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¿CUÁLES SON LAS HERRAMIENTAS QUE SE HAN IMPLEMENTADO DESDE
EL ÁMBITO SOCIO JURÍDICO Y AMBIENTAL PARA GARANTIZAR Y/O
PROMOVER EL DERECHO A LA EDUCACIÓN INCLUSIVA A LOS NIÑOS Y
NIÑAS EN EL DISTRITO DE BARRANQUILLA?
ARIZA PACHECO ANNE SHIRLEY
CASTRO NIEVES ANDERSON ENRIQUE
GRANADOS BOLAÑO JHON JAIRO
NOGUERA BLANCO ISMAEL DE JESÚS
DERECHO, SEGUNDO SEMESTRE
PAT COLECTIVO
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ
BARRANQUILLA ATLÁNTICO
2016
CONTENIDO
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
1.2 FORMULAR EL PROBLEMA (PREGUNTA)
2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
2.1 OBJETIVO GENERAL
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
3. JUSTIFICACIÓN Y DELIMITACIÓN
4. MARCO DE REFERENCIA
4.1 MARCO HISTÓRICO
4.2 MARCO LEGAL
4.3 MARCO TEÓRICO
4.4 MARCO CONCEPTUAL
5. METODOLOGÍA
5.1 MÉTODO DE INVESTIGACIÓN
5.2 TIPO DE INVESTIGACIÓN
5.3 POBLACIÓN Y MUESTRA
6. FUENTES DE OBTENCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
7. IMPACTO INTERNO Y EXTERNO
8. CRONOGRAMA
9. PRESUPUESTO
BIBLIOGRAFÍA
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
Las herramientas que se han implementado desde el ámbito socio jurídico y
ambiental para garantizar y/o promover el derecho a la educación inclusiva a los
niños y niñas en el distrito de Barranquilla.
La educación inclusiva es aún un gran compromiso y reto de la educación
contemporánea, que aún tiene pendiente la ciudad de Barranquilla, ya que
muchos de estos niños o niñas que cuentan con algún tipo de discapacidad o
limitación son objetos blancos para ser víctimas de todo tipo de maltrato, llámese
discriminación y violencia, que en los peores de los casos puede ser física, verbal
y/o psicológica.
La educación inclusiva se convierte en una gran fuente de aspiración en que se
anotan los esfuerzos de los padres, grupos de docentes, programas nacionales e
internacionales, con el fin de garantizar el derecho a la educación de estos niños y
niñas y de seguido, mejorar su calidad de vida.
Si la educación constituye un proceso de inacabada hominización (García y
García, 1996) en el que es necesaria la relación social y en el tanto este proceso
es mediado por la organización social para ofrecerlo como servicio para la égida
de un derecho humano, se establece una dimensión política, cuyas coordenadas
están definidas por el marco de pensamiento en el que se inscribe la acción
educadora.
La educación inclusiva posibilita a los niños, niñas, jóvenes y adultos de una
comunidad, compartir los espacios de los hermanos, padres, vecinos. El educarse
con todos les permite estar con todos en otros espacios sociales, económicos y
culturales.
1.2FORMULACION DEL PROBLEMA
¿Cuáles son las herramientas que se han implementado desde el ámbito socio
jurídico y ambiental para garantizar y/o promover el derecho a la educación
inclusiva a los niños y niñas en el distrito de Barranquilla?
2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
2.1 OBJETIVO GENERAL
Reconocer las herramientas desde los aspectos jurídicos, sociales y ambientales
que han sido implementadas para garantizar la educación inclusiva en el distrito
de Barranquilla.
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
 Determinar la necesidad de proponer proyectos que faciliten la inclusión de
niños y niñas con algún tipo de discapacidad o limitación en las escuelas de
la ciudad de Barranquilla.
 Profundizar en los colegios el concepto de educación inclusiva,
promoviendo a la participación de la comunidad para entender las diversas
realidades.
 Promover en los colegios de la ciudad de Barranquilla el respeto hacia la
diversidad como valor indispensable de la socidad.
3. JUSTIFICACIÓN
La presente investigación tiene como propósito dar a conocer el relato descriptivo,
a través de los aspectos socio jurídico y ambiental, las herramientas que han sido
implementadas por el distrito de Barranquilla para promover y/o la educación
inclusiva. La idea central de nuestra investigación es que estén informados de los
avances que se han promovido a raíz del derecho a la educación inclusiva.
La educación inclusiva es la posibilidad de acoger en la institución educativa a
todos los estudiantes independientemente de sus características personales,
culturales, cognitivas y sociales. Este enfoque parte de la premisa de que todos
los estudiantes pueden aprender, siempre y cuando su entorno educativo ofrezca
condiciones de accesibilidad para todos y provea experiencias de aprendizaje
significativas para todos los actores que allí se encuentran. Significa que todos los
niños y niñas de una comunidad determinada puedan estudiar juntos.
