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Corte Suprema permite a la mujer
violada a abortar
       El 9 de octubre de 2012, activistas a favor del derecho al aborto
manifiestan frente a un hospital público de Buenos Aires, donde una jueza
impidió que se le realizara un aborto a una mujer rescatada de una banda de
trata de personas. La Corte Suprema falló el viernes 12 de octubre de 2012 que
se debe permitir a la mujer de 32 años interrumpir el embarazo. El aborto está
permitido en la Argentina en casos de violación o para proteger la salud de la
mujer.

       La Corte Suprema de Justicia ordenó que se practique un aborto en esta
capital a una mujer víctima de la trata de personas, revirtiendo el fallo contrario
de una jueza, e instó a que las interrupciones de embarazos que están
permitidas no sufran trabas en los tribunales de Argentina.

       El aborto estaba programado para el martes en el hospital público Ramos
Mejía, pero ese día un fallo de la jueza nacional del fuero civil Myriam Rustán
de Estrada impidió a la mujer interrumpir su embarazo a instancias del pedido
de una ONG antiabortista.

       Pablo Vicente, abogado de la mujer que apeló la medida de la jueza,
señaló el viernes a medios de prensa que su cliente siente "una alegría grande".
"Pero lamentamos haber llegado a esta instancia", sostuvo. Se prevé que la
intervención quirúrgica se realizará en las próximas horas en algún hospital
público de la ciudad.

       La Corte Suprema decidió revocar la medida cautelar que había frenado
la operación e instó a las autoridades de la capital argentina a garantizar su
puesta en práctica. El alto tribunal ratificó así una resolución que dio a conocer
en marzo, que considera no punible el aborto por parte de cualquier mujer
violada y que buscaba zanjar las controversias sobre este asunto.

        La mujer que pretende interrumpir su embarazo fue violada durante su
secuestro por una red de trata de personas en el sur del país de la que consiguió
huir. La víctima se acogió al protocolo médico del Ministerio de Salud
capitalino que respeta la posición de la Corte Suprema al respecto, para solicitar
la intervención quirúrgica en las primeras doce semanas de gestación.

       "El estado no puede confiscar el vientre de las mujeres", dijo el viernes a
The Associated Press Fernando Lozada, representante de la Asociación Civil
Ateos de la ciudad de Mar del Plata en la Coalición Argentina por un Estado
Laico. Lozada se lamentó de que este tipo de controversias volverán a ocurrir en
el corto plazo en Argentina por la actitud de sectores "reaccionarios", y en ese
sentido instó a que el Congreso apruebe una "ley de aborto legal seguro y
gratuito" que garantice el derecho a abortar a cualquier mujer, sin condiciones.

       "Creo que eso no llevará tanto tiempo, cada vez son más los legisladores
y los movimientos de mujeres que reclaman el aborto libre, la sociedad está
tendiendo a eso", sostuvo al hacer referencia a la conquista de "otros derechos
civiles" en su país, como el matrimonio entre homosexuales.

       En su fallo de anoche, la Corte Suprema también exhortó a los poderes
judiciales nacionales y provinciales del país a que "se abstengan de judicializar
el acceso a los abortos no punibles".

       El expediente con el caso de esta mujer pasó por varias instancias
judiciales antes de llegar al máximo tribunal. En ese proceso, la jueza Rustán de
Estrada fue apartada de la causa por un tribunal de apelaciones, que asignó el
expediente a otro magistrado, quien aceptó las apelaciones presentadas por la
víctima de la trata de personas y el gobierno capitalino.

        El propio alcalde de Buenos Aires, Mauricio Macri, había anunciado días
atrás la realización del aborto autorizado a la mujer violada, lo que fue
considerado un error por sus opositores ya que puso en guardia a las llamadas
organizaciones pro vida. El alcalde fue denunciado penalmente por legisladores
de la ciudad por haber difundido datos sobre el caso.

        Según juristas, en su resolución de marzo que avala que cualquier mujer
violada pueda abortar —y sin necesitar para ello de una autorización judicial—
el alto tribunal terminó con las dudas sobre la interpretación de un artículo del
código penal que, según las ONG pro-vida, limita la realización de esa práctica
únicamente a quienes padecen una discapacidad mental.

       El artículo en cuestión señala que el aborto no es punible "si se ha hecho
con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este
peligro no puede ser evitado por otros medios, o si el embarazo proviene de
una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o
demente".

