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                                      Punta Alta,       de marzo de 2010

                                      Ref: S/Conflicto Cambio Modalidad Operativa
                                          Suplemento Dedicación Exclusiva

Señora
Ministra de Defensa
Doctora Nilda GARRE
S/D

De nuestra mayor consideración:

              La ASOCIACION PERSONAL CIVIL JERARQUICO DE LA ARMADA
ARGENTINA – Personería Gremial Nº 881/67 y Comisión Interna de Personal Superior y
de Supervisión, se dirige a Ud. con la finalidad de reiterarle nuestra solicitud de
mediación en el conflicto denunciado ante Ud ante la continuidad del mismo.

         Habiendo transcurrido la Paritaria Sectorial de fecha 8 de marzo de 2010 y no
existiendo constancia en el Acta correspondiente Exp. Nº 1357863/09 de tratamiento de
nuestra problemática tanto por parte del Estado Nacional como de las entidades
gremiales con representación en la misma, es que volvemos a molestar su atención
para volver a expresarle nuestra profunda preocupación por el conflicto que no ha sido
tratado adecuadamente.

         Como trabajadores estamos convencidos que aceptar medidas arbitrarias sería
incurrir en el vicio de consentimiento hacia derechos avasallados y nuestro deber se
funda en la irrenunciabilidad de nuestros derechos y garantías como trabajadores.

             Desde hace años vivimos permanentemente con conflictos laborales por
derechos conculcados, en el caso que nos ocupa, normativas jurídicas que no se
cumplen cuando otorgan beneficios económicos (suplementos) aplicando criterios
restrictivos con un evidente apartamiento de la Ley, fijando incompatibilidades con
normas de rango inferior a la ley o bien que no son aclaradas debidamente, ej:

Personal Superior – Conflicto de Normas de aplicación

 El Estatuto del P.Civil prescribe 198 horas mensuales de labor (9 hs por 22 días hábiles
promedio), en tanto el Convenio Colectivo de Trabajo prescibe un máximo de 180 horas,
es decir 18 horas de diferencia.
No se ha respondido de parte de la ARMADA a este conflicto de normas.


Personal Supervisión – Suplemento por Actividad Industrial

 El Estatuto de P. Civil prescribe 160 horas mensuales de labor pero cumple 176 hs
mensuales (22 días habiles promedio por 8 hs de labor) es decir 16 horas en más por lo
cual se acredita el Suplemento por Actividad Industrial en el ámbito del ARSENAL
NAVAL PUERTO BELGRANO, entre otros.
No se ha respondido a este derecho por pare de la ARMADA.
2

Gastos de Comida:

Ante la extensión de 9 horas en mas surge con fuerza arrolladora e indiscutible nuestro
derecho a que la institución habilite comedores y nos suministre la imprescindible
alimentación que nos permita reponer energías ante la extensión horaria ordenada.
Existen al respecto un conflicto de normas dado que el Decreto Nº 214/06 lo contempla
y la reglamentación del Decreto Nº 911/06 nos discrimina.
No se ha respondido a este derecho por parte de la ARMADA.

           Señora Ministra, resulta odioso y tedioso entrar en comparaciones, pero no por
ello resulta injusto decir que cuando el Personal Militar extiende su jornada horario –por
ejemplo hasta las 17 hs, 2/3 hs mas de labor) se les habilitan Comedores, Camaretas,
Hoteles o diferentes servicios para satisfacer su imprescindible y lógico derecho a la
alimentación diaria.

         Es por ello que nos creemos con el derecho a sentirnos “discriminados” dentro
de una misma Institución por los temas que venimos denunciando una y otra vez sin
encontrar respuestas a nuestros reclamos.

           No queremos “arreglos momentáneos que nos hacen sentir siempre en
deuda o en falta ante el favor que finalmente terminan comprometiendo a la
Jefatura que lo concedió” con Jefaturas en tránsito y que al tiempo el problema vuelva
a ser el mismo y nos sentimos ya no solo como trabajadores sino como personas
“manoseada nuestra dignidad”. Necesitamos que nuestra problemática sea blanqueada
en un marco de legalidad y oportunidad en el cual queden saneados los deberes y
derechos del empleador y trabajador de manera definitiva.

