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Capítulo 3. Despenalización de la eutanasia activa y pasiva en México.


    3.1 Evolución del debate sobre la despenalización de la eutanasia en México.

Como se ha podido observar a través del capítulo anterior, en México, el debate acerca

de la despenalización de la eutanasia ha progresado paulatinamente y con un paso

seguro. La propuesta para la despenalización de la eutanasia presentada por el Partido

de la Revolución Democrática en 2005, fue el primer indicio que se tuvo en nuestro país

del interés por el tema. La iniciativa de ley llamada “Ley General de los Derechos de las

Personas Enfermas en estado Terminal”, fue presentada por los diputados federales

Eliana García Laguna y Rafael García Tinajero, quienes explicaron que la propuesta

planteaba que el suicidio asistido no se castigara, además de “[l]a elaboración de

testamentos en vida cuando los enfermos precisen el grado de sufrimiento que están

dispuestos a soportar antes de ser asistidos para morir.”1 Esta misma propuesta

planteaba reformas al Código Penal y al Código Civil para que “[e]l suicidio asistido no

fuera punible en los casos en que exista una petición expresa, libre, reiterada, seria e

inequívoca del enfermo terminal, se aplique por un médico y cuente con la autorización

del Comité de Bioética.”2 (vea.gaceta) Aún y cuando esta iniciativa de ley no se aprobó,

es muy cierto que estableció un importante precedente para el debate público de este

tema y desde entonces, la despenalización de la eutanasia ha sido tomada con la

importancia que merece.



        En Noviembre de 2006, Tonatiuh González, vicecoordinador del PRI en la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal, presentó ante el pleno dos iniciativas



1
  “Pide PRD permitir la eutanasia en México” ( en línea, disponible en:
http://www.terra.com.mx/articulo.aspx?ref=0&articuloid=161132 ; Internet; accesado en 4 de noviembre
de 2007]
2
  Íbid.
relativas a la despenalización del aborto y la eutanasia. Con relación a la iniciativa

presentada en materia de eutanasia,


             “[e]l priísta propuso reformas a la Ley de Salud del Distrito Federal
             para que quien prive de la vida a otro por petición expresa, libre,
             reiterada, seria e inequívoca y siempre que medien razones
             humanitarias y la víctima padezca de una enfermedad incurable en fase
             terminal no se aplique pena alguna.”3



Además, precisó que la persona requeriente de la eutanasia debe de suscribir un

testamento de vida que debería de ser sometido a la aprobación de una comisión de

ética.

         Como bien se puede apreciar, esta segunda iniciativa tomó el precedente

establecido en 2005; los requisitos y las reformas que se proponen son básicamente las

mismas que proponía la fracción del PRD. Esta iniciativa, así como la primera

propuesta, fue rechazada y a la vez, opacada por el debate y despenalización del aborto

en el Distrito Federal, que tuvo lugar en Noviembre del año anterior. Pero el debate

resurgió en agosto del presente año, cuando “[e]n reunión con especialistas en bioética

de la UNESCO, diputados federales del PRI se pronunciaron por someter el tema de la

eutanasia a un amplio debate nacional, con participación plural y multicultural…”4 para

entonces poder legislar en la materia y evitar los abusos a esta práctica. Beatriz Pagés,

diputada federal del PRI, que estuvo presente en la reunión con los especialistas de la

UNESCO, precisó que “[l]a eutanasia…, es uno de los grandes asuntos del siglo XXI,

por lo que los congresos, los parlamentos y gobiernos del mundo deben dar una


3
  Diario de México. “Presentan dos iniciativas para despenalizar aborto y eutanasia” (en línea, disponible
en:http://www.diariodemexico.com.mx/?module=displaystory&story_id=994&edition_id=5&format=htm
l; Internet; accesado en 4 de Noviembre de 2007]
4
  Sánchez L., Moisés. “En México, 45% de enfermos terminales son sometidos a eutanasia pasiva, dice
especialista en bioética; diputados del PRI llaman a debate para subsanar indefinición legal.” [ en línea,
disponible en:
respuesta justa. El gran desafío es legislar sin afectar los derechos fundamentales del

hombre.”5 Lo anterior nos muestra que la despenalización de la eutanasia es un tema

que debe ser tomado en serio, de manera consistente y sobre todo, y para poder legislar

acerca de éste, es necesario que los médicos, legisladores y la población en general

estén bien informados, para entonces poder hacer de esta práctica algo que beneficie a la

sociedad y se evite a toda costa cualquier transgresión a esta práctica. Para que la

despenalización de la eutanasia se vuelva una realidad y no sólo se quede en un “asunto

de moda”, ha sido y sigue siendo necesario que se de un reconocimiento social de la

eutanasia. La sociedad necesita estar al tanto de lo que es en realidad la eutanasia, en

que casos debe y pudiera ser aplicada, y sobre todo, reconocerla como una práctica que

siempre ha existido con el único fin de evitar el sufrimiento innecesario de las personas

desahuciadas. Hoy día, y gracias a los debates y pasadas iniciativas de ley, la eutanasia

ha conseguido el reconocimiento social necesario para que se pueda legislar

adecuadamente en esta materia.

        El próximo 22 de Noviembre del presente año, se presentará ante la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal, la iniciativa de ley “Ley de Voluntad Anticipada”.


            “[P]aula Soto, diputada del PAN y una de las promotoras de esta
            iniciativa, dijo que desde hace varios meses los legisladores capitalinos
            vienen trabajando con titulares de la CDHDF, TSJDF y SS-DF el
            contenido de la Ley de Voluntad Anticipada, la que hasta el momento
            ha tenido mayor aceptación y por ende será la que se lleve al pleno de
            la Asamblea…”6




5
 Íbid.
6
 Samaniego Ll. Raúl. La Jornada. “Apoyan Derechos Humanos, TSJDF y Salud la propuesta de muerte
asistida.” ( en línea, disponible en:
http://www.jornada.unam.mx/2007/11/06/index.php?section=capital&article=036n1cap ; Internet;
accesado en: 6 de Noviembre de 2007]
En caso de que esta ley sea aprobada por el pleno, al menos en la Ciudad de México, se

permitirá que “[u]n enfermo en fase terminal, o bien sus familiares, tengan derecho a

decidir no prolongar más el “encarnizamiento terapéutico” y se le ayude a bien morir.”7

Resulta obvio ya que el tema de la eutanasia no puede esperar más a que sea legislado;

la Comisión de Derechos Humanos del D.F., el Tribunal Superior de Justicia de la

ciudad de México y la misma Secretaría de Salud de la capital, apoyan esta iniciativa de

ley, que aunque esta iniciativa no consiste en despenalizar la eutanasia activa, sino más

bien la ortotanasia, que es la muerte digna a través de la eutanasia pasiva, si representa

un paso grande para nuestro país en términos de la apertura al debate, el libre flujo de

información y la búsqueda de la expansión de las libertades de los individuos.

