El documento presenta 3 enmiendas a un proyecto de modificación de una ordenanza reguladora de ayudas económicas municipales. La primera enmienda propone eliminar un requisito restrictivo. La segunda propone añadir una ayuda específica para perceptores de renta mínima. La tercera propone añadir una ayuda para jóvenes menores de 35 años en sus tres primeros años de emancipación.
RECURSOS ECONOMICOS DE LOS GAD ART. 270-274
PLAN NACIONAL DE DESARRROLLO ART. 279-280 TNNV-AB GUILLERMO FALCONI
SIST. ECONOMICO Y POLITICA ECONOMICA ART. 283-284
RECURSOS ECONOMICOS DE LOS GAD ART. 270-274
PLAN NACIONAL DE DESARRROLLO ART. 279-280 TNNV-AB GUILLERMO FALCONI
SIST. ECONOMICO Y POLITICA ECONOMICA ART. 283-284
Qué empleados están obligados a declarar renta
Cómo se determina la renta de las personas naturales:
Rentas de trabajo y pensiones
Rentas de capital y no laborales
Dividendos y participaciones
Retención en la Fuente para las personas naturales empleados: aportes en salud, pensiones, AFC, entre otros.
Retención sobre prestaciones sociales y otros pagos laborales
Exoneración de aportes para algunos empleadores y la deducibilidad de las prestaciones pagadas.
Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos con la UGPP.
Tratamiento tributario de las condenas en materia laboral según la Reforma Tributaria.
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en CatalunyaPlanartús
Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, mediante la cual se modifica la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), con efectos para las defunciones acaecidas a partir del 1 de febrero de 2014.
RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2014, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a Entidades Locales de Castilla y León, para la contratación de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social para el año 2015.
Presentación SRI Proyecto de Ley solidaria y de corresponsabilidad ciudadana ...Rocío Albán Torres
La Comisión de Régimen Económico y Tributario, su Regulación y Control en sesión Nª095 recibió en comisión generel al Econ. Leonardo Orlando representante máximo del SRI. Compartimos la presentación realizada.
Desde que se produjo la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19, la Diputación Foral de Gipuzkoa ha venido aprobando y adoptando diversas medidas de diferente naturaleza, cuyo propósito ha sido paliar las graves consecuencias ocasionadas por la emergencia sanitaria.
"POR LA CUAL SE DEFINEN RENTAS DE DESTINACIÓN ESPECÍFICA PARA LA SALUD, SE ADOPTAN MEDIDAS PARA PROMOVER ACTIVIDADES
GENERADORAS DE RECURSOS PARA LA SALUD, PARA EVITAR LA EVASIÓN Y LA ELUSIÓN DE APORTES A LA SALUD, SE REDIRECCIONAN RECURSOS AL INTIERIOR DEL SISTEMA DE SALUD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".
Qué empleados están obligados a declarar renta
Cómo se determina la renta de las personas naturales:
Rentas de trabajo y pensiones
Rentas de capital y no laborales
Dividendos y participaciones
Retención en la Fuente para las personas naturales empleados: aportes en salud, pensiones, AFC, entre otros.
Retención sobre prestaciones sociales y otros pagos laborales
Exoneración de aportes para algunos empleadores y la deducibilidad de las prestaciones pagadas.
Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos con la UGPP.
Tratamiento tributario de las condenas en materia laboral según la Reforma Tributaria.
Circular 3 14 - Nuevo Impuesto de Sucesiones en CatalunyaPlanartús
Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, mediante la cual se modifica la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), con efectos para las defunciones acaecidas a partir del 1 de febrero de 2014.
RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2014, del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a Entidades Locales de Castilla y León, para la contratación de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social para el año 2015.
Presentación SRI Proyecto de Ley solidaria y de corresponsabilidad ciudadana ...Rocío Albán Torres
La Comisión de Régimen Económico y Tributario, su Regulación y Control en sesión Nª095 recibió en comisión generel al Econ. Leonardo Orlando representante máximo del SRI. Compartimos la presentación realizada.
Desde que se produjo la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19, la Diputación Foral de Gipuzkoa ha venido aprobando y adoptando diversas medidas de diferente naturaleza, cuyo propósito ha sido paliar las graves consecuencias ocasionadas por la emergencia sanitaria.