La inclusión también está estrechamente vinculada con la interculturalidad.
Nuestra sociedad actual es intercultural y asimismo lo es en el colegio. En este
están presentes distintas nacionalidades, tradiciones y costumbres. Un colegio
inclusivo debe atender a estas realidades diversas en aras de lograr que la
convivencia diaria sea un instrumento que permita el aprendizaje y el
enriquecimiento mutuo para la diversidad1.
Se requiere una transformación profunda de la sociedad, de las personas en
particular, que se entiende necesariamente en un cambio de actitud, tanto la
educación como derecho, como los planteamientos de la Educación para Todos,
constituyen asideros para hablar de calidad educativa, calidad de vida y
construcción de sociedades justas y solidarias.
Si bien las raíces más profundas están en la exclusión de los más necesitados de
aprendizaje social como han sido las poblaciones con necesidades educativas
1 Sede Rodrigo Facio Brenes. Montes de Oca, 1. 2060 San José (Costa Rica). gvalenciano@racsa.co.cr
especiales, la trascendencia del concepto y de ahí su importancia, está en la
inclusión de otros grupos que las sociedades han dejado en la más alta
vulnerabilidad, como son las minorías étnicas y lingüísticas, niños trabajadores y
explotados en las peores condiciones, comunidades en pobreza y extrema
pobreza, así como otros colectivos que se construyen en las ciudades.
Se justifica la elaboración de la presente investigación debido a que como futuros
profesionales debemos tener conocimiento de la realidad en que se vive, siempre
siguiendo las políticas establecidas, teniendo objetividad durante el transcurso de
la investigación.
Con esta investigación deseamos provocar un impacto sobre la sociedad, con
alternativas para lograr un equilibrio, para encontrar beneficios con tal desarrollo,
con la contribución y aportes que tendría nuestra investigación, con importancia
trascendental, los resultados podrían ser aplicados a otros fenómenos o ayudaría
a explicar o entenderlos y encontrar una posible solución. Con esta investigación
se promoverá la creación de un nuevo instrumento para el análisis de la realidad
que se vive en este momento.
4. MARCO DE REFERENCIA
4.1 MARCO HISTÓRICO
Frente al tema de investigación, las herramientas que se han implementado desde
el ámbito socio jurídico y ambiental para garantizar y/o promover el derecho a la
educación inclusiva a los niños y niñas en el distrito de Barranquilla, se requiere
analizar los antecedentes de la problemática o de estudios realizados sobre ésta.
En Colombia nace el concepto de inclusión a raíz de la abolición de la esclavitud,
en la década de los años 50 en siglo xix, tomando mayor apogeo desde 1990
hasta el 2003, entendiéndose como inclusión: “la posibilidad que tienen todas las
personas de acceder a los bienes y servicios de la sociedad, es decir, de los
sistemas sociales, educativos, económicos, políticos, religiosos, cultural, científico
y jurídico. En la revista virtual, AlTablero, realizó una publicación dentro de los
meses de septiembre y diciembre del año 2007, en la cual relata lo siguiente: La
política de la Revolución Educativa del gobierno nacional da prioridad a la
educación de poblaciones vulnerables y, dentro de ellas, a las que presentan
discapacidad porque "si formamos a estas poblaciones que anteriormente estaban
marginadas de la educación, le apostamos a que se vuelvan productivas, sean
autónomas y fortalezcan relaciones sociales; así, la educación se convierte en un
factor de desarrollo para sí mismas, para sus familias y para los municipios en
donde viven", explica Fulvia Cedeño, asesora del Ministerio de Educación
Nacional.
"Cuando la Revolución Educativa plantea que estas poblaciones son prioritarias,
significa que los establecimientos educativos deben transformarse y modificar su
cultura de atención a ellas", explica. De ahí la importancia de que los Planes de
Mejoramiento Institucional (PMI) contengan acciones orientadas a la atención
pertinente a estas poblaciones en todos los ámbitos de la gestión: directiva,
académica, administrativa y comunitaria. "Anteriormente se pensaba que las
personas con discapacidad no tenían condiciones para aprender; empezamos a
trabajar por cambiar estos imaginarios, a revisar las prácticas y a generar una
política de inclusión", señala la doctora Cedeño.
Durante los últimos cuatro años, el tema de la inclusión se ha dinamizado en las
entidades territoriales (véase la sección Debate). En varias de ellas se cuenta con
una oferta educativa organizada y con una clasificación de las mismas por niveles,
de acuerdo con la gestión que han desarrollado para atender a estas poblaciones.
Los datos del Censo de 2005 reportan 392.084 menores de 18 años con
discapacidad, de los cuales 270.593 asisten a la escuela y 119,831 no lo hacen.
Desde 2003 y hasta 2006, las secretarías reportan la matrícula de 81.757
estudiantes con discapacidad en 4.369 establecimientos educativos. A pesar de
estos avances, indudablemente significativos, aún son grandes los retos para
lograr que todos ingresen al sistema educativo y sean educados con pertinencia y
calidad.
