1. DEMOCRACIA PARA SIEMPRE
“LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Honorable Concejo Deliberante
Villa Mercedes, 15 de Septiembre de 2011.
PROYECTO DE RESOLUCION
Bloque Mercedinos por el Cambio.
Visto:
La presentación por parte del Poder Ejecutivo Municipal
del Presupuesto General de Gastos y Recursos del Municipio para el
año 2010, y
Considerando:
Que el estudio de la Ordenanza del Presupuesto General
de Gastos y Recursos resulta incompleto si no cuenta con la
Ordenanza Impositiva Anual, pues no se puede saber cuanto se va a
gastar si no se sabe cuanto y como se va a recaudar, por lo que se
torna imposible el estudio de los montos que serán recaudados para
dicho ejercicio.
Que esto genera un incumplimiento de los deberes de
funcionario público por parte de los responsables de la Secretaria de
Hacienda del Departamento Ejecutivo Municipal y el administrador de
la Empresa Obras Sanitarias Mercedes en lo que respecta a la
presentación de la Ordenanza Impositiva correspondiente al
Presupuesto General de Gastos y Recursos para el año 2012.
2. DEMOCRACIA PARA SIEMPRE
“LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Honorable Concejo Deliberante
Que se esta vulnerando la Carta Orgánica Municipal en su
Art. Nº 63 Son Atribuciones y deberes del Intendente Municipal inc.
10), que dice: “Presentar al Honorable Concejo Deliberante hasta el 31
de agosto de cada año, el presupuesto General de Gastos y Recursos
para el año siguiente, conjuntamente con el Plan Anual de Obras y
Servicios Públicos, de acuerdo a lo establecido en esta Carta Orgánica
en sus disposiciones sobre régimen presupuestario”.
Que el Secretario de Hacienda del municipio incumple por
cuarta vez en su mandato los deberes de Funcionario Publico,
enviando el Presupuesto General de Gastos y Recursos sin la
correspondiente Ordenanza Impositiva ya que no es la primera vez
que esto sucede, dado que la Impositiva que correspondía ser
presentada antes del 31 de agosto de 2008 fue presentada el 12 de
diciembre de dicho año, algo similar a lo que ocurriera en el 2009 y
2010.
Que en el Art. Nº 46 de la Carta Orgánica Municipal “Son
atribuciones y deberes del Honorable Concejo Deliberante” inc. 12
dice: “Sancionar anualmente la Ordenanza Impositiva Anual y de
presupuesto General de Gatos y recursos, los proyectos mencionados
deberán ser remitidos al Honorable Concejo Deliberante por el
Intendente Municipal antes del 31 de agosto y debiendo ser
sancionado antes del 31 de diciembre de cada año”
Por ello:
El Honorable Concejo Deliberante, de la Ciudad de Villa Mercedes
en quórum legal y en uso de las atribuciones que le son propias,
sanciona la siguiente:
3. DEMOCRACIA PARA SIEMPRE
“LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”
Honorable Concejo Deliberante
Resolución Nº .........-o/.......
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al D.E.M. solicitándole remita
de forma urgente la Ordenanza Impositiva Anual correspondiente al
Presupuesto General de Gastos y Recursos del Municipio para el año
2010 y a la Ordenanza Impositiva Anual de la Empresa Obras
Sanitarias Mercedes para dicho periodo.
Art. 2º) El Concejo Deliberante solicita al Tribunal de Contralor
Municipal tome intervención debido al las normas establecidas en la
Carta Orgánica Municipal.
Art. 3º) De forma.