      Los abogados de la Asociación Civil para la Promoción y Defensa de la
Vida-Pro Familia, que impidió con la medida cautelar que la víctima de la trata
de personas pudiera abortar el martes, insisten en que el código es claro y no
acepta la interrupción del embarazo en mujeres "mentalmente capaces".

       Además consideran que la interpretación de la Corte Suprema "es nula"
para el caso de esta mujer, ya que el alto tribunal fijó su posición "en abstracto"
y para el caso concreto de una adolescente en el sur del país que fue violada por
su padrastro.

      Al margen de las normas del Ministerio de Salud capitalino que se
pliegan a las recomendaciones sobre el aborto de la Corte Suprema, la
legislatura de esta ciudad aprobó en septiembre una ley más flexible con los
requisitos exigidos para abortar, que el alcalde decidió vetar por considerar que
excede lo establecido por el alto tribunal. Dicha ley permite interrumpir el
embarazo a las adolescentes de 14 años o más que declaran haber sido violadas
sin mediar para ello el consentimiento de alguno de sus progenitores o de su
representante legal.

       En tanto, el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires informó
que el viernes se le practicó un aborto en la ciudad de La Plata una paciente que
denunció haber sido violada. Señaló que los hospitales garantizan públicos la
realización de esa práctica, más allá de que pueda haber objetores de conciencia.

       Según medios de prensa, la intervención quirúrgica a la mujer que ejerce
la prostitución y que denunció haber sido violada se demoró ante la negativa de
un grupo de médicos que apeló a la objeción de conciencia.

       Uruguay podría convertirse en el corto plazo en el segundo país de
América Latina después de Cuba en legalizar el aborto para todas las mujeres
en el primer trimestre del embarazo.

       La Cámara de Diputados uruguaya aprobó en septiembre un proyecto en
ese sentido que debe ser revisado por el senado.

       La iniciativa establece, sin embargo, que cuando una mujer indique al
médico que quiere abortar, éste la derivará a un equipo médico
interdisciplinario que deberá informarle los riesgos y las "alternativas al
aborto", incluyendo la posibilidad de entregar a su hijo en adopción. Otros
artículos del proyecto señalan que fuera del plazo del primer trimestre de
embarazo se podrá abortar en caso de violación, de riesgo para la madre o de
malformaciones fetales graves.

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Corte Suprema Argentina permite aborto a mujer violada