"POR LA CUAL SE DEFINEN RENTAS DE DESTINACIÓN ESPECÍFICA PARA LA SALUD, SE ADOPTAN MEDIDAS PARA PROMOVER ACTIVIDADES
GENERADORAS DE RECURSOS PARA LA SALUD, PARA EVITAR LA EVASIÓN Y LA ELUSIÓN DE APORTES A LA SALUD, SE REDIRECCIONAN RECURSOS AL INTIERIOR DEL SISTEMA DE SALUD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".
Aide à la formation sur la plate-forme etwinning en allemand : inscription, prise en mains, utilisation du twinspace.
Formation ayant eu lieu lors d'une formation sur un projet Kinema.
Certaines slides sont tirées du site e-twinning allemand
Lorenzo Gil Maciá, profesor de Sistema Fiscal de la Universidad de Alicante y subdirector del MeT, explica en esta presentación las principales deducciones en el IRPF, tales como la deducción por maternidad o por empresas de nueva creación, entre otras.
Es un descuento que se aplica sobre la factura de la luz de aquellos consumidores vulnerables que así lo soliciten y cumplan los requisitos exigidos.
Según el tipo de consumidor, los descuentos oscilarán entre el 25% y 100% sobre el PVPC (Precio Voluntario del Pequeño Consumidor
¿Qué nuevas medidas concretas planea la concejalía delegada de seguridad para revertir el alarmante aumento de la actividad delictiva en la ciudad de Alcobendas?
¿Qué nuevos protocolos se han establecido para mejorar la coordinación de los agentes de Policía Nacional que dan servicio en la comisaría de Alcobendas-San Sebastián de los Reyes y los agentes de Policía Local para prevenir la comisión de actividades delictivas?
“Instar al Consejo de Administración de la empresa pública EMVIALSA a adecuar el expediente de cesión gratuita de la parcela situada en la calle Velarde, 21 de Alcobendas (edificio de la antigua Universidad Popular) para que se dedique a la construcción exclusiva de vivienda pública en régimen de alquiler, frenando así la venta privada de patrimonio público”.
1. Las fuerzas políticas presentes en el Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas muestran su posicionamiento favorable a priorizar la construcción de vivienda pública en régimen de alquiler y a precio asequible en parcelas de propiedad pública para dar respuesta a las demandas sociales de los ciudadanos.
2. Instar al Consejo de Administración de la empresa pública EMVIALSA a adecuar el expediente de cesión gratuita de la parcela situada en la calle Velarde, 21 de Alcobendas (edificio de la antigua Universidad Popular) para que se dedique a la construcción exclusiva de vivienda pública en régimen de alquiler, frenando así la venta privada de patrimonio público.
3. Instar a la Concejalía de Urbanismo al señalamiento y reserva de dos parcelas de suelo dotacional público, en el término municipal de Alcobendas, al objeto de construir sendas promociones de vivienda pública en régimen de alquiler y dar respuesta a la dilatada demanda de vecinos expectantes. Se dará cuenta en el próximo Pleno Municipal Ordinario de las parcelas reservadas a tal fin.
4. Instar al Ayuntamiento de Alcobendas a iniciar una mesa de diálogo con el Ayuntamiento vecino de San Sebastián de los Reyes al objeto de estudiar la viabilidad técnica y jurídica de fusionar los servicios públicos de ambas bolsas municipales de vivienda y a valorar promociones públicas de vivienda en alquiler promovidas, financiadas y gestionadas conjuntamente por ambas administraciones.
¿A qué se debe el importante descenso en las cifras de reciclaje de papel, vidrio, aceite y pilas que muestra el informe anual del Departamento de Medio Ambiente de febrero de 2017?
¿Qué medidas va a tomar el equipo de gobierno para mejorar los niveles de reciclaje?
¿Se van a realizar nuevas campañas informativas?
¿Se plantea cambiar la ubicación o aumentar el número de contenedores?
¿Qué actuaciones concretas contempla el plan local para prevenir la afectación a los ciudadanos en escenarios de altos niveles de contaminación?
¿Cuántos puntos de medición hay en el término municipal de Alcobendas? ¿Se plantea el equipo de gobierno crear nuevos para abarcar toda la ciudad?
¿Qué herramientas está utilizando el Ayuntamiento para evaluar los datos de las estaciones de medición y predecir posibles escenarios de riesgo por altos niveles de ozono, óxidos de nitrógeno u otras partículas contaminantes?