Así pues, la política de inclusión de la población con discapacidad busca
transformar la gestión escolar para garantizar educación pertinente a estudiantes
que presentan discapacidad cognitiva, síndrome de Down y otros retardos como
autismo, limitación auditiva por sordera o por baja audición, limitación visual por
ceguera o por baja visión, discapacidad motora por parálisis cerebral u otra lesión
neuromuscular y discapacidades múltiples, como ocurre con los sordo-ciegos.
Todas estas personas tienen potencialidades para desenvolverse dentro del
espacio educativo y social y pueden acceder a los diferentes niveles y grados de
la educación formal de Colombia. La escuela les debe garantizar los apoyos
adicionales que demandan, con el fin de que desarrollen las competencias básicas
y ciudadanas, aun cuando necesiten más tiempo y otras estrategias para lograrlas.
Recientemente, el Centro Virtual de Noticias (CVN), noticias sobre la Educación
del Ministerio de Educación Nacional (marzo, 2014), publicó el siguiente artículo:
Colombia avanza hacia una educación inclusiva con calidad.
Iniciamos con la presente nota una serie sobre el tema de educación inclusiva con
calidad en educación preescolar, básica y media, con el cual el Ministerio de
Educación Nacional se encuentra comprometido para que cada vez más, los niños
y las niñas tengan una mayor participación activa en la vida económica, social,
política y cultural de sus comunidades.
"Todos los niños/as y jóvenes del mundo, con sus fortalezas y debilidades
individuales, con sus esperanzas y expectativas, tienen el derecho a la educación.
No son los sistemas educativos los que tienen derecho a cierto tipo de niños/as.
Es por ello, que es el sistema educativo de un país es el que debe ajustarse para
satisfacer las necesidades de todos los niños/as y jóvenes". B. Lindqvist, Naciones
Unidas 1994.
La población con necesidades educativas especiales, es aquella que presenta
discapacidad o limitaciones y capacidades o talentos excepcionales; y es gracias
al esfuerzo de diversas entidades nacionales como el Ministerio de Educación
Nacional, e internacionales como la Unicef, que cada vez más se promueve la
inclusión de estos niños, niñas y jóvenes dentro del sistema escolar formal.
Dentro del marco de las políticas internacionales se pide que las instituciones
educativas se adecuen para hacer efectivos los derechos a la educación, la
participación y la igualdad de oportunidades para todos los niños, niñas, jóvenes y
adultos con discapacidad, por ende, tanto colegios públicos como privados tienen
la obligatoriedad de recibirlos en sus planteles.
"Educación inclusiva es un concepto sencillo", dice el experto canadiense Gordon
L. Porter, "significa que los niños con discapacidad y otras necesidades especiales
son educados en aulas de clase con sus pares de edad, en las instituciones de su
comunidad o vecindario. En otras palabras, ellos van al mismo colegio al que irían
sus hermanos. Se les provee acceso a las mismas oportunidades de aprendizaje
como a cualquier otro niño, y reciben un apoyo para que puedan cumplir metas
individuales relevantes", concluye Porter director de Iniciativas de Educación
Inclusiva de la Asociación Canadiense para Vivir en Comunidad, y de la Comisión
de Derechos Humanos de la provincia de New Brunswick.
Para el Ministerio de Educación Nacional, la inclusión significa atender con calidad
y equidad las necesidades comunes y específicas que presentan los estudiantes,
y para lograrlo se requiere desarrollar estrategias organizativas que ofrezcan
respuestas eficaces para abordar la diversidad; tener concepciones éticas que
permitan considerar la inclusión como un asunto de derechos y de valores e
implementar didácticas de enseñanza flexibles e innovadoras que permitan una
educación personalizada en el sentido de que se reconocen estilos de aprendizaje
y capacidades diferentes entre los estudiantes y, en consonancia, se ofrecen
diferentes alternativas de acceso al conocimiento y se evalúan diferentes niveles
de competencia. En resumen, el Ministerio considera que se deben transformar las
diferentes áreas de la gestión escolar para mejorar la inclusión de niños, niñas y
jóvenes.
En la propuesta de estándares de nuestro país es importante que el educador
comprenda los diferentes niveles en los cuales se puede desarrollar una
competencia y asumir como natural, que los estudiantes van a alcanzar diferentes
niveles de desarrollo de la misma.
La educación inclusiva es la posibilidad de acoger en la institución educativa a
todos los estudiantes independientemente de sus características personales,
culturales, cognitivas y sociales. Este enfoque parte de la premisa de que todos
los estudiantes pueden aprender, siempre y cuando su entorno educativo ofrezca
condiciones de accesibilidad para todos y provea experiencias de aprendizaje
significativas para todos los actores que allí se encuentran. Significa que todos los
niños y niñas de una comunidad determinada puedan estudiar juntos.
