2. • CONFLICTO AMBIENTAL
Esto además de todo produce una degradación del
suelo al acumularse en él sustancias a unos niveles
tales que repercuten negativamente en el
comportamiento de éste, afectando calidad del
mismo como consecuencia de una utilización
inadecuada y además de ello perdida de la
biodiversidad y eliminación de ecosistemas
importantes .
LA MINERÍA
La minería en su conjunto produce toda una serie de
contaminantes gaseosos, líquidos y sólidos, que de
una forma u otra van a parar al suelo. Esto sucede ya
sea por depósito a partir de la atmósfera como
partículas sedimentadas o traídas por las aguas de
lluvia, por el vertido directo de los productos líquidos
de la actividad minera y metalúrgica. Por otro lado la
infiltración de productos de lixiviación del entorno
minero: aguas provenientes de minas a cielo abierto,
escombreras (mineral dumps), entre otros, o por la
disposición de elementos mineros sobre el suelo:
escombreras, talleres de la mina u otras edificaciones
más o menos contaminantes en cada caso.
3. Arco Minero del Orinoco
La extracción y comercialización por parte del
capital nacional, trasnacional o mixto, de los
minerales de bauxita, coltán, diamantes, oro,
hierro, cobre, caolín y dolomita en toda la
margen sur del río Orinoco, ha alarmado a
toda la población ya que no se cumplen los
cánones establecidos para realizar dicha
actividad viéndose afectada no solo la
población indígena sino la vegetación, la fauna
y todos los ecosistemas que hacen vida en la
región
Desde el año 2016 una decisión del gobierno de
la República Bolivariana de Venezuela ha
dispuesto de la totalidad de 111.843 kilómetros
cuadrados para la explotación de minerales,
decisión que ha puesto en peligro la
biodiversidad de la Amazonía Venezolana y la
vida de las comunidades Indígenas de la zona,
una gran biodiversidad ecológica se encuentra
bajo amenaza.
4. Adicionalmente, El artículo 120 indica
que se debe realizar una consulta previa,
libre e informada a los pueblos
originarios cuando se aprovechen
recursos naturales en hábitat indígenas.
• CONFLICTO AMBIENTAL
La Constitución de Venezuela, aprobada en el
año 1999.
Indica en su artículo 129,; parafraseando …” la
obligación que se tiene de realizar estudios de
impacto ambiental y sociocultural en las
actividades susceptibles de generar daños a los
ecosistemas”. Ahora bien, el estado al dar estas
Concesiones no ha obligado a estos
Concesionarios a cumplir y lejos de esto se ha
hecho de la vista gorda ante tal situación.
5. Para lograr mejorar la situación se debe rectificar El Proyecto
del Arco Minero, Aplicar la Normativa vigente y que el estado
tenga un real compromiso en la defensa y protección de los
derechos ambientales y la protección del medio ambiente
• CONFLICTO AMBIENTAL
Muchos grupos ambientalistas han levantado la voz acerca de
las violaciones a derechos humanos en el marco de este proyecto,
como la omisión de la realización del estudio de impacto ambiental
así como del derecho a la consulta previa, libre e informada;
impactos negativos en el proceso de demarcación de los territorios
indígenas; vulneraciones del decreto para los derechos a la libertad
de reunión y asociación pacífica, así como en los derechos laborales
y la militarización de la zona sin realizar consultas efectivas con las
comunidades indígenas