganancias o pérdidas diferidas en el estado de situación financiera consolidado de la entidad.
  • 29. PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN Se utiliza desde que la inversión pasa a ser una asociada o negocio conjunto. Cualquier diferencia entre el costo de la inversión y la parte de la entidad en el valor razonable neto, se contabilizará de la forma siguiente: -La plusvalía relacionada con una asociada o negocio conjunto se incluirá en el importe en libros de la inversión. -Los excesos se incluirán en el ingreso para la determinación de la parte de la entidad
  • 30. PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN -Al aplicar el método de la participación, se utilizarán los estados financieros disponibles más recientes de la asociada o negocio conjunto. -Si de acuerdo a lo anterior los estados financieros utilizados se refirieran a una fecha diferente se aplicarán los ajustes pertinentes.
  • 31. PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN -Los estados financieros de la entidad se elaborarán aplicando políticas contables uniformes para todas las transacciones -De acuerdo a lo anterior si se aplicarán diferentes políticas contables entre la entidad y la asociada o negocio conjunto se realizarían los ajustes pertinentes con el fin de aplicar el método de participación.
  • 32. PROCEDIMIENTOS DEL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN -Si la parte de una entidad en las pérdidas de una asociada o negocio conjunto iguala o excede su participación en las mismas, la entidad dejará de reconocer su participación en las pérdidas adicionales. - Si la participación de la entidad llega a cero, las pérdidas adicionales se mantendrán y se reconocerán en un pasivo, si la asociada o negocio conjunto percibe ganancias posteriores se reanudará el reconomiento de participación cuando las mismas hayan superado a las pérdidas no reconocidas
  • 33. - Cuando se haya aplicado el método de la participación se determinará si hay pérdida por deterioro en el valor de la inversión solo en los siguientes sucesos: (a) dificultades financieras significativas (b) infracciones del contracto (c) la entidad, por razones económicas o legales otorga concesiones (d) pase a ser probable que la asociada o negocio conjunto entren en quiebra (e) dificultades financieras de la asociada o negocio conjunto. PÉRDIDAS POR DETERIORO DEL VALOR
  • 34. ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS Una inversión en una asociada o negocio conjunto se contabilizará en los estados financieros separados de la entidad de acuerdo con el párrafo 10 de la NI 27 FECHA DE VIGENCIA Y TRANSICIÓN Su aplicación empieza desde el 01 de Enero del 2013, se permite su aplicación anticipada.
  • 36. Establecer los principios para la presentación de información financiera por entidades que tengan una participación en acuerdos que son controlados conjuntamente. OBJETIVO ALCANCE Se aplicará por todas la entidades que sean una parte de un acuerdo conjunto.
  • 37. ACUERDO CONJUNTO es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto. Características: Las partes están obligadas por un acuerdo contractual. El acuerdo contractual otorga a dos o más de esas partes control conjunto sobre el acuerdo
  • 38. CONTROL CONJUNTO Es el reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control. Una entidad que es una parte de un acuerdo evaluará si el acuerdo conjunto otorga a todas las partes, o a un grupo de las partes, control del acuerdo de forma colectiva.
  • 39.
  • 40. TIPO DE ACUERDO CONJUNTO Operación Conjunta Dependerá de los derechos y obligaciones de las partes con respecto al acuerdo. Negocio Conjunto
  • 41. Las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derecho a los activos netos del acuerdo. OPERACIÓN CONJUNTA NEGOCIO CONJUNTO Las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derecho a los activos y obligaciones con respecto a los pasivos, relacionados con el acuerdo TIPOS DE ACUERDO CONJUNTO Operadores Conjuntos Participantes en un negocio conjunto
  • 42. Un participante de un negocio conjunto reconocerá en relación con su participación Operaciones conjuntas Negocios Conjuntos Un operador conjunto reconocerá en relación con su participación ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Activos Pasivos Sus ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de su participación en el producto que surge de la operación conjunta Su participación en los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta del producto que realiza la operación conjunta Sus Gastos. Como una inversión y contabilizará esa inversión utilizando el método de la participación de acuerdo con la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos a menos que la entidad esté exenta de aplicar el método de la participación tal como se especifica en esa norma.
  • 43. Un participante de un negocio conjunto reconocerá en relación con su participación Operaciones conjuntas Negocios Conjuntos Un operador conjunto reconocerá en relación con su participación ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS Activos Pasivos Sus ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de su participación en el producto que surge de la operación conjunta Su participación en los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta del producto que realiza la operación conjunta Sus Gastos. Sera de acuerdo al párrafo 10 de la NIC 27
  • 44. CASO NIIF 11 El 31 de diciembre del año 2018, la compañía Kamepa S.A.A. de Perú realizó un análisis de las principales firmas internacionales para encontrar a un socio potencial para conformar una asociación en participación (Joint Venture) que desea emprender. De los análisis e investigaciones realizados se determinó como socio ideal a la empresa Santander Co., de España. Después de un tiempo de negociaciones y comunicaciones recíprocas se acordó constituir la asociación conformada por dos entidades denominadas: Adidas S.A. y Marathom Co. ,controladas conjuntamente, cuyo inicio de operaciones es el 30 de junio del año 2019. Caso.- Kamepa S.A.A. transfiere a Adidas S.A. dos terrenos cuyo valor en libros es de S/.950,000 cada uno, siendo su valor de mercado en S/.1’030,000 cada uno. Se solicita: Revelar la participación del acuerdo conjunto en los EE.FF
  • 45. CONCLUSIONES ▪ En general, los criterios de reconocimiento y medición (con sus respectivas revelaciones) para las inversiones permanentes en la regulación peruana y en las NIIF, comparten el concepto de influencia y el método de registro del valor patrimonial, como la opción para el registro y medición de las inversiones permanentes, a la vez que exigen el procedimiento de consolidación cuando una entidad controla (o subordina) a otra. ▪ Las diferencias en el uso de los criterios corresponden al contexto específico de cada entidad, dado que en las NIIF la evaluación de la influencia significativa y el control es más profunda que la exigida en la regulación peruana. ▪ Dado que los objetivos de los estándares internacionales son la transparencia, la fiabilidad y la comparabilidad de la información financiera a nivel mundial, representa altos costos de transacción para las empresas colombianas que no requieran el nivel de detalle que determinan las NIIF. ▪ Respecto a la NIC 28 es muy importante tener las condiciones necesarias para aplicar el método de la participación, ya que la definición de negocio conjunto o asociada podría afectar la aplicación del método.