1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE
AMBATO
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y
CIENCIAS SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
ANA GAVILÁNEZ
DERECHO ROMANO
2. FUENTES DEL DERECHO
Se divide en 4 ciclos:
Período Derecho Quiritario .- Es Costumbre
Período Derecho Honorario.- Gentes
Período Derecho de la Jurisprudencia.-
Tener modelo o ejemplo – Sentencias
Período Derecho de la Codificación.-
Ordenar una ley – Numerar de acuerdo a
Roma
3. PERÍODO DERECHO QUIRITARIO
Es el primer orden legal de toda la
civilización.
Es nacionalista es Roma.
Nace el Derecho Consuetudinario que es
oral, va de generación en generación
Era nacional.- Propio de roma
Era Rudo.- actúa por instinto
Es empírico ya que no está comprobado
Es única mente formal
4. PERÍODO DERECHO HONORARIO
Re s ul t a l a Je ra rq uí a . - Po n e r e n o rde n l a q ue t ra t a .
La pri m e ra Je ra rq uí a . - Ley m a g ist ra da q ue da e l M o n a rc a s o n :
1 . - E d i c to s . - La di c t a ba e l M o n a rc a pa ra un a ñ o , s o n l o s de c reto s de l a
a uto ri da d s e da e n Ta bl a s B l a n c as.
2 . - L ey C o m ic ial. - Lo h i c i ero n l o s pa t ri c i o s pa ra e l pue bl o , e s e l re s um e n de l o s
e di c to s
H ubo 3 t i po s de e s t a l ey.
Re g a t a e . - Se re fi e re a l a o fe r t a y de m a n da pe ro s o l o l o s pa t ri c i o s
E l pue bl o s e de di c a a c o n s umir y a l a s Pe rm ut a s
On t a e . - So n l eye s pa ra l o s pe re g ri n os a l a s prov i n c ias
D i c t a e .- E s un a l ey a dm i n ist rat iva. Apa re c e l a e s t ruc t ura o rg á n i ca y fun c i o n al
de l pue bl o de Ro m a
La pe r s o n a q ue n o c um pl e s e a pl i c a e l j ui c i o a dm i n ist rat ivo, e s to a pa re c e y l o
m á x imo e s s u de s t i t uc i ón .
3 . - P l e bic ito . - Se l o re a l i z a a l pue bl o c o m o c o n s t it uc ión
E s e l c a m bi o e s t ruc t ura l , e s un a c o n s ul t a, s o l o e l pue bl o te n í a vo z y n o voto .
E s un a c o n s ul t a ( e s l a re s pue s t a Jurí di c a c o n n o rm a t ivo e l a bo ra do po r
re pre s e nt ante s n a c i o n ales) po rq ue e s te n o rm a t ivo e s e l c a m bi o tot a l de l a l ey.
To do pa s a a l a Ley H o r te n c i a
5. PERÍODO DEL DERECHO DE LA
JURISPRUDENCIA
Son casos juzgados, son prototipos
Péritos.- son expertos – especialistas en
algo.
Deben ser designados por los patricios
(ellos califican a los peritos, se los Severos
se los llamaba)
Los Severos – especialistas se transforma
en ciencia es la Doctrina (obras de un
tema). Es lo científico de un tema.
6. FUENTES DE LA CODIFICACIÓN
Es un orden, deben estar con normas y con jerarquía
Hay los Papiros Redondos
Todos van de acuerdo a las manillas del reloj
Nuestra Codificación está así:
Titulo
Capítulos
Sección
Articulo
Numerales
Literales
Incisos
7. DERECHO ROMANO
DERECHO PÚBLICO
Es el Estado
Lo superior
Es lo que administra la cosa pública de las instituciones del
estado
Aquí viene el IUS GENTIUM o IUS PEREGRINO
DERECHO PRIVADO
IUS FAMILI – DERECHO PERSONAL
Administra la cosa privada
Este es un derecho inferior al derecho publico
IUS CIVILIS – viene de ROMA
8. TEORIAS DEL DERECHO PÚBLICO Y
PRIVADO
Hay 3 características:
CONTENIDO
Si no hay derecho público, no hay derecho
privado
Si no hay estado no hay personas
Esto de acuerdo a la DOCTRINA
Aparecen muchas doctrinas y son doctrinas
positivas
9. TEORIAS DEL DERECHO PÚBLICO Y
PRIVADO
2.- NATURALEZA
Viene de la Divinidad.- Es ley Eterna / que es Derecho Publico
Desciende a la tierra; que esta ley natural y de origen al
Derecho Privado
3.-FORMA
Se dividen en dos clases de personas
Derecho Privado Derecho Público
Nativo – Naturales
Persona Jurídica
Son – yo – tú – él – nos. – vos. – ellos Son los edificios
que tiene un representante legal
Aquí se crea una ley – que es la ley de los Muertos
10. OPOSICIÓN DEL DERECHO PÚBLICO Y
PRIVADO
OPOSICIÓN DEL DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO
Son juristas, españoles; ellos dicen que estamos equivocados:
- Frana Giner Ríos Roma
- Adolfo Posada
Constituye que no existe diferencia entre el derecho Público y Privado
Ellos crean una escuela y dicen que uno de los requisitos del Derecho es
que:
Legislación Privada
Derecho
Legislación Pública
11. DERECHO CIVIL
Es individual
Se Origina:
De las necesidades de las personas.