            Lo que está a punto de suceder este próximo 22 de Noviembre es sumamente

importante para México, ya que puede ser el principio de la ampliación de las libertades

personales y de la posibilidad de actuar con total autonomía. Aún y cuando la eutanasia

activa no se está tomando en cuenta dentro de esta iniciativa de ley, si llegara a ser una

realidad la aprobación de la “Ley de la Voluntad Anticipada”, esto podría establecer un

precedente para que, después de que exista una familiarización con lo que es la

eutanasia pasiva y sus efectos, y al mismo tiempo se de un reconocimiento social a nivel

nacional, se pueda expandir todavía más nuestro derecho a elegir, con la posible

despenalización de la eutanasia activa.

            Fracciones de partido políticos, como el PAN, no están de acuerdo con la

eutanasia activa, “[e]l responsable de la bancada del PAN…, Agustín Carlos Castilla,

dijo que si las comisiones que dictaminarán la referida iniciativa de ley avanzan en el

camino de la voluntad anticipada ellos estarían en la postura de votarla a favor,…no




7
    Íbid.
acompañarán nada relacionado con la eutanasia activa.”8 Este tipo de posturas existen

gracias a la percepción general de que la eutanasia activa es equivalente a un homicidio,

ya que no sólo se deja morir al paciente, sino que se realiza una acción para que el

desahuciado deje de vivir. Esta concepción de la eutanasia activa tiene como

consecuencia la negación de su despenalización, ya que se cree que si se llegara a

despenalizar este tipo de eutanasia, se podría tener como resultado una masacre, esto es

a lo que se le llama “la pendiente peligrosa”. Pero “la pendiente peligrosa” no puede

existir si se tienen los parámetros legales necesarios para despenalizarla y si existen o se

crean comisiones de ética y/o bioética que verifiquen que la eutanasia activa y pasiva se

practiquen dentro del marco legal.



        Por ahora, lo único seguro es que México está progresando en materia de

desarrollo humano y democracia, ya que a través de los continuos intentos para

despenalizar la eutanasia, se hace evidente que se está buscando ampliar las libertades

individuales de sus ciudadanos, lo que a su vez, tiene como resultado una mejor y más

completa transición a la democracia, lo que generaría un importante aumento de su

desarrollo humano.




8
 Samaniego Ll. Raúl. La Jornada. “Apoyan Derechos Humanos, TSJDF y Salud la propuesta de muerte
asistida.” ( en línea, disponible en:
http://www.jornada.unam.mx/2007/11/06/index.php?section=capital&article=036n1cap ; Internet;
accesado en: 6 de Noviembre de 2007]
3.2 Testamento en vida: herramienta necesaria para la despenalización de la
       eutanasia pasiva y activa.


Si bien es cierto que el interés por la despenalización de la eutanasia ha conseguido

atraer la atención suficiente del mundo, también es cierto que han surgido nuevas

interrogantes a raíz del continuo debate de este tema, tanto en las Comisiones de

Bioética nacionales e internacionales, como en las Cámaras de los poderes legislativos

de las naciones alrededor del globo. Los nuevos cuestionamientos que han emergido,

generalmente giran en torno a la cuestión del ¿qué hacer con las personas que se

encuentran en un estado vegetativo? y que por lo mismo, no pueden expresar sus

deseos; los médicos se encuentran diariamente en situaciones complejas, en las que

deben de tomar decisiones vertiginosas, que los llevan a actuar conforme al juramento

Hipocrático que establece que se deben salvar vidas cuantas veces les sea posible. Pero

¿qué es lo que sucede cuando se salva una vida, pero las funciones motrices de la

persona que se vio envuelta en la emergencia y a la cual se salvó su vida, no quiere

seguir viviendo de esta manera y no puede expresar sus deseos? O bien, ¿qué pasa

cuando una persona tiene ideas firmes acerca de qué es lo que le gustaría hacer con su

vida si llegara a sucederle algún accidente trágico o sufriera de alguna enfermedad

irreversible y degenerativa? Estas son sólo algunos de los cuestionamientos que se

hacen cuando se legisla o se debate acerca de la despenalización de la eutanasia, ya sea

activa, pasiva o las dos. Es por esto que dentro de los debates, y las despenalizaciones

de eutanasia es necesario que se tome en cuenta y se proponga siempre hacer válido un

testamento vital



       El testamento vital puede ser una importante herramienta para los médicos, ya

que haría más fácil y mejor su trabajo, en términos de que ellos sabrían cuales son los
deseos de sus pacientes, antes de quemar esfuerzos posiblemente inútiles (dependiendo

de la persona en cuestión y sus preferencias) y poder así, respetarlos.



        El testamento vital también es sumo y primordialmente importante para las

personas, ya que cada uno de nosotros podríamos llegar a ser pacientes con alguna

enfermedad terminal, o sufrir algún accidente que nos deje en un estado vegetativo. Este

documento puede “salvarnos de la vida”, ya que si, y en caso de convertirnos sólo en un

cuerpo que respira a través de una máquina y sin vida propia, el testamento vital (si

reconocido como legal) tendría el poder de librarnos de una vida indigna y entonces

lograr una buena muerte. El testamento vital, ofrece el derecho de participar en cada

aspecto de nuestras vidas y sobre todo, de nuestra muerte. “[E]n caso de una

enfermedad terminal, etapa final de una condición, o estado persistente de inconciencia

o falta de respuesta lo dejara en una condición en la cual usted no puede tomar una

decisiones por sus propios medios…”9 el testamento vital hace lo que nosotros, por el

estado en el cual nos encontramos no podemos hacer, que es expresar nuestros deseos.

En este documento se pueden articular “…[e]n instrucciones adicionales ciertos

tratamientos que no quiere, así como resucitación mecánica o eléctrica de su corazón

(CPR), respiración mecánico (respirador artificial), tubo de alimentación artificial para

cuando sea incapaz de comer por la boca, transfusiones de sangre o cirugía.”10



        Como podemos observar, este documento facilita el flujo de información de

paciente a médico y hasta a los familiares; a la vez, el testamento en vida vela por que

nuestras decisiones personales y deseos se vean cumplidos.


9
  Health First Organization. “Testamento en Vida”( en línea, disponible en: http://www.health-
first.org/patients_visitors/spanish/spanish_living_will.pdf ; internet; accesado en 6 de Noviembre de
2007] 2
10
   Íbid.
Con la nueva iniciativa de ley denominada “Ley de Voluntad Anticipada”, que se

presentará este próximo 22 de Noviembre en la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal, el testamento en vida es un documento clave para que esta ley proceda. Aunque

esta iniciativa de ley propone el uso del testamento vital sólo para casos de eutanasia

pasiva, la cual se despenalizaría en caso de que esta propuesta resulte aprobada, esto

también podría representar el escalamiento del primer peldaño hacia la despenalización

de la eutanasia activa.



