2. Uno de los fundamentos de los regímenes políticos democráticos es
la separación de los poderes o funciones públicos.
El Británico
John Locke
El francés Barón de
Montesquieu
ORIGEN DE LA SEPARACIÓN DE PODERES
3. El Estado se divide en: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder
Judicial. Estos poderes son independientes entre sí.
5. SEPARACIÓN DE FUNCIONES
El Estado es uno, no se puede dividir. Lo que existe son separación
de funciones, y en donde, cada autoridad ejerce una función
específica: Función Política, Función Ejecutiva, Función
Administrativa, Función Legislativa, Función Jurisdiccional.
6. FUNCIONES DEL ESTADO
Las Funciones del Estado son las competencias de la administración
pública, que son ejercidas como funciones públicas por distintos
tipos de cargos públicos, cuyo objetivo principal es el bien común.
7. ÓRGANOS DEL ESTADO
Los Órganos del Estado son considerados los instrumentos o
medios que utiliza la administración pública para realizar una
determinada función estatal: Órganos Legislativos, Órganos
Ejecutivos y Órganos Judiciales. Pueden ser individuos o
instituciones:
9. La Constitución Política
establece que el Poder
Ejecutivo este en manos del
Presidente de la República
quien dura 4 años en el cargo.
1. FUNCIÓN EJECUTIVA
El Presidente de la República de Chile
- ES UN EJECUTIVO MONISTA: Jefe de Estado y Jefe
de Gobierno.
-El Presidente cuenta con un cúmulo de atribuciones
tanto en materia de gobierno y administración como en la
labor legislativa, judicial y económica.
10. ATRIBUCIONES :
- Concurrir a la formación de las leyes.
Proponerlas a través de los "Mensajes",
sancionarlas y promulgarlas.
- Ejercer la potestad reglamentaria, es
decir, la facultad de dictar normas para
implementar las leyes.
- Convocar a plebiscitos.
- Nombrar y remover a los ministros de
Estado.
- Otorgar indultos.
- Cuidar de la recaudación de las rentas.
- Nombrar a embajadores, ministros
diplomáticos y a representantes ante
organismos internacionales.
- Conceder jubilaciones, retiros, montepíos y
pensiones de gracia con arreglo a las leyes,
etc.
11. Puede ser acusado constitucionalmente
por la mayoría de la Cámara de Diputados
en ejercicio y ser resuelta dicha acusación
por el Senado que actúa como juez.
La acusación ha de considerarse en caso
que la administración haya cometido
gravemente el honor y la seguridad de la
nación o infringido la Constitución y/o las
leyes.
Un organismo consultivo, destinado a
asesorar al Presidente de la República en
asuntos nacionales de trascendencia, es el
Consejo de Estado.
REQUISITOS:
- Ser chileno.
- Tener cumplidos 35 años de edad.
- Ser ciudadano con derecho a sufragio.
12.
13. EL CONGRESO NACIONAL ES BICAMERAL
Este poder esta en manos del
Congreso Nacional que tiene entre
sus principales objetivos : ejercer la
representación de la ciudadanía,
concurrir a la formación de las
Leyes y fiscalizar los actos del
Gobierno.
2. FUNCIÓN LEGISLATIVA
14. ELECCIÓN:
En votación ciudadana directa, cada
cuatro años. Tiene 120 miembros, pero a
partir de 2018, serán 155 representantes,
que se elegirán en 28 distritos
electorales. Los diputados pueden ser
reelegidos en sus cargos.
REQUISITOS:
- Ser ciudadano con derecho a sufragio.
- Tener cumplidos 21 años de edad.
- Haber cursado la enseñanza media o
equivalente.
- Tener residencia en la región a que
pertenezca el distrito electoral
correspondiente durante un plazo no
inferior a dos años, contado hacia atrás
desde el día de la elección.
15. FUNCIONES:
- Legislar
- Representar
- Fiscalizar:
•Adoptar acuerdos o sugerir observaciones.
•Citar a un Ministro de Estado.
•Crear comisiones especiales investigadoras con
el objeto de reunir informaciones relativas a
determinados actos del Gobierno.
