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Derechos Humanos
en Colombia
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
Presentado por:
Harold Nicolás Pinilla Naranjo Grupo 1002
Docente a Cargo:
Uriel Arias Nuñez
Lic. Tecnología e Informática
COLEGIO DELIA ZAPATA OLIVELLA I.E.D.
ÁREA DE INFORMÁTICA
GRADO DÉCIMO
2016
Que son los Derechos Humanos
Los derechos humanos son garantías esenciales
para que podamos vivir como seres humanos.
Son inherentes a todos los seres humanos, sin
distinción alguna de nacionalidad, lugar de
residencia, sexo, origen nacional o étnico, color,
religión, o cualquier otra condición. Todos tenemos
los mismos derechos humanos, sin discriminación
alguna. Estos derechos son interrelacionados,
interdependientes e indivisibles
Características de los Derechos Humanos
Los Derechos Humanos se caracterizan porque son:
1. Inherentes a todas las personas, independientemente de su
condición, situación o circunstancia particular;
2. Incondicionados, esto quiere decir que nadie tiene que hacer
méritos para adquirirlos;
3. Universales, porque su titularidad se extiende a todos los individuos
de la especie humana;
4. Inalienables, es decir, que el hombre no puede despojarse de ellos;
5. Intransferibles, nadie puede prestar, otorgar o quitar a otro sus
derechos;
6. Indivisibles, esto es, nadie puede tener algunos sí y otros no, a
pesar de que considere que hay unos más importantes que otros;
7. Imprescriptibles, porque acompañan de por vida a la persona;
8. Interdependientes, esto quiere decir que todos están relacionados
y forman parte de un marco de complementariedad; y son
9. Inviolables en su núcleo esencial, lo que significa que las leyes
promulgadas para regular el ejercicio concreto de los derechos, o
para establecer prioridades en caso de conflicto entre ellos, tendrán
que respetar el contenido mínimo de cada uno de ellos.
Declaración Universal de los
Derechos Humanos
 La Declaración Universal de os Derechos Humanos es la piedra angular en la
historia de estos derechos. Fue redactada por representantes de procedencias
legales y culturales de todo el mundo y proclamada por la Asamblea General de
las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, en
París, como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben
esforzarse.
 Mediante esta Declaración, los Estados se comprometieron a asegurar que todos
los seres humanos, ricos y pobres, fuertes y débiles, hombres y mujeres, de
todas las razas y religiones, son tratados de manera igualitaria.
 Establece que los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y
que tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad de su persona, a la libertad
de expresión, a no ser esclavizados, a un juicio justo y a la igualdad ante la ley.
También a la libertad de circulación, a una nacionalidad, a contraer matrimonio y
fundar una familia así como a un trabajo y a un salario igualitario.
 Desde su adopción, la Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha
traducido a más de 360 idiomas (es el documento más traducido del mundo) y ha
sido fuente de inspiración para las constituciones de muchos Estados que se han
independizado recientemente y para muchas democracias nuevas.
 Aunque no forma parte del derecho internacional vinculante (es decir, de
aplicación obligatoria), gracias a su aceptación por países de todo el mundo ha
adquirido un gran peso moral.
Derechos Humanos según la
Constitución Política de Colombia
Toda sociedad busca organizarse políticamente en forma de Estado, y a
dotarse de unas normas o estatutos que aseguren a cada uno de sus
integrantes el orden, la convivencia pacífica, la justicia y el desarrollo. Esa
norma se denomina "Constitución Política"
El Estado colombiano, como producto de esa necesidad, se dotó en 1991, de
una súper ley conocida como: Constitución Política de la República de
Colombia de 1991, mejor conocida como la "Constitución del 91", porque en
ese año tuvo su expedición.
Esta nueva Constitución reflejó la preocupación de los colombianos en muchos
aspectos, dándole un especial énfasis al reconocimiento y garantía de los
Derechos Humanos, elevándolos a la categoría de Derechos
Constitucionales, dedicándoles todo el Título II y clasificándolos como:
derechos fundamentales o de primera generación; derechos sociales,
económicos y culturales o de segunda generación; y derechos colectivos y
del ambiente o de tercera generación.
Derechos Humanos según la
Constitución Política de Colombia
Los derechos fundamentales, individuales o de primera generación: (artículos
11 al 40 C.N.)
