1. URUGUAY
El Sector Eléctrico: Situación y Perspectivas
Dr. Ing. Mario Vignolo
Ciclo de discusión de políticas públicas
Martes 28 de mayo, 2013
Montevideo, Uruguay
3. Características institucionales
• Sector consolidado desde hace más de 100
años.
• 1882: Empresas privadas instalan plantas
generadoras para abastecer su demanda y se
realizan concesiones para la generación y
comercialización de energía eléctrica.
• 1912: La Ley N°4.273 crea la Administración
General de Usinas Eléctricas del Estado (hoy
UTE), comenzando un período de
estatización que culmina en 1947.
4. Características institucionales
• 1977: Ley Nacional de Electricidad establece
el monopolio de todas las actividades del
sector (generación, transformación,
trasmisión, distribución, exportación,
importación y comercialización de energía), a
favor de UTE.
• 1997: La Ley de Marco Regulatorio establece
la separación de roles dentro del Estado y la
libre competencia en la generación y
comercialización de energía. Se crea el
Regulador y el Administrador del Mercado.
5. GENERACIÓN INSTALADA:
Hidro: 1538 MW
Eólica: 52 MW
Térmico (c.fósil): 1223 MW
Térmico (biomasa): 236 MW
TOTAL: 3049 MW
DEMANDA:
Pico (2012): 1742 MW
Energía (2012): 10041 GWh
Tasa crec. med.: 3.5% anual
Territorio 176.215
km2
Población 3.323.906
Tasa electrif.: 98.7%
2000 MW
70 MW
500 MW
TRASMISIÓN:
Circuitos 500 kV: 771 km
Circuitos 150 kV: 3.558 km
Circuitos 60 kV: 97 km
DISTRIBUCIÓN:
Red 60 y 30 kV: 4.354 km
Red 15 y 6 kV: 45.424 km
Red 400 y 230 V: 26.016 km
PÉRDIDAS: 19 %
TRAS.: 3 %
DIST.: 16 %
Características técnicas generales
(*) Fuente: UTE
12. SALTO GRANDE
URUGUAY
CASABLANCA
B A
I
MONTEVIDEO
NEPTUNIA
LA FLORESTA
PAN
DE
AZUCAR
SAN CARLOS
MALDONADO
PUNTA DEL ESTE
MINAS
PANDO
SUAREZ
ROCHA
CASTILLOS
CHUY
LASCANO
JOSE P.VARELA
TREINTA Y TRES
ENRIQUE MARTINEZ
MELO
RIO BRANCO
VALENTINESDURAZNO
FLORIDA
S.VAZQUEZ
LIBERTAD
RODRIGUEZ A.CORRIENTES
CANELONES
TRINIDAD
CARDONA
NUEVA
HELVECIA
PAYSANDU
CONCEPCION
COLONIA ELIA
FRAY
BENTOS
MERCEDES
YOUNG
SAN JAVIER
NUEVA PALMIRA
CONCHILLAS
COLONIA JUAN LACAZE
ROSARIO
SALTO
CONCORDIA
SALTO GRANDE
ARGENTINA
ARAPEY
TOMAS GOMENSORO
ARTIGAS
RIVERA
TACUAREMBO
BIFURCACION
RIO NEGRO
VERGARA
CEBOLLATI
SAN LUIS
ARROZAL 33
RINCON DE
RAMIREZ
MANUEL DIAZ
STEL
CUCP
SOLYMAR
LAS TOSCAS
LAS
PIEDRAS
C
PALMAR
BAYGORRIA
TERRA
2000 MW
70 MW
500 MW
(LAT prox)
Interconexiones internacionales
13. Aleatoriedad de la generación
hidroeléctrica
Año 2011
•Hidroeléctrica 65%
•Importación 5%
•Térmica 29% (3% Biom)
Año 2006
•Hidroeléctrica 42.7%
•Importación 22.8%
•Térmica 34.5%
Año 2005
•Hidroeléctrica 70%
•Importación 19%
•Térmica 11%
Año 2003
•Hidroeléctrica 94,5%
•Importación 5,4%
•Térmica 0,1%
0
2000
4000
6000
8000
10000
12000
Energíaanual
Demanda y generación hidráulica en GWh
anuales en Uruguay
15. Demanda de energía eléctrica
Restricciones 1989
Crisis económica 2002
Plan de ahorro 2008
Plan de ahorro 2006
(*) Fuente: ADME
16. ¿Cómo abastecer la demanda
futura?
• ¿Nuevas centrales hidroeléctricas?
•¿Importaciones desde Argentina?
• ¿Importaciones desde Brasil?
• ¿Renovables?
• ¿Nuevas centrales térmicas?
•¿Gestión de la demanda y eficiencia energética?
.
17. ¿Cómo abastecer la demanda
futura?
• LINEAMIENTOS DE ESTRATEGIA ENERGÉTICA (MIEM, 2006)
• Establecer potencia de respaldo local que admita el
uso de tecnologías y fuentes diversas.
