2. Derecho a la cultura El " derecho a la cultura" , incluído en la " Declaración Universal de los Derechos del Hombre " de 1948, ha sido uno de los elementos claves en la aparición de las políticas culturales. Este derecho, que declaraba originalmente: Todos los individuos tienen derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, fue ampliado en 1970 por Rene Maheu, Director General de la Unesco:
3. "It is not certain that the full significance of this text, proclaiming a new human right, the right to culture, was enterily appreciated at that time. If everyone, as an essential part of his dignity as a man, has the right to share in the cultural heritage and cultural activities of the community -or rather of the different communities to wich men belong (and that of course includes the ultimate community - mankind), it follows that the authorities responsible for these communities have a duty, so far as their reosurces permit to provide him with the means for such participation [...]
4. Everyone, accordingly, has the right to culture, as he has the right to education and the right to work [this is the basis and first pourpose of cultural policy]" (citado en Girard & Gentil, 1983, pág 182-3 Paul Raussel Kóster, PODER Y CULTURA. El origen de las políticas culturales (página 27)
5. Este punto de vista implica una responsabilidad concreta en el sector público para garantizar el derecho a la cultura, incluyéndose así -especialmente en Europa- en el desarrollo global de las economías del bienestar.
6. Se incorpora también el concepto de democratización de la cultura , que es un concepto que presenta una doble vertiente: por una parte significa que el conjunto de la población no debe estar excluido de un consumo que tradicionalmente sólo llegaba a las élites y, por otra implica que los individuos, a través del sistema democrático, tienen la posibilidad de afectar a las decisiones sobre provisión o producción cultural por parte del Estado
7. Los Valores Culturales (28) El valor cultural realmente comprende y contiene varios valores de características distintas, las cuales detallamos a continuación:
8. 1) El valor de la creación: la creación/innovación que todo bien artístico incorpora es un bien público que tiene efectos beneficiosos sobre el conjunto social y, como tal, deben ser soportados por la sociedad. Se trata no tanto de asegurar el bien creado como de garantizar el propio proceso de creación.
9. Para incentivar la creación, el creador debe encontrar una recompensa a sus esfuerzos. La mercantilización de la obra creada o, en su defecto la intervención pública , tiene como objetivo alentar ese esfuerzo creativo e incentivar las creaciones futuras.
10. El mercado, exclusivamente, no puede garantizar la recompensa de la creación, especialmente por dos razones: por una parte, el mercado no interioriza los efectos de la creación sobre otros sectores o sobre el conjunto de la sociedad y, por otra parte, todo proceso creativo es una apuesta con elevadas probabilidades de fracaso.
11. De la misma manera que la investigación, la creación ordenada con criterios exclusivos de mercado que exigen recompensas a corto plazo, es deficitaria por definición. Los efectos externos de los procesos creativos pueden incluso percibirse pasadas varias generaciones.
12. 2) El valor del mensaje: las formas simbólicas que se trasmiten a partir de la obra creada coinciden con valores y conocimientos que son sentidos por la comunidad o son útiles para conseguir mayores grados de cohesión social y de progreso.
13. Por tanto, deben ser promovidos colectivamente La difusión de la historia, la ciencia, la tecnología, la lengua o la de valores como la tolerancia, la libertad, la identidad o cualquier otro, es una necesidad básica para garantizar la sostenibilidad del entramado valorativo que permite la pervivencia del sistema democrático. Es decir, la difusión de determinados mensajes resultan necesarios para ordenar un ideal de sociedad que se pretende que se proyecte conjuntamente.3 (28)
14. 3) El valor de la pluralidad: la pluralidad es también un valor colectivo en las sociedades democráticas. Sólo mediante el respeto a la diversidad es tolerable la tiranía de las mayorías. La producción de bienes culturales, como actividad industrial tiene unos costos por unidad de producto que dependen del número total de unidades.
15. Segmentos estrechos de demanda no verían satisfechas sus necesidades (28) culturales si deben proporcionar la recompensa adecuada a los productores. Garantizar, mediante la producción o provisión pública, la pluralidad de la oferta es un objetivo de la intervención de los poderes públicos.
16. 4) El valor de la formación: los bienes culturales incrementan la formación y la educación de aquellosindividuos que los consumen, capacitándolos para un desarrollo integral de su esencia humana. Este concepto del derecho a la posibilidad del desarrollo individual es uno de los pilares de la visión humanista que impregna a las sociedades occidentales desde la Ilustración, y que sustenta las ideas de progreso y felicidad.
17. El argumento que inspira la intervención pública para mantener este valor formativo de los bienes culturales, frente al modelo asignativo del mercado, reside en el hecho de la "demanda de formación" expresada a través del mercado sería inferior a la óptima, dado que los "no formados" no calibrarían las ventajas que les puede reportar la formación y, por tanto, manifestarían demandas inferiores a las eficientes. Por otra parte, la formación es un requisito previo para mantener la igualdad de oportunidades y en consecuencia, entra dentro de la lógica del papel redistributivo que se le asigna al Estado en las sociedades occidentales.