           En la actualidad, y con las múltiples asociaciones en pro de la eutanasia pasiva y

activa alrededor del orbe, existen muchos formatos para los testamentos vitales. Hay

asociaciones como la NVVE - Right to Die11, de procedencia Neerlandesa, que tienen

formatos de testamentos en vida de acuerdo a las leyes de sus países. Por ejemplo en los

Países Bajos, esta asociación ofrece en línea el testamento vital con la opción de la

eutanasia activa, además de la pasiva. Es por esto necesario, que en el caso de que

México despenalizara únicamente la eutanasia pasiva, se ofreciera un formato de

testamento vital, únicamente con las opciones que ofrece la eutanasia pasiva, además de

otras especificaciones, como la de No Resucitación, o de no implementar un respirador

artificial, por hacer mención de algunas.



           Las distintas asociaciones a favor de la eutanasia, pretenden informar a los

pobladores de la sociedad en la que se encuentran inmersos, acerca de los distintos tipos

de eutanasia que existen, los cuidados paliativos que su Estado ofrece y además, brindan

testamentos vitales por si las personas lo consideran y acceden a firmar uno. Al mismo

tiempo, estas asociaciones sugieren que se sigan las siguientes recomendaciones para


11
     Véase, en anexos: Asociaciones alrededor del mundo en pro de la eutanasia.
asegurarse que se sigan siempre los deseos de las personas firmantes de testamentos

vitales:

1. Firme y ponga la fecha en el testamento frente a dos testigos.

2. Déle una copia del testamento a su doctor y discútalo con el o ella.

3. Déle copias de su testamento a personas claves envueltas en su bienestar. Pudiese

llegar el momento cuando usted ya no pueda tomar parte en las decisiones con respecto

a su futuro.

4. Mantenga acceso fácil al original.

5. Discuta sus decisiones con aquellos más cercanos a usted.

6. Revise su testamento una vez por año y póngale la fecha actual, con sus iniciales al

lado de la nueva fecha. Esto claramente sostiene que sus deseos no han cambiado.

7. Haga incluir una copia de su testamento cuando sea admitido a un hospital.12

     Si se siguen estas recomendaciones, las personas nos podemos asegurar que

nuestros deseos sean siempre respetados. Esto nos sirve además, por si en un principio

nos encontramos de acuerdo con la negación de los procedimientos necesarios para

salvaguardar nuestras vidas y después cambiamos de opinión y decidimos que queremos

todos los tratamientos posibles para que nuestras vidas sigan su curso de cualquier

manera, el testamento vital puede tornarse inválido.

     En resumen, el testamento vital es una importante herramienta para que la decisión

de la continuidad o el cese de nuestras vidas, sea sólo de nosotros, es decir, que la

decisión sea autónoma y libre de presiones externas. Además, este documento se

concibe como un tipo de “seguro” para que se cerciore el seguimiento de nuestras

aspiraciones en cuanto a lo que se quiere hacer en algún determinado momento y bajo

ciertas circunstancias.


12
  ( en línea, disponible en: http://www.health-first.org/patients_visitors/spanish/spanish_living_will.pdf ;
internet ; accesado en 6 de Noviembre de 2007]
3.3 Propuesta para despenalizar la eutanasia activa y pasiva en México
          siguiendo los parámetros Holandeses para lograrlo.


Ahora que se han explicado los tres principales conceptos, desarrollo humano,

democracia y eutanasia, y la relación que existe entre estos, se procede a explicar como

es que la despenalización de la eutanasia activa y pasiva en México se puede lograr,

siguiendo los parámetros Neerlandeses para alcanzarla, además de la posibilidad de

ocasionar un incremento en nuestro desarrollo humano.

           Como se señaló en los capítulos anteriores, el tema de la despenalización de la

eutanasia ha tenido bastantes partidarios en pro y a su vez, en contra. El tema de la

eutanasia siempre ha sido lo suficientemente complicado, inclusive para los griegos,

quienes defendían el derecho que tenemos los seres humanos para decidir cómo y

cuando morir, pero en este entonces el Estado no intervenía en las decisiones personales

de sus habitantes, como podría ser el hecho de elegir la eutanasia o el suicidio. No fue

sino hasta cuando apareció Aristóteles, como un filósofo reconocido en la antigua

Grecia, que el suicidio (comúnmente equiparado con la eutanasia), se comenzó a

considerar como una ofensa contra el Estado. Aristóteles decía que “[l]a valentía no se

demuestra matándose para escapar del amor, la pobreza o la angustia.”13 Aristóteles

tenía razón, la valentía no se demuestra cometiendo suicidio, pero en todo caso, cuando

alguien se suicida o pide la eutanasia, no es precisamente para mostrarse valiente ante

alguna situación, sino para aliviar dolores, sufrimientos innecesarios y evitar vivir una

“vida” que se considera miserable e indigna. Desde este entonces, el suicidio y la

eutanasia, se empezaron a considerar como cuestiones en las que tenía que intervenir el

Estado.




13
     Derek Humphrey y Ann Wickett. “El derecho a morir, comprender la eutanasia.” P. 20
En la edad de la razón, había dos corrientes que defendían posturas distintas; por parte

de los Aristotélicos, “[s]e condenaba el suicidio en la mayoría de los casos por lealtad al

Estado”14 y por parte de los estoicos, “[s]e defendía a ultranza el venerado principio de

kalokagathia, ideal de un perfecto equilibrio entre el bienestar físico y mental.”15

Después de bien establecidas estas dos corrientes ideológicas, con relación al suicidio y

la eutanasia, el Estado se inclinó por aprobar el suicidio, el cual no fomentaba, sin

embargo lo respaldaba; lo único que se necesitaba, era un permiso oficial:



                “[Q]uien no desee vivir debe exponer los motivos al Senado, y una vez
                haya recibido el permiso puede quitarse la vida. Si la existencia te
                resulta odiosa, muere; si el destino te es adverso, bebe cicuta. Si la
                pena te abruma, abandona la vida. Dejad que el infeliz relate su
                desgracia, dejad que el magistrado le proporcione el remedio para que
                él mismo pueda ponerle fin.”16


El Estado comprendió que debía de intervenir, más no prohibir. Lamentablemente,

desde que Hipócrates creó el código de ética para los médicos, el “Juramento

Hipocrático”, la eutanasia resultó como un acto inmoral y contrario a toda buena acción

por parte de los practicantes de medicina. Además, el precedente ya estaba expuesto, la

eutanasia y el suicidio estaban marcados por la idea Aristotélica de que estas dos

acciones representaban una ofensa contra el Estado.



             Esta idea ha perdurado a lo largo de los años, lo que ha tenido como resultado la

continua legislación en contra de estas dos acciones. Es por esto, que se encuentra que

en la mayoría de los países, en sus Códigos Penales y Civiles, tanto la eutanasia (ya sea


14
     Íbid.
15
     Derek Humphrey y Ann Wickett. “El derecho a morir, comprender la eutanasia.” P. 20
16
     Íbid.
activa o pasiva) como el suicidio, son considerados delitos, salvo por las reformas que

se han hecho a estos Códigos para despenalizar la eutanasia activa y pasiva en países

como Holanda, Bélgica y Uruguay.