  • 1. Corte Suprema permite a la mujer violada a abortar El 9 de octubre de 2012, activistas a favor del derecho al aborto manifiestan frente a un hospital público de Buenos Aires, donde una jueza impidió que se le realizara un aborto a una mujer rescatada de una banda de trata de personas. La Corte Suprema falló el viernes 12 de octubre de 2012 que se debe permitir a la mujer de 32 años interrumpir el embarazo. El aborto está permitido en la Argentina en casos de violación o para proteger la salud de la mujer. La Corte Suprema de Justicia ordenó que se practique un aborto en esta capital a una mujer víctima de la trata de personas, revirtiendo el fallo contrario de una jueza, e instó a que las interrupciones de embarazos que están permitidas no sufran trabas en los tribunales de Argentina. El aborto estaba programado para el martes en el hospital público Ramos Mejía, pero ese día un fallo de la jueza nacional del fuero civil Myriam Rustán de Estrada impidió a la mujer interrumpir su embarazo a instancias del pedido de una ONG antiabortista. Pablo Vicente, abogado de la mujer que apeló la medida de la jueza, señaló el viernes a medios de prensa que su cliente siente "una alegría grande". "Pero lamentamos haber llegado a esta instancia", sostuvo. Se prevé que la intervención quirúrgica se realizará en las próximas horas en algún hospital público de la ciudad. La Corte Suprema decidió revocar la medida cautelar que había frenado la operación e instó a las autoridades de la capital argentina a garantizar su puesta en práctica. El alto tribunal ratificó así una resolución que dio a conocer en marzo, que considera no punible el aborto por parte de cualquier mujer violada y que buscaba zanjar las controversias sobre este asunto. La mujer que pretende interrumpir su embarazo fue violada durante su secuestro por una red de trata de personas en el sur del país de la que consiguió huir. La víctima se acogió al protocolo médico del Ministerio de Salud capitalino que respeta la posición de la Corte Suprema al respecto, para solicitar la intervención quirúrgica en las primeras doce semanas de gestación. "El estado no puede confiscar el vientre de las mujeres", dijo el viernes a The Associated Press Fernando Lozada, representante de la Asociación Civil Ateos de la ciudad de Mar del Plata en la Coalición Argentina por un Estado Laico. Lozada se lamentó de que este tipo de controversias volverán a ocurrir en el corto plazo en Argentina por la actitud de sectores "reaccionarios", y en ese
  • 2. sentido instó a que el Congreso apruebe una "ley de aborto legal seguro y gratuito" que garantice el derecho a abortar a cualquier mujer, sin condiciones. "Creo que eso no llevará tanto tiempo, cada vez son más los legisladores y los movimientos de mujeres que reclaman el aborto libre, la sociedad está tendiendo a eso", sostuvo al hacer referencia a la conquista de "otros derechos civiles" en su país, como el matrimonio entre homosexuales. En su fallo de anoche, la Corte Suprema también exhortó a los poderes judiciales nacionales y provinciales del país a que "se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles". El expediente con el caso de esta mujer pasó por varias instancias judiciales antes de llegar al máximo tribunal. En ese proceso, la jueza Rustán de Estrada fue apartada de la causa por un tribunal de apelaciones, que asignó el expediente a otro magistrado, quien aceptó las apelaciones presentadas por la víctima de la trata de personas y el gobierno capitalino. El propio alcalde de Buenos Aires, Mauricio Macri, había anunciado días atrás la realización del aborto autorizado a la mujer violada, lo que fue considerado un error por sus opositores ya que puso en guardia a las llamadas organizaciones pro vida. El alcalde fue denunciado penalmente por legisladores de la ciudad por haber difundido datos sobre el caso. Según juristas, en su resolución de marzo que avala que cualquier mujer violada pueda abortar —y sin necesitar para ello de una autorización judicial— el alto tribunal terminó con las dudas sobre la interpretación de un artículo del código penal que, según las ONG pro-vida, limita la realización de esa práctica únicamente a quienes padecen una discapacidad mental. El artículo en cuestión señala que el aborto no es punible "si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios, o si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente". Los abogados de la Asociación Civil para la Promoción y Defensa de la Vida-Pro Familia, que impidió con la medida cautelar que la víctima de la trata de personas pudiera abortar el martes, insisten en que el código es claro y no acepta la interrupción del embarazo en mujeres "mentalmente capaces". Además consideran que la interpretación de la Corte Suprema "es nula" para el caso de esta mujer, ya que el alto tribunal fijó su posición "en abstracto" y para el caso concreto de una adolescente en el sur del país que fue violada por su padrastro. Al margen de las normas del Ministerio de Salud capitalino que se pliegan a las recomendaciones sobre el aborto de la Corte Suprema, la
  • 3. legislatura de esta ciudad aprobó en septiembre una ley más flexible con los requisitos exigidos para abortar, que el alcalde decidió vetar por considerar que excede lo establecido por el alto tribunal. Dicha ley permite interrumpir el embarazo a las adolescentes de 14 años o más que declaran haber sido violadas sin mediar para ello el consentimiento de alguno de sus progenitores o de su representante legal. En tanto, el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires informó que el viernes se le practicó un aborto en la ciudad de La Plata una paciente que denunció haber sido violada. Señaló que los hospitales garantizan públicos la realización de esa práctica, más allá de que pueda haber objetores de conciencia. Según medios de prensa, la intervención quirúrgica a la mujer que ejerce la prostitución y que denunció haber sido violada se demoró ante la negativa de un grupo de médicos que apeló a la objeción de conciencia. Uruguay podría convertirse en el corto plazo en el segundo país de América Latina después de Cuba en legalizar el aborto para todas las mujeres en el primer trimestre del embarazo. La Cámara de Diputados uruguaya aprobó en septiembre un proyecto en ese sentido que debe ser revisado por el senado. La iniciativa establece, sin embargo, que cuando una mujer indique al médico que quiere abortar, éste la derivará a un equipo médico interdisciplinario que deberá informarle los riesgos y las "alternativas al aborto", incluyendo la posibilidad de entregar a su hijo en adopción. Otros artículos del proyecto señalan que fuera del plazo del primer trimestre de embarazo se podrá abortar en caso de violación, de riesgo para la madre o de malformaciones fetales graves.