18. La política cultural moderna, heredera históricamente de prácticas basadas en la lógica individual se conforma, por consiguiente, a partir de esas prácticas y del acervo valorativo que, desde la revolución conceptual de la Ilustración, inspira a las sociedades democráticas occidentales. Un análisis que pretenda explicar las formas de estas políticas debe atender necesariamente a esta doble realidad. (29)
19. Política Cultural en España (Lluís Bonet. Evolución y retos de la política cultural en España) La Constitución establece el marco de distribución de competencias básico entre las comunidades autónomas y la administración central (artículos 148 y 149). La administración central debe asumir la función básica de defensa contra la exportación y la expoliación del patrimonio histórico-artístico, así como la legislación sobre propiedad intelectual, y las normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión.
20. Asimismo, debe facilitar la comunicación cultural entre las comunidades autónomas, de acuerdo c ellas, y garantizar la existencia de servicios culturales. Según la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional, todos los poderes públicos tienen autonomía para la gestión de sus intereses respectivos y pueden actuar de forma concurrente en el campo de la cultura.
21. Los Estatutos de Autonomía y sus competencias en materia de cultura. Todos los Estatutos de Autonomía de las distintas Comunidades Autónomas recogen la cultura como competencia propia, aunque en algunas de ellas ésta se comparta con las diputaciones (caso del País Vasco o de Canarias). Los sectores, programas e instituciones con una mayor tradición de intervención pública quedan bajo su responsabilidad: artesanía, museos, bibliotecas, conservatorios de música, etc.
22. Sólo unos pocos museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal quedan en manos del estado, aunque su gestión pueda ser ejercida por las administraciones autonómicas.
23. Las competencias culturales de las administraciones locales. Con respeto a la administración local, la Ley de bases del régimen local da competencias a los municipios en materia de patrimonio, actividades e instalaciones culturales y ocupación del tiempo libre . También dispone que los municipios de más de 5.000 habitantes deberán prestar servicio de biblioteca pública. Finalmente, establece la posibilidad de que (3) (4) los municipios realicen "actividades complementarias de las propias de otras Administraciones públicas y, en particular, las relativas a (...) la cultura" (4)
24. La política cultural de los distintos gobiernos. La creación del Ministerio de cultura durante la transición democrática. En pleno proceso de transición política, Adolfo Suárez crea en 1977 el Ministerio de Cultura , con la misión de hacerce cargo de la inserción no traumática de los organismos del régimen anterior a la nueva estructura democrática; en especial de la Secretaría General del Movimiento y del Ministerio de Información y Turismo.
25. También se anula el monopolio informativo radiofónico (se debía sintonizar con Radio Nacional), la difusión obligatoria del NODO en toda proyección cinematográfica, se liberaliza el sector radiofónico (en frecuencia modulada), se cierran o venden los periódicos y las emisoras de radio del Movimiento, y se crea el organismo autónomo de RTVE . Asimismo, se intenta un acercamiento hacia los sectores intelectuales y artísticos enfrentados al franquismo (con exposiciones, nombramientos y premios).
26. La acción gubernamental del Ministerio de Cultura de la etapa socialista (1982-199 6). A partir de 1982, los distintos gobiernos del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) defienden l a presencia del estado no sólo como garante o complemento de la acción privada en el ámbito cultural, sino también como alternativa ante las insuficiencias y límites de la misma.
27. Los objetivos perseguidos se centran en la conservación y valorización del patrimonio, la renovación de equipamientos (plan de auditorios y teatros), el apoyo a la creación (con la nueva ley de propiedad intelectual, y las ayudas al cine, al teatro y a la música), y la reorganización y reducción del Ministerio ante el traspaso de responsabilidades a las comunidades autónomas.( 4)
28. La Secretaría de Estado de Cultura del gobierno del Partido Popular. En 1996, el nuevo gobierno del Partido Popular disuelve el Ministerio de Cultura en el nuevo Ministerio de Educación y Cultura donde crea una Secretaría de Estado específica. Su discurso es no intervencionista y más liberal, aunque la práctica de su política cultural no se distancie mucho de la realizada en la última etapa socialista. A excepción de la eliminación del Centro de nuevas tendencias escénicas, el nuevo gobierno mantiene la estructura orgánica y los grandes equipamientos heredados de la administración anterior.
29. Se mantiene la política de protección y difusión del patrimonio histórico español, la gestión de los grandes museos, archivos y bibliotecas nacionales, la promoción y difusión de las artes escénicas y la música, así como la tutela sobre la propiedad intelectua l. Asimismo se refuerza la cooperación con las restantes administraciones públicas y muy particularmente con aquellas iniciativas culturales privadas o no lucrativas que refuercen la acción del gobierno. En el ámbito de las industrias culturales se refuerzan los grandes grupos de comunicación y las empresas españolas de producción audiovisual y editorial, a la vez que se reduce el proteccionismo existente
30. Fuente: Paul Raussel Kóster, PODER Y CULTURA. El origen de las políticas culturales http://www.uv.es/econcult/pdf/PoderCultura.pdf