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“AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION E IMPUNIDAD”
ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNICO PROFESIONAL PNP HUANCAVELICA
DOCENTE :
ALUMNO : EST. 3 AÑO PNP Daniel CANCINO DE LA CRUZ
CURSO :
SECCION :6ta INVESTIGACION CRIMINAL
BATALLON : ESPARTANOS.
COMPAÑIA : TERCERA
HUANCAVELICA – PERU
2019
OPERATORIA DE INTERVENCION ESPECIAL DE
NEUTRALIZACION EN LAS PACS
CONCEPTO
Las Operaciones de intervención de
neutralización de Pacs son procedimientos
policiales especializados, utilizados para
detectar personas, locales, vehículos,
naves, aeronaves, pistas de aterrizaje e
insumos químicos, dedicados a la
producción y tráfico ilícito de drogas,
procediendo a su detención, decomiso,
incautación, destrucción y dar paso a la
investigación para su denuncia a la
autoridad competente.
1. OPERATORIA DE INTERVENCION ESPECIAL
1.1. OPERACIONES TACTICAS: Son actividades del servicio que requieren
un nivel de planeación, organización y administración de medios; las cuales
se desarrollan por personal policial idóneo, para cumplir una misión
específica en torno a situaciones que afectan al estado, con actividades como
el tráfico ilícito de drogas y plantaciones ilegales de hoja de coca. Estas
operaciones se clasifican en: ordinarias, de inteligencia, policía judicial y
especial.
1.2. OPERACIONES ORDINARIAS: Son actividades del servicio de policía
desarrolladas por unidades desconcentradas -regiones, comandos de
departamento, distritos y estaciones de Policía, mediante una planeación,
organización y administración de medios, para cumplir una misión específica
dentro de su jurisdicción.
 1.3. OPERACIONES DE INTELIGENCIA: Son actividades del servicio de
policía, orientadas a la obtención de información privilegiada de
personas, organizaciones, objetos y hechos relacionados al tráfico ilícito
de drogas que representan interés para el servicio de inteligencia policial.
 1.4. OPERACIONES DE POLICÍA JUDICIAL: Son actividades del servicio
de policía, orientadas al desarrollo de procesos investigativos sobre
conductas delictuales como soporte y auxiliar de las autoridades
judiciales.
 1.5. OPERACIONES ESPECIALES DE LA POLICÍA NACIONAL: Son
actividades del servicio de Policía planeadas y ejecutadas sobre una
misión específica por grupos altamente organizados, capacitados,
equipados y con jurisdicción nacional, para alcanzar objetivos en el
ámbito urbano y rural, en ambientes de alta tensión y riesgo, con el
propósito de desarticular organizaciones de tráfico ilícito de drogas y
contrarrestar el accionar delincuencial.
2. NIVELES OPERACIONALES DE INTERVENCION
2.1. Estratégico: Compuesto por las direcciones operativas,
sobre el cual recae la responsabilidad primaria de enfrentar,
contener y contrarrestar las formas graves y serias del crimen,
concentrando las capacidades de las direcciones operativas
especializadas en función de los objetivos estratégicos de alto
valor.
2.2. Táctico: Es el nivel en el cual se conducen y sostienen las
acciones policiales en el marco de las operaciones para cumplir
las estrategias y sobre los cuales recae la responsabilidad.
operativa.
2.3. Operacional: Compuesto por los grupos de operaciones
especiales que ejecutan las misiones ordenadas por el nivel
táctico, con el fin de restablecer los niveles de convivencia en
áreas urbanas y rurales cuando han sido gravemente afectadas.
3. CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES
ESPECIALES DE POLICÍA
 3.1. OPERACIONES DE CONTROL: Son acciones conducentes a neutralizar y desarticular las
organizaciones de tráfico ilícito de drogas en el ámbito urbano y rural, las cuales tienen como
características la sorpresa, concentración, cadencia, audacia, rapidez y capacidad disuasiva.
 3.2. OPERACIONES DE APOYO: Son acciones conducentes a la recuperación o
restablecimiento de una jurisdicción que ha sido afectada por el accionar de las
organizaciones de tráfico ilícito de drogas en el ámbito urbano y rural. Estas operaciones se
caracterizan por la flexibilidad, concentración de los efectos, seguridad y preparación.
 Se requiere para ello contar con un Plan de Operaciones, así como la presencia del
Representante del Ministerio Público, previa inteligencia.