       Recientemente, en México, han existido los primeros indicios de la aspiración

por despenalizar la eutanasia. Para poder formular las propuestas e iniciativas de ley que

se han presentado en nuestro país, se han seguido los muy buenos ejemplos de

despenalización en esta materia de Holanda y posteriormente, Bélgica. El debate sobre

la eutanasia en México ha evolucionado de manera positiva, lo que ha tenido como

resultado dos propuestas de iniciativa de ley para despenalizarla. Ha sido de suma

importancia que se haya dado un reconocimiento social –incluidos médicos, filósofos,

legisladores y la sociedad en general— de lo que es la eutanasia; pero, y aunque este

reconocimiento todavía no haya alcanzado el debate a nivel nacional, como sucedió con

el aborto, en México, la despenalización de la eutanasia está haciendo mucho ruido.



       Este tema ha tomado la relevancia necesaria en nuestro país para poder legislar

acerca de éste. Pero para lograr legislar de la manera correcta y velando siempre por el

bienestar de los mexicanos, es necesario tener referencias de países en donde la

eutanasia activa y pasiva funcionan de la mejor manera. Los congresistas mexicanos

que han trabajado para lograr la despenalización de la eutanasia, han tomado como

principal referencia la ley Holandesa, pero sólo han considerado la posibilidad de

despenalizar la eutanasia pasiva. Si bien esto representa un muy buen comienzo para

conseguir la expansión de las libertades personales de los ciudadanos, la

despenalización de la eutanasia pasiva no alcanza las acciones que la eutanasia activa

logra, ya que la eutanasia pasiva sólo sirve para aquellos que “viven” gracias a
máquinas que mantienen sus corazones latiendo. Pero ¿qué hay de aquellos pacientes

que, por ejemplo, tienen la condición de cuadrapléjicos y sólo “viven” por que respiran,

pero no gozan de una vida propia y no desean continuar “viviendo” de esta manera? La

única respuesta para este tipo de pacientes, con cierto tipo de enfermedades que no

requieren de algún soporte técnico para seguir respirando, es la eutanasia activa. De

cierta manera, se concibe a la eutanasia activa como una forma aún más segura y mucho

más factible de legislar que la eutanasia pasiva, ya que la voluntad de morir del paciente

puede ser expresada en cualquier caso; además, si se considerara el testamento vital

como una herramienta para el cercioro de que los deseos de la persona en cuestión están

siendo respetados, la eutanasia activa podría ofrecer una muerte digna para pacientes

con este tipo de condiciones.



         Próximamente, se presentará ante el pleno de la Asamblea Legislativa de la

capital, la propuesta de ley “Ley de Voluntad Anticipada”, con la cual se pretende

“…[p]roteger jurídicamente la decisión de una persona afectada por una enfermedad

crónico – degenerativa, para evitar tratamientos terapéuticos que de manera innecesaria

prolonguen su vida, atentando en contra de su dignidad como persona.17 Si aprobada,

esto se podrá realizar a través de un testamento en vida, el cual y “[m]ediante la

suscripción ante notario público de un Documento de Voluntad Anticipada, toda

persona que se encuentre en fase terminal por una enfermedad, puede decidir sobre los

límites para el tratamiento terapéutico que recibirá.”18 Como podemos observar, el

testamento vital es una herramienta necesaria para poder despenalizar la eutanasia

pasiva, ya que sin esta, los pacientes que se pueden encontrar en estado de inconciencia

permanente o con una condición degenerativa e irreversible se aseguran de que lo que

17
   Víctor Hugo Círigo, La Crónica de hoy. “Ley de Voluntad Anticipada”. ( en línea, disponible en:
http://www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=307241 ; Internet; accesado en 6 de Noviembre de 2007]
18
   Íbid.
pretenden que se haga con sus vidas en el momento de incapacidad, se vea respetado y

se actúe conforme a lo estipulado en este documento.



       Los parámetros que se podrían seguir para que la eutanasia activa también

participe en el proceso de despenalización en México, son los procedentes de los Países

Bajos. Se podrían establecer los requerimientos que se estipulan en las leyes

Neerlandesas para que la eutanasia activa pueda ser utilizada y no se penalice a quienes

la practiquen, los cuales son:



       1) En caso de sufrimientos físicos y psíquicos insoportables para el paciente.

       2) El sufrimiento y el deseo de morir deben ser constantes (es decir, no

           pasajeros).

       3) La decisión de morir debe corresponder a la decisión voluntaria de un

           paciente bien informado.

       4) La persona en cuestión debe tener un concepto claro y preciso de su

           condición, así como otras posibilidades (es decir, debe conocer los resultados

           de los diferentes tratamientos, o de la ausencia de los mismos), y debe ser

           capaz de evaluar estas alternativas.

       5) Cuando no exista otra solución razonable (aceptada por el paciente) para

           mejorar su situación.

       6) El momento y la forma de morir no deberán causar perjuicio innecesario a

           terceros (si es posible, el pariente más próximo deberá ser informado de

           antemano.)
7) La decisión de ayudar a morir no debe recaer en una sola persona. Es

               obligatorio consultar con otro profesional (doctor en medicina, psicólogo o

               asistente social, de acuerdo con las circunstancias del caso).

           8) En la decisión debe intervenir un médico para recetar los medicamentos

               adecuados.

           9) La decisión y la ayuda deben llevarse a cabo con las máximas precauciones.

           10) No es necesario que el enfermo se esté muriendo para recibir ayuda. Los

               parapléjicos pueden solicitar y obtener ayuda para morir.19



Los requerimientos que se estipulan en las leyes Holandesas para que la eutanasia activa

también pueda ser utilizada, son muy específicos, por lo que no existe el campo para las

ambigüedades, ni para que se den abusos a esta práctica. Es importante hacer notar que

el paciente es tan la preocupación primordial, que los médicos se deben de asegurar que

el sufrido esté completamente consciente y entienda a fondo la condición que le afecta,

además de que para que la eutanasia proceda, es necesario que se hayan utilizado todos

los recursos y cuidados paliativos para que la persona en cuestión sea “elegible” para

cualquier tipo de eutanasia. También es necesario concebir la importancia que se le da

al proceso de aplicación de la eutanasia, que para que sea legítima, debe de tener la

certificación de otro médico –ajeno al paciente en cuestión— que evalúe y afirme que la

eutanasia es la única opción para que la persona requirente deje de sufrir. Además, es

elemental observar que la ayuda y el confort que ofrece la eutanasia, tanto para el

paciente como para la familia de éste, es equitativa, en términos de que no se hace

distinción alguna entre pacientes con distintas condiciones, lo que garantiza que la

libertad y la autonomía de todas las personas, se vea respetada y jurídicamente


19
     Derek Humphrey y Ann Wickett. “El derecho a morir, comprender la eutanasia.” P.233, 234
protegida. Así mismo, es importante hacer saber a los pacientes, que en caso de elegir la

opción que ofrece la eutanasia –que es una buena muerte— la decisión es irreversible,

por lo que se les alienta a hablar con psicólogos, familiares y allegados para poder tomar

una decisión razonable y libre de remordimientos. Una vez cumplidos todos estos

requerimientos, la eutanasia se aplica y el paciente es finalmente liberado de una vida

miserable. Si se tomaran estos parámetros de carácter legal para que la eutanasia activa

pueda ser también una realidad y evitar la discriminación entre pacientes, se podría

alcanzar lo que toda sociedad democrática, con un nivel de desarrollo humano medio-

alto puede lograr, que es la expansión de las libertades personales de sus ciudadanos.
Despenalización eutanasia México