Son aquellos que por su naturaleza están unidos al ser humano y no se pueden
separar de él sin afectar su esencia, es decir, pertenecen a toda persona en razón
a su dignidad humana, sin importar, su nacionalidad, sexo, etnia, condición o
idioma.
Algunos de ellos son:
 Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de
raza, sexo, color, idioma, posición social o económica
 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica
 Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre
 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral
 Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio
o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación
 Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia
 Toda persona tiene derecho a una nacionalidad
 En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a
disfrutar de él, en cualquier país
 Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión
 Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas
 Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica
Derechos Humanos según la
Constitución Política de Colombia
Los Derechos sociales, económicos y culturales o derechos de Segunda
Generación:
Tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al
trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los
seres humanos y de los pueblos. A este segundo grupo, la Constitución
colombiana, le dedica el Capítulo 2 del Título II, artículos del 42 al 77. Siendo
algunos de ellos, los siguientes:
 Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los
derechos económicos, sociales y culturales
 Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias
 Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses
 Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a
su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los
servicios sociales necesarios
 Toda persona tiene derecho a la salud física y mental
 Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y
asistencia especiales
 Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades
Derechos Humanos según la
Constitución Política de Colombia
Los derechos colectivos y del ambiente o de Tercera Generación:
Los Derechos de Tercera Generación o Derechos de Solidaridad o de los Pueblos.
Noción que apenas inicia su asomo en los artículos 78 al 82 de la Constitución
colombiana, pero que impone igual obligación entre los individuos, los grupos
sociales y el Estado a concertar la solución pacífica de los conflictos, a actuar con
solidaridad y mantener un medio ambiente sano. Este grupo de derechos conlleva
implicaciones internacionales por eso sus disposiciones se encuentran contenidas en
algunas convenciones internacionales.
Algunas de estas normas son las siguientes:
•Derecho a la autodeterminación de los pueblos
•Derecho a la independencia económica y política
•Derecho a la identidad nacional y cultural
•Derecho a la paz
•Derecho a la coexistencia pacífica
•Derecho al entendimiento y confianza
•La cooperación internacional y regional
•La justicia internacional
•El uso de los avances de las ciencias y la tecnología
•La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos
•El medio ambiente
Derechos Humanos
Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo es la institución del Estado
colombiano responsable de impulsar la efectividad de los
derechos humanos de los habitantes del territorio
nacional y de los colombianos en el exterior, en el marco
del Estado Social de Derecho democrático, participativo y
pluralista, mediante las siguientes acciones integradas:
 Promover, ejercer y divulgar los derechos humanos.
 Proteger y defender los derechos humanos y prevenir
sus violaciones.
 Fomentar la observancia del derecho internacional
humanitario.
 Atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus
derechos.
 Proveer el acceso a la administración de justicia, en los
casos señalados en la Ley.
Derechos Humanos
Personería Distrital o Municipal
La Personería es un organismo de control que, en conjunto con los
habitantes de la ciudad, vela por el interés colectivo de los habitantes
ejerciendo labores de veeduría y control respecto de los quehaceres
de la administración, así como interviniendo en su calidad de Ministerio
Público en procura de garantizar el debido proceso y la pedagogía
social de la ética pública fundamentada en el buen ejemplo.
El personero o personera Municipal ejerce en el nivel municipal la
Magistratura de Opinión, encaminada a advertir y prevenir
públicamente eventuales violaciones a los Derechos Humanos,
infracciones al Derecho Internacional Humanitario, o abusos de los
diversos niveles de la administración ya sea por acción o por omisión
de sus funciones.
Comisión Interamericana de Derechos
Humanos
 La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los
Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de
los derechos humanos en el continente americano. Está integrada por
siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal
y tiene su sede en Washington, D.C. Fue creada por la OEA en 1959 y,
en forma conjunta con la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CorteIDH), instalada en 1979, es una institución del Sistema
Interamericano de protección de los derechos humanos (SIDH).
 El SIDH se inició formalmente con la aprobación de la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en la Novena
Conferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá en 1948, en
el marco de la cual también se adoptó la propia Carta de la OEA, que
proclama los "derechos fundamentales de la persona humana" como
uno de los principios en que se funda la Organización.