 Las Operaciones Tácticas Antidrogas, por su naturaleza se ejecutan principalmente en las
cuencas cocaleras y rutas del tráfico, a través de las Unidades de Maniobras con que cuenta la
DIRANDRO PNP.
4. DIRANDRO-PNP
Como Dirección Especializada y Sistémica de
la Policía Nacional del Perú: planear,
organizar y ejecutar operaciones policiales
para combatir el tráfico ilícito de drogas y
delitos conexos; previniendo, investigando y
denunciando estos delitos; protegiendo a la
sociedad de la drogadicción, coadyuvando al
desarrollo social, brindando un servicio de
excelencia contando para ello con personal
policial especializado y cuya concepción
deontológica está basada en principios
integridad, solidaridad y justicia.
4.1.FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA
ANTIDROGAS DE LA PNP.
 Planea y ejecuta las acciones de interdicción contra el
tráfico ilícito de drogas en el Perú.
 Investiga y denuncia a las personas dedicadas a la
producción y comercialización de drogas, desvío de
insumos químicos y lavado de activos.
 Realiza acciones de inteligencia que permita la ubicación
y captura de las organizaciones de traficantes de drogas,
destrucción de centros de procesamiento de drogas, de
cultivos de amapola y de marihuana.
 Brinda seguridad para el personal del CORAH que realice
acciones de erradicación de cultivos ilícitos de hoja de
coca.
 Otras funciones que le asigne la Superioridad.
5.INTERDICCIONES
 Es toda acción policial orientada a
erradicar cultivos de Coca, fiscalizar
e investigar el desvío de productos
químicos fiscalizados, localización y
destrucción de centros de
procesamiento de drogas ilícitas,
control, incautación o destrucción
de infraestructura o medios de
transporte utilizados para el TID,
investigación y denuncia de
narcotraficantes, investigar el
enriquecimiento ilícito y de lavado
de dinero proveniente del TID.
6.OPERACIONES E INTERVENCIONES
6.1.OPERATORIA GENERAL
a) Inteligencia previa
b) Plan de Trabajo
c) Planeamiento Aéreo con participación de la DIPA, NAS – USA u otra dependencia relacionada con el traslado de recursos.
d) Formular la Orden de Operaciones
e) Organizar al personal para el embarque y desembarque, en equipos de seguridad perimétrica, interdicción, registro y
formulación de actas.
f) Determinar la cantidad de personal policial que debe participar en la operación.
g) Distribuir en los helicópteros o embarcaciones al personal, armamento y equipos, observando las normas de seguridad
h) 1a. Escuadra de Seguridad
i) 2a. Escuadra de Seguridad
j) 3a. Escuadra de Intervención
k) Efectuar con orden los desplazamientos hacia la zona de operaciones.
l) Ejecutar las acciones de interdicción programadas, procediendo al decomiso e incautación (buscar las caletas), así como
detención de personas involucradas.
m) De ser necesario el Jefe Operativo podrá ampliar el tiempo de permanencia en la zona de operaciones, adoptando las medidas de
seguridad.
n) Terminadas las operaciones el Jefe Operativo verificará el efectivo de personal, armamento, equipo empleado en la operación y
coordinará la extracción con destino a la base.
o) El Jefe Operativo debe formular el Parte respectivo y Nota Informativa.
7. OPERATORIA ESPECIAL EN NEUTRALIZACIÓN DE PACS.
OPERATORIA ESPECIAL EN ERRADICACIÓN DE ALMÁCIGOS.
 La solicitud de apoyo para la erradicación de almácigos de coca será presentada por el coordinador del
CORAH.
 El Jefe de la Unidad Antidrogas, previa evaluación y disponibilidad de recursos tanto aéreos como de
personal, autorizará el apoyo determinado el número de personal policial, así como la cantidad de
helicópteros a emplearse.
 El Jefe de Operaciones se encargará de la ejecución del operativo, siendo la función específica dar seguridad
al personal del CORAH, quienes tienen la tarea de erradicación.
Al término de la operación el Jefe Operativo, solicitará el reporte al personal del CORAH de la cantidad de m2
y camas de almácigos erradicados con la finalidad de formular el Parte Policial para dar cuenta al Jefe de la
Unidad Antidrogas.