            Fue por ello y sin perder nuestro rumbo adoptado desde el inicio del trabajo
de esta COMISIÓN DE TRABAJADORES JERARQUICOS, que solicitamos a modo de
solución la aprobación del proyecto de resolución ministerial creando el Suplemento
por Mayor Responsabilidad puesto a su consideración.

             La firma de este instrumento legal nos permitiría retomar a la paz social hoy
perdida en nuestro ámbito de trabajo desde hace mas de CINCO (05) meses ante la
modificación unilateral de nuestras condiciones laborales, situación que si ha sido
observada puntualmente en el acta de Paritaria Sectorial del 8 de marzo de 2010 y que
sintetiza lo que nos ha ocurrido recientemente.

           Por lo tanto le pedimos con carácter de muy urgente disponga una reunión
con integrantes de esta comisión o a su defecto la posibilidad de concurrir un
representante de ese Ministerio a la zona AREA NAVAL PUERTO BELGRANO, de
manera tal de establecer pautas y acuerdos previsibles en el tiempo y que nos permitan
retomar el camino que veníamos transitando antes del mes de setiembre de 2009
cuando se nos anunció el cambio de modalidad operativa horaria.

          En honor a la brevedad y a su tiempo es todo cuanto consideramos necesario
decir por este medio, poniéndonos a su disposición y rogando nuevamente su
intervención.
3



Firmas que acompañan la presente denuncia:

Por la Comisión Interna Gremial de la ASOCIACION PERSONAL CIVIL JERARQUICO
DE LAS FUERZAS ARMADAS (APCJ)




Esteban FURNARI
DNI. 11.521.321
Presidente APCJ




Juan Carlos RODRIGUEZ                        Roberto CARO
DNI. 8.569.888                                DNI. 12.397.221




Ricardo SHUGT                                Omar LLORENTE
DNI 13.704.355                                DNI. 12.836.449




Oscar SANCHEZ                                 Santiago DEL COLLADO
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Tercer denuncia a minidef[1]triple