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Despenalización eutanasia México

  • 1. Capítulo 3. Despenalización de la eutanasia activa y pasiva en México. 3.1 Evolución del debate sobre la despenalización de la eutanasia en México. Como se ha podido observar a través del capítulo anterior, en México, el debate acerca de la despenalización de la eutanasia ha progresado paulatinamente y con un paso seguro. La propuesta para la despenalización de la eutanasia presentada por el Partido de la Revolución Democrática en 2005, fue el primer indicio que se tuvo en nuestro país del interés por el tema. La iniciativa de ley llamada “Ley General de los Derechos de las Personas Enfermas en estado Terminal”, fue presentada por los diputados federales Eliana García Laguna y Rafael García Tinajero, quienes explicaron que la propuesta planteaba que el suicidio asistido no se castigara, además de “[l]a elaboración de testamentos en vida cuando los enfermos precisen el grado de sufrimiento que están dispuestos a soportar antes de ser asistidos para morir.”1 Esta misma propuesta planteaba reformas al Código Penal y al Código Civil para que “[e]l suicidio asistido no fuera punible en los casos en que exista una petición expresa, libre, reiterada, seria e inequívoca del enfermo terminal, se aplique por un médico y cuente con la autorización del Comité de Bioética.”2 (vea.gaceta) Aún y cuando esta iniciativa de ley no se aprobó, es muy cierto que estableció un importante precedente para el debate público de este tema y desde entonces, la despenalización de la eutanasia ha sido tomada con la importancia que merece. En Noviembre de 2006, Tonatiuh González, vicecoordinador del PRI en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, presentó ante el pleno dos iniciativas 1 “Pide PRD permitir la eutanasia en México” ( en línea, disponible en: http://www.terra.com.mx/articulo.aspx?ref=0&articuloid=161132 ; Internet; accesado en 4 de noviembre de 2007] 2 Íbid.
  • 2. relativas a la despenalización del aborto y la eutanasia. Con relación a la iniciativa presentada en materia de eutanasia, “[e]l priísta propuso reformas a la Ley de Salud del Distrito Federal para que quien prive de la vida a otro por petición expresa, libre, reiterada, seria e inequívoca y siempre que medien razones humanitarias y la víctima padezca de una enfermedad incurable en fase terminal no se aplique pena alguna.”3 Además, precisó que la persona requeriente de la eutanasia debe de suscribir un testamento de vida que debería de ser sometido a la aprobación de una comisión de ética. Como bien se puede apreciar, esta segunda iniciativa tomó el precedente establecido en 2005; los requisitos y las reformas que se proponen son básicamente las mismas que proponía la fracción del PRD. Esta iniciativa, así como la primera propuesta, fue rechazada y a la vez, opacada por el debate y despenalización del aborto en el Distrito Federal, que tuvo lugar en Noviembre del año anterior. Pero el debate resurgió en agosto del presente año, cuando “[e]n reunión con especialistas en bioética de la UNESCO, diputados federales del PRI se pronunciaron por someter el tema de la eutanasia a un amplio debate nacional, con participación plural y multicultural…”4 para entonces poder legislar en la materia y evitar los abusos a esta práctica. Beatriz Pagés, diputada federal del PRI, que estuvo presente en la reunión con los especialistas de la UNESCO, precisó que “[l]a eutanasia…, es uno de los grandes asuntos del siglo XXI, por lo que los congresos, los parlamentos y gobiernos del mundo deben dar una 3 Diario de México. “Presentan dos iniciativas para despenalizar aborto y eutanasia” (en línea, disponible en:http://www.diariodemexico.com.mx/?module=displaystory&story_id=994&edition_id=5&format=htm l; Internet; accesado en 4 de Noviembre de 2007] 4 Sánchez L., Moisés. “En México, 45% de enfermos terminales son sometidos a eutanasia pasiva, dice especialista en bioética; diputados del PRI llaman a debate para subsanar indefinición legal.” [ en línea, disponible en:
  • 3. respuesta justa. El gran desafío es legislar sin afectar los derechos fundamentales del hombre.”5 Lo anterior nos muestra que la despenalización de la eutanasia es un tema que debe ser tomado en serio, de manera consistente y sobre todo, y para poder legislar acerca de éste, es necesario que los médicos, legisladores y la población en general estén bien informados, para entonces poder hacer de esta práctica algo que beneficie a la sociedad y se evite a toda costa cualquier transgresión a esta práctica. Para que la despenalización de la eutanasia se vuelva una realidad y no sólo se quede en un “asunto de moda”, ha sido y sigue siendo necesario que se de un reconocimiento social de la eutanasia. La sociedad necesita estar al tanto de lo que es en realidad la eutanasia, en que casos debe y pudiera ser aplicada, y sobre todo, reconocerla como una práctica que siempre ha existido con el único fin de evitar el sufrimiento innecesario de las personas desahuciadas. Hoy día, y gracias a los debates y pasadas iniciativas de ley, la eutanasia ha conseguido el reconocimiento social necesario para que se pueda legislar adecuadamente en esta materia. El próximo 22 de Noviembre del presente año, se presentará ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la iniciativa de ley “Ley de Voluntad Anticipada”. “[P]aula Soto, diputada del PAN y una de las promotoras de esta iniciativa, dijo que desde hace varios meses los legisladores capitalinos vienen trabajando con titulares de la CDHDF, TSJDF y SS-DF el contenido de la Ley de Voluntad Anticipada, la que hasta el momento ha tenido mayor aceptación y por ende será la que se lleve al pleno de la Asamblea…”6 5 Íbid. 6 Samaniego Ll. Raúl. La Jornada. “Apoyan Derechos Humanos, TSJDF y Salud la propuesta de muerte asistida.” ( en línea, disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2007/11/06/index.php?section=capital&article=036n1cap ; Internet; accesado en: 6 de Noviembre de 2007]
  • 4. En caso de que esta ley sea aprobada por el pleno, al menos en la Ciudad de México, se permitirá que “[u]n enfermo en fase terminal, o bien sus familiares, tengan derecho a decidir no prolongar más el “encarnizamiento terapéutico” y se le ayude a bien morir.”7 Resulta obvio ya que el tema de la eutanasia no puede esperar más a que sea legislado; la Comisión de Derechos Humanos del D.F., el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de México y la misma Secretaría de Salud de la capital, apoyan esta iniciativa de ley, que aunque esta iniciativa no consiste en despenalizar la eutanasia activa, sino más bien la ortotanasia, que es la muerte digna a través de la eutanasia pasiva, si representa un paso grande para nuestro país en términos de la apertura al debate, el libre flujo de información y la búsqueda de la expansión de las libertades de los individuos. Lo que está a punto de suceder este próximo 22 de Noviembre es sumamente importante para México, ya que puede ser el principio de la ampliación de las libertades personales y de la posibilidad de actuar con total autonomía. Aún y cuando la eutanasia activa no se está tomando en cuenta dentro de esta iniciativa de ley, si llegara a ser una realidad la aprobación de la “Ley de la Voluntad Anticipada”, esto podría establecer un precedente para que, después de que exista una familiarización con lo que es la eutanasia pasiva y sus efectos, y al mismo tiempo se de un reconocimiento social a nivel nacional, se pueda expandir todavía más nuestro derecho a elegir, con la posible despenalización de la eutanasia activa. Fracciones de partido políticos, como el PAN, no están de acuerdo con la eutanasia activa, “[e]l responsable de la bancada del PAN…, Agustín Carlos Castilla, dijo que si las comisiones que dictaminarán la referida iniciativa de ley avanzan en el camino de la voluntad anticipada ellos estarían en la postura de votarla a favor,…no 7 Íbid.