QUE ES EL CORAH: El Proyecto Especial de Control y Reducción de Cultivos Ilegales en el Alto Huallaga,
conocido también con las siglas CORAH o Proyecto Corah, es un plan organizado que busca el saqueo de la
producción de droga, como la reducción de coca y de los laboratorios usados en el narcotráfico en Perú. Está
integrado por el ejército que ayudó a la destrucción de 100.000 hectáreas de coca, y es el principal amenazado
por los cocaleros en la huelga de Aguytía en agosto de 2010. Está administrado por Linares Ripalda, jefe de la
Policía Antidrogas del Alto Huallaga, y el Ministerio del Interior.
8.BASE LEGAL
DECRETO LEGISLATIVO QUE FORTALECE LA LUCHA CONTRA
EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN LAS PACS
CAPÍTULO I
 DISPOSICIONES GENERALES
 ARTÍCULO 1.- OBJETO
El presente decreto legislativo tiene por objeto
fortalecer la lucha contra el tráfico ilícito de drogas – TID en
las PACS en sus diversas manifestaciones, mediante la
prevención, investigación y combate de dicho delito; así
como el apoyo a la reducción de los cultivos ilegales de hoja
de coca.
ARTÍCULO 2.- AUTORIDADES COMPETENTES Y ENTIDADES DE APOYO
2.1 La comisión nacional para el desarrollo y vida sin drogas - DEVIDA propone
las políticas y estrategias contra el TID y ejerce funciones de articulación con los
sectores e instituciones involucrados en la lucha contra el TID, conforme a ley.
2.2 El ministerio del interior conduce y supervisa las políticas sectoriales en
materia de lucha contra las drogas, insumos químicos y productos fiscalizados
decomisados por tráfico ilícito de drogas, erradicación de los cultivos ilegales y
destrucción de drogas ilegales decomisadas.
2.3 La Policía Nacional del Perú ejecuta las operaciones policiales de
interdicción del TID.
2.4 Todas las personas naturales, jurídicas e instituciones públicas y privadas
tienen la obligación de coadyuvar con las autoridades competentes en la lucha
contra el TID.
CAPÍTULO II
LABOR DE PREVENCIÓN
ARTÍCULO 3.- PREVENCIÓN DEL DELITO DE TRÁFICO ILÍCITO
DE DROGAS EN LAS PACS
 3.1 En el ámbito de la interdicción, la policía nacional del Perú desarrolla las siguientes acciones de prevención del delito
de tráfico ilícito de drogas:
 3.1.1 Operaciones policiales preventivas, disuasivas y de control por parte de las unidades especializadas antidrogas de la
policía nacional del Perú, con el apoyo de las entidades competentes del gobierno central, los gobiernos regionales y los
gobiernos locales.
 3.2 La policía nacional del Perú a través de sus unidades especializadas lleva a cabo las siguientes acciones:
 3.2.1 Patrullar zonas de tránsito, áreas de influencia y puntos críticos en el ámbito nacional.
 3.2.2 Intervenir selectiva o aleatoriamente a personas y vehículos, en prevención del TID en sus diferentes
manifestaciones.
 3.2.3 Efectuar acciones de prevención de carácter selectivo con la finalidad de evitar el desvío de sustancias químicas o
el tráfico ilícito de insumos químicos y productos fiscalizados (iqpf) hacia el TID, en establecimientos con perfiles de riesgo
o por indicios razonables sobre la comisión de delitos detectados por cualquier autoridad o a través de denuncias o informes
de inteligencia, en coordinación con la entidad administrativa competente.
 3.2.4 Apoyar a la superintendencia nacional de aduanas y de administración tributaria – SUNAT en la
labor de verificación y certificación de la existencia de condiciones o controles mínimos de seguridad
sobre las sustancias químicas controladas, en los establecimientos donde se realizan actividades o
manipulación de dichas sustancias.
 3.2.5 Retener temporalmente sustancias químicas y medios de transporte, cuando se trate de la
comisión de infracciones a las leyes de control y fiscalización sancionables con incautación,
comunicando en forma inmediata a la autoridad administrativa competente, para que adopte las
acciones legales que correspondan.
 3.2.6 Destruir e inhabilitar pistas de aterrizaje clandestinas que se utilicen para el transporte ilegal
de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en coordinación con las autoridades del
ministerio de transportes y comunicaciones o de los gobiernos regionales, comunicando de inmediato al
ministerio público.
 3.2.7 Apoyar a la autoridad competente brindando seguridad en las operaciones de reducción del
espacio cocalero para la sustitución de los cultivos de coca, de acuerdo a los dispositivos específicos.
