5. Es una nueva tarifa creada por el
Ministerio de Industria.
Se diferencia de la tarifa general
en que la potencia contratrada
resulta gratuita. Es decir, el
consumidor no paga un término
fijo de potencia y sólo paga por lo
que consume, es decir, se elimina la
tarifa de último recurso TUR
7.
Que el titular del contrato sea una persona física (que no sea una
empresa, asociación comunidad, etc.)
Pertenecer a: Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa, Hidrocantábrico o
Eon (quienes antes del 1 de julio tuvieran su contrato con Sevillana)
Que tenga una potencia contratada inferior a 3kW.(En ese caso se
aplica automáticamente)
Que tenga instalado un interruptor de control de potencia (ICP) o
limitador.
Si no lo tiene la distribuidora lo instalará en un mes.
Que se trate de la vivienda habitual del titular del contrato.
Los consumidores que cumplan los 3 primeros requisitos recibirán
de la distribuidora eléctrica, junto con la factura, una información
específica sobre la tarifa social.
8. Desempleados: con todos los miembros
de la unidad familiar en situación de
desempleo
Fotocopia del DNI del titular del
suministro
Fotocopia del libro de familia
Certificado expedido por el
Ayuntamiento con la lista de
empadronados en ese domicilio
Modelo de declaración responsable
Solicitud
9. Familias numerosas:
Fotocopia del DNI del titular del
suministro
Fotocopia del carnet de familia
numerosa
Certificado de empadronamiento del
titular del suministro
Fotocopia de la última factura
10. Jubilados: mayores de 60 años que
reciban una pensión mínima por
incapacidad permanente, viudedad,
jubilación o invalidez:
Fotocopia del DNI del titular del
suministro
Certificado de empadronamiento del
titular
Certificado emitido por la SS
acreditando ser beneficiario del bono
social
Fotocopia de la última factura
12. Los consumidores que dispongan de
potencia contratada de 2,3kW se
ahorran 4,55€/mes, lo que supone unos
Los consumidores que dispongan de potencia contratada de 2,3kW se ahorran 4,55€/mes, lo que supone unos 55€ anuales (impuestos incluidos)
55€ anuales (impuestos incluidos).
13. Si el consumidor solicita una reducción
de potencia, el ahorro sería mayor a
cambio de disponer de menos potencia
contratada. Por ejemplo, reduciendo de
3,5 a 2,3kW y solicitando la tarifa
social, el ahorro sería de 6,87 €/mes, lo
que supone 82€ anuales (impuestos
incluidos).
15.
Personas físicas con potencia
contratada < 3Kw. en su vivienda
habitual.
Pensionistas con 60 ó más años que
perciban pensión mínima por
jubilación, incapacidad permanente o
viudedad
Familias numerosas
Familias con todos sus miembros en
situación de desempleo
16.
El resto de personas que
tengan menos de 3 kw de
potencia contratada se les
aplicará directamente, es decir,
no tendrán que solicitarla.
18. Debes acreditar
todos los requisitos,
rellenar la solicitud y
enviarla junto con toda
la documentación a través de
alguno de los siguientes medios:
23. Los consumidores tienen la
obligación de comunicar a su
empresa comercializadora de
Último Recurso cualquier
cambio que suponga la
pérdida del derecho a percibir
el bono social
24. En caso de incumplimiento de
cualquiera de los requisitos
sin que se haya
comunicado previamente,
se cobrará un recargo del
10%
en la próxima factura.
26. Se devengará a partir del primer día del ciclo
de facturación en el que tenga lugar la
recepción completa de la documentación
acreditativa.
Se aplicará en la siguiente factura, siempre
que dicha recepción tenga lugar al menos 15
días naturales antes de la fecha de emisión
de la misma.
27. Una vez devengado, será de
aplicación indefinida,
salvo pérdida de alguna de
las condiciones que dan
derecho a su percepción.