1. ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS
DE LA RAMA JURISDICCIONAL
ASONAL JUDICIAL NACIONAL
CIRCULAR 11
FECHA:
Bogotá D.C., octubre 2 de 2013
DE:
JUNTA NACIONAL
PARA:
Juntas Directivas Seccionales, Activistas y Base
ASUNTO:
Informaciones Varias
Compañeros y compañeras, reciban un cordial saludo.
Varias son las preocupaciones que hoy asaltan al poder judicial colombiano y,
por supuesto, a quienes hacen posible la existencia de éste, es decir, de
aquellos hombres y mujeres que día tras día entregan lo mejor de si, para
cristalizar y materializar las aspiraciones del pueblo colombiano en su
permanente búsqueda de justicia. Para tratar de darle respuesta a varios
interrogantes, nos permitimos remitirles la siguiente información.
PILDORITAS INFORMATIVAS
1. QUÉ PASA CON LA DECONGESTIÓN EN LA RAMA?
Como se denunció en su momento, el Consejo Superior de la
Judicatura, en forma improvisada, resolvió acabar con los jueces
adjuntos y luego prorrogar las medidas de descongestión por dos
meses, esto es, hasta el 31 de septiembre, la que en realidad, en varias
regiones, ni siquiera ha podido iniciarse, por cuanto apenas se está
certificando la disponibilidad de la planta física y logística. El Gobierno
Nacional, apenas ahora, dispuso de otros veinticinco mil millones
(25.000´000.000.00), para que la medida se continúe hasta el mes de
noviembre y, según nos lo informa el Presidente de la Sala
Administrativa, es posible la consecución de los recursos faltantes para
llevar la medida hasta el 31 de diciembre.
Para los próximos años, todo dependerá de si el Congreso de la
República le da vía libre al proyecto de ley que fue presentado por el
Consejo Superior, para que se prorrogue la vigencia de la ley 1285 de
Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Tel: 2828583 Cel: 3128609660 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
Bogotá, D.C.
2. ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS
DE LA RAMA JURISDICCIONAL
ASONAL JUDICIAL ley, reformatoria
2009, por otros cuatro años. Recordemos que esa NACIONAL de la
270 de 1996, le otorgó a la Rama Judicial el 0.5% del PIB durante los
años 2009 – 2013, con destino a la descongestión, lo que significa que si
el Congreso no prorroga dichas medidas, el programa se acabará al
finalizar este año. Ello sería un serio revés para la ciudadanía, pues
recordemos que la descongestión nos ha permitido sacar más de
ochocientos mil procesos de los anaqueles. Más ahora, que con el
proceso de la oralidad, tienden a quedarse en el olvido los procesos
actuales, por cuanto físicamente le queda imposible al Juez dedicarse a
la resolución de aquellos, ya que su trabajo será el de estar todo el
tiempo dedicado a las audiencias orales. La exigencia entonces es que
el congreso apruebe la prórroga de la ley 1285 de 2009.
LA PETICIÓN CONCRETA AL GOBIERNO NACIONAL, ES QUE EN
VIRTUD A LA CRECIENTE DEMANDA DE JUSTICIA, SE INCORPORE
LA PLANTA DE DESCONGESTIÓN (una de las mayores plantas
paralelas del país, pues estamos hablando de ocho mil empleados y
funcionarios), A LA PLANTA PERMANENTE DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA, PUES SOLO ASÍ PODRIAMOS DARLE RESPUESTA EN
FORMA OPORTUNA Y EFICIENTE A LOS COLOMBIANOS QUE
ESPERAN UNA RESOLUCIÓN PRONTA Y AFECTIVA A LOS
CONFLICTOS PLANTEADOS Y SOMETIDOS A CONSIDERACIÓN DE
LA JUSTICIA.
A la par con lo anterior, se está tramitando otro proyecto de ley que
prorrogue la entrada en vigencia de la ley 1395 de 2010, ya que según
aquella, todo los procesos pasarían a la oralidad a partir del 1 de enero
de 2014 en todo el país y en todas las jurisdicciones, lo que con la actual
planta de personal y sin salas de audiencia necesarias para ponerla en
vigencia y, más aun, con la congestión actual, sería el acabose.
2. SOBRE LA REBAJA DE SALARIOS DE LOS MAGISTRADOS DE LAS
ALTAS CORTES, TRIBUNALES Y SUS HOMÓLOGOS EN LA
FISCALÍA GENERAL.
Como por todos es conocidos, el Consejo de estado, decretó la nulidad
de dos primas que devengaban los congresistas: una la de SALUD y
Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Tel: 2828583 Cel: 3128609660 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
Bogotá, D.C.
3. ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS
DE LA RAMA JURISDICCIONAL
ASONAL Entre las dos, se tiene una suma de
otra la llamada de LOCALIZACIÓN. JUDICIAL NACIONAL
OCHO MILLONES DE PESOS, lo que por Ley 4 de 1992, afecta
también a los magistrados de las altas cortes, ya que aquella establece
que éstos devengarán en iguales términos de los congresistas, esto
significa, en plata blanca, que a los magistrados se les rebajará en una
suma igual sus ingresos. Lo que también afecta a los magistrados de los
tribunales, pues de acuerdo con el decreto 610 de 1998, éstos
devengarán el 80% de lo que por todo concepto devenguen los
magistrados de altas cortes. También se ven afectados: El Fiscal
General, el Procurador General, la Contralora General, el vicefiscal, el
viceprocurador, los delegados de la procuraduría, los generales y otras
decenas de funcionarios públicos.