 3.2.8 Destruir o neutralizar según sea el caso instalaciones rústicas, fábricas o laboratorios de
elaboración ilegal de drogas tóxicas cocaínicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, cultivos de
plantas de amapola o adormidera de la especie papaver somníferum o de marihuana de la especie
cannabis sativa, sustancias químicas, materia prima, materiales e implementos que se emplean para la
elaboración de las indicadas drogas, adoptando las medidas orientadas a minimizar el impacto
ambiental, comunicando al ministerio público
CAPÍTULO III
PRODUCCION, COMERCIALIZACION Y CONTROL DE LOS
CULTIVOS DE COCA
ARTÍCULO 4.- PROHIBICIÓN Y FISCALIZACIÓN DE CULTIVOS
DE COCA
 Destruir o inutilizar con autorización del ministerio público y el apoyo de las autoridades competentes, los
medios de transporte terrestre, acuático o aéreo que se empleen o se pretenda emplear para trasladar
drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sustancias químicas utilizadas para la
elaboración ilegal de éstas
CAPÍTULO IV
INVESTIGACIÓN Y COMBATE DEL TRÁFICO ILÍCITO DE
DROGAS EN LAS PACS
 ARTÍCULO 15.- FUNCIONES DE LA POLICÍA NACIONAL
La policía nacional del Perú en cumplimiento de su
finalidad fundamental a través de sus unidades
especializadas es la entidad encargada de prevenir,
investigar y combatir el delito de tráfico ilícito de
drogas, en sus diversas manifestaciones.
ARTÍCULO 16.- CONCURRENCIA DE PERSONAL POLICIAL EN
LAS DILIGENCIAS JUDICIALES
 La concurrencia del personal de la policía
nacional del Perú que participa en las
investigaciones por tráfico ilícito de drogas en
juzgados, salas y penales del país, en las
diligencias dispuestas por las autoridades
judiciales, debe contar con las medidas
necesarias para preservar la identidad del
personal policial y evitar poner en riesgo su
seguridad personal ante potenciales represalias
por parte de las organizaciones criminales que
son objeto de investigación o juzgamiento.
ARTÍCULO 17.- ACTOS Y TÉCNICAS ESPECIALES DE
INVESTIGACIÓN
 La policía nacional del Perú con autorización del Ministerio Público hace uso de
las técnicas especiales de investigación reguladas en el código procesal penal y
la Ley Nº 30077, ley contra el crimen organizado.
 Asimismo, realiza procedimientos de captación de informantes y confidentes
con la finalidad de obtener información veraz y oportuna que permita la
desarticulación de organizaciones criminales dedicadas al tráfico ilícito de
drogas, la identificación y detención de personas implicadas, decomiso de
drogas e incautación de bienes.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
 PRIMERA. - REGLAMENTO
En un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles, mediante decreto supremo refrendado por el
ministro del interior, se aprueba el reglamento del presente decreto legislativo, que incluirá la definición de
términos correspondiente.
 SEGUNDA. - SOBRE EL TRATO AL DETENIDO POR TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS
El requerimiento fiscal para la incomunicación de detenidos, obliga el pronunciamiento inmediato,
mediante resolución motivada de la autoridad judicial. La incomunicación no impide que el detenido sea
asesorado por su abogado defensor, adoptándose las medidas para preservar la seguridad integral que el
hecho delictuoso exige.
 TERCERA. - SOBRE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA ANTIDROGAS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
La dirección ejecutiva antidrogas de la policía nacional del Perú es la responsable de realizar
investigaciones, estudios sobre empleo de sustancias químicas en la elaboración ilegal de drogas, rutas del
tráfico ilícito de drogas, factores de conversión de hoja de coca a cocaína, zonas de influencia y puntos
críticos del tid, entre otras.
CUARTA. - CREACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LUCHA CONTRA LAS DROGAS
Créase el sistema de información de lucha contra las drogas (siscod) a cargo de devida,
como herramienta de gestión destinada a integrar y estandarizar la recolección, registro,
manejo y consulta de datos, bases de datos y estadísticas, a través de la interacción con otros
sistemas que gestionen información en el ámbito institucional y multisectorial de la lucha
contra las drogas que faciliten el monitoreo, seguimiento y evaluación de la estrategia nacional
de lucha contra las drogas, para el diseño del sistema cuenta con el asesoramiento de la oficina
nacional de gobierno electrónico e informático (ongei).