  • 5. acompañarán nada relacionado con la eutanasia activa.”8 Este tipo de posturas existen gracias a la percepción general de que la eutanasia activa es equivalente a un homicidio, ya que no sólo se deja morir al paciente, sino que se realiza una acción para que el desahuciado deje de vivir. Esta concepción de la eutanasia activa tiene como consecuencia la negación de su despenalización, ya que se cree que si se llegara a despenalizar este tipo de eutanasia, se podría tener como resultado una masacre, esto es a lo que se le llama “la pendiente peligrosa”. Pero “la pendiente peligrosa” no puede existir si se tienen los parámetros legales necesarios para despenalizarla y si existen o se crean comisiones de ética y/o bioética que verifiquen que la eutanasia activa y pasiva se practiquen dentro del marco legal. Por ahora, lo único seguro es que México está progresando en materia de desarrollo humano y democracia, ya que a través de los continuos intentos para despenalizar la eutanasia, se hace evidente que se está buscando ampliar las libertades individuales de sus ciudadanos, lo que a su vez, tiene como resultado una mejor y más completa transición a la democracia, lo que generaría un importante aumento de su desarrollo humano. 8 Samaniego Ll. Raúl. La Jornada. “Apoyan Derechos Humanos, TSJDF y Salud la propuesta de muerte asistida.” ( en línea, disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2007/11/06/index.php?section=capital&article=036n1cap ; Internet; accesado en: 6 de Noviembre de 2007]
  • 6. 3.2 Testamento en vida: herramienta necesaria para la despenalización de la eutanasia pasiva y activa. Si bien es cierto que el interés por la despenalización de la eutanasia ha conseguido atraer la atención suficiente del mundo, también es cierto que han surgido nuevas interrogantes a raíz del continuo debate de este tema, tanto en las Comisiones de Bioética nacionales e internacionales, como en las Cámaras de los poderes legislativos de las naciones alrededor del globo. Los nuevos cuestionamientos que han emergido, generalmente giran en torno a la cuestión del ¿qué hacer con las personas que se encuentran en un estado vegetativo? y que por lo mismo, no pueden expresar sus deseos; los médicos se encuentran diariamente en situaciones complejas, en las que deben de tomar decisiones vertiginosas, que los llevan a actuar conforme al juramento Hipocrático que establece que se deben salvar vidas cuantas veces les sea posible. Pero ¿qué es lo que sucede cuando se salva una vida, pero las funciones motrices de la persona que se vio envuelta en la emergencia y a la cual se salvó su vida, no quiere seguir viviendo de esta manera y no puede expresar sus deseos? O bien, ¿qué pasa cuando una persona tiene ideas firmes acerca de qué es lo que le gustaría hacer con su vida si llegara a sucederle algún accidente trágico o sufriera de alguna enfermedad irreversible y degenerativa? Estas son sólo algunos de los cuestionamientos que se hacen cuando se legisla o se debate acerca de la despenalización de la eutanasia, ya sea activa, pasiva o las dos. Es por esto que dentro de los debates, y las despenalizaciones de eutanasia es necesario que se tome en cuenta y se proponga siempre hacer válido un testamento vital El testamento vital puede ser una importante herramienta para los médicos, ya que haría más fácil y mejor su trabajo, en términos de que ellos sabrían cuales son los
  • 7. deseos de sus pacientes, antes de quemar esfuerzos posiblemente inútiles (dependiendo de la persona en cuestión y sus preferencias) y poder así, respetarlos. El testamento vital también es sumo y primordialmente importante para las personas, ya que cada uno de nosotros podríamos llegar a ser pacientes con alguna enfermedad terminal, o sufrir algún accidente que nos deje en un estado vegetativo. Este documento puede “salvarnos de la vida”, ya que si, y en caso de convertirnos sólo en un cuerpo que respira a través de una máquina y sin vida propia, el testamento vital (si reconocido como legal) tendría el poder de librarnos de una vida indigna y entonces lograr una buena muerte. El testamento vital, ofrece el derecho de participar en cada aspecto de nuestras vidas y sobre todo, de nuestra muerte. “[E]n caso de una enfermedad terminal, etapa final de una condición, o estado persistente de inconciencia o falta de respuesta lo dejara en una condición en la cual usted no puede tomar una decisiones por sus propios medios…”9 el testamento vital hace lo que nosotros, por el estado en el cual nos encontramos no podemos hacer, que es expresar nuestros deseos. En este documento se pueden articular “…[e]n instrucciones adicionales ciertos tratamientos que no quiere, así como resucitación mecánica o eléctrica de su corazón (CPR), respiración mecánico (respirador artificial), tubo de alimentación artificial para cuando sea incapaz de comer por la boca, transfusiones de sangre o cirugía.”10 Como podemos observar, este documento facilita el flujo de información de paciente a médico y hasta a los familiares; a la vez, el testamento en vida vela por que nuestras decisiones personales y deseos se vean cumplidos. 9 Health First Organization. “Testamento en Vida”( en línea, disponible en: http://www.health- first.org/patients_visitors/spanish/spanish_living_will.pdf ; internet; accesado en 6 de Noviembre de 2007] 2 10 Íbid.
  • 8. Con la nueva iniciativa de ley denominada “Ley de Voluntad Anticipada”, que se presentará este próximo 22 de Noviembre en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el testamento en vida es un documento clave para que esta ley proceda. Aunque esta iniciativa de ley propone el uso del testamento vital sólo para casos de eutanasia pasiva, la cual se despenalizaría en caso de que esta propuesta resulte aprobada, esto también podría representar el escalamiento del primer peldaño hacia la despenalización de la eutanasia activa. En la actualidad, y con las múltiples asociaciones en pro de la eutanasia pasiva y activa alrededor del orbe, existen muchos formatos para los testamentos vitales. Hay asociaciones como la NVVE - Right to Die11, de procedencia Neerlandesa, que tienen formatos de testamentos en vida de acuerdo a las leyes de sus países. Por ejemplo en los Países Bajos, esta asociación ofrece en línea el testamento vital con la opción de la eutanasia activa, además de la pasiva. Es por esto necesario, que en el caso de que México despenalizara únicamente la eutanasia pasiva, se ofreciera un formato de testamento vital, únicamente con las opciones que ofrece la eutanasia pasiva, además de otras especificaciones, como la de No Resucitación, o de no implementar un respirador artificial, por hacer mención de algunas. Las distintas asociaciones a favor de la eutanasia, pretenden informar a los pobladores de la sociedad en la que se encuentran inmersos, acerca de los distintos tipos de eutanasia que existen, los cuidados paliativos que su Estado ofrece y además, brindan testamentos vitales por si las personas lo consideran y acceden a firmar uno. Al mismo tiempo, estas asociaciones sugieren que se sigan las siguientes recomendaciones para 11 Véase, en anexos: Asociaciones alrededor del mundo en pro de la eutanasia.
