1. ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
ANTIOQUIA (ANTIOQUIA)
SECRETARIA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO
NIT 890.907.569-1
Calle 13 nº 9-66 local 2
Santa Fe de Antioquia – Colombia
Nit: 890907569-1
CIRCULAR No. 01
MARZO 10 de 2014
DE: SECRETARIO DE TRÁNSITO
PARA: CONDUCTORES Y ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO
ASUNTO: LLAMADO A NO OBSTACULIZAR LAS VÍAS, CON VEHÍCULOS AUTOMOTORES
El crecimiento de la dinámica socio – económica del municipio, ha traído como consecuencia entre otros aspectos, el deterioro de la libre movilidad
para el peatón y un desempeño eficiente del tránsito vehicular, pues en dos años, el parque automotor de motocicletas incrementó de 3.000 a 7.000
unidades, así mismo contamos con 140 motocarros, 80 vehículos del servicio de transporte público urbano y 22 taxis. Transitan también un promedio
de 150 vehículos de servicios intermunicipal y más de 3000, por la vía nacional hacia Medellín o Urabá. Pese a este crecimiento del parque automotor
para tan reducida malla vial, las conductas de la gran mayoría de sus conductores, son de no cumplir con las normas, resaltando de manera especial
LA OBSTACULIZACIÓN DE LAS VÍAS URBANAS Y LA CALZADA DE LA VÍA NACIONAL, en el sector urbano o variante.
Vemos como ya no hay lugar para el peatón, pues los conductores de las motocicletas y otros vehículos, los están estacionando, a lado y lado de la
calzada de la vía y a veces sobre los andenes, dando lugar a dicha actitud de intolerancia, falta de compromiso con el Municipio y desacato a las
normas, generando alto riesgo para la accidentalidad de peatones, imposibilitando una correcta movilidad en el tránsito vehicular, pues se generan
trancones y el aspecto general que presenta el municipio es de desorden.
Por lo anterior se solicita a TODOS LOS CONDUCTORES Y PROPIETARIOS DE MOTOCICLETAS, MOTOCARROS, AUTOMÓVILES, CAMPEROS,
CAMIONETAS, TAXIS, Y VEHÍCULOS DEL SERVICIO PÚBLICO, NO ESTACIONAR en los parques del Municipio, ni en las carreras, mucho menos
en la vía nacional, o vías arterias y principales de la población. Solo lo podrán hacer en los parqueaderos públicos y privados y en las vías permitidas
para ellos.
Se reforzarán los controles al respecto y se recuerda que la sanción que establece el Código Nacional de Tránsito, infracción C03 es de 15 SMMLV o
$308.000.oo
Las vías en donde se permite el estacionamiento de motos son: Carrera 7, entre calles 10 y 11 – calle de la Cámara de Comercio – Carrera 11,
entre calles 9 y 10 – Portón del Parque – Frente a la iglesia de la Chinca, en el costado del parque, provisionalmente dentro de la Plaza de Mercado, un
solo costado de la calzada en Santa Lucia. Para carros, se permite un solo costado de la calzada desde la carrera 6 a la 9 en la calle 10 o del medio,
y desde la calle 9 Barrio Santa Lucia, hasta la carrera 9. También desde la carrera 13 Parque de la Chinca hasta la carrera 18 Barrio Buga, igualmente
desde la Calle 11 con la Carrera 11, hasta la Carrera 6 o las Coloradas.
Por ningún motivo habrá estacionamiento en la vía nacional, ni en la vía principal que atraviesa al Llano de Bolívar y conduce al Puente de Occidente
(Carreras 10 y Transversal 8).
“UN LLAMADO A LA TOLERANCIA Y AL RESPETO DE LA LIBRE MOVILIDAD Y BUEN USO DE LAS VIAS”
FERNANDO RIOS CORREA
Secretario