2. Anteriormente escribimos un artículo sobre el tema en Enfoque Derecho
(publicación de THEMIS-Revista de Derecho). También tocamos el tema
en esta tribuna. En dicho artículo de agosto del 2008 reportábamos, a
propósito de una de las reuniones preparatorias de APEC en Lima, lo
siguiente:
“el anuncio mas importante fue el que hiciera la Ministra de Justicia,
Rosario Fernandez, en el discurso de apertura de la charla, donde indicó
que el Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales, que dormía el
sueño de los justos hace aproximadamente cuatro años y que incluso se
encuentra en un link roto en la web del Ministerio aquí, pronto verá la
luz ya que actualmente se encuentra en el despacho del Consejo de
Ministros“.
3. También advertimos lo siguiente:
“Probablemente el lector se esté preguntando ¿no existe acaso
una norma que regule el tema en el Perú? En el Perú existen
normas sectoriales que regulan, por ejemplo, el secreto
bancario o el secreto de las telecomunicaciones. Sin embargo,
no existe una ley general que otorge una protección integral a
los datos personales en línea con la tendencia internacional.
Entonces ¿cómo nos sirve una ley general de protección de
datos personales? No es novedad decir que en el Perú se
trafican datos personales a diestra y siniestra. Una breve
caminata por el Jr. Wilson y una búsqueda en Google con los
términos ”datos personales” y “jr. wilson”confirman nuestra
afirmación