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DIP. HÉCTOR SAÚL TÉLLEZ HERNÁNDEZ
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO
FEDERAL.
P R E S E N T E.
La suscrita, Diputada Laura Ballesteros Mancilla, integrante del Grupo Parlamentario del
Partido Acción Nacional a la VI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 17 fracción VI de la Ley Orgánica, y 93 y 133 del Reglamento para el Gobierno
Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración
de esta Honorable Asamblea con carácter de urgente y obvia resolución la presente
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR LA QUE SE SOLICITA
INFORMACION A DIVERSAS AUTORIDADES DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA
DE DERECHOS HUMANOS, CON UN ENFOQUE DE VIVIENDA, al tenor de los
siguientes:
A N T E C E D E N T E S
Los Derechos Humanos incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición
humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de raza, color, sexo,
idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole como origen nacional o social,
posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Es importante recordar a esta
Asamblea que en el pasado Junio de 2011, nuestra Constitución tuvo una importante
reforma en materia derechohumanitaria, misma que incorporó en su artículo primero el
principio pro homine, mismo que obliga a todas las autoridades y componentes del Estado
Mexicano a velar por los derechos humanos de todos aquellos que nos encontremos en
territorio Mexicano, cuestión que sin duda incluye a la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal, así como a sus diputados integrantes, lo que sin duda fortalece de fondo la
presentación de este punto de acuerdo, ya que se pone a consideración de este honorable
pleno el respeto de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el Distrito
Federal
Por ello la participación en la protección de los derechos humanos de esta Asamblea, tiene
que ser cada día más activa, el subir a esta Tribuna a señalar condiciones que padecen
algunos en esta Ciudad, no es un reproche al Gobierno, por el contrario, es el cumplimiento
a la obligación que todos nosotros tenemos de trabajar en pro de la persona humana y su
dignidad, debemos de cambiar el paradigma de que el discurso de la oposición es un
señalamiento o peor aún un linchamiento, por el contrario se trata de trabajo en conjunto
para buscar las mejores soluciones y que todos disfrutemos del derecho a la Ciudad y
entonces lleguemos a tener la Ciudad que queremos en lugar de aprender a querer la
Ciudad que tenemos.
Uno de los derechos principales para asegurar la calidad de vida de las personas es el
derecho a una vivienda digna y adecuada, el cual está consagrado en nuestra Constitución,
así como en diversos instrumentos internacionales, de los que nuestro país es parte, y por
lo tanto obligan a todas las autoridades a cumplirlo; entre los más notables cabe destacar la
Declaración Universal de Derechos Humanos la cual menciona en su artículo 25 lo
siguiente:
“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así
como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el
vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios;
tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad,
invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia
por circunstancias independientes de su voluntad”
Asimismo el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 4, afirma que:
“Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley
establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”
Por lo anterior, nuevamente es importante recordar la reforma ya referida a nuestra
Constitución en el año 2011, misma que al reformar el artículo primero de la Constitución,
ordena que:
“Las normas relativas a los derechos humanos se interpretaran de conformidad
con esta constitución y con los tratados internacionales de la materia
favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección mas amplia. Todas las
autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad
con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y
progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar
y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que
establezca la ley “
En ese sentido, derivado de una investigación realizada por el periódico Reforma el cual
reportó que en la Ciudad de México existen decenas de capitalinos los cuales llevan por lo
menos alrededor de 10 años, e incluso mas de 20, en campamentos del Gobierno del
Distrito Federal, en los cuales deberían haber permanecido sólo por un lapso de tres
meses, en el cual, las autoridades correspondientes reubicarían a estas personas en un
espacio digno para vivir, sin embargo dicha población que viven en condiciones de
hacinamiento en cuartos de lámina de solo 16 metros cuadrados, ha sido olvidada por las
autoridades, cuestión que sin duda es violatoria de sus derechos fundamentales y limita su
desarrollo como personas integrantes de nuestra sociedad y que además nos obliga a
actuar en pro de la defensa de sus derechos. Es claro que el mandato del artículo uno
constitucional, lejos de la discusión de la supremacía constitucional que incluso ya se ha
sostenido en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nos obliga a actuar en casos como
este, por el simple hecho de que se pretende se respete de manera cabal derechos de
personas que habitan en nuestra comunidad, que son avecindados del Distrito Federal.