4.2 MARCO LEGAL
La Educación Inclusiva se fundamenta en las directrices que recogen las
diferentes legislaciones, encuentros y/o congresos internacionales que, sobre
temas educativos y de derechos humanos, se han celebrado desde 1948. Dichos
referentes se detallan a continuación:
• En la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948, art.1), se defiende
que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos”.
• La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948, art.26) recoge que
“Toda persona tiene derecho a la educación... La educación se dirigirá al pleno
desarrollo de la personalidad humana y a fortalecer el respeto a los derechos
humanos y a las libertades fundamentales...”
• La Convención sobre los Derechos de la Infancia (1989, art. 23.1) señala la
obligación y el compromiso de los Estados con la calidad de vida de los niños y
niñas con discapacidad. Los Estados Partes reconocen que el niño mental o
físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones
que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten su
participación activa en la comunidad.
• También en la Convención sobre los Derechos de la Infancia (1989, art. 23.3), se
establece el compromiso y la obligación de los Estados en la educación. “En
atención a las necesidades especiales del niño [...] estará destinada a asegurar
que el niño impedido tenga un acceso efectivo a la educación, la capacitación, los
servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación, la preparación para el empleo y
las oportunidades de esparcimiento y reciba tales servicios con el objeto de que el
niño logre la integración social y el desarrollo individual, incluido su desarrollo
cultural y espiritual, en la máxima medida posible”.
• En las conclusiones de la Conferencia Mundial sobre Educación para todos
(Tailandia, 1990), se lee que “existe un compromiso internacional para satisfacer
las necesidades básicas de aprendizaje de todos los individuos, y a universalizar
el acceso y promover la equidad”.
• La Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales (Salamanca,
1994) proclama que todos los niños de ambos sexos tienen un derecho
fundamental a la educación, y debe dárseles la oportunidad de alcanzar y
mantener un nivel aceptable de conocimientos. Cada niño tiene características,
intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje que le son propios, y los
sistemas educativos deben ser diseñados y los programas aplicados de modo que
tengan en cuenta toda la gama de esas diferentes características y necesidades.
Se trata de un acuerdo internacional para universalizar el acceso a la educación
de todas las personas sin excepción y promover la equidad. Las personas con
necesidades educativas especiales deben tener acceso a las escuelas ordinarias,
que deberán integrarlos en una pedagogía centrada en el niño, capaz de
satisfacer esas necesidades. Las escuelas ordinarias con esta orientación
integradora representan el medio más eficaz para combatir las actitudes
discriminatorias, crear comunidades de acogida, construir una sociedad
integradora y lograr la educación para todos; además, proporcionan una
educación efectiva a la mayoría de los niños, mejoran la eficiencia y, en definitiva,
la relación costo-eficacia de todo el sistema educativo.
• El Informe de la UNESCO sobre la Educación para el siglo XXI (1996), en un
afán por democratizar la educación, propone un nuevo modelo en el que se
ofrecen las mismas oportunidades a todos los individuos de una misma
comunidad. “La Educación Inclusiva implica que todos los niños y niñas de una
determinada comunidad aprendan juntos independiente de sus condiciones
personales, sociales o culturales, incluso aquellos que presentan discapacidad.”
(UNICEF, UNESCO). • Foro Consultivo Internacional para la Educación para
Todos (2000), en Dakar (Senegal). Tras un análisis desalentador sobre el estado
de la educación en el mundo y la repercusión que la economía tiene en el
desarrollo de la misma, se intenta poner freno al deterioro y falta de inversiones
que caracterizan las políticas educativas en la práctica totalidad de los países del
mundo. Convencidos de que la riqueza personal genera riqueza al país, que ésta
tiene lugar a través de la educación y el desarrollo humano, y de que los avances
en materia de derechos son reales y fruto del cambio social y de la cooperación
internacional, se acuerda impulsar la educación como generadora de estos
progresos, y se la reconoce como un derecho básico e irrenunciable de todo
individuo, sea cual sea su edad, sexo, raza, credo, condición social,… Se
reconoce la necesidad de realizar inversiones en materia educativa para extender
la educación básica y así fortalecer la superior, así como la investigación científica
y tecnológica, que nos lleve a alcanzar un desarrollo autónomo a todos los países.
“Comprendiendo que la educación es capaz de ayudar a garantizar un mundo más
seguro, más sano, más próspero y ambientalmente más puro, y que
simultáneamente contribuye al progreso social, económico y cultural, a la
tolerancia, y a la cooperación internacional. Reconociendo la necesidad de dar a
las generaciones presentes y venideras una visión ampliada y un renovado
compromiso con la educación básica para todos, que expresen el grado y la
complejidad del desafío.” Establecen un propósito común: “LA SATISFACCION
DE LAS NECESIDADES BÁSICAS DE APRENDIZAJE”.