  • 9. asegurarse que se sigan siempre los deseos de las personas firmantes de testamentos vitales: 1. Firme y ponga la fecha en el testamento frente a dos testigos. 2. Déle una copia del testamento a su doctor y discútalo con el o ella. 3. Déle copias de su testamento a personas claves envueltas en su bienestar. Pudiese llegar el momento cuando usted ya no pueda tomar parte en las decisiones con respecto a su futuro. 4. Mantenga acceso fácil al original. 5. Discuta sus decisiones con aquellos más cercanos a usted. 6. Revise su testamento una vez por año y póngale la fecha actual, con sus iniciales al lado de la nueva fecha. Esto claramente sostiene que sus deseos no han cambiado. 7. Haga incluir una copia de su testamento cuando sea admitido a un hospital.12 Si se siguen estas recomendaciones, las personas nos podemos asegurar que nuestros deseos sean siempre respetados. Esto nos sirve además, por si en un principio nos encontramos de acuerdo con la negación de los procedimientos necesarios para salvaguardar nuestras vidas y después cambiamos de opinión y decidimos que queremos todos los tratamientos posibles para que nuestras vidas sigan su curso de cualquier manera, el testamento vital puede tornarse inválido. En resumen, el testamento vital es una importante herramienta para que la decisión de la continuidad o el cese de nuestras vidas, sea sólo de nosotros, es decir, que la decisión sea autónoma y libre de presiones externas. Además, este documento se concibe como un tipo de “seguro” para que se cerciore el seguimiento de nuestras aspiraciones en cuanto a lo que se quiere hacer en algún determinado momento y bajo ciertas circunstancias. 12 ( en línea, disponible en: http://www.health-first.org/patients_visitors/spanish/spanish_living_will.pdf ; internet ; accesado en 6 de Noviembre de 2007]
  • 10. 3.3 Propuesta para despenalizar la eutanasia activa y pasiva en México siguiendo los parámetros Holandeses para lograrlo. Ahora que se han explicado los tres principales conceptos, desarrollo humano, democracia y eutanasia, y la relación que existe entre estos, se procede a explicar como es que la despenalización de la eutanasia activa y pasiva en México se puede lograr, siguiendo los parámetros Neerlandeses para alcanzarla, además de la posibilidad de ocasionar un incremento en nuestro desarrollo humano. Como se señaló en los capítulos anteriores, el tema de la despenalización de la eutanasia ha tenido bastantes partidarios en pro y a su vez, en contra. El tema de la eutanasia siempre ha sido lo suficientemente complicado, inclusive para los griegos, quienes defendían el derecho que tenemos los seres humanos para decidir cómo y cuando morir, pero en este entonces el Estado no intervenía en las decisiones personales de sus habitantes, como podría ser el hecho de elegir la eutanasia o el suicidio. No fue sino hasta cuando apareció Aristóteles, como un filósofo reconocido en la antigua Grecia, que el suicidio (comúnmente equiparado con la eutanasia), se comenzó a considerar como una ofensa contra el Estado. Aristóteles decía que “[l]a valentía no se demuestra matándose para escapar del amor, la pobreza o la angustia.”13 Aristóteles tenía razón, la valentía no se demuestra cometiendo suicidio, pero en todo caso, cuando alguien se suicida o pide la eutanasia, no es precisamente para mostrarse valiente ante alguna situación, sino para aliviar dolores, sufrimientos innecesarios y evitar vivir una “vida” que se considera miserable e indigna. Desde este entonces, el suicidio y la eutanasia, se empezaron a considerar como cuestiones en las que tenía que intervenir el Estado. 13 Derek Humphrey y Ann Wickett. “El derecho a morir, comprender la eutanasia.” P. 20
  • 11. En la edad de la razón, había dos corrientes que defendían posturas distintas; por parte de los Aristotélicos, “[s]e condenaba el suicidio en la mayoría de los casos por lealtad al Estado”14 y por parte de los estoicos, “[s]e defendía a ultranza el venerado principio de kalokagathia, ideal de un perfecto equilibrio entre el bienestar físico y mental.”15 Después de bien establecidas estas dos corrientes ideológicas, con relación al suicidio y la eutanasia, el Estado se inclinó por aprobar el suicidio, el cual no fomentaba, sin embargo lo respaldaba; lo único que se necesitaba, era un permiso oficial: “[Q]uien no desee vivir debe exponer los motivos al Senado, y una vez haya recibido el permiso puede quitarse la vida. Si la existencia te resulta odiosa, muere; si el destino te es adverso, bebe cicuta. Si la pena te abruma, abandona la vida. Dejad que el infeliz relate su desgracia, dejad que el magistrado le proporcione el remedio para que él mismo pueda ponerle fin.”16 El Estado comprendió que debía de intervenir, más no prohibir. Lamentablemente, desde que Hipócrates creó el código de ética para los médicos, el “Juramento Hipocrático”, la eutanasia resultó como un acto inmoral y contrario a toda buena acción por parte de los practicantes de medicina. Además, el precedente ya estaba expuesto, la eutanasia y el suicidio estaban marcados por la idea Aristotélica de que estas dos acciones representaban una ofensa contra el Estado. Esta idea ha perdurado a lo largo de los años, lo que ha tenido como resultado la continua legislación en contra de estas dos acciones. Es por esto, que se encuentra que en la mayoría de los países, en sus Códigos Penales y Civiles, tanto la eutanasia (ya sea 14 Íbid. 15 Derek Humphrey y Ann Wickett. “El derecho a morir, comprender la eutanasia.” P. 20 16 Íbid.