Por ello no podemos olvidar que el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, como
organismo público descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con
personalidad jurídica y patrimonio propio fue creado precisamente para atender la
necesidad de vivienda de la población residente del Distrito Federal, principalmente la que
es vulnerable, se encuentra en situación de riesgo o que sea de bajos recursos
económicos, facultada legalmente para el otorgamiento de créditos de interés social para
vivienda digna y sustentable. Incluso en la propia misión del referido Instituto se encuentra
como su finalidad el contribuir a la realización del derecho humano básico que significa la
vivienda, es decir esta reconocido plenamente este derecho en diversas leyes y normas de
carácter legal aplicables en el Distrito Federal e inexplicablemente subsisten casos que
podríamos denominar de abandono de toda política incluyente, lo que es factible de
remediar por el Gobierno del Distrito Federal en coadyuvancia directa de esta Asamblea.
Es importante mencionar que existen campamentos administrados por el Instituto de
Vivienda del Distrito Federal (INVI), cuyos habitantes, esperan una oportunidad de
conseguir una casa propia, mientras que otras personas llegan ahí luego de haber sido
desalojadas de zonas de alto riesgo o víctimas de algún accidente, cuestión que
legalmente los haces susceptibles a ser beneficiarios de los programas que promueve el
propio Instituto
Asimismo, hace 7 años el Instituto de Vivienda (INVI) levantó un campamento cerca del
Metro Observatorio para dar hogar provisional a unas 120 familias que habitaban en zonas
de riesgo de la delegación Álvaro Obregón, sin embargo, el programa al que iban a ser
sujetos no se concluyó, por lo que al paso del tiempo la mayoría de las familias ya han
dejado los cuartos hechos de fibra de caña y aditivo para comenzar una nueva vida en una
casa propia, por lo que poco a poco el campamento ha sido desmantelado.
De igual forma existen otros campamentos ubicados en la Colonia Roma con 12 familias, y
en Eje Central, en la Colonia Guerrero con 55 familias; campamentos donde no existe
calidad de vida, debido a que está completamente desvirtuado el concepto de campamento
porque no se trata de una vivienda permanente, los habitantes de dichos campamentos
están a la espera de que el Instituto de Vivienda Capitalino (INVI), les otorgue un crédito
para tener su casa.
Problemas entre vecinos y la escasa privacidad e incertidumbre son la constante de estas
familias, esto debido a lo invisible que son para las autoridades, causas que los ponen en
condiciones de completa indefensión.
Para entrar a los campamentos no hay ninguna restricción, por lo que en la noche los
vecinos deben estar alerta debido a que personas externas constantemente intentan
acceder en busca de un lugar donde dormir.
La estancia en este lugar no tiene un costo para las familias, y, pese a que quincenalmente
la Delegación envía una pipa de gas para llenar el tanque, las familias lo único que
esperan es su vivienda.
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo sexto del artículo 4 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda familia tiene derecho a
disfrutar de vivienda digna y decorosa.
SEGUNDO.- Que es obligación de todas las autoridades del gobierno del Distrito Federal
velar por el respecto de los derechos humanos de todos los que habitan y transitan en el
Distrito Federal.
TERCERO.- Que, de conformidad con la fracción I del artículo 10 de la Ley de Vivienda del
Distrito Federal, el Instituto, tendrá además de las atribuciones comprendidas en su
Decreto de creación el establecer las medidas conducentes a asegurar el cumplimiento de
los programas y orientaciones aprobados por el Jefe de Gobierno en materia de vivienda.
CUARTO.- Que, el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, es un organismo público
descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica
y patrimonio propio y que fue creado para atender la necesidad de vivienda de la población
residente del Distrito Federal.
QUINTO.- Que, las condiciones de vida que llevan los seres humanos que habitan los
multicitados campamentos, carecen de la dignidad y decoro a que hace mención nuestra
Carta Magna, por tal motivo, resulta imprescindible contar con la información solicitada,
misma que nos permitirá desarrollar propuestas que coadyuven a resolver dicha
problemática.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable
Asamblea Legislativa la siguiente proposición con
P U N T O D E A C U E R D O
PRIMERO.- Se solicita al Instituto de Vivienda del Distrito Federal, un informe sobre el
número exacto de campamentos de vivienda existentes en la Ciudad de México, así como
cuántas personas habitan en ellos y si existe un proyecto para reubicarlos.
SEGUNDO.- Se solicita al Instituto de Vivienda del Distrito Federal, realice un programa de
vivienda digna para todos los habitantes de campamentos que existan en la Ciudad de
México, con el fin de abatir el rezago de vivienda que existe en la Ciudad al fin de la
presente Administración.