  • 1. 1 Punta Alta, de marzo de 2010 Ref: S/Conflicto Cambio Modalidad Operativa Suplemento Dedicación Exclusiva Señora Ministra de Defensa Doctora Nilda GARRE S/D De nuestra mayor consideración: La ASOCIACION PERSONAL CIVIL JERARQUICO DE LA ARMADA ARGENTINA – Personería Gremial Nº 881/67 y Comisión Interna de Personal Superior y de Supervisión, se dirige a Ud. con la finalidad de reiterarle nuestra solicitud de mediación en el conflicto denunciado ante Ud ante la continuidad del mismo. Habiendo transcurrido la Paritaria Sectorial de fecha 8 de marzo de 2010 y no existiendo constancia en el Acta correspondiente Exp. Nº 1357863/09 de tratamiento de nuestra problemática tanto por parte del Estado Nacional como de las entidades gremiales con representación en la misma, es que volvemos a molestar su atención para volver a expresarle nuestra profunda preocupación por el conflicto que no ha sido tratado adecuadamente. Como trabajadores estamos convencidos que aceptar medidas arbitrarias sería incurrir en el vicio de consentimiento hacia derechos avasallados y nuestro deber se funda en la irrenunciabilidad de nuestros derechos y garantías como trabajadores. Desde hace años vivimos permanentemente con conflictos laborales por derechos conculcados, en el caso que nos ocupa, normativas jurídicas que no se cumplen cuando otorgan beneficios económicos (suplementos) aplicando criterios restrictivos con un evidente apartamiento de la Ley, fijando incompatibilidades con normas de rango inferior a la ley o bien que no son aclaradas debidamente, ej: Personal Superior – Conflicto de Normas de aplicación El Estatuto del P.Civil prescribe 198 horas mensuales de labor (9 hs por 22 días hábiles promedio), en tanto el Convenio Colectivo de Trabajo prescibe un máximo de 180 horas, es decir 18 horas de diferencia. No se ha respondido de parte de la ARMADA a este conflicto de normas. Personal Supervisión – Suplemento por Actividad Industrial El Estatuto de P. Civil prescribe 160 horas mensuales de labor pero cumple 176 hs mensuales (22 días habiles promedio por 8 hs de labor) es decir 16 horas en más por lo cual se acredita el Suplemento por Actividad Industrial en el ámbito del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO, entre otros. No se ha respondido a este derecho por pare de la ARMADA.
  • 2. 2 Gastos de Comida: Ante la extensión de 9 horas en mas surge con fuerza arrolladora e indiscutible nuestro derecho a que la institución habilite comedores y nos suministre la imprescindible alimentación que nos permita reponer energías ante la extensión horaria ordenada. Existen al respecto un conflicto de normas dado que el Decreto Nº 214/06 lo contempla y la reglamentación del Decreto Nº 911/06 nos discrimina. No se ha respondido a este derecho por parte de la ARMADA. Señora Ministra, resulta odioso y tedioso entrar en comparaciones, pero no por ello resulta injusto decir que cuando el Personal Militar extiende su jornada horario –por ejemplo hasta las 17 hs, 2/3 hs mas de labor) se les habilitan Comedores, Camaretas, Hoteles o diferentes servicios para satisfacer su imprescindible y lógico derecho a la alimentación diaria. Es por ello que nos creemos con el derecho a sentirnos “discriminados” dentro de una misma Institución por los temas que venimos denunciando una y otra vez sin encontrar respuestas a nuestros reclamos. No queremos “arreglos momentáneos que nos hacen sentir siempre en deuda o en falta ante el favor que finalmente terminan comprometiendo a la Jefatura que lo concedió” con Jefaturas en tránsito y que al tiempo el problema vuelva a ser el mismo y nos sentimos ya no solo como trabajadores sino como personas “manoseada nuestra dignidad”. Necesitamos que nuestra problemática sea blanqueada en un marco de legalidad y oportunidad en el cual queden saneados los deberes y derechos del empleador y trabajador de manera definitiva. Fue por ello y sin perder nuestro rumbo adoptado desde el inicio del trabajo de esta COMISIÓN DE TRABAJADORES JERARQUICOS, que solicitamos a modo de solución la aprobación del proyecto de resolución ministerial creando el Suplemento por Mayor Responsabilidad puesto a su consideración. La firma de este instrumento legal nos permitiría retomar a la paz social hoy perdida en nuestro ámbito de trabajo desde hace mas de CINCO (05) meses ante la modificación unilateral de nuestras condiciones laborales, situación que si ha sido observada puntualmente en el acta de Paritaria Sectorial del 8 de marzo de 2010 y que sintetiza lo que nos ha ocurrido recientemente. Por lo tanto le pedimos con carácter de muy urgente disponga una reunión con integrantes de esta comisión o a su defecto la posibilidad de concurrir un representante de ese Ministerio a la zona AREA NAVAL PUERTO BELGRANO, de manera tal de establecer pautas y acuerdos previsibles en el tiempo y que nos permitan retomar el camino que veníamos transitando antes del mes de setiembre de 2009 cuando se nos anunció el cambio de modalidad operativa horaria. En honor a la brevedad y a su tiempo es todo cuanto consideramos necesario decir por este medio, poniéndonos a su disposición y rogando nuevamente su intervención.
  • 3. 3 Firmas que acompañan la presente denuncia: Por la Comisión Interna Gremial de la ASOCIACION PERSONAL CIVIL JERARQUICO DE LAS FUERZAS ARMADAS (APCJ) Esteban FURNARI DNI. 11.521.321 Presidente APCJ Juan Carlos RODRIGUEZ Roberto CARO DNI. 8.569.888 DNI. 12.397.221 Ricardo SHUGT Omar LLORENTE DNI 13.704.355 DNI. 12.836.449 Oscar SANCHEZ Santiago DEL COLLADO DNI. 5.536.876 DNI. 12.632.693