QUINTA. - ACCESO A INFORMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DEL DELITO
La asignación, control, supervisión y administración de los permisos son otorgados
mediante protocolo simple, lo que no implica restricción adicional a las excepciones antes
señaladas, desarrollado por las entidades, en el plazo.
Diapositivas de drogas en las pacs

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Diapositivas de drogas en las pacs

  • 1. “AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCION E IMPUNIDAD” ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNICO PROFESIONAL PNP HUANCAVELICA DOCENTE : ALUMNO : EST. 3 AÑO PNP Daniel CANCINO DE LA CRUZ CURSO : SECCION :6ta INVESTIGACION CRIMINAL BATALLON : ESPARTANOS. COMPAÑIA : TERCERA HUANCAVELICA – PERU 2019
  • 2. OPERATORIA DE INTERVENCION ESPECIAL DE NEUTRALIZACION EN LAS PACS CONCEPTO Las Operaciones de intervención de neutralización de Pacs son procedimientos policiales especializados, utilizados para detectar personas, locales, vehículos, naves, aeronaves, pistas de aterrizaje e insumos químicos, dedicados a la producción y tráfico ilícito de drogas, procediendo a su detención, decomiso, incautación, destrucción y dar paso a la investigación para su denuncia a la autoridad competente.
  • 3. 1. OPERATORIA DE INTERVENCION ESPECIAL 1.1. OPERACIONES TACTICAS: Son actividades del servicio que requieren un nivel de planeación, organización y administración de medios; las cuales se desarrollan por personal policial idóneo, para cumplir una misión específica en torno a situaciones que afectan al estado, con actividades como el tráfico ilícito de drogas y plantaciones ilegales de hoja de coca. Estas operaciones se clasifican en: ordinarias, de inteligencia, policía judicial y especial. 1.2. OPERACIONES ORDINARIAS: Son actividades del servicio de policía desarrolladas por unidades desconcentradas -regiones, comandos de departamento, distritos y estaciones de Policía, mediante una planeación, organización y administración de medios, para cumplir una misión específica dentro de su jurisdicción.
  • 4.  1.3. OPERACIONES DE INTELIGENCIA: Son actividades del servicio de policía, orientadas a la obtención de información privilegiada de personas, organizaciones, objetos y hechos relacionados al tráfico ilícito de drogas que representan interés para el servicio de inteligencia policial.  1.4. OPERACIONES DE POLICÍA JUDICIAL: Son actividades del servicio de policía, orientadas al desarrollo de procesos investigativos sobre conductas delictuales como soporte y auxiliar de las autoridades judiciales.  1.5. OPERACIONES ESPECIALES DE LA POLICÍA NACIONAL: Son actividades del servicio de Policía planeadas y ejecutadas sobre una misión específica por grupos altamente organizados, capacitados, equipados y con jurisdicción nacional, para alcanzar objetivos en el ámbito urbano y rural, en ambientes de alta tensión y riesgo, con el propósito de desarticular organizaciones de tráfico ilícito de drogas y contrarrestar el accionar delincuencial.
  • 5. 2. NIVELES OPERACIONALES DE INTERVENCION 2.1. Estratégico: Compuesto por las direcciones operativas, sobre el cual recae la responsabilidad primaria de enfrentar, contener y contrarrestar las formas graves y serias del crimen, concentrando las capacidades de las direcciones operativas especializadas en función de los objetivos estratégicos de alto valor. 2.2. Táctico: Es el nivel en el cual se conducen y sostienen las acciones policiales en el marco de las operaciones para cumplir las estrategias y sobre los cuales recae la responsabilidad. operativa.
  • 6. 2.3. Operacional: Compuesto por los grupos de operaciones especiales que ejecutan las misiones ordenadas por el nivel táctico, con el fin de restablecer los niveles de convivencia en áreas urbanas y rurales cuando han sido gravemente afectadas.
  • 7. 3. CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES ESPECIALES DE POLICÍA  3.1. OPERACIONES DE CONTROL: Son acciones conducentes a neutralizar y desarticular las organizaciones de tráfico ilícito de drogas en el ámbito urbano y rural, las cuales tienen como características la sorpresa, concentración, cadencia, audacia, rapidez y capacidad disuasiva.  3.2. OPERACIONES DE APOYO: Son acciones conducentes a la recuperación o restablecimiento de una jurisdicción que ha sido afectada por el accionar de las organizaciones de tráfico ilícito de drogas en el ámbito urbano y rural. Estas operaciones se caracterizan por la flexibilidad, concentración de los efectos, seguridad y preparación.  Se requiere para ello contar con un Plan de Operaciones, así como la presencia del Representante del Ministerio Público, previa inteligencia.  Las Operaciones Tácticas Antidrogas, por su naturaleza se ejecutan principalmente en las cuencas cocaleras y rutas del tráfico, a través de las Unidades de Maniobras con que cuenta la DIRANDRO PNP.