MOCIÓN relativa al ENCARGO DE INFORMES DE MOVILIDAD PARA ANALIZAR EL IMPACTO EN EL TRÁFICO PREVIOS A LA APROBACIÓN DE FUTUROS DESARROLLOS URBANOS.
1. El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas insta al gobierno municipal a implementar un nuevo protocolo, que será efectivo desde el día de la aprobación de la presente moción, para que todos los expedientes de urbanismo que impliquen un nuevo desarrollo de viviendas en la ciudad cuenten con un informe obligatorio que analice el impacto al tráfico y la movilidad que tendría su puesta en marcha.
2. El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas se compromete a no debatir, ni estudiar la aprobación de ningún nuevo desarrollo urbanístico sin que de manera previa todos los grupos y los ciudadanos de Alcobendas puedan conocer un informe detallado que evalúe el impacto que tendría en el tráfico rodado la construcción del nuevo espacio de viviendas con las infraestructuras y medios de transporte público vigentes en ese momento.
En lo últimos meses hemos leído declaraciones textuales del alcalde de Alcobendas, Ignacio García de Vinuesa, en la que asegura que “he reclamado al Ayuntamiento de Madrid una permuta para incorporar la urbanización del Encinar de los Reyes a Alcobendas”.
Además, en esas mismas declaraciones se dice que “Hay unos terrenos que están pegados a Madrid por el Aeropuerto que podrían ser muy interesantes para la capital”.
¿En qué consiste la supuesta permuta de terrenos que está negociando personalmente al alcalde de Alcobendas con la alcaldesa de Madrid?
¿Cuándo se va a dar cuenta con transparencia al Pleno Municipal y al conjunto de los vecinos de las negociaciones para cambiar los límites territoriales de nuestra ciudad?
¿Qué repercusión económica tendría para la ciudad la permuta de áreas urbanas en el ingresos de impuestos?
El Ayuntamiento de Alcobendas ha barajado estas opciones para eliminar orines y excrementos de perros en las vías públicas y en los parques infantiles.
- Incrementar las multas.
- Gravar con un nuevo impuesto por tenencia de animales domésticos
- Crear patrullas de policías de paisano para detectar actos incívicos de no recogida de excrementos.
- Obligar a los dueños a llevar una botella de agua para limpiar orines.
- Realizar pruebas de ADN a los excrementos para multar a los dueños.
- Volver a poner bolsas gratuitas en los dispensadores de los parques.
¿Cuáles se han puesto ya en marcha?, ¿Qué efectos positivos han conseguido?
Es por ello que le propongo al señor alcalde, al concejal delegado de la competencia de movilidad y a los portavoces de todos los grupos políticos con representación en el Pleno Municipal que encarguemos un amplio informe de movilidad que evalué el impacto que tendría en el tráfico de Alcobendas una futura aprobación definitiva del desarrollo urbanístico de Los Carriles con la actual configuración de accesos.
1. El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas insta a la Asamblea de Madrid a aceptar la toma en consideración de la Iniciativa Legislativa Popular con el nombre de Ley Urgente del Derecho a la Vivienda, avalada por más de 50.000 firmas, para que se inicie con la debida premura el trámite reglamentario previsto para la redacción consensuada de una Ley sobre Vivienda Digna en la Comunidad de Madrid.
2. El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas muestra su adhesión a la necesidad de implementar una legislación autonómica que desarrolle los principios básicos de acceso a una vivienda digna enunciados en el artículo 47 de la Constitución Española.
3. El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas muestra su total predisposición para colaborar con la Administración Autonómica en el desarrollo local de las medidas oportunas para:
- Aumentar la oferta de vivienda pública, en régimen alquiler, y a precios asequibles.
- Garantizar la oferta suficiente de viviendas de emergencia social para impedir los desalojos forzosos sin alternativa habitacional.
- Intermediar entre propietarios dispuestos a arrendar sus inmuebles y demandantes de vivienda.
- Mantener la habitabilidad de los inmuebles y la dignidad de las personas asegurando la provisión de suministros básicos como agua, calefacción y electricidad.
¿Qué medidas concretas va a tomar el Ayuntamiento de Alcobendas para impulsar la adopción que actualmente no supera el 25% de los animales abandonados en nuestra ciudad?