TERCERO.- Se solicita a la Secretaría de Protección Civil, un informe que contenga datos
sobre cuántas personas en el Distrito Federal se encuentran viviendo en zonas de alto
riesgo y si existe algún programa o proyecto conjunto con el Instituto de Vivienda para
reubicarlos.
Dado en el Recinto Legislativo, a los diez días del mes de octubre de dos mil trece.
DIP. LAURA BALLESTEROS MANCILLA.

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Punto de acuerdo ddhh vivienda

  • 1. DIP. HÉCTOR SAÚL TÉLLEZ HERNÁNDEZ PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E. La suscrita, Diputada Laura Ballesteros Mancilla, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la VI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 fracción VI de la Ley Orgánica, y 93 y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea con carácter de urgente y obvia resolución la presente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR LA QUE SE SOLICITA INFORMACION A DIVERSAS AUTORIDADES DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS, CON UN ENFOQUE DE VIVIENDA, al tenor de los siguientes: A N T E C E D E N T E S Los Derechos Humanos incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole como origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Es importante recordar a esta Asamblea que en el pasado Junio de 2011, nuestra Constitución tuvo una importante reforma en materia derechohumanitaria, misma que incorporó en su artículo primero el principio pro homine, mismo que obliga a todas las autoridades y componentes del Estado Mexicano a velar por los derechos humanos de todos aquellos que nos encontremos en territorio Mexicano, cuestión que sin duda incluye a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como a sus diputados integrantes, lo que sin duda fortalece de fondo la presentación de este punto de acuerdo, ya que se pone a consideración de este honorable
  • 2. pleno el respeto de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el Distrito Federal Por ello la participación en la protección de los derechos humanos de esta Asamblea, tiene que ser cada día más activa, el subir a esta Tribuna a señalar condiciones que padecen algunos en esta Ciudad, no es un reproche al Gobierno, por el contrario, es el cumplimiento a la obligación que todos nosotros tenemos de trabajar en pro de la persona humana y su dignidad, debemos de cambiar el paradigma de que el discurso de la oposición es un señalamiento o peor aún un linchamiento, por el contrario se trata de trabajo en conjunto para buscar las mejores soluciones y que todos disfrutemos del derecho a la Ciudad y entonces lleguemos a tener la Ciudad que queremos en lugar de aprender a querer la Ciudad que tenemos. Uno de los derechos principales para asegurar la calidad de vida de las personas es el derecho a una vivienda digna y adecuada, el cual está consagrado en nuestra Constitución, así como en diversos instrumentos internacionales, de los que nuestro país es parte, y por lo tanto obligan a todas las autoridades a cumplirlo; entre los más notables cabe destacar la Declaración Universal de Derechos Humanos la cual menciona en su artículo 25 lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad” Asimismo el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 4, afirma que: “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo” Por lo anterior, nuevamente es importante recordar la reforma ya referida a nuestra Constitución en el año 2011, misma que al reformar el artículo primero de la Constitución, ordena que:
  • 3. “Las normas relativas a los derechos humanos se interpretaran de conformidad con esta constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección mas amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley “ En ese sentido, derivado de una investigación realizada por el periódico Reforma el cual reportó que en la Ciudad de México existen decenas de capitalinos los cuales llevan por lo menos alrededor de 10 años, e incluso mas de 20, en campamentos del Gobierno del Distrito Federal, en los cuales deberían haber permanecido sólo por un lapso de tres meses, en el cual, las autoridades correspondientes reubicarían a estas personas en un espacio digno para vivir, sin embargo dicha población que viven en condiciones de hacinamiento en cuartos de lámina de solo 16 metros cuadrados, ha sido olvidada por las autoridades, cuestión que sin duda es violatoria de sus derechos fundamentales y limita su desarrollo como personas integrantes de nuestra sociedad y que además nos obliga a actuar en pro de la defensa de sus derechos. Es claro que el mandato del artículo uno constitucional, lejos de la discusión de la supremacía constitucional que incluso ya se ha sostenido en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nos obliga a actuar en casos como este, por el simple hecho de que se pretende se respete de manera cabal derechos de personas que habitan en nuestra comunidad, que son avecindados del Distrito Federal. Por ello no podemos olvidar que el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, como organismo público descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio fue creado precisamente para atender la necesidad de vivienda de la población residente del Distrito Federal, principalmente la que es vulnerable, se encuentra en situación de riesgo o que sea de bajos recursos económicos, facultada legalmente para el otorgamiento de créditos de interés social para vivienda digna y sustentable. Incluso en la propia misión del referido Instituto se encuentra como su finalidad el contribuir a la realización del derecho humano básico que significa la vivienda, es decir esta reconocido plenamente este derecho en diversas leyes y normas de carácter legal aplicables en el Distrito Federal e inexplicablemente subsisten casos que podríamos denominar de abandono de toda política incluyente, lo que es factible de remediar por el Gobierno del Distrito Federal en coadyuvancia directa de esta Asamblea.