Aquí aparece el libro 1º las Personas porque con
esto satisfacían sus necesidades. Es el sujeto del
derecho
Como satisficieron sus necesidades necesitaron
los bienes y este es el libro 2º
El libro 3º son las obligaciones
El libro 4º habla de las sucesiones
Aquí habla de los que Heredan
12. AQUÍ APARECEN LOS SIGUIENTES
DERECHOS:
Derecho Civil
Derecho Trabajo
Derecho Comercial
Derecho Económico
Derecho Minero
Derecho Rural
Derecho Internacional Privado
13. PERSONAS
Para ser persona
Debe tener vida (Roma desde que nace)
Tiene que estar sujeto de crédito (tiene
derechos)
La persona debe tener deudas
(dependencia a la autoridad)
Capacidad Patrimonio (es valor económico
único)
14. 1.- ESTADO DE LIBERTAD
El que no tenga liber tad no es per sona
Tener: Derechos, garantías, voluntad, forma humana
Poder:
Cuida la patria potestad y la agnación
Cuidar de no caer en prostitución y la miseria
Todo miserable es delincuente
Liber tad:
Nacimiento
Haber triunfado, héroe mas de 3 guerras
Manumisión (nacer de nuevo) solo para los esclavos, per sona de 2º
Divinidad
Esclavo:
Nacimiento
Prisionero de guerra
Penas
Clase obscura
15. MANUMISIÓN
Habla de los esclavos
Por su descendencia:
Son pobres en dinero
Miseria (acostumbrados a no tener nada y
vivir así)
Ser delincuentes
Tener la sangre contaminada
16. CLASES DE MANUMISIÓN
Manumisión Censu
Son datos estadísticos, matemáticos ellos lo
conocen con Pitagóricamente. En esa época
querían saber cuántos patricios y esclavos
habían y se lo hacía cada año para saber
cuántos bienes tenían los patricios.
Con esta manumisión había que costar que
esclavo era ya libre, lo tenía que hacer por
escrito que era una certificación de autoridad
(ahí llamamos La fe Pública.)
17. CLASES DE MANUMISIÓN
Manumisión por Testamento
Solo el cuarto de mejoras les pertenecía a los
esclavos y por eso el patricio le deba la libertad
pero el requisito para ser libre tenía que tener la
otra cuarta parte.
Todo por escrito
Siempre con certificación de autoridad
Una vez que fallece el patricio, en el traslado
nuestro esclavo, el esclavo tiene que
identificarse con una gorra, y debe aparecerse 5
testigos (deben ser los mismos que certificaron.)
18. CLASES DE MANUMISIÓN
Manumisión Natural
Si el patricio tiene hijos contaminados ( o
sea tuvo un hijo con una esclava) tiene la
potestad de tener la libertad por medio de la
divinidad (solo certifica el patricio Sabio o el
Rabino.)
19. 2.- ESTADO DE CIUDADANÍA
Se divide en dos partes:
Ciudadano Romano
Es el que tiene derechos / obligaciones
Pertenece a un estado libre
soberano, independiente
Ciudadano Peregrino
Es el IUS GENTIUM
No tiene derecho
Porque es un APATRIA
Tiene obligaciones
20. 3.- ESTADO DE FAMILIA
En el Estado de Roma hay que fijarse en tres aspectos:
Política.- Busca el SUMAK KAUSAY
PATER: era vertical, eran los encargados de dar la salud,
estudio pero si es necesario.
Para cumplir los derechos que eran convenientes.
Los privilegios tenían y decidía el Pater.
Económico.- la economía es pobreza y todo se resume a:
Sus medios de producción y se encuentran en el Pater Family
y el que produce es el Pueblo.
Capacidad.-
Son habilidades y destrezas para hacer algo
Habilidad.- Es hacer bien las cosas aceptables
Destreza.- Es hacer y disfrutar
En Roma solo el Pater es el hábil y capaz,
21. FAMILIA
Aparece por la Muerte, pero solo acontece
en el Derecho Romano
Se da en la muerte del Pater Familia
Nace con los hijos varones como cabezas
de Familia
Estirpe-Casta.- Aparece el parentesco, por
vínculo por célula familiar