El derecho a la educación es un derecho humano de carácter universal. La
Declaración Universal de los Derechos Humanos (en adelante DUDH) estipula en
su artículo 26 que toda persona tiene derecho a la educación. Ésta tendrá por
objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del
respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Así mismo, el
derecho a la educación es un derecho potenciador de otros derechos. Es un
derecho necesario para el goce efectivo de otros derechos humanos tales como:
la dignidad humana (artículo 1 de la C.P) el de libertad de expresión, al libre
desarrollo de la personalidad (Artículo 16 de la C.P.) y derecho a la igualdad
(igualdad ante la ley, igualdad material, igualdad de oportunidades, no
discriminación). En el ordenamiento jurídico colombiano, en palabras de la Corte
Constitucional, éste es un derecho fundamental de tipo prestacional. Es mediante
la educación -en sus distintas formas y modalidades- que el ser humano, en buena
medida, deviene en ser social, en persona, en hombre o mujer, y es por tanto, a
través de ella que adquiere las condiciones y capacidades necesarias para vivir en
sociedad. Por lo anterior, la educación, en todas sus manifestaciones, es la vía por
excelencia de la socialización humana, es decir, la vía de su conversión en un ser
social. Por un lado, es un derecho fundamental de todos los niños, razón por la
cual es de exigibilidad inmediata. Por otra parte, es un derecho social de garantía
progresiva, lo cual implica la inversión del mayor número de recursos posibles a
disposición del Estado para garantizar el goce efectivo del derecho. El Comité de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha establecido cuatro aspectos
fundamentales que comprenden el núcleo esencial del derecho a la educación 1)
la accesibilidad; 2) la disponibilidad; 3) la aceptabilidad; y 4) la adaptabilidad.
Del mismo modo, tal marco lo constituye, el carácter de fundamental que adquiere
el derecho a la educación cuando se refiere a niños, niñas y adolescentes (arts.44
y 45), y la especial protección provista por la constitución a la población con
discapacidad (Arts. 47, 54 y 68). A pesar de que la Constitución Política de
Colombia no hace referencia expresa al derecho a la educación inclusiva, dicho
derecho se encuentra contemplado bajo una interpretación sistemática de los
artículos citados y el mandato de igualdad material y de la necesidad del
desarrollo de las medidas afirmativas para lograrla (Art. 13). Dentro de su
jurisprudencia, la Corte Constitucional, se ha referido en numerosas ocasiones a la
protección del derecho a la educación de las personas con discapacidad. Tales
pronunciamientos, han sido en su mayoría fallos de Revisión de Acciones de
Tutela de otros Jueces. No obstante, las decisiones de la Corte no han optado por
proteger de forma certera la educación inclusiva. En algunos casos la apertura
interpretativa que ofrecen los artículos de la Constitución Política que garantizan el
derecho a la educación y los derechos de la persona con discapacidad, ha servido
incluso para proteger las manifestaciones y prácticas segregadas o integradas.
Poco después de la entrada en vigencia de la Constitución Política de Colombia, la
Corte Constitucional profirió la sentencia T – 429 de 1992. En dicha sentencia, se
reconoció que los artículos 13 y 44 de la Carta de Derechos implicaban un cambio
de paradigma en la educación de personas con discapacidad. Se consideró que la
educación segregada puede abrir las puertas a la autonomía de cada persona y a
la vida en sociedad de las personas con discapacidad. Sin embargo, la simple
existencia de la educación segregada no puede convertirse en el argumento para
excluir a los niños con discapacidad y negarles la posibilidad de socializar desde la
primera infancia edad con sus contemporáneos en los ambientes escolares. “La
educación especial, pues, tiene dos perspectivas: por una parte es innegable su
necesidad en cuanto forma particular de abrir la puerta a una vida individualmente
productiva y socialmente útil, a quienes padecen de limitaciones. Por otra parte la
existencia de la educación especial y el reconocimiento de su necesidad no puede
convertirse en un argumento para excluir a los niños de la posibilidad de
socializarse desde temprana edad con sus coetáneos en los ambientes escolares
en los cuales ellos constituyen sus formas de relación y socialización (…) En estas
condiciones, la educación especial ha de concebirse sólo como un recurso
extremo para aquellas situaciones que, previa evaluación científica en la cual
intervendrán no sólo los expertos sino miembros de la institución educativa y
familiares del niño con necesidades especiales, se concluya que es la única
posibilidad de hacer efectivo su derecho a la educación”. En este orden de ideas,
la Corte en la sentencia T – 429 de 1992, concluye que la educación especial
(entendida como educación especial segregada) ha de concebirse sólo como un
recurso extremo para aquellas situaciones que, previa evaluación científica en la
cual intervendrán no sólo los expertos, sino miembros de la institución educativa y
familiares del niño con necesidades especiales, se concluya que es la única
posibilidad de hacer efectivo su derecho a la educación. La mencionada Sentencia
ha servido de base para generar una serie de decisiones sobre el carácter
excepcional de la educación segregada para las personas con discapacidad;
sentencias que a su vez, han dispuesto de una serie de sub-reglas para que la
Corte determine en cada caso concreto, cuando se hace indispensable la
educación segregada, cuando constituye un derecho que asiste a los niños con