¿Qué objetivo de adopción de marca alcanzar el Ayuntamiento de Alcobendas bajo la dirección del presente equipo de gobierno al finalizar la legislatura en primavera de 2019?
¿Qué estudios o medidas se han realizado en los últimos dos años encaminadas a la eliminación del transbordo?
¿Tiene noticias el equipo de gobierno de cuál es la fecha prevista por el Gobierno Regional para la licitación y el inicio de obras encaminadas a la eliminación definitiva del trasbordo en Metro Norte?
APOYO A LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y LOS VALORES DEMOCRÁTICOS FRENTE A LA CONVOCATORIA DE REFERÉNDUM ILEGAL DEL 1 DE OCTUBRE EN CATALUÑA
1. La Constitución establece que el único sujeto de soberanía es el pueblo español en su conjunto. Reprobamos la convocatoria del referéndum de autodeterminación de Cataluña para el 1 de octubre por ser un acto contrario a la Constitución que viola los valores democráticos y las libertades públicas pretendiendo atentar contra la unidad de España.
2. El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas muestra su respeto por el autogobierno de las nacionalidades y regiones españolas, y su firme compromiso en la defensa de la libertad de expresión, la pluralidad de sentimientos y opciones políticas, pero siempre que se expresen en el marco constitucional y de la legalidad vigente inspiradora de nuestra Democracia.
3. Condenamos cualquier acto o declaración pública que pretenda intimidar, discriminar, amenazar o coartar la libertad de expresión y actuación de alcaldes, concejales y empleados públicos que desde Cataluña actúan conforme al ordenamiento jurídico español y cumpliendo escrupulosamente con las resoluciones judiciales.
4. El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas muestra su firme rechazo a la utilización de dinero o recursos públicos destinados a la convocatoria, propaganda o celebración de actos declarados por el Tribunal Constitucional y los órganos judiciales como contrarios a la Constitución, la democracia y las libertades públicas.
¿Qué medidas concretas va a tomar el Ayuntamiento de Alcobendas para impulsar la adopción que actualmente no supera el 25% de los animales abandonados en nuestra ciudad?
¿Qué objetivo de adopción de marca alcanzar el Ayuntamiento de Alcobendas bajo la dirección del presente equipo de gobierno al finalizar la legislatura en primavera de 2019?
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
Enmiendas al Proyecto de Modificación de Ayudas Sociales (IBI Social)
1. EMILIO MARTÍN LÓPEZ
Representante de Unión Progreso y Democracia en la Comisión Sociocultural
A/A Sr. PRESIDENTE DE LA COMISIÓN SOCIOCULTURAL
Ayuntamiento de Alcobendas Alcobendas, 20 de noviembre de 2014
ENMIENDAS AL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE AYUDAS ECONÓMICAS MUNICIPALES PARA LA ATENCIÓN DE NECESIDADES SOCIALES
- ENMIENDA NÚMERO 1 ENMIENDA DE ELIMINACIÓN
Artículo afectado:
Anexo 2 – Artículo 2.1. del apartado Requisitos de procedencia.
Justificación:
Se propone eliminar la condición restrictiva de unidades familiares con todos sus miembros en situación de desempleo para tener acceso a la percepción de la ayuda económica. De esta manera, el único criterio de sesgo sería el baremo con los límites de ingresos como termómetro real de la situación de necesidad del núcleo familiar, con indiferencia de si algún miembro está dado de alta en un empleo menor en cuanto al número de horas o la remuneración recibida.
Nueva redacción: Tras la modificación efectuada el artículo 2º del ANEXO 2 de la Ordenanza quedará con el siguiente texto y tenor literal:
2. Requisitos de procedencia.
Para la percepción de esta ayuda deben concurrir los siguientes requisitos:
2.1. Domiciliar el pago del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
2. 2.2. Sólo será aplicable para los cobros mediante recibo periódico, no para las liquidaciones individualizadas.
2.3. Estar empadronado y residir en el municipio de Alcobendas, manteniendo el empadronamiento todo el año.
2.4. No tener otra vivienda en propiedad ni el/la solicitante ni las personas empadronadas con él/ella que supere un valor catastral de 10.000 €
2.5. Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias de ejercicios fiscales anteriores a aquel en que se origina la necesidad para la que se solicita la ayuda.
