1. Normatividad sobre la Inversión
Extranjera Directa en Colombia
Carol Liliana Rios Daza
Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca
Facultad de Administración y Economía
2. El control de la Inversión Extranjera
Directa (IED) en Colombia se da a
partir de 1.938, estableciendo que
todas las operaciones en moneda
extranjera requería autorización de la
Oficina de Control de Cambios y
Exportaciones.
3. En 1.947 se obliga a toda inversión
extranjera que reclamara el derecho
de giro al exterior tener un registro
ante la Oficina de Control de Cambios
4. En 1.951 el Decreto 545 dicta que los
capitales importados antes de este año
estaban en la obligación de solicitar un
registro de la inversión ante el Ministerio
de Hacienda, para tener derecho a giro.
5. La ley 1ª de 1.959 anulo la ley anterior
autorizando a los capitales que no se
habían registrado, tendrían derecho a giro
a través del mercado libre de divisas.
6. A finales de los años sesentas se empezó a
regir el Decreto-Ley 444 de 1.967, donde
predominaron políticas como:
- Prohibición de IED en sectores
considerados como “claves”.
- Trato discriminado a empresas
extranjeras instaladas en el país.
7. En el Decreto-Ley 1900 dictado en 1.973 se
incorpora la “decisión 24” de la junta del
Acuerdo de Cartagena, es decir, luchar por
un crecimiento regional latinoamericano,
por medio de una ampliación de mercado
(creación de la Comunidad Andina).
8. Por medio de la “Decisión 24”, se aplicaron
normas severas contra la IED:
• Se prohibió la Inversión en algunas
actividades
• Se limito el giro de utilidades
• Se regulo la transferencia de tecnología
• Se exigía la transformación en empresas
mixtas a las empresas totalmente
extranjeras
9. Luego se aplicaron normas como
Resolución 29 de 1.978: Daba potestad al DPN
para aprobar como IED la capitalización de los
excedentes de utilidades respecto a los limites
de transferencia al exterior
Decreto 1161 de 1.979: Autorizo al Incomex
para firmar contratos de exportación y al DPN
para calificar como inversionistas nacionales a
personas naturales extranjeras
Ley 55 de 1.979: Prohibía la IED en entidades
financieras y sector seguros
10. Con la Ley 9 de 1.991, Articulo 15 se abrieron las
puertas a la IED con tres principios
fundamentales
• Igualdad: Tratamiento igualitario para el
inversor nacional o extranjero
• Universalidad: Permitir la entrada de flujos
externos a cualquier actividad económica.
• Automaticidad: La única condición de los
inversionistas extranjeros es registrar la
inversión en el Banco de la Republica para
garantizar el derecho cambiario.