Que le rebajen los salarios a los congresistas, vaya y venga, pues ello a
nosotros no nos interesa, pero que ello afecte a miembros del poder
judicial colombiano y, en especial, a los magistrados de los tribunales,
nos tiene que interesar. De allí que promovimos y asistimos a una
reunión de alto nivel con la presencia del Alto Gobierno, Ministerio de
Hacienda, Función Pública y otros altos dignatarios de las tres ramas del
poder público para tratar de salvar la situación que conlleva a una rebaja
de salarios en contravía de lo planteado en el artículo 53 de la
Constitución Política y como conclusión de la misma, se llegó a un
acuerdo, cual es, que en ningún momento debe de afectarse los salarios
de ningún trabajador del país, sea éste cual sea, pues si hoy se permite
con ellos, mañana será con cualquier otro. Por ello, el Ministerio de
Hacienda, expedirá un decreto en el que se le otorgue a los congresistas
una prima especial de servicios, tal y como la que hoy se lo otorga a los
magistrados, que compense la suma de las dos primas, con
retroactividad al mes de abril en un caso y al otro a septiembre. De esa
forma no se afecta el ingreso de nuestros compañeros magistrados y
sus homólogos en la Fiscalía. Estaremos atento a que ello se cumpla,
pues en nuestras toldas sindicales, existen afiliados de las altas cortes,
de los tribunales y fiscales delegados ante los tribunales. Sobran otras
razones para que nosotros tomemos como causa nuestra lo que con
aquellos suceda.
3. SOBRE LA INDEXACIÓN PARA QUIENES DEMANDARON Y SE
ACOGIERON AL FALLO DEL TRIBUNAL DE VILLAVICENCIO.
Sobre el particular, nos remitimos a la comunicación que efectúo el
doctor TOMAS FAJARDO y el compañero FERNANDO GRUESO,
directivo nacional, quienes han impartido la siguiente instrucción:
Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Tel: 2828583 Cel: 3128609660 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
Bogotá, D.C.
4. ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS
DE LA RAMA JURISDICCIONAL
ASONAL JUDICIAL NACIONAL
4. SOBRE LOS NO ACOGIDOS
Ver Informe del Compañero GUSTAVO NUNEZ
5. REESTRUCTURACIÓN RAMA Y FISCALIA.
Ver informe Conjunto ASONAL - ACOLCTI
6. PREPARACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS
Gran entusiasmo ha despertado en las bases y en los activistas la
convocatoria a la XVII ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS,
muchas son las regiones que han decidido participar activamente en
ella, ya programaron la elección de delegados y en horas se aprestan a
hacerlo.
La dirección nacional viene adelantando todas las gestiones necesarias
para que el certamen sea todo un éxito, en especial, para que el
cometido de la misma, como es la de dotar a la lucha sindical de la
Rama Judicial de UN PLIEGO UNIFICADO DE PETICIONES, que sirva
de faro para nuestras futuras batallas, que contenga las principales
reivindicaciones económicas, políticas y salariales de los trabajadores
del poder judicial colombiano. Ello será nuestro eje central de lucha para
el año venidero y, por supuesto, la hoja de ruta que deberá guiar el qué
hacer de nuestros próximos cuadros directivos y hacia la conquista de
los objetivos allí plasmados, debe de responder la táctica o estrategia
que se adopte en la Asamblea General.
¿ QUÉ HACER ? ¿CÓMO HACERLO ?¡HE ALLÍ LA IMPORTANCIA DE
ESA ASAMBLEA, LA DE DOTAR AL PODER JUDICIAL COLOMBIANO
DE UNA GUIA PARA LA ACCIÓN, PARA LA LUCHA, QUE NOS
UNIFIQUE, QUE NOS HAGA SENTIR QUE LA CONQUISTA DE
AQUELLOS COMETIDOS ES LA DE CADA UNO Y LA DE TODOS ¡¡¡
Es ASONAL JUDICIAL, como organización sindical, la que tiene
vocación de presentar PLIEGOS DE PETICIONES y de NEGOCIAR. La
Asamblea debe de ser clara, al momento de adoptar la estrategia y de
Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Tel: 2828583 Cel: 3128609660 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
Bogotá, D.C.
5. ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS
DE LA RAMA JURISDICCIONAL
ASONAL JUDICIAL alianzas, pero
nombrar a los negociadores, que podemos hacer NACIONAL nunca
entregar la dirección del movimiento.
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
LUIS FERNANDO OTALVARO
Presidente
Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Tel: 2828583 Cel: 3128609660 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
Bogotá, D.C.
6. ASOCIACION NACIONAL DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS
DE LA RAMA JURISDICCIONAL
ASONAL JUDICIAL alianzas, pero
nombrar a los negociadores, que podemos hacer NACIONAL nunca
entregar la dirección del movimiento.
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
LUIS FERNANDO OTALVARO
Presidente
Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Tel: 2828583 Cel: 3128609660 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
Bogotá, D.C.