Comisión Interamericana de Derechos
Humanos
 El pleno respeto a los derechos humanos aparece en diversas secciones
de la Carta. De conformidad con ese instrumento, "el sentido genuino
de la solidaridad americana y de la buena vecindad no puede ser otro
que el de consolidar en este Continente, dentro del marco de las
instituciones democráticas, un régimen de libertad individual y de
justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del
hombre". La Carta establece la Comisión como un órgano principal de
la OEA, que tiene como función promover la observancia y la defensa
de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la OEA en
dicha materia..
 A través de este andamiaje, la Comisión considera que en el contexto
de la protección de los derechos de toda persona bajo la jurisdicción de
los Estados americanos, es fundamental dar atención a las poblaciones,
comunidades y grupos históricamente sometidos a discriminación. En
forma complementaria, otros conceptos informan su trabajo: el
principio pro personae – según el cual la interpretación de una norma
debe hacerse de la manera más favorable al ser humano - , la
necesidad de acceso a la justicia, y la incorporación de la perspectiva
de género a todas sus actividades.

Derecho Internacional Humanitario
¿Qué es el Derecho Internacional Humanitario?
El Derecho Internacional Humanitario (DIH) es el conjunto de normas que, por
razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege
a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limitan los
medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también “Derecho de la
Guerra y Derecho de los Conflictos Armados”.
¿De dónde proviene el Derecho Internacional Humanitario?
El DIH es parte del Derecho Internacional, que regula las relaciones entre los
Estados. El Derecho Internacional esta integrado por acuerdo firmados entre
Estados, (llamados con frecuencia tratados o convenios), así como por principios y
prácticas generales que los Estados aceptan como obligaciones jurídicas.
El origen del DIH se encuentra en los códigos y las normas de las regiones y las
culturas del mundo. El desarrollo moderno de este derecho comenzó en el decenio
1860-1870. desde entonces, los Estados han aceptados un conjunto de normas
prácticas, basada en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un
cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las
exigencias militares de los Estados.
Derecho Internacional Humanitario
¿Dónde se encuentra el Derecho Internacional Humanitario?
Gran parte del DIH está contenido en los cuatro Convenios de Ginebra
de 1949, en el que son parte casi todos los Estados; estos Convenios se
desarrollaron y completaron con otros dos Acuerdos: los Protocolos
adicionales de 1977.
¿Qué cubre el Derecho Internacional Humanitario?
El DIH cubre dos ámbitos: La protección de las personas que participan o
que ya no participan en las hostilidades.
Una serie de restricciones de los medios de guerra, especialmente
armas, y de los métodos de guerra, como ciertas tácticas militares.
Derecho Internacional Humanitario
¿En qué consiste la protección?
El DIH protege a las personas que no toman parte en las hostilidades,
como es el caso de la población civil y del personal médico y religioso.
Protege así mismo a las personas que ya no participan en los combates,
por ejemplo, los heridos, los náufragos, los enfermos, prisioneros y todas
aquellas personas que han dejado las armas.
Está prohibido atacar a las personas protegidas. Ellas no deben ser
objeto de tratos abusivos o degradantes. Los heridos y los enfermos
deben ser recogidos y asistidos. En cuanto a las personas prisioneras o
detenidas, hay normas detalladas que incluye la provisión adecuada de
alimentos y vivienda, así como garantías jurídicas.
Algunos lugares y objetos, como hospitales y ambulancias, están también
protegidos y no deben ser atacados. El DIH determina algunos emblemas
y señales claramente reconocibles, que pueden ser utilizados para
identificar a las personas y los lugares protegidos, entre otros, la Cruz
Roja y la Media Luna Roja, en países de creencias musulmanas
Derecho Internacional Humanitario
¿A qué restricciones están sometidas las armas y las tácticas?
El DIH prohíbe todos los medios y métodos de guerra que:
Que no distingan entre las personas que participan en los combates y las
personas que, como los civiles, no toman parte en los combates.
Causen daños superfluos o sufrimientos innecesarios.
Causen daños graves y duraderos al medio ambiente.
El DIH ha prohibido, pues, el uso de muchas armas, incluidas las balas
explosivas, las armas químicas y biológicas y las armas láser que causan
ceguera.
