Jornada “Sector público y Open Data: Oportunidades en la reutilización y apertura de datos”. Aspectos legales Open Data y recuperación información sector público a cargo del presidente de APEP, Ricard Martínez (@ricardmm) 20/02/14
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
Jornada #OpenDataCV Aspectos legales protección datos sector público
1. Aspectos legales Open Data y reutilización información sector público
Ricard Martínez Martínez
Presidente de APEP
@ricardmm
(www.apep.es)
Asociación Profesional Española de Privacidad
2. La información elemento determinante para la
construcción de una sociedad democrática.
«La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen
gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la
acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los
ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo
se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones
podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos
comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda
participación de los poderes públicos».
Artículo 12
Desarrollo y ejecución artículo 105 b) CE
JUGUEMOS EN EL TERITORIO DEL ARTÍCULO 20 ce
3. Los peligros de la LOPD
Intimidad, protección de datos….SECRETO
4. Transparencia V. Protección de datos
Principio de publicidad, tratamiento y cesiones de datos
personales (Lindqvist y STC 292/2000).
Portal de la transparencia
Acceso individual
Responsables de ficheros y sujetos obligados. Accountability
y transparencia (STC 96/2012).
El problema de los otros sujetos obligados.
sociedades mercantiles (capital social con participación, directa o indirecta
superior al 50 por 100.
fundaciones del sector público
asociaciones constituidas por las Administraciones, organismos y entidades a)
partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales
entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o
subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al
menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o
subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000
euros
5. Transparencia y privacidad en conflicto.
Ponderación de derechos:
Previsión normativa.
Necesidad.
Proporcionalidad:
idoneidad e intervención mínima.
6. Criterios del artículo 15 LT:
El menor perjuicio a los afectados derivado del transcurso de los
plazos establecidos en el artículo 57 de la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español.
Problema: la edad de los españoles
La justificación por los solicitantes de su petición en el ejercicio de
un derecho o el hecho de que tengan la condición de
investigadores y motiven el acceso en fines históricos, científicos o
estadísticos.
¿Quién es investigador? ¿cómo le doy los datos?
El menor perjuicio de los derechos de los afectados en caso de que
los documentos únicamente contuviesen datos de carácter
meramente identificativo de aquéllos.
Salvo que en el caso concreto prevalezca la protección de datos personales u
otros derechos constitucionalmente protegidos
¿Datos de contacto?
7. La mayor garantía de los derechos de los afectados en caso de que
los datos contenidos en el documento puedan afectar a su
intimidad o a su seguridad, o se refieran a menores de edad.
El interés superior del menor
Los datos especialmente protegidos.
Ideología, religión, creencias, afiliación sindical.
– consentimiento expreso y por escrito del afectado,
– a menos que dicho afectado hubiese hecho manifiestamente públicos los datos con
anterioridad a que se solicitase el acceso
» ¿manifiestamente públicos?
Salud, origen racial, vida sexual.
– consentimiento expreso del afectado
– norma con rango de Ley
La disociación y el acceso parcial.
Subvenciones: proporcionalidad en la publicación (caso Volker und
Markus Schecke (C-92/09), Hartmut Eifert (C-93/09) y Land
Hessen).
Permanencia de los datos.
«ninguna razón de principio permite excluir las actividades profesionales [...]
del concepto de “vida privada”»
«El juicio de proporcionalidad debería haberse realizado en la elaboración de
la normativa y justificarse debidamente»
8. Acceso a los datos personales e interés legítimo en el
tratamiento.
«15.5. La normativa de protección de datos personales será de aplicación al
tratamiento posterior de los obtenidos a través del ejercicio del derecho de
acceso».
Aplicabilidad de la LOPD en la reutilización.
Finalidad del acceso (control democrático) y uso posterior
Interpretación integrada con la legislación sobre reutilización
Difuminación de la finalidad en un mundo Big data
Proporcionalidad: interés legítimo + derechos de los ciudadanos.
10. Gracias por su atención
Ponemos a su disposición las siguientes vías de contacto:
Web: www.apep.es
Email: contacto@apep.es
Twitter: @AsociacionAPEP