2.6. Ser mayor de edad.
2.7. Tener nacionalidad española o extranjera con residencia legal en España.
2.8. Aportar la documentación exigida que acredite la situación de necesidad.
2.9. No tener acceso a otras ayudas de cualquier otra Administración Pública o recursos propios que cubran la necesidad para la que se solicita la ayuda.
2.10. No superar el límite de ingresos establecido en el siguiente Baremo, especifico para esta ayuda.
Nº DE MIEMBROS UNIDAD
FAMILIAR
INDICE CORRECTOR
INGRESOS REFERENCIA
IPREM
1
1,20
639,01 euros/mes
2
1,40
745,51 euros/mes
3
1,60
852,02 uros/mes
4
1,70
905,26 euros/mes
5
1,90
1.011,77 euros/mes
3. - ENMIENDA NÚMERO 2 ENMIENDA DE ADICIÓN
Artículo afectado: Anexo 3
Justificación:
Tal y como está redactado el artículo 2.11 del Anexo 2 en el borrador de la presente modificación de Ordenanza pueden quedar excluidas unidades familias con percepción periódica de rentas mínimas y poco margen de renta disponible para las que el pago del IBI les supone un % de desembolso muy alto en relación a su renta.
Se propone incluir una ayuda dirigida a colectivos vulnerables como son perceptores de Renta Mínima de Inserción, perceptores de Pensiones Mínimas de la Seguridad Social o Pensiones no contributivas cuyos ingresos son significativamente menores que los que puede recibir un ciudadano como prestación de desempleo.
En este caso, se propone que el porcentaje de la ayuda recibida se adapte a la progresividad de los ingresos del núcleo familiar en función del número de miembros perceptores de la renta o pensión mínima.
Nueva redacción: Tras la adición del ANEXO 3 para contemplar un nuevo colectivo, la Ordenanza quedará con el siguiente texto y tenor literal:
AYUDA ECONOMICA ESPECIFICA Y EXCEPCIONAL, DESTINADA A FAMILIAS CUYOS MIEMBROS SEAN PERCEPTORES DE RENTA MÍNIMA DE INSERCIÓN, PENSIONES MÍNIMAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL O PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS, PARA HACER FRENTE A LOS GASTOS DE LA VIVIENDA POR CONCEPTO DE IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES RELATIVO A LA VIVIENDA HABITUAL.
1. Objeto.
Tiene por objeto atender los gastos de la vivienda habitual relacionados con el Impuesto de Bienes Inmuebles. La cuantía máxima de la ayuda será la cantidad de 337,00 Euros por vivienda, sin que dicho importe, en ningún caso, supere el límite de la cuota del referido impuesto para ese ejercicio.
Constituye una ayuda específica, excepcional, y se prestará hasta el agotamiento del crédito presupuestario destinado concretamente a esta finalidad.
4. 2. Requisitos de procedencia.
Para la percepción de esta ayuda deben concurrir los siguientes requisitos:
2.1. Tener la condición de perceptores de Renta Mínima de Inserción, Pensiones mínimas de la Seguridad Social o Pensiones no contributivas por parte de todos los miembros de la unidad familiar en el momento de la solicitud.
2.2. Domiciliar el pago del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
2.3. Sólo será aplicable para los cobros mediante recibo periódico, no para las liquidaciones individualizadas.
2.4. Estar empadronado y residir en el municipio de Alcobendas, manteniendo el empadronamiento todo el año.
2.5. No tener otra vivienda en propiedad ni el/la solicitante ni las personas empadronadas con él/ella que supere un valor catastral de 10.000 €
2.6. Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias de ejercicios fiscales anteriores a aquel en que se origina la necesidad para la que se solicita la ayuda.
2.7. Ser mayor de edad.
2.8. Tener nacionalidad española o extranjera con residencia legal en España.
2.9. Aportar la documentación exigida que acredite la situación de necesidad.
2.10. No tener acceso a otras ayudas de cualquier otra Administración Pública o recursos propios que cubran la necesidad para la que se solicita la ayuda.