  • 12. activa o pasiva) como el suicidio, son considerados delitos, salvo por las reformas que se han hecho a estos Códigos para despenalizar la eutanasia activa y pasiva en países como Holanda, Bélgica y Uruguay. Recientemente, en México, han existido los primeros indicios de la aspiración por despenalizar la eutanasia. Para poder formular las propuestas e iniciativas de ley que se han presentado en nuestro país, se han seguido los muy buenos ejemplos de despenalización en esta materia de Holanda y posteriormente, Bélgica. El debate sobre la eutanasia en México ha evolucionado de manera positiva, lo que ha tenido como resultado dos propuestas de iniciativa de ley para despenalizarla. Ha sido de suma importancia que se haya dado un reconocimiento social –incluidos médicos, filósofos, legisladores y la sociedad en general— de lo que es la eutanasia; pero, y aunque este reconocimiento todavía no haya alcanzado el debate a nivel nacional, como sucedió con el aborto, en México, la despenalización de la eutanasia está haciendo mucho ruido. Este tema ha tomado la relevancia necesaria en nuestro país para poder legislar acerca de éste. Pero para lograr legislar de la manera correcta y velando siempre por el bienestar de los mexicanos, es necesario tener referencias de países en donde la eutanasia activa y pasiva funcionan de la mejor manera. Los congresistas mexicanos que han trabajado para lograr la despenalización de la eutanasia, han tomado como principal referencia la ley Holandesa, pero sólo han considerado la posibilidad de despenalizar la eutanasia pasiva. Si bien esto representa un muy buen comienzo para conseguir la expansión de las libertades personales de los ciudadanos, la despenalización de la eutanasia pasiva no alcanza las acciones que la eutanasia activa logra, ya que la eutanasia pasiva sólo sirve para aquellos que “viven” gracias a
  • 13. máquinas que mantienen sus corazones latiendo. Pero ¿qué hay de aquellos pacientes que, por ejemplo, tienen la condición de cuadrapléjicos y sólo “viven” por que respiran, pero no gozan de una vida propia y no desean continuar “viviendo” de esta manera? La única respuesta para este tipo de pacientes, con cierto tipo de enfermedades que no requieren de algún soporte técnico para seguir respirando, es la eutanasia activa. De cierta manera, se concibe a la eutanasia activa como una forma aún más segura y mucho más factible de legislar que la eutanasia pasiva, ya que la voluntad de morir del paciente puede ser expresada en cualquier caso; además, si se considerara el testamento vital como una herramienta para el cercioro de que los deseos de la persona en cuestión están siendo respetados, la eutanasia activa podría ofrecer una muerte digna para pacientes con este tipo de condiciones. Próximamente, se presentará ante el pleno de la Asamblea Legislativa de la capital, la propuesta de ley “Ley de Voluntad Anticipada”, con la cual se pretende “…[p]roteger jurídicamente la decisión de una persona afectada por una enfermedad crónico – degenerativa, para evitar tratamientos terapéuticos que de manera innecesaria prolonguen su vida, atentando en contra de su dignidad como persona.17 Si aprobada, esto se podrá realizar a través de un testamento en vida, el cual y “[m]ediante la suscripción ante notario público de un Documento de Voluntad Anticipada, toda persona que se encuentre en fase terminal por una enfermedad, puede decidir sobre los límites para el tratamiento terapéutico que recibirá.”18 Como podemos observar, el testamento vital es una herramienta necesaria para poder despenalizar la eutanasia pasiva, ya que sin esta, los pacientes que se pueden encontrar en estado de inconciencia permanente o con una condición degenerativa e irreversible se aseguran de que lo que 17 Víctor Hugo Círigo, La Crónica de hoy. “Ley de Voluntad Anticipada”. ( en línea, disponible en: http://www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=307241 ; Internet; accesado en 6 de Noviembre de 2007] 18 Íbid.
  • 14. pretenden que se haga con sus vidas en el momento de incapacidad, se vea respetado y se actúe conforme a lo estipulado en este documento. Los parámetros que se podrían seguir para que la eutanasia activa también participe en el proceso de despenalización en México, son los procedentes de los Países Bajos. Se podrían establecer los requerimientos que se estipulan en las leyes Neerlandesas para que la eutanasia activa pueda ser utilizada y no se penalice a quienes la practiquen, los cuales son: 1) En caso de sufrimientos físicos y psíquicos insoportables para el paciente. 2) El sufrimiento y el deseo de morir deben ser constantes (es decir, no pasajeros). 3) La decisión de morir debe corresponder a la decisión voluntaria de un paciente bien informado. 4) La persona en cuestión debe tener un concepto claro y preciso de su condición, así como otras posibilidades (es decir, debe conocer los resultados de los diferentes tratamientos, o de la ausencia de los mismos), y debe ser capaz de evaluar estas alternativas. 5) Cuando no exista otra solución razonable (aceptada por el paciente) para mejorar su situación. 6) El momento y la forma de morir no deberán causar perjuicio innecesario a terceros (si es posible, el pariente más próximo deberá ser informado de antemano.)
  • 15. 7) La decisión de ayudar a morir no debe recaer en una sola persona. Es obligatorio consultar con otro profesional (doctor en medicina, psicólogo o asistente social, de acuerdo con las circunstancias del caso). 8) En la decisión debe intervenir un médico para recetar los medicamentos adecuados. 9) La decisión y la ayuda deben llevarse a cabo con las máximas precauciones. 10) No es necesario que el enfermo se esté muriendo para recibir ayuda. Los parapléjicos pueden solicitar y obtener ayuda para morir.19 Los requerimientos que se estipulan en las leyes Holandesas para que la eutanasia activa también pueda ser utilizada, son muy específicos, por lo que no existe el campo para las ambigüedades, ni para que se den abusos a esta práctica. Es importante hacer notar que el paciente es tan la preocupación primordial, que los médicos se deben de asegurar que el sufrido esté completamente consciente y entienda a fondo la condición que le afecta, además de que para que la eutanasia proceda, es necesario que se hayan utilizado todos los recursos y cuidados paliativos para que la persona en cuestión sea “elegible” para cualquier tipo de eutanasia. También es necesario concebir la importancia que se le da al proceso de aplicación de la eutanasia, que para que sea legítima, debe de tener la certificación de otro médico –ajeno al paciente en cuestión— que evalúe y afirme que la eutanasia es la única opción para que la persona requirente deje de sufrir. Además, es elemental observar que la ayuda y el confort que ofrece la eutanasia, tanto para el paciente como para la familia de éste, es equitativa, en términos de que no se hace distinción alguna entre pacientes con distintas condiciones, lo que garantiza que la libertad y la autonomía de todas las personas, se vea respetada y jurídicamente 19 Derek Humphrey y Ann Wickett. “El derecho a morir, comprender la eutanasia.” P.233, 234
  • 16. protegida. Así mismo, es importante hacer saber a los pacientes, que en caso de elegir la opción que ofrece la eutanasia –que es una buena muerte— la decisión es irreversible, por lo que se les alienta a hablar con psicólogos, familiares y allegados para poder tomar una decisión razonable y libre de remordimientos. Una vez cumplidos todos estos requerimientos, la eutanasia se aplica y el paciente es finalmente liberado de una vida miserable. Si se tomaran estos parámetros de carácter legal para que la eutanasia activa pueda ser también una realidad y evitar la discriminación entre pacientes, se podría alcanzar lo que toda sociedad democrática, con un nivel de desarrollo humano medio- alto puede lograr, que es la expansión de las libertades personales de sus ciudadanos.