Zonas de estacionamiento recuperación del espacio público
1. ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
ANTIOQUIA (ANTIOQUIA)
SECRETARIA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
NIT 890.907.569-1
EVITE ESTACIONAR SU VEHÍCULO EN SITIOS NO AUTORIZADOS
Según la Ley 1383 de 2010, no está permitido estacionar vehículos sobre andenes, zonas verdes,
parqueaderos de vehículos de transporte público y espacios destinados para recreación o conservación. en
las vías donde expresamente se indique en relación con horarios o tipos de vehículos, en vías principales,
secundarias, apartaderos, curvas, paradas y lugares destinados para limitados físicos.
Respete las normas, cuide su vida y la de los demás
Con el fin de garantizar el tránsito seguro de peatones, evitar accidentes y mejorar la movilidad en la
ciudad, se recomienda a los conductores:
Estacionar su vehículo en unas zonas autorizadas.
Recuerde que el estacionamiento debe hacerse lo más cerca posible al andén y a una distancia
mínima de cinco metros de la intersección vehicular.
Lugares permitidos par el estacionamiento:
Motos:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Carrera 8 frente a la Cámara de Comercio.
Carrera 11, entre calles 9 y 10, por occidente Limpio.
Parque de la Chinca: 1 sola fila frente a la Iglesia.
Dentro de la Plaza de Mercado.
Frente al Almacén Luma, hasta la esquina de la carrera 10 Marta Coronado.
Los acopios de chiveros solo se les permite 5 motos por acopio, tema a regular en los próximos días.
Bahía Monseñor Toro – Parque principal.
Carros:
1. Calle 9, entre carreras 4 y 9, es decir desde Santa Lucia, hasta frente de la Empresa Edatel SA ESP.
2. Calle 10, entre carreras 6 a la 9, es decir desde el Palacito, hasta frente del Hostal Guaracú.
3. Calle 10, entre carreras 14 y 19, es decir desde la sede antigua de Comfenalco luego de la Chinca,
hasta la Glorieta.
4. Calle 11, entre carreras 11 y 6, es decir desde el Parqueadero Acevedo, hasta las Coloradas.
Está prohibido parquear:
1.
2.
3.
4.
5.
Motos a lado y lado de la vía.
Motos y carros sobre los andenes.
Estacionar vehículos en los Parques del Municipio.
Estacionar vehículos en las carreras, que son callejones.
Estacionar vehículos en la lógica que se está obstaculizando la vía y la normal movilidad para
peatones y conductores.
La sanción por esta infracción es de 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes, equivalentes a
$267.795.
“Antioquia, Ciudad de Oportunidades”
http://santafedeantioquia-antioquia.gov.co
Palacio Consistorial Carrera 9 No. 9-22 Tel. 853 11 36 Ext. 101 Fax 853 11 01
2. ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
ANTIOQUIA (ANTIOQUIA)
SECRETARIA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
NIT 890.907.569-1
“PORQUE LA MOVILIDAD SE ENCUENTRA REDUCIDA PARA NUESTRA POBLACIÓN, SE TOMARÁN
MEDIDAS DE RECUPERACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO Y CONTROL SOBRE EL MOTOTAXISMO,
LLAMAMOS A LA TOLERANCIA, AL RESPETO A LAS NORMAS Y COMPROMISO POR UNA MEJOR
CALIDAD DE VIDA, CON RESPECTO A LA SEGURIDAD VIAL Y MOVILIDAD EN NUESTRO MUNICIPIO”.
Fernando Ríos Correa
Secretario de Tránsito
“Antioquia, Ciudad de Oportunidades”
http://santafedeantioquia-antioquia.gov.co
Palacio Consistorial Carrera 9 No. 9-22 Tel. 853 11 36 Ext. 101 Fax 853 11 01