2.11. El porcentaje de bonificación será el siguiente:
Nº DE MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR
Porcentaje de ayuda municipal al pago del IBI
1
75%
2
50%
3 y en adelante
25%
(Los artículos 3 al 6 referidos al procedimiento, la documentación a aportar, las obligaciones de los beneficiarios y las causas de denegación de la ayuda quedarán redactados, sin modificación alguna, conforme al Anexo 2 presentado en el borrador de la presenta Ordenanza objeto de estudio, salvo en lo relativo a la presentación de documento alguno que acredite situación de desempleo).
5. - ENMIENDA NÚMERO 3 ENMIENDA DE ADICIÓN
Artículo afectado: Anexo 4
Justificación:
Existe un colectivo especialmente vulnerable, y que está sufriendo la crisis económica de manera especial, como son los jóvenes menores de 35 años que debido al alto % de desempleados no consiguen una estabilidad laboral y encadenan trabajos precarios con percepciones salariales bajas y discontinuas.
Se propone no dejar pasar la modificación de la presente Ordenanza para incluir una pequeña ayuda (del 50% del pago del IBI), a modo de incentivo, a los jóvenes menores de 35 años en sus tres primeros años de emancipación a una vivienda en propiedad.
Nueva redacción: Tras la adición del ANEXO 4 para contemplar un nuevo colectivo, la Ordenanza quedará con el siguiente texto y tenor literal:
AYUDA ECONOMICA ESPECÍFICA Y EXCEPCIONAL, DESTINADA A JOVENES, PARA HACER FRENTE A LOS GASTOS DE LA VIVIENDA POR CONCEPTO DE IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES RELATIVO A LA VIVIENDA HABITUAL.
1. Objeto.
Tiene por objeto atender los gastos de la vivienda habitual relacionados con el Impuesto de Bienes Inmuebles. La cuantía máxima de la ayuda será la cantidad de 337,00 Euros por vivienda, sin que dicho importe, en ningún caso, supere el límite de la cuota del referido impuesto para ese ejercicio.
Constituye una ayuda específica, excepcional, y se prestará hasta el agotamiento del crédito presupuestario destinado concretamente a esta finalidad.
2. Requisitos de procedencia.
Para la percepción de esta ayuda deben concurrir los siguientes requisitos:
2.1. Tener la condición menores de 35 años por parte de todos los miembros de la unidad familiar en el momento de la solicitud.
2.2. Sólo será aplicable para los tres primeros años de adquisición de una vivienda en propiedad, que además debe coincidir con la vivienda habitual de residencia.
2.3. Domiciliar el pago del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
6. 2.4. Sólo será aplicable para los cobros mediante recibo periódico, no para las liquidaciones individualizadas.
2.5. Estar empadronado y residir en el municipio de Alcobendas, manteniendo el empadronamiento todo el año.
2.6. No tener otra vivienda en propiedad ni el/la solicitante ni las personas empadronadas con él/ella que supere un valor catastral de 10.000 €
2.7. Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias de ejercicios fiscales anteriores a aquel en que se origina la necesidad para la que se solicita la ayuda.
2.8. Ser mayor de edad.
2.9. Tener nacionalidad española o extranjera con residencia legal en España.
2.10. Aportar la documentación exigida que acredite la situación de necesidad.
2.11. No tener acceso a otras ayudas de cualquier otra Administración Pública o recursos propios que cubran la necesidad para la que se solicita la ayuda.
2.12. El porcentaje de la ayuda municipal será, en todo caso, el 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles a satisfacer.
2.13. No superar el límite de ingresos establecido en el siguiente Baremo, específico para esta ayuda.
BAREMO RENTA FAMILIAR
A. INGRESOS SEGÚN EL NÚMERO DE MIEMBROS MENORES DE 35 AÑOS EN LA UNIDAD FAMILIAR
% AYUDA
1
2
3
4
5
6 y en adelante
MUNICIPAL
50%
Hasta
Hasta
Hasta
Hasta
Hasta
Hasta
12.001 €/año
14.001 €/año
16.001 €/año
18.001 €/año
20.001 €/año
22.001 €/año
(Los artículos 3 al 6 referidos al procedimiento, la documentación a aportar, las obligaciones de los beneficiarios y las causas de denegación de la ayuda quedarán redactados, sin modificación alguna, conforme al Anexo 2 presentado en el borrador de la presenta Ordenanza objeto de estudio, salvo en lo relativo a la presentación de documento alguno que acredite situación de desempleo).