discapacidad y cuando dicha medida resulta discriminatoria en clara contravía de
los artículos 13 y 44 de nuestra Constitución Política. La Sentencia T – 826 de
2004 recogió las sub reglas que utilizó la Corte Constitucional, particularmente en
la Sentencia T – 620 de 1999, para determinar en qué casos se debe preferir la
educación especial segregada sobre la inclusiva. Así las cosas: “La educación
especial se concibe como un recurso extremo, esto es, se ordenará a través de la
acción de tutela sólo cuando valoraciones médicas, psicológicas y familiares la
consideren como la mejor opción para hacer efectivo el derecho a la educación del
menor. Si está probada la necesidad de una educación especial, ésta no puede
ser la excusa para negar el acceso al servicio público educativo. En caso de que
existan centros educativos especializados y que el menor requiera ese tipo de
instrucción, esta no sólo se preferirá sino que se ordenará. Ante la imposibilidad
de brindar una educación especializada, se ordenará la prestación del servicio
público convencional, hasta tanto la familia, la sociedad y el Estado puedan
brindar una mejor opción educativa al menor discapacitado (sic)”. Si bien la Corte
Constitucional considera que la educación especial debe ser excepcional, y que la
regla general debe ser un modelo de educación inclusivo, en la práctica no ha
habido una protección plena de la educación inclusiva.
La 48ª reunión de la Conferencia Internacional de Educación (CIE) organizada por
la Oficina Internacional de la Educación de la UNESCO (OIE) se celebrará en
Ginebra del 25 al 28 de noviembre de 2008 en torno al tema: "La educación
inclusiva: el camino hacia el futuro" En su carta de invitación, el Director General
de la UNESCO pone de relieve la estrecha vinculación del tema de esta reunión
con el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, así como de los objetivos
de la Educación para Todos (EPT). Recuerda que el Grupo de Alto Nivel sobre la
Educación para Todos, reunido en Dakar en diciembre de 2007, reafirmó que el
logro de los objetivos de la EPT supone llegar a esos niños, jóvenes y adultos,
especialmente las muchachas y las mujeres que hasta ahora han estado excluidos
de las posibilidades de la educación básica. Concluye por otra parte que una
educación de calidad, en consecuencia, es una educación inclusiva, ya que se
propone velar por la participación plena de todos los educandos, con
independencia de su sexo, condición económica o social, origen étnico o racial,
situación geográfica, necesidades especiales de aprendizaje, edad o religión.
Formular y aplicar políticas que estén realmente orientadas a una "educación
inclusiva" exige importantes esfuerzos en todo el mundo y en general representa
un verdadero reto. Los ministros de educación y otros protagonistas del sistema
educativo pueden, sin embargo, basar su actuación en varios marcos jurídicos
internacionales más o menos recientes. He aquí algunos de los principales hitos : -
1948: La Declaración Universal de Derechos Humanos garantiza el derecho de
todos los niños a recibir una básica y gratuita (artículo 26); - 1960: La Convención
de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la
Enseñanza; - 1989: La Declaración de los Derechos del Niño reconoce además el
derecho de todos los niños a recibir una educación sin discriminación por motivo
alguno; - 1990: La Declaración Mundial sobre Educación para Todos (Jomtien)
refuerza la idea de una educación básica para todos, que satisfaga las
necesidades básicas de aprendizaje; -1993: Las Normas uniformes sobre la
igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad de las Naciones
Unidas establecen no sólo la igualdad del derecho a la educación para todos los
niños, jóvenes y adultos discapacitados, sino que declaran además que la
educación debería impartirse en "entornos integrados" y en el "marco de las
estructuras comunes de educación". - 1994: La Declaración de Salamanca y el
marco de acción para las necesidades educativas especiales estipulan (párrafo 3)
que "las escuelas deben acoger a todos los niños, independientemente de sus
condiciones físicas, intelectuales, sociales, emocionales, lingüísticas u otras.
Deben acoger a niños discapacitados y niños bien dotados, a niños que viven en
la calle y que trabajan, niños de poblaciones remotas o nómadas, niños de
minorías lingüísticas, étnicas o culturales y niños de otros grupos o zonas
desfavorecidos o marginados"; - 2000: El Marco de Acción del Foro Mundial sobre
la Educación (Dakar) y los Objetivos de Desarrollo del Milenio exigen que todos
los niños tengan acceso a una educación primaria obligatoria y gratuita de aquí al
año 2015; asimismo, se hace hincapié en los grupos marginados y las niñas; -
2001: La UNESCO inicia un Programa emblemático de la EPT sobre el derecho a
la educación de personas con discapacidades: Hacia la Inclusión; - 2006 : El 13 de
diciembre, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta la Convención
sobre los derechos de las personas con discapacidad cuyo artículo 24 se dedica
especialmente a la educación (ausencia de discriminación, igualdad de
oportunidades; un sistema de educación inclusivo a todos los niveles; educación
primaria inclusiva; enseñanza a lo largo de la vida, con miras a desarrollar
plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima y
reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la
diversidad humana; desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la
creatividad de las personas con discapacidad; hacer posible que las personas con
discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre; con el objetivo
de la plena inclusión, etc.).