  • 8. 4. DIRANDRO-PNP Como Dirección Especializada y Sistémica de la Policía Nacional del Perú: planear, organizar y ejecutar operaciones policiales para combatir el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos; previniendo, investigando y denunciando estos delitos; protegiendo a la sociedad de la drogadicción, coadyuvando al desarrollo social, brindando un servicio de excelencia contando para ello con personal policial especializado y cuya concepción deontológica está basada en principios integridad, solidaridad y justicia.
  • 9. 4.1.FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA ANTIDROGAS DE LA PNP.  Planea y ejecuta las acciones de interdicción contra el tráfico ilícito de drogas en el Perú.  Investiga y denuncia a las personas dedicadas a la producción y comercialización de drogas, desvío de insumos químicos y lavado de activos.  Realiza acciones de inteligencia que permita la ubicación y captura de las organizaciones de traficantes de drogas, destrucción de centros de procesamiento de drogas, de cultivos de amapola y de marihuana.  Brinda seguridad para el personal del CORAH que realice acciones de erradicación de cultivos ilícitos de hoja de coca.  Otras funciones que le asigne la Superioridad.
  • 10. 5.INTERDICCIONES  Es toda acción policial orientada a erradicar cultivos de Coca, fiscalizar e investigar el desvío de productos químicos fiscalizados, localización y destrucción de centros de procesamiento de drogas ilícitas, control, incautación o destrucción de infraestructura o medios de transporte utilizados para el TID, investigación y denuncia de narcotraficantes, investigar el enriquecimiento ilícito y de lavado de dinero proveniente del TID.
  • 11. 6.OPERACIONES E INTERVENCIONES 6.1.OPERATORIA GENERAL a) Inteligencia previa b) Plan de Trabajo c) Planeamiento Aéreo con participación de la DIPA, NAS – USA u otra dependencia relacionada con el traslado de recursos. d) Formular la Orden de Operaciones e) Organizar al personal para el embarque y desembarque, en equipos de seguridad perimétrica, interdicción, registro y formulación de actas. f) Determinar la cantidad de personal policial que debe participar en la operación. g) Distribuir en los helicópteros o embarcaciones al personal, armamento y equipos, observando las normas de seguridad h) 1a. Escuadra de Seguridad i) 2a. Escuadra de Seguridad j) 3a. Escuadra de Intervención k) Efectuar con orden los desplazamientos hacia la zona de operaciones. l) Ejecutar las acciones de interdicción programadas, procediendo al decomiso e incautación (buscar las caletas), así como detención de personas involucradas. m) De ser necesario el Jefe Operativo podrá ampliar el tiempo de permanencia en la zona de operaciones, adoptando las medidas de seguridad. n) Terminadas las operaciones el Jefe Operativo verificará el efectivo de personal, armamento, equipo empleado en la operación y coordinará la extracción con destino a la base. o) El Jefe Operativo debe formular el Parte respectivo y Nota Informativa.
  • 12. 7. OPERATORIA ESPECIAL EN NEUTRALIZACIÓN DE PACS. OPERATORIA ESPECIAL EN ERRADICACIÓN DE ALMÁCIGOS.  La solicitud de apoyo para la erradicación de almácigos de coca será presentada por el coordinador del CORAH.  El Jefe de la Unidad Antidrogas, previa evaluación y disponibilidad de recursos tanto aéreos como de personal, autorizará el apoyo determinado el número de personal policial, así como la cantidad de helicópteros a emplearse.  El Jefe de Operaciones se encargará de la ejecución del operativo, siendo la función específica dar seguridad al personal del CORAH, quienes tienen la tarea de erradicación. Al término de la operación el Jefe Operativo, solicitará el reporte al personal del CORAH de la cantidad de m2 y camas de almácigos erradicados con la finalidad de formular el Parte Policial para dar cuenta al Jefe de la Unidad Antidrogas. QUE ES EL CORAH: El Proyecto Especial de Control y Reducción de Cultivos Ilegales en el Alto Huallaga, conocido también con las siglas CORAH o Proyecto Corah, es un plan organizado que busca el saqueo de la producción de droga, como la reducción de coca y de los laboratorios usados en el narcotráfico en Perú. Está integrado por el ejército que ayudó a la destrucción de 100.000 hectáreas de coca, y es el principal amenazado por los cocaleros en la huelga de Aguytía en agosto de 2010. Está administrado por Linares Ripalda, jefe de la Policía Antidrogas del Alto Huallaga, y el Ministerio del Interior.
