1. Unión de Comerciantes y Autónomos
www.comerciodegijon.com – www.comerciomovilasturias.com
Marqués de San Esteban, 52-entlo. – Aptdo. 194 – 33206 Gijón
Horario de oficina: 9 a 13:30 y de 15:30 a 18:30 Viernes de 8 a 15h.
Tel. 985 341 406
AYUDA- TICKET DEL AUTONOMO-2014/15
Estimado socio, el pasado miércoles 06 de MAYO, salió publicado en el Boletín Oficial del
Principado de Asturias la resolución de la convocatoria por la que la CONSEJERIA DE ECONOMIA y
EMPLEO, concede ayudas a los desempleados inscritos como demandantes de empleo, que hayan
causado alta como trabajadores autónomos, en el periodo comprendido entre el 01/10/2014 y el
30/01/2015, y cuyos centro de trabajo o establecimiento abierto al público, estén situados en esta
Comunidad Autónoma. También podrán acceder a estas ayudas los trabajadores autónomos que
habiendo causado alta entre el 01/10/2013 y el 30/09/2014, su solicitud fuese denegada por falta de
crédito en el pasado ejercicio.
-BENEFICIARIOS: Personas físicas que hubieran causado alta, en el Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, durante el periodo comprendido entre 01/01/2014 y
el 30/01/2015. Siempre que provengan de la situación de desempleados, y figuren inscritos como tales
en el Servicio Público de Empleo de Principado de Asturias.
-CUATÍA: El importe máximo de la subvención consistirá en una ayuda de 4.000€,
condicionada a que el solicitante haya realizado una inversión en inmovilizado material por cuantía no
inferior a los 5.000€, I.V.A. excluido.
-REQUISTOS: -Ejercer una actividad por cuenta propia en un centro de trabajo con domicilio
social y fiscal en el Principado de Asturias, así como haber estado inscrito como demandante de
empleo, en cualquiera de las oficinas de Asturias hasta la fecha del alta como trabajador autónomo. Así
como disponer de un PLAN de VIABILIDAD de la actividad elaborado a través de uno de los CENTROS
de EMPRESAS radicados en Asturias.
-Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, así como no ser deudor
del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
-EXCLUSIONES: Personas que en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la
solicitud, hayan ejercido la misma actividad. O que hayan sido ya beneficiarias de esta ayuda en los tres
años inmediatamente anteriores.
-PLAZOS: El plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el 15 de JUNIO.
Como en anteriores ocasiones, la tramitación y solicitud de las mismas puede realizarlas en las
dependencias de esta asociación, solicitando cita en el departamento laboral (985 341406 ext 18),
donde se le atenderá e informará con mayor precisión.