4.3 MARCO TEÓRICO
Al tema de investigación, es necesario apoyarse en teorías y perspectivas
relacionadas con el tema, La educación debe formar a todas las personas para
participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la
tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales,
étnicos o religiosos, y promover la paz.
Desde la perspectiva sociológica, existen razones sociales y morales que
fundamentan a la Educación Inclusiva desde el marco del derecho humano, la
escuela implica educación de calidad y contribuye al buen sentido social.
La Educación Inclusiva entonces, posee un sentido tanto educativo como social al
tiempo que rechaza que los sistemas educativos tengan derecho sólo a cierto tipo
de niños. Por ello, se pide que cada país diseñe un sistema escolar capaz de
adaptarse a las necesidades de todos los niños creando escuelas inclusivas
(Fernández, 2003).
El respeto a ser diferente tiende las bases para eliminar todo tipo de
discriminación y barreras del aprendizaje. El verdadero cambio en el pensamiento
será reflejado en el cambio de actitud. Este será el compromiso de la educación y
del compromiso social: dar respuesta a las necesidades, y reducir o eliminar los
problemas sociales mediante el acceso a una educación para todas las personas.
El respeto a la diversidad empieza por comprenderla, aceptarla como cotidiano y
comprender sus orígenes. La educación es el puente que “añade” a la tolerancia,
a la solidaridad y a la participación de las personas en el quehacer humano,
especialmente para los alumnos, el vigor requerido para extraer de la diversidad
cultural, toda la riqueza que en ella subyace.
Se requiere de una educación democrática e intercultural que fomente el respeto
por la diversidad, formando personas que la valoren y mediante ello, permita
conformar la propia identidad. Es por ello que las escuelas se convierten en
agentes de cambio social para inculcar el valor de la diversidad en las políticas, los
programas educativos, el currículo, las estrategias de enseñanza-aprendizaje, es
decir, se requiere un cambio de paradigma educativo y filosófico.
Para Arnáiz (2005) “lo verdaderamente importante es que impregnen y cambien
los pensamientos y actitudes y se traduzcan en nuevos planteamientos de
solidaridad, de tolerancia y en nuevas prácticas educativas que traigan consigo
una nueva forma de enfrentarse a la pluralidad y a la multiculturalidad del
alumnado” (p. 43). Se construye así la capacidad que debe tener la escuela
inclusiva de aceptar a todos los alumnos que deseen participar en ella y de este
modo, reducir la exclusión de los mismos.
Desde el ámbito psicológico, en los centros educativos donde se valora la
diversidad no se excluye a ningún estudiante, se busca crear un clima en el que
éstos se sientan acogidos, aceptados y apoyados. Para Arnaiz (2005) “se
respetan las capacidades de cada alumno y se considera que cada persona es un
miembro valioso que puede desarrollar distintas habilidades y desempeñar
diferentes funciones para apoyar a los otros”.
De esta manera nadie es rechazado o segregado, se rescata lo positivo de la
persona en lugar de etiquetarla por su dificultad, fortaleciendo así la autoestima de
los estudiantes y la satisfacción por los logros.
Se fomentan valores tales como el sentido de pertenencia a un grupo, la valía
personal, la cooperación, la tolerancia, el respeto mutuo y otros; favoreciendo
simultáneamente las relaciones interpersonales y por consiguiente el proceso de
aprendizaje. Concede a la persona la oportunidad de conocerse mejor, lo que
incide directamente en el desarrollo de su personalidad y autoconcepto.
Es de consenso que mediante la educación se transmiten y ejercitan los valores
que hacen posible la vida en sociedad y el respeto a los derechos humanos,
avanzando en la lucha contra la discriminación y la desigualdad. Los valores
importantes que subyacen en una escuela inclusiva son entre otros la aceptación,
la pertenencia a la comunidad, las relaciones personales, la interdependencia, y la
independencia (Pearpoint y Forest citados en Arnaiz, 2005).
Los valores se aprenden de las relaciones humanas (la familia, la escuela y la
sociedad), con el aporte de las experiencias y los diversos contextos que modelan
las actitudes de los discentes para su futura convivencia en un modelo de
inclusión social. Es importante tomar en cuenta que cuando hablamos de
inclusión, no debemos suponer que la persona está “verdaderamente incluida”,
porque así lo creemos, sino que debemos lograr que realmente lo sienta.
