3. Entrevista al Superintendente de Bancos
¿Desde cuándo se venía estudiando esta reforma?
Desde que el Presidente de la República anunciara el aumento del
bono. Trabajamos día, tarde y noche, haciendo modelizaciones,
corridas financieras, etc…
Si no hubiese existido la propuesta del candidato Guillermo Lasso
de aumentar el BDH, ¿tampoco se hubiese lanzado esta reforma?
Eso pregúntele al Presidente.
¿Qué entidades estuvieron involucradas en la elaboración de la de
reforma?
El Banco Central, la Superintendencia de Bancos, el Servicio de
Rentas Internas, el Ministerio Coordinador de la Política Económica,
la Presidencia y a lo mejor se me escapa otro sector.
En esas reuniones, ¿cómo se definió que los bancos sean los únicos
que financien el aumento del bono?
Eso no se trató en las reuniones. El Presidente de la República
dispuso que sean los bancos cuando anunció el aumento del bono.
¿Y no se discutió por qué tenían que ser los bancos, cuando hay
(05/11/2012) otros sectores que ganan tanto o más?
La iniciativa legislativa de presentar proyectos de ley es del
Presidente de la República. Ninguno de los que estuvimos en las
reuniones podíamos objetarlo y decirle al Presidente que mejor
presente otra propuesta.
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4. ¿Qué dijo el Presidente sobre el IVA?
Reformas a la Ley de Régimen
Tributario Interno:
• El Presidente Correa señaló • - Del número 12 del artículo 56 elimínese la
siguiente frase: "financieros y".
“si un cliente retira 50
Ley de Régimen Tributario Interno
centavos de un cajero, el • Art. 56.- Impuesto al valor agregado sobre los
servicios.- El impuesto al valor agregado IVA, grava
IVA – 12%- de esos 50 a todos los servicios, entendiéndose como tales a
los prestados por el Estado, entes públicos,
centavos lo pagará el banco sociedades, o personas naturales sin relación
laboral, a favor de un tercero, sin importar que en la
misma predomine el factor material o intelectual, a
y no el cliente”, explicando cambio de una tasa, un precio pagadero en dinero,
especie, otros servicios o cualquier otra
además que las tarifas no se contraprestación.
incrementarán porque las Se encuentran gravados con tarifa cero los
siguientes servicios: …
fija la Superintendencia de
Bancos. • 12.- Los financieros y bursátiles prestados por las
entidades legalmente autorizadas para prestar los
mismos;
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5. Exposición de Motivos
• Incrementar el valor del Bono de Desarrollo
Humano y de la Pensión Asistencial para Adultos
Mayores de manera que permita alcanzar el
efectivo goce de los derechos a una vida digna, a
través de la educación, salud, vivienda, vestido,
alimentación y seguridad social; y, planificar el
desarrollo nacional a través de la erradicación
de la pobreza, promoción del desarrollo
sustentable y la redistribución equitativa de los
recursos y la riqueza para acceder al buen vivir.
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6. “Si el gobierno hubiera querido tomar la medida podía hacerlo
antes. Esto se lo hace como una respuesta política, visceral
ante lo que dice un candidato a la Presidencia de la República.
¿Está pensando en las consecuencias de esta medida?”
Katuiska King (Ex Ministra Coordinadora de Política Económica)
“Mi hipótesis es que el gobierno ha enviado un globo de ensayo
para ver como reacciona el electorado y como reacciona
Guillermo Lasso”
Pablo Dávalos (Ex subsecretario de Rafael Correa en el Min. de Finanzas)
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13. Trámite del Proyecto Principios del Régimen Tributario
• Art. 132 (CRE).- La Asamblea • Art. 300 (CRE) .- El régimen tributario
Nacional aprobará como leyes las se regirá por los principios de
normas generales de interés común… generalidad, progresividad,
Se requerirá de ley en los siguientes
casos: eficiencia, simplicidad
3. Crear, modificar o suprimir administrativa, irretroactividad,
tributos, sin menoscabo de las equidad, transparencia y suficiencia
atribuciones que la Constitución recaudatoria. Se priorizarán los
confiere a los gobiernos autónomos impuestos directos y progresivos. …
descentralizados.