  • 4. Es importante mencionar que existen campamentos administrados por el Instituto de Vivienda del Distrito Federal (INVI), cuyos habitantes, esperan una oportunidad de conseguir una casa propia, mientras que otras personas llegan ahí luego de haber sido desalojadas de zonas de alto riesgo o víctimas de algún accidente, cuestión que legalmente los haces susceptibles a ser beneficiarios de los programas que promueve el propio Instituto Asimismo, hace 7 años el Instituto de Vivienda (INVI) levantó un campamento cerca del Metro Observatorio para dar hogar provisional a unas 120 familias que habitaban en zonas de riesgo de la delegación Álvaro Obregón, sin embargo, el programa al que iban a ser sujetos no se concluyó, por lo que al paso del tiempo la mayoría de las familias ya han dejado los cuartos hechos de fibra de caña y aditivo para comenzar una nueva vida en una casa propia, por lo que poco a poco el campamento ha sido desmantelado. De igual forma existen otros campamentos ubicados en la Colonia Roma con 12 familias, y en Eje Central, en la Colonia Guerrero con 55 familias; campamentos donde no existe calidad de vida, debido a que está completamente desvirtuado el concepto de campamento porque no se trata de una vivienda permanente, los habitantes de dichos campamentos están a la espera de que el Instituto de Vivienda Capitalino (INVI), les otorgue un crédito para tener su casa. Problemas entre vecinos y la escasa privacidad e incertidumbre son la constante de estas familias, esto debido a lo invisible que son para las autoridades, causas que los ponen en condiciones de completa indefensión. Para entrar a los campamentos no hay ninguna restricción, por lo que en la noche los vecinos deben estar alerta debido a que personas externas constantemente intentan acceder en busca de un lugar donde dormir. La estancia en este lugar no tiene un costo para las familias, y, pese a que quincenalmente la Delegación envía una pipa de gas para llenar el tanque, las familias lo único que esperan es su vivienda. C O N S I D E R A N D O
  • 5. PRIMERO.- Que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo sexto del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. SEGUNDO.- Que es obligación de todas las autoridades del gobierno del Distrito Federal velar por el respecto de los derechos humanos de todos los que habitan y transitan en el Distrito Federal. TERCERO.- Que, de conformidad con la fracción I del artículo 10 de la Ley de Vivienda del Distrito Federal, el Instituto, tendrá además de las atribuciones comprendidas en su Decreto de creación el establecer las medidas conducentes a asegurar el cumplimiento de los programas y orientaciones aprobados por el Jefe de Gobierno en materia de vivienda. CUARTO.- Que, el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, es un organismo público descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio y que fue creado para atender la necesidad de vivienda de la población residente del Distrito Federal. QUINTO.- Que, las condiciones de vida que llevan los seres humanos que habitan los multicitados campamentos, carecen de la dignidad y decoro a que hace mención nuestra Carta Magna, por tal motivo, resulta imprescindible contar con la información solicitada, misma que nos permitirá desarrollar propuestas que coadyuven a resolver dicha problemática. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa la siguiente proposición con P U N T O D E A C U E R D O PRIMERO.- Se solicita al Instituto de Vivienda del Distrito Federal, un informe sobre el número exacto de campamentos de vivienda existentes en la Ciudad de México, así como cuántas personas habitan en ellos y si existe un proyecto para reubicarlos. SEGUNDO.- Se solicita al Instituto de Vivienda del Distrito Federal, realice un programa de vivienda digna para todos los habitantes de campamentos que existan en la Ciudad de México, con el fin de abatir el rezago de vivienda que existe en la Ciudad al fin de la presente Administración. TERCERO.- Se solicita a la Secretaría de Protección Civil, un informe que contenga datos sobre cuántas personas en el Distrito Federal se encuentran viviendo en zonas de alto
  • 6. riesgo y si existe algún programa o proyecto conjunto con el Instituto de Vivienda para reubicarlos. Dado en el Recinto Legislativo, a los diez días del mes de octubre de dos mil trece. DIP. LAURA BALLESTEROS MANCILLA.