Derecho Internacional Humanitario
¿Cuándo se aplica el Derecho Internacional Humanitario?
El DIH solo se aplica en casos de conflicto armado. No cubre los
disturbios internos, como los actos esporádicos de violencia, ni establece
cuando un Estado pude recurrir a la fuerza. Esto esta reglamentado en la
importante, pero distinta, parte del Derecho Internacional que figura en
las Carta de Naciones Unidas. El DIH solo es aplicable cuando se ha
desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin
tener en cuenta quien lo inició.

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Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002

  • 1. Derechos Humanos en Colombia TRABAJO DE INVESTIGACIÓN Presentado por: Harold Nicolás Pinilla Naranjo Grupo 1002 Docente a Cargo: Uriel Arias Nuñez Lic. Tecnología e Informática COLEGIO DELIA ZAPATA OLIVELLA I.E.D. ÁREA DE INFORMÁTICA GRADO DÉCIMO 2016
  • 2. Que son los Derechos Humanos Los derechos humanos son garantías esenciales para que podamos vivir como seres humanos. Son inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles
  • 3. Características de los Derechos Humanos Los Derechos Humanos se caracterizan porque son: 1. Inherentes a todas las personas, independientemente de su condición, situación o circunstancia particular; 2. Incondicionados, esto quiere decir que nadie tiene que hacer méritos para adquirirlos; 3. Universales, porque su titularidad se extiende a todos los individuos de la especie humana; 4. Inalienables, es decir, que el hombre no puede despojarse de ellos; 5. Intransferibles, nadie puede prestar, otorgar o quitar a otro sus derechos; 6. Indivisibles, esto es, nadie puede tener algunos sí y otros no, a pesar de que considere que hay unos más importantes que otros; 7. Imprescriptibles, porque acompañan de por vida a la persona; 8. Interdependientes, esto quiere decir que todos están relacionados y forman parte de un marco de complementariedad; y son 9. Inviolables en su núcleo esencial, lo que significa que las leyes promulgadas para regular el ejercicio concreto de los derechos, o para establecer prioridades en caso de conflicto entre ellos, tendrán que respetar el contenido mínimo de cada uno de ellos.
  • 4. Declaración Universal de los Derechos Humanos  La Declaración Universal de os Derechos Humanos es la piedra angular en la historia de estos derechos. Fue redactada por representantes de procedencias legales y culturales de todo el mundo y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, en París, como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse.  Mediante esta Declaración, los Estados se comprometieron a asegurar que todos los seres humanos, ricos y pobres, fuertes y débiles, hombres y mujeres, de todas las razas y religiones, son tratados de manera igualitaria.  Establece que los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que tienen derecho a la vida, la libertad y la seguridad de su persona, a la libertad de expresión, a no ser esclavizados, a un juicio justo y a la igualdad ante la ley. También a la libertad de circulación, a una nacionalidad, a contraer matrimonio y fundar una familia así como a un trabajo y a un salario igualitario.  Desde su adopción, la Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha traducido a más de 360 idiomas (es el documento más traducido del mundo) y ha sido fuente de inspiración para las constituciones de muchos Estados que se han independizado recientemente y para muchas democracias nuevas.  Aunque no forma parte del derecho internacional vinculante (es decir, de aplicación obligatoria), gracias a su aceptación por países de todo el mundo ha adquirido un gran peso moral.
  • 5. Derechos Humanos según la Constitución Política de Colombia Toda sociedad busca organizarse políticamente en forma de Estado, y a dotarse de unas normas o estatutos que aseguren a cada uno de sus integrantes el orden, la convivencia pacífica, la justicia y el desarrollo. Esa norma se denomina "Constitución Política" El Estado colombiano, como producto de esa necesidad, se dotó en 1991, de una súper ley conocida como: Constitución Política de la República de Colombia de 1991, mejor conocida como la "Constitución del 91", porque en ese año tuvo su expedición. Esta nueva Constitución reflejó la preocupación de los colombianos en muchos aspectos, dándole un especial énfasis al reconocimiento y garantía de los Derechos Humanos, elevándolos a la categoría de Derechos Constitucionales, dedicándoles todo el Título II y clasificándolos como: derechos fundamentales o de primera generación; derechos sociales, económicos y culturales o de segunda generación; y derechos colectivos y del ambiente o de tercera generación.
