1. ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA
PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
¿Cuándo se hizo la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente?
Esta ley fue sancionada por el Congreso de la República el 2 de septiembre de
1998, y promulgada por el Presidente de la República el 2 de octubre de 1998;
entra en vigencia el 1 de abril del año 2000.
¿Quién es un niño?
Un niño es toda persona con menos de doce años de edad.
¿Quién es un adolescente?
Es toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años de edad.
¿Qué es el Interés Superior del Niño?
Es uno de los Principios en los cuales se fundamenta la Doctrina de Protección
Integral desarrollada en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual fue
ratificada por Venezuela y que además está consagrada constitucionalmente y
en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA). Este
principio de Interés Superior debe ser considerado ante todas las medidas a
tomar por las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los
tribunales, autoridades administrativas u órganos legislativos concernientes a
los niños, niñas y adolescentes, es un principio de interpretación y aplicación de
la LOPNA que esta dirigido a asegurar Protección Integral a la niñez y
adolescencia del país tomando en cuenta su opinión, el equilibrio entre el
ejercicio de sus derechos y garantías y sus deberes, su condición específica como
personas en desarrollo; además del equilibrio de las exigencias del bien común,
los derechos de las demás personas y los derechos de esta población.
2. ¿Qué es la Prioridad Absoluta?
Es este otro principio fundamental en la aplicación de la Doctrina de Protección
Integral que esta muy ligado al principio anterior e implica por parte del Estado,
la familia y la sociedad el cumplimiento al mandato legal de atender
prioritariamente las necesidades y derechos básicos de los niños, niñas y
adolescentes que se encuentren en el territorio nacional, es decir, todos, desde el
ámbito de competencia correspondiente debe asumir este principio, el cual
comprende preferencia en el diseño y ejecución de las políticas públicas,
asignación privilegiada de los recursos públicos para las áreas de aseguramiento
de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes del país,
igualmente en el acceso a los servicios públicos y la atención en la protección y
socorro en cualquier circunstancia.
¿Los niños y adolescentes tienen más derechos que los adultos?
No, porque la ley establece la necesidad de equilibrio entre los derechos y
garantías de los niños y adolescentes y sus deberes. La ley reconoce a todos los
niños y adolescentes capacidad para ejercer personal y directamente sus
derechos y garantías, de forma progresiva y conforme a su desarrollo evolutivo,
pero también les exige el cumplimiento de sus deberes, como sujetos plenos de
derechos