• Buscar nuevas modalidades de intercambio
internacional e intensificar acciones para la
interconexión con Brasil.
• Definición sobre participación del Gas Natural
(gasoductos, GNL).
• Avance significativo en la incorporación de fuentes
alternativas de energía.
• Consolidación de la Política de Eficiencia Energética.
18. ¿Cómo abastecer la demanda
futura?
• METAS ESTABLECIDAS CORTO Y MEDIANO PLAZO
• Generación eólica (1200 MW)
• Biomasa (200 MW)
• Planta de ciclo combinado (500 MW) y planta
de regasificación asociada
• Interconexión con Brasil (Conversora Melo 500
MW)
• Implementación del etiquetado energético,
FUDAEE
20. Ley de Marco Regulatorio
• La ley N° 16832 de 1997 divide el Sector
Eléctrico en tres etapas: generación,
trasmisión y distribución. Crea el Regulador y
ADME (operador y administrador del MMEE).
• Los Reglamentos General (N° 276), de MMEE
(N°360), de Trasmisión N° 278) y de
Distribución (N°277) reglamentan la Ley
(Decretos del PE/2002)
• Competencia en generación
• Trasmisión y Distribución reguladas
(monopolios naturales)
21. Ley de Marco Regulatorio
• Distribuidoras operan como monopolios
geográficos
• Acceso abierto a las redes
• Participante predominante: empresa pública
verticalmente integrada (UTE)
22. Ley de Marco Regulatorio
• Separación en el Estado entre
•Política energética: MIEM
•Regulación: URSEA
•Actividad empresarial: UTE
23. Estructura del Sector
LA INDUSTRIA ELÉCTRICA ANTES DE LA LEY 16.832
TRASMISIÓN
GENERACIÓN
DISTRIBUCIÓN
UTE: EMPRESA
VERTICALMENTE
INTEGRADA
USUARIOS
SALTO
GRANDE
SALTO
GRANDE
GENERACIÓN
DE LA
REGIÓN
GENERACIÓN
DE LA
REGIÓN
24. LA INDUSTRIA ELÉCTRICA CON LA LEY 16.832
MERCADO MAYORISTAMERCADO MAYORISTA
GENERADOR
DE LA
REGIÓN
GENERADOR
DE LA
REGIÓN
OTRA
GENERACIÓN
URUGUAYA
OTRA
GENERACIÓN
URUGUAYA
SALTO
GRANDE
SALTO
GRANDE
UTE
GENERADOR
UTE
GENERADOR
UTE DISTRIBUIDORUTE DISTRIBUIDOR
GRANDES
CONSUMIDORES
TRASMISIÓN
CONSUMIDORES REGULADOS
Estructura del Sector
25. Seguro de Garantía de Suministro
• Obligación de cubrimiento anticipado de un
porcentaje de la demanda:
– Grandes consumidores: 70%
– Distribuidor:
– 90% por los consumidores cautivos
– 70% por los potenciales grandes
consumidores
• La parte no cubierta con contratos de suministro
puede cubrirse con contratos de respaldo y el
Servicio de Reserva Nacional
• Reserva anual: ADME llama a licitación para
contratar el respaldo faltante
26. Reserva Nacional
• Anualmente y con anticipación de tres años,
el Poder Ejecutivo fija el objetivo de
respaldo nacional (generación instalada en
Uruguay) para los seis años siguientes.
• Si la generación instalada, con contrato, no
es suficiente para alcanzar ese objetivo, la
ADME llama a licitación para cubrir el
faltante.
27. Reserva Nacional
• Puede presentarse generación nueva (a
instalarse) y generación existente sin
contrato.
• El adjudicatario cobra el precio del contrato
por la potencia y vende la energía en el
mercado spot.
• El costo del contrato lo pagan todos los
consumidores, a través del Servicio de
Reserva Nacional.
28. Contratos del Distribuidor
• Para que el precio del contrato sea
trasladado a la tarifa, el Distribuidor debe
comprar a través de licitaciones supervisadas
por el Regulador
• El llamado se realiza con tres años de
anticipación a la vigencia del contrato
• Plazo: entre cinco y diez años
• Puede presentarse generación instalada o a
instalarse no comprometida en contratos
• Si el distribuidor compra por otros
mecanismos el precio que se traslada a tarifa
es un precio regulado
29. Contratos especiales para renovables
• Artículo 298 del Reglamento del Mercado Mayorista
(Decreto N° 360/002):
“Si, en virtud de directivas de política energética, se
dispone que la compra de parte del suministro de
los Participantes Consumidores o de determinado
tipo de Participante Consumidor, se cubra con
energías renovables no convencionales, se realizará
una licitación pública internacional, a fin de
adjudicar un contrato especial para la instalación de
la generación con dichas energías. La licitación se
realizará con un modelo de pliego y contrato
formulados por el Regulador y bajo su supervisión.
En el caso de un distribuidor, el costo de dicho
contrato especial será considerado trasladable a
tarifas”.
30. Ampliaciones de la red de
trasmisión
• Beneficio general: Surgen en general del Plan de
Expansión anual y están a cargo de UTE.