  • 13. 8.BASE LEGAL DECRETO LEGISLATIVO QUE FORTALECE LA LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN LAS PACS CAPÍTULO I  DISPOSICIONES GENERALES  ARTÍCULO 1.- OBJETO El presente decreto legislativo tiene por objeto fortalecer la lucha contra el tráfico ilícito de drogas – TID en las PACS en sus diversas manifestaciones, mediante la prevención, investigación y combate de dicho delito; así como el apoyo a la reducción de los cultivos ilegales de hoja de coca.
  • 14. ARTÍCULO 2.- AUTORIDADES COMPETENTES Y ENTIDADES DE APOYO 2.1 La comisión nacional para el desarrollo y vida sin drogas - DEVIDA propone las políticas y estrategias contra el TID y ejerce funciones de articulación con los sectores e instituciones involucrados en la lucha contra el TID, conforme a ley. 2.2 El ministerio del interior conduce y supervisa las políticas sectoriales en materia de lucha contra las drogas, insumos químicos y productos fiscalizados decomisados por tráfico ilícito de drogas, erradicación de los cultivos ilegales y destrucción de drogas ilegales decomisadas. 2.3 La Policía Nacional del Perú ejecuta las operaciones policiales de interdicción del TID. 2.4 Todas las personas naturales, jurídicas e instituciones públicas y privadas tienen la obligación de coadyuvar con las autoridades competentes en la lucha contra el TID.
  • 15. CAPÍTULO II LABOR DE PREVENCIÓN ARTÍCULO 3.- PREVENCIÓN DEL DELITO DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN LAS PACS  3.1 En el ámbito de la interdicción, la policía nacional del Perú desarrolla las siguientes acciones de prevención del delito de tráfico ilícito de drogas:  3.1.1 Operaciones policiales preventivas, disuasivas y de control por parte de las unidades especializadas antidrogas de la policía nacional del Perú, con el apoyo de las entidades competentes del gobierno central, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.  3.2 La policía nacional del Perú a través de sus unidades especializadas lleva a cabo las siguientes acciones:  3.2.1 Patrullar zonas de tránsito, áreas de influencia y puntos críticos en el ámbito nacional.  3.2.2 Intervenir selectiva o aleatoriamente a personas y vehículos, en prevención del TID en sus diferentes manifestaciones.  3.2.3 Efectuar acciones de prevención de carácter selectivo con la finalidad de evitar el desvío de sustancias químicas o el tráfico ilícito de insumos químicos y productos fiscalizados (iqpf) hacia el TID, en establecimientos con perfiles de riesgo o por indicios razonables sobre la comisión de delitos detectados por cualquier autoridad o a través de denuncias o informes de inteligencia, en coordinación con la entidad administrativa competente.
