2. PODER LEGISLATIVO
El Poder Legislativo es unicameral y reside en
la Asamblea Nacional, siendo la encargada de
la formación, discusión y sanción de las leyes
federales, además de las que rigen en el
Distrito Capital, las Dependencias y los
Territorios Federales. Además le está
encargado de las sanciones de este país.
3. La Asamblea Nacional
Artículo 186
• La Asamblea Nacional
estará integrada por
diputados y diputadas
elegidos o elegidas en cada
entidad federal por votación
universal, directa,
personalizada y secreta con
representación
proporcional, según una
base poblacional del uno
coma uno por ciento de la
población total del país.
4. PODER LEGISLATIVO
Se compone actualmente de 167 diputados que
sirven por cinco años y pueden ser reelegidos
de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la
Constitución Nacional. El número de
diputados puede variar según el aumento de
la población.
5. • Desde un punto de vista material o
sustancial, ley es toda regla social
obligatoria, emanada de autoridad
competente. Por lo tanto, no sólo son leyes
las que emanan del P.L., sino también la
Constitución, los decretos, las ordenanzas
municipales.
• Desde un punto de vista formal, se llama ley
a toda disposición sancionada por el Poder
Legislativo, de acuerdo con el mecanismo
constitucional Desde un punto de vista
material o sustancial, ley es toda regla social
obligatoria, emanada de autoridad
competente. Por lo tanto, no sólo son leyes
las que emanan del P.L., sino también la
Constitución, los decretos, las ordenanzas
municipales.
• Desde un punto de vista formal, se llama ley
a toda disposición sancionada por el P.L., de
acuerdo con el mecanismo constitucional
PODER LEGISLATIVO