  • 6. Derechos Humanos según la Constitución Política de Colombia Los derechos fundamentales, individuales o de primera generación: (artículos 11 al 40 C.N.) Son aquellos que por su naturaleza están unidos al ser humano y no se pueden separar de él sin afectar su esencia, es decir, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana, sin importar, su nacionalidad, sexo, etnia, condición o idioma. Algunos de ellos son:  Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica  Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica  Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre  Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral  Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación  Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia  Toda persona tiene derecho a una nacionalidad  En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país  Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión  Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas  Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica
  • 7. Derechos Humanos según la Constitución Política de Colombia Los Derechos sociales, económicos y culturales o derechos de Segunda Generación: Tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. A este segundo grupo, la Constitución colombiana, le dedica el Capítulo 2 del Título II, artículos del 42 al 77. Siendo algunos de ellos, los siguientes:  Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales  Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias  Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses  Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios  Toda persona tiene derecho a la salud física y mental  Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales  Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades
  • 8. Derechos Humanos según la Constitución Política de Colombia Los derechos colectivos y del ambiente o de Tercera Generación: Los Derechos de Tercera Generación o Derechos de Solidaridad o de los Pueblos. Noción que apenas inicia su asomo en los artículos 78 al 82 de la Constitución colombiana, pero que impone igual obligación entre los individuos, los grupos sociales y el Estado a concertar la solución pacífica de los conflictos, a actuar con solidaridad y mantener un medio ambiente sano. Este grupo de derechos conlleva implicaciones internacionales por eso sus disposiciones se encuentran contenidas en algunas convenciones internacionales. Algunas de estas normas son las siguientes: •Derecho a la autodeterminación de los pueblos •Derecho a la independencia económica y política •Derecho a la identidad nacional y cultural •Derecho a la paz •Derecho a la coexistencia pacífica •Derecho al entendimiento y confianza •La cooperación internacional y regional •La justicia internacional •El uso de los avances de las ciencias y la tecnología •La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos •El medio ambiente
  • 9. Derechos Humanos Defensoría del Pueblo La Defensoría del Pueblo es la institución del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos de los habitantes del territorio nacional y de los colombianos en el exterior, en el marco del Estado Social de Derecho democrático, participativo y pluralista, mediante las siguientes acciones integradas:  Promover, ejercer y divulgar los derechos humanos.  Proteger y defender los derechos humanos y prevenir sus violaciones.  Fomentar la observancia del derecho internacional humanitario.  Atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus derechos.  Proveer el acceso a la administración de justicia, en los casos señalados en la Ley.
  • 10. Derechos Humanos Personería Distrital o Municipal La Personería es un organismo de control que, en conjunto con los habitantes de la ciudad, vela por el interés colectivo de los habitantes ejerciendo labores de veeduría y control respecto de los quehaceres de la administración, así como interviniendo en su calidad de Ministerio Público en procura de garantizar el debido proceso y la pedagogía social de la ética pública fundamentada en el buen ejemplo. El personero o personera Municipal ejerce en el nivel municipal la Magistratura de Opinión, encaminada a advertir y prevenir públicamente eventuales violaciones a los Derechos Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario, o abusos de los diversos niveles de la administración ya sea por acción o por omisión de sus funciones.
  • 11. Comisión Interamericana de Derechos Humanos  La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal y tiene su sede en Washington, D.C. Fue creada por la OEA en 1959 y, en forma conjunta con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), instalada en 1979, es una institución del Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos (SIDH).  El SIDH se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en la Novena Conferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá en 1948, en el marco de la cual también se adoptó la propia Carta de la OEA, que proclama los "derechos fundamentales de la persona humana" como uno de los principios en que se funda la Organización.
  • 12. Comisión Interamericana de Derechos Humanos  El pleno respeto a los derechos humanos aparece en diversas secciones de la Carta. De conformidad con ese instrumento, "el sentido genuino de la solidaridad americana y de la buena vecindad no puede ser otro que el de consolidar en este Continente, dentro del marco de las instituciones democráticas, un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre". La Carta establece la Comisión como un órgano principal de la OEA, que tiene como función promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la OEA en dicha materia..  A través de este andamiaje, la Comisión considera que en el contexto de la protección de los derechos de toda persona bajo la jurisdicción de los Estados americanos, es fundamental dar atención a las poblaciones, comunidades y grupos históricamente sometidos a discriminación. En forma complementaria, otros conceptos informan su trabajo: el principio pro personae – según el cual la interpretación de una norma debe hacerse de la manera más favorable al ser humano - , la necesidad de acceso a la justicia, y la incorporación de la perspectiva de género a todas sus actividades. 