  • 16.  3.2.4 Apoyar a la superintendencia nacional de aduanas y de administración tributaria – SUNAT en la labor de verificación y certificación de la existencia de condiciones o controles mínimos de seguridad sobre las sustancias químicas controladas, en los establecimientos donde se realizan actividades o manipulación de dichas sustancias.  3.2.5 Retener temporalmente sustancias químicas y medios de transporte, cuando se trate de la comisión de infracciones a las leyes de control y fiscalización sancionables con incautación, comunicando en forma inmediata a la autoridad administrativa competente, para que adopte las acciones legales que correspondan.  3.2.6 Destruir e inhabilitar pistas de aterrizaje clandestinas que se utilicen para el transporte ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en coordinación con las autoridades del ministerio de transportes y comunicaciones o de los gobiernos regionales, comunicando de inmediato al ministerio público.  3.2.7 Apoyar a la autoridad competente brindando seguridad en las operaciones de reducción del espacio cocalero para la sustitución de los cultivos de coca, de acuerdo a los dispositivos específicos.  3.2.8 Destruir o neutralizar según sea el caso instalaciones rústicas, fábricas o laboratorios de elaboración ilegal de drogas tóxicas cocaínicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, cultivos de plantas de amapola o adormidera de la especie papaver somníferum o de marihuana de la especie cannabis sativa, sustancias químicas, materia prima, materiales e implementos que se emplean para la elaboración de las indicadas drogas, adoptando las medidas orientadas a minimizar el impacto ambiental, comunicando al ministerio público
  • 17. CAPÍTULO III PRODUCCION, COMERCIALIZACION Y CONTROL DE LOS CULTIVOS DE COCA ARTÍCULO 4.- PROHIBICIÓN Y FISCALIZACIÓN DE CULTIVOS DE COCA  Destruir o inutilizar con autorización del ministerio público y el apoyo de las autoridades competentes, los medios de transporte terrestre, acuático o aéreo que se empleen o se pretenda emplear para trasladar drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sustancias químicas utilizadas para la elaboración ilegal de éstas
  • 18. CAPÍTULO IV INVESTIGACIÓN Y COMBATE DEL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN LAS PACS  ARTÍCULO 15.- FUNCIONES DE LA POLICÍA NACIONAL La policía nacional del Perú en cumplimiento de su finalidad fundamental a través de sus unidades especializadas es la entidad encargada de prevenir, investigar y combatir el delito de tráfico ilícito de drogas, en sus diversas manifestaciones.
  • 19. ARTÍCULO 16.- CONCURRENCIA DE PERSONAL POLICIAL EN LAS DILIGENCIAS JUDICIALES  La concurrencia del personal de la policía nacional del Perú que participa en las investigaciones por tráfico ilícito de drogas en juzgados, salas y penales del país, en las diligencias dispuestas por las autoridades judiciales, debe contar con las medidas necesarias para preservar la identidad del personal policial y evitar poner en riesgo su seguridad personal ante potenciales represalias por parte de las organizaciones criminales que son objeto de investigación o juzgamiento.
  • 20. ARTÍCULO 17.- ACTOS Y TÉCNICAS ESPECIALES DE INVESTIGACIÓN  La policía nacional del Perú con autorización del Ministerio Público hace uso de las técnicas especiales de investigación reguladas en el código procesal penal y la Ley Nº 30077, ley contra el crimen organizado.  Asimismo, realiza procedimientos de captación de informantes y confidentes con la finalidad de obtener información veraz y oportuna que permita la desarticulación de organizaciones criminales dedicadas al tráfico ilícito de drogas, la identificación y detención de personas implicadas, decomiso de drogas e incautación de bienes.
  • 21. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES  PRIMERA. - REGLAMENTO En un plazo no mayor de sesenta (60) días hábiles, mediante decreto supremo refrendado por el ministro del interior, se aprueba el reglamento del presente decreto legislativo, que incluirá la definición de términos correspondiente.  SEGUNDA. - SOBRE EL TRATO AL DETENIDO POR TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS El requerimiento fiscal para la incomunicación de detenidos, obliga el pronunciamiento inmediato, mediante resolución motivada de la autoridad judicial. La incomunicación no impide que el detenido sea asesorado por su abogado defensor, adoptándose las medidas para preservar la seguridad integral que el hecho delictuoso exige.  TERCERA. - SOBRE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA ANTIDROGAS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ La dirección ejecutiva antidrogas de la policía nacional del Perú es la responsable de realizar investigaciones, estudios sobre empleo de sustancias químicas en la elaboración ilegal de drogas, rutas del tráfico ilícito de drogas, factores de conversión de hoja de coca a cocaína, zonas de influencia y puntos críticos del tid, entre otras.
  • 22. CUARTA. - CREACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LUCHA CONTRA LAS DROGAS Créase el sistema de información de lucha contra las drogas (siscod) a cargo de devida, como herramienta de gestión destinada a integrar y estandarizar la recolección, registro, manejo y consulta de datos, bases de datos y estadísticas, a través de la interacción con otros sistemas que gestionen información en el ámbito institucional y multisectorial de la lucha contra las drogas que faciliten el monitoreo, seguimiento y evaluación de la estrategia nacional de lucha contra las drogas, para el diseño del sistema cuenta con el asesoramiento de la oficina nacional de gobierno electrónico e informático (ongei). QUINTA. - ACCESO A INFORMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN E INVESTIGACIÓN DEL DELITO La asignación, control, supervisión y administración de los permisos son otorgados mediante protocolo simple, lo que no implica restricción adicional a las excepciones antes señaladas, desarrollado por las entidades, en el plazo.