• Art. 68 (LOFL).- Iniciativa.- Sólo por • Art. 5 (Código Orgánico Tributario).-
iniciativa de la Función Ejecutiva y Principios tributarios.- El régimen
mediante el trámite ordinario
previsto en esta Ley, la Asamblea tributario se regirá por los principios
Nacional podrá establecer, modificar, de legalidad, generalidad, igualdad,
exonerar o extinguir impuestos. proporcionalidad e irretroactividad.
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15. ¿Cuál es la naturaleza del IVA?
• “El Impuesto al valor agregado (IVA) es una derivación de los impuestos a
las ventas, tributos que, económicamente, inciden sobre los consumos.
Bajo la denominación genérica de impuestos al consumo se comprende
aquellos que gravan, en definitiva al último adquirente de un determinado
bien.
No obstante, no es el consumidor, por lo general el sujeto pasivo desde el
punto de vista jurídico, sino otra persona que se halla en cierta
vinculación con el bien destinado al consumo antes que éste llegue a
manos del consumidor (p.ej. el productor, el importador, el industrial o el
comerciante).”
Curso de Finanzas, derecho financiero y tributario. Héctor Belisario
Villegas.
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16. Ingresos Permanentes y Gastos Permanentes
PESO DE GASTO CORRIENTE. PRESUPUESTO 2012.
CONCEPTO $MILLONES
Gasto corriente (Permanente) 12.212
Gasto capital
GADs (Gto Cte.) 1.000
Gto. Cte. Sectores Sociales 1.200
TOTAL 14.412
Ingresos tributarios (Perman) 10.362
DIFERENCIA 3.850
FUENTE: Presupuesto General del estado 2012
¿Cómo se va a cubrir el déficit en los ingresos permanentes ?
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18. Política Productiva
RV: ¿Afecta el crecimiento del sector productivo, y
no repara en las repercusiones en el sistema
financiero?.
Fausto Ortiz:“Es un argumento político que el
gobierno identifica a la banca como una fuente de
ingresos, pero si le quita 200 millones de dólares…
no podrá capitalizar el patrimonio… y al no hacerlo,
no podrá captar recursos adicionales y peor
ponerlos en forma de crédito… 200 millones de
dólares deja que la economía no se beneficie de
2000 millones”
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20. ¿Qué comprende la función de control
tributario del SRI?
Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas
Art. 1.- Naturaleza.- Créase el Servicio de Rentas Internas (SRI) como una
entidad técnica y autónoma, con personería jurídica, de derecho público,
patrimonio y fondos propios, jurisdicción nacional y sede principal en la
ciudad de Quito. Su gestión estará sujeta a las disposiciones de esta Ley,
del Código Tributario, de la Ley de Régimen Tributario Interno y de las
demás leyes y reglamentos que fueren aplicables y su autonomía
concierne a los órdenes administrativo, financiero y operativo.
Art. 2.- Facultades.- El Servicio de Rentas Internas (SRI) tendrá las
siguientes facultades, atribuciones y obligaciones: …
2. Efectuar la determinación, recaudación y control de los tributos
internos del Estado y de aquellos cuya administración no esté
expresamente asignada por Ley a otra autoridad;
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21. Control Tributario
• El SRI, de conformidad con el ordenamiento jurídico en materia tributaria (Ley de
Creación del SRI, Ley del RUC, Código Orgánico Tributario, Ley de Régimen
Tributario Interno), tiene competencia para controlar exclusivamente la
información proveniente de la relación jurídico tributaria, a la que hace referencia
en conjunto, el ordenamiento del sistema tributario y específicamente el artículo
1, 15, 72 del Código Tributario.
• De otorgarse esta competencia a la administración tributaria central, se debería
hacer extensiva también a las administraciones tributarias de los GADs., bajo el
mismo supuesto de control.
• Cualquier disposición, que posibilite requerir información de quienes no tengan la
calidad de contribuyentes, y que invadan ámbitos que no son competencia del SRI
vulnerarían, el derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye
el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su
correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o
difusión de estos datos o información requerirán la autorización del titular o el
mandato de la ley, así como el derecho a la intimidad personal y familiar,
reconocidos en los numerales 19 y 20 del artículo 66 de la Constitución.
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