• Por Requerimientos Particulares: pagadas por los
solicitantes, quienes cobran un cargo cuando son
usadas por terceros. Pueden requerir concesión o
autorización.
• De Uso Exclusivo: El Agente asume todos los
costos de Trasmisión de instalaciones necesarias
para su uso exclusivo (instalaciones de conexión y
en general aquellas de menos de 10 km). Pueden
requerir concesión o autorización.
31. Marco legal reciente para el
desarrollo de renovables
• Ley de Rendición de Cuentas Nº 18046 de 2005,
Art. 26: Modifica el Art. 33 del TOCAF
admitiendo la contratación directa de energía
eléctrica por parte de UTE.
• Promoción de generación renovable de pequeña
escala, Decreto Nº 77/2006.
• Promoción de generación renovable de pequeña
escala, Decreto Nº 397/2007: Modifica el
Decreto Nº 77/2006.
• Promoción de la generación eólica, Decreto Nº
403/09 y Decreto Nº 041/10.
32. Marco legal reciente para el
desarrollo de renovables
• Criterio de despacho para la generación
eólica, Decreto Nº 567/009: Establece que
los parques eólicos deberán ser considerados
a los efectos del despacho, con costo
variable unitario cero.
• Regulación de la microgeneración, Decreto
Nº 173/010: Establece condiciones para
generación de pequeño porte conectada a la
red de baja tensión.
33. Marco legal reciente para el
desarrollo de renovables
• Promoción de generación eólica, Decreto Nº
159/011: Establece que UTE debe promover
la creación de contratos de compraventa de
energía eléctrica dando lugar a la segunda
instancia del Decreto Nº 403/009,
completando un mínimo de 300 MW de
generación eólica instalada en contratos con
generadores privados, como meta para el
año 2015.
34. Marco legal reciente para el
desarrollo de renovables
• Promoción de la generación eólica, Decreto
Nº 424/011: Establece que UTE debe
promover la creación de contratos de
compraventa de energía eólica mediante el
mecanismo de compra directa establecido en
el Art. 33 del TOCAF (numeral 3º, letra T)
para aquellos que habiendo presentado su
oferta en conformidad con las
especificaciones de la licitación K41938 de
UTE, no fueron adjudicados.
35. Marco legal reciente para el
desarrollo de renovables
• Promoción de la generación con biomasa, Decreto
Nº 367/010: Convoca a UTE a crear contratos
especiales de compraventa de energía eléctrica con
las siguientes características particulares:
• La venta de energía es exclusivamente a UTE
• Los contratos son hasta 20 años
• Componente Nacional mayor a 30 %
• Dos modos: Venta de energía no sujeta a
despacho y/o venta de energía despachable, con
la asociada potencia disponible.
36. • Decretos 158/12 y 433/12: Promoción de
contratos entre UTE y consumidores
industriales con generación eólica.
• Decreto (2/5/13) de promoción de energía
solar fotovoltaica.
Marco legal reciente para el
desarrollo de renovables
40. Oferta y demanda
• En un escenario económico favorable es
esperable que la demanda eléctrica siga su ritmo
de crecimiento.
• Para abastecer esta demanda, la experiencia
muestra que:
– es esencial la diversificación de fuentes y
proveedores
– es conveniente no depender de unos pocos
grandes contratos cuyo cumplimiento depende
de la situación energética y voluntad política
de otros países, lo cual no significa descuidar
el comercio internacional.
41. Oferta y demanda
• Las interconexiones internacionales son un
activo estratégico que aumenta la flexibilidad
del sistema y permite aprovechar en el largo
plazo los beneficios de los intercambios del
comercio de electricidad.
• El gas natural es un camino que Uruguay ha
emprendido desde hace tiempo y es probable
que el respaldo firme del sistema en el
mediano y largo plazo provenga de nuevos
ciclos combinados que se agreguen al actual en
fase de construcción.
42. Oferta y demanda
• Es esperable que la generación en base a
energías renovables no tradicionales siga
desarrollándose, concretándose a mayor o
menor ritmo proyectos eólicos, biomásicos,
fotovoltaicos y eventualmente centrales de
bombeo.
• Las redes estarán más exigidas y se deberán
introducir nuevas tecnologías de
conductores, conceptos de smart grid, que
permitan lograr una utilización más eficiente
del sistema.
43. Oferta y demanda
• Las aplicaciones de la eficiencia energética
seguirán desarrollándose.
• Las pérdidas eléctricas de las redes deberán
ser reducidas, principalmente las no
técnicas, que representan una proporción
importante de la demanda.
44. Marco institucional
• Se ha hecho evidente la importancia de la
política energética.
• Los marcos regulatorios son herramientas de
estas políticas.
• El marco regulatorio uruguayo presenta múltiples
instrumentos aún sin utilizar que podrían facilitar
y mejorar su implementación, en particular:
– Licitaciones para cubrir el seguro de garantía
de suministro del Distribuidor
– Ampliaciones en la Trasmisión con
participación privada