  • 13. Derecho Internacional Humanitario ¿Qué es el Derecho Internacional Humanitario? El Derecho Internacional Humanitario (DIH) es el conjunto de normas que, por razones humanitarias, trata de limitar los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que ya no participan en los combates y limitan los medios y métodos de hacer la guerra. El DIH suele llamarse también “Derecho de la Guerra y Derecho de los Conflictos Armados”. ¿De dónde proviene el Derecho Internacional Humanitario? El DIH es parte del Derecho Internacional, que regula las relaciones entre los Estados. El Derecho Internacional esta integrado por acuerdo firmados entre Estados, (llamados con frecuencia tratados o convenios), así como por principios y prácticas generales que los Estados aceptan como obligaciones jurídicas. El origen del DIH se encuentra en los códigos y las normas de las regiones y las culturas del mundo. El desarrollo moderno de este derecho comenzó en el decenio 1860-1870. desde entonces, los Estados han aceptados un conjunto de normas prácticas, basada en la amarga experiencia de la guerra moderna, que mantiene un cuidadoso equilibrio entre las preocupaciones de carácter humanitario y las exigencias militares de los Estados.
  • 14. Derecho Internacional Humanitario ¿Dónde se encuentra el Derecho Internacional Humanitario? Gran parte del DIH está contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, en el que son parte casi todos los Estados; estos Convenios se desarrollaron y completaron con otros dos Acuerdos: los Protocolos adicionales de 1977. ¿Qué cubre el Derecho Internacional Humanitario? El DIH cubre dos ámbitos: La protección de las personas que participan o que ya no participan en las hostilidades. Una serie de restricciones de los medios de guerra, especialmente armas, y de los métodos de guerra, como ciertas tácticas militares.
  • 15. Derecho Internacional Humanitario ¿En qué consiste la protección? El DIH protege a las personas que no toman parte en las hostilidades, como es el caso de la población civil y del personal médico y religioso. Protege así mismo a las personas que ya no participan en los combates, por ejemplo, los heridos, los náufragos, los enfermos, prisioneros y todas aquellas personas que han dejado las armas. Está prohibido atacar a las personas protegidas. Ellas no deben ser objeto de tratos abusivos o degradantes. Los heridos y los enfermos deben ser recogidos y asistidos. En cuanto a las personas prisioneras o detenidas, hay normas detalladas que incluye la provisión adecuada de alimentos y vivienda, así como garantías jurídicas. Algunos lugares y objetos, como hospitales y ambulancias, están también protegidos y no deben ser atacados. El DIH determina algunos emblemas y señales claramente reconocibles, que pueden ser utilizados para identificar a las personas y los lugares protegidos, entre otros, la Cruz Roja y la Media Luna Roja, en países de creencias musulmanas
  • 16. Derecho Internacional Humanitario ¿A qué restricciones están sometidas las armas y las tácticas? El DIH prohíbe todos los medios y métodos de guerra que: Que no distingan entre las personas que participan en los combates y las personas que, como los civiles, no toman parte en los combates. Causen daños superfluos o sufrimientos innecesarios. Causen daños graves y duraderos al medio ambiente. El DIH ha prohibido, pues, el uso de muchas armas, incluidas las balas explosivas, las armas químicas y biológicas y las armas láser que causan ceguera.
  • 17. Derecho Internacional Humanitario ¿Cuándo se aplica el Derecho Internacional Humanitario? El DIH solo se aplica en casos de conflicto armado. No cubre los disturbios internos, como los actos esporádicos de violencia, ni establece cuando un Estado pude recurrir a la fuerza. Esto esta reglamentado en la importante, pero distinta, parte del Derecho Internacional que figura en las Carta de Naciones Unidas. El DIH solo es aplicable cuando se ha desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin tener en cuenta quien lo inició.