1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
INTEGRANTE:
GIOVANNY RODRIGUEZ
C.I:15.177.568
SECCIÓN: SAIA/A
DERECHO MERCANTIL I
PROFESORA:ZORCIORET NIETO
BARQUISIMETO, JUNIO DE 2017
2. •Pagar a su vencimiento
•A la orden del Beneficiario y portador
legítimo, una determinada cantidad de
dinero
Es un título valor y de crédito por
medio del cual una persona
denominada Librador
quien
Emite y ordena a otra
denominada Librado
Se caracteriza por ser un TituloFormal
De Circulación
Crédito
Fundamental
Crédito a corto
plazo
Abstracto LiteralDifiere el
pago
Constitutivo
Librado o Girado
Librador o Girador
Beneficiario o Tomador
Fiador o Avalista
quien debe pagar
Quien ordena hacer el pago
Es a quien debe hacerse el pago de la
suma ordenada por el Librador
Es a quien se le garantiza el pago
de la letra.
Emite la letra
Podrá aceptarla
No aceptarla o no
pagarla
Garantizaunavalista
Queda obligado cambiariamente cuando
declare en la propia letra la aceptación
del pago
Puede endosar la letra al
endosatario (cadena de endosos)
3. Articulo 410 Código de Comercio
Nuestro Tribunal Supremo de Justicia ha sostenido que "es plenamente válida jurídicamente, la letra de cambio que en su existencia
formal nace bajo la modalidad de que la misma persona ocupa en el título la triple posición de librador, librado y beneficiario".
Penalizar al
librador por evadir
responsabilidades
Demandar ante el Juzgado de
Primera Instancia del domicilio del
obligado al pago que debe ir firmada
por abogado y procurador
Proceder al embargo
preventivo (Solicitar
en la demanda)
Juez requerirá al
deudor el plazo días
para realizar el pago