•Ejercer control sobre autoridades públicas,
acusar políticamente al Presidente de la
República con el voto de la mayoría de los
Diputados en ejercicio y sólo con la mayoría de
los Diputados presentes a los Ministros de
Estado, Ministros de Tribunales Superiores de
Justicia, Generales, Almirantes, Intendentes y
Gobernadores.
16. ELECCIÓN:
- Votación directa por
circunscripciones senatoriales.
-Duración 8 años y se renuevan
alternadamente cada cuatro años,
correspondiendo hacerlo en un
período a los representantes de las
regiones de número impar y en el
siguiente a los de las regiones de
número par y de la Región
Metropolitana.
- Pueden ser reelegidos.
17. COMPOSICIÓN:
- 38 senadores
- Elegidos en votación popular
- Sistema electoral binominal (dos
senadores por circunscripción)
- A partir de las elecciones de 2017,
se elegirán con un sistema
proporcional, a 23 senadores de las
regiones impares.
- Se espera que en 2021 se elijan
otros 27 senadores de las regiones
con número par, más la Región
Metropolitana.
- Se completará así el número de 50
integrantes que tendrá la cámara alta
a partir de 2022.
- Algunas regiones elegirán dos
senadores, otras tres y las más
pobladas elegirán cinco.
18. REQUISITOS
Ser ciudadano con derecho a sufragio.
Haber cursado la enseñanza media o equivalente.
Tener cumplidos 35 años de edad el día de la elección.
19. ATRIBUCIONES;
- Formación de las leyes - Aprobación de los tratados internacionales.
- Conocer de las acusaciones constitucionales que entable la Cámara de Diputados
- Resolver sobre la admisibilidad de acciones judiciales que se pretenda iniciar
contra algún Ministro de Estado.
- Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades
políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia.
- Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía.
- Prestar o negar su consentimiento a los actos del Presidente de la República, en
los casos en que la Constitución o la ley lo requieran.
- Otorgar su acuerdo para que el Presidente de la República se ausente del país
por más de treinta días o en los últimos noventa de su mandato.
- Declarar, oyendo al Tribunal Constitucional, la inhabilidad del Presidente de la
República y pronunciarse sobre la dimisión que el Presidente de la República haga
de su cargo.
- Aprobar la declaración del Tribunal Constitucional sobre responsabilidad del
Presidente de la República en hechos que han motivado la inconstitucionalidad de
un partido u organización que no ha respetado los principios básicos del régimen
democrático y constitucional.
- Dar su dictamen al Presidente de la República en los casos que éste lo solicite.
- Aprobar los nombramientos que el Presidente de la República proponga, en los
casos que la Constitución y las leyes establezcan.
20. TIENE COMO MISIÓN ESENCIAL
ADMINISTRAR JUSTICIA.
Los integrantes del Poder
Judicial deben establecer lo que
es justo para cada caso
particular del cual les toca
conocer y fallar, enmarcado
dentro del ordenamiento jurídico
vigente y según su competencia.
3. FUNCIÓN JURISDICCIONAL
21. De acuerdo a la
Constitución el Poder
Judicial tiene “La
facultad de conocer de
las causas civiles y
criminales, de
resolverlas”.
EL PODER
JUDICIAL TIENE
UNA CLARA
ESTRUCTURA
JERÁRQUICA
22. 4. MINISTERIO PÚBLICO
Compuesto por: UNA
FISCALÍA
NACIONAL
18 FISCALÍAS
REGIONALES
Una por cada
región y 4 para
Santiago
Fiscal Nacional
Fiscales Regionales
Nombrado por el:
Presidente de la República
Con aprobación del:
Senado
De una lista de 5 nombres
propuesta por la Corte Suprema
Nombrado por el:
Fiscal Nacional
Desde una lista de 3 nombres
propuesta por la : Corte de
Apelaciones de casa Región.
Nuevos Actores del Sistema Procesal Penal En Colaboración con:
Jueces de Garantía
Jueces del Tribunal Oral en lo Penal
Defensores Públicos
Carabineros de Chile
Servicio Médico Legal
Policía de Investigaciones PDI
Servicio de Registro Civil e Identificación
Instituto de Salud Pública
23. 5. ÓRGANOS DE CONTROL
Ejercer el control de la constitucionalidad
de las leyes y de las autoridades.
Ejercer el control de legalidad de los actos de la
Administración Pública y fiscalizar el ingreso y la
inversión de los fondos fiscales.