Educar en valores y actitudes, destrezas intelectuales, sociales y afectivas
permiten al estudiante situarse en una sociedad caracterizada por la
multiculturalidad.
Para lograr el derecho a la educación se requiere una educación básica de calidad
para todas las personas. Según Meléndez (2006), actuar con equidad con
respecto a la provisión de oportunidades educativas no alude a una educación
estandarizada. Todo lo contrario, refiere a las condiciones de acceso y calidad que
deben caracterizar a una educación lo suficientemente diversificada como para ser
aprovechada realmente por todos.
Desde una perspectiva pedagógica la Educación Inclusiva se fundamenta en el
enfoque constructivista, desafiando las prácticas pedagógicas tradicionales de la
educación y asegurando que los estudiantes tengan acceso a un aprendizaje
significativo.
Actualmente se requiere de escuelas inclusivas que permitan considerar el
pensamiento y las necesidades del alumno, que fomente la construcción de una
ciudadanía, del binomio inclusión –exclusión social y la valoración y aceptación del
otro distinto. Se requiere de una renovación educativa que acoja las diferencias de
los estudiantes y reconocerlas como fuente y recurso de aprendizaje.
Las destrezas que necesitan los docentes para conducir procesos educativos de
inclusión, requieren de una permanente comunicación entre estudiantes y
familiares; creación de ambientes positivos en el aula que faciliten el aprendizaje
autónomo y la reflexión crítica permanente sobre la práctica, ya que quien enseña
aprende al enseñar y quien aprende enseña al aprender.
Tal vez resulte descabellado o hasta utópico para muchos el hecho de trabajar
incluyendo y, aún más, atendiendo la diversidad. Para lograrlo sólo basta dar un
primer paso y querer hacerlo. Para su realización es necesario fortalecer las
experiencias de aprendizaje, establecer contacto entre diferentes, retomar el papel
como docentes y parte importante, ser la figura central en este proceso, pues “la
inclusión es un proceso orientado a proporcionar una respuesta apropiada a la
diversidad de características y necesidades educativas del alumno a incrementar
sus niveles de logro…” (Revista Latinoamericana de Educación Inclusiva).
Para dar respuesta a la diversidad dentro del aula, existen diversas estrategias
que posibilitan una atención educativa más integradora para los alumnos.
Algunas estrategias en los procedimientos didácticos y en las actividades son:
 Buscar la motivación del alumno procurándole recompensas adecuadas y
evitar que se produzcan errores de forma reiterada.
 Relacionar los nuevos aprendizajes con el conocimiento previo que tiene el
alumno.
 Que el alumno vea los beneficios que en su realidad práctica tiene la
actividad (principio de utilidad).
 Antes de realizar una nueva actividad es conveniente dar una información
precisa sobre lo que se va a trabajar.
 Adaptar materiales.
 Desarrollar actividades de aprendizaje cooperativo.
El aprendizaje cooperativo entre compañeros permite, entre otras cosas:
 Mejorar el propio aprendizaje
 Facilitar el aprendizaje de una segunda lengua
 Aprender a dar y pedir ayuda
 Distribuir el éxito y la motivación en el aprendizaje.
4.4 MARCO CONCEPTUAL
Para efectos, de comprender en qué consiste la apuesta por un modelo de
educación inclusiva para personas con discapacidad, es preciso tener claridad
sobre conceptos básicos alrededor del tema. En este capítulo se desarrolla un
marco conceptual sobre la discapacidad y los modelos de educación que existen
para las personas con discapacidad. Por lo tanto, se abordarán los conceptos de
educación especial segregada, educación integrada y educación inclusiva, que a
lo largo de este texto se utilizaran para determinar.
La discapacidad en los términos de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad debe entenderse como aquellas deficiencias físicas,
mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas
barreras, pueden impedir la participación plena y efectiva de las personas en la
sociedad, en igualdad de condiciones con las demás2.
La educación especial segregada, sin embargo, es la oferta educativa exclusiva
para personas con discapacidad. Al principio, cuando aparece a mediados del
siglo XIX, la educación especial era una forma de atención de medico pedagógica
para los menores clasificados como “anormales (sic)” a partir de pruebas de
coeficiente intelectual. Esto en cuanto la discapacidad era concebida
exclusivamente como una enfermedad que debía ser tratada. Por lo tanto la
rehabilitación de la persona con discapacidad tenía tano un componente médico
como pedagógico. La educación especial nace como un tratamiento médico
enfocado a la rehabilitación de la persona con discapacidad3.
La inclusión constituye el proceso de responder a la diversidad de necesidades de
todos los estudiantes y coadyuvar a reducir la exclusión que pueden recibir por los
patrones culturales y estereotipos que prevalecen en la educación y en la cultura
2 Convención sobrelos Derechos de las Personas con Discapacidad.Artículo 1°.
3 Alexander Yarza,Lorena Rodríguez. Educación y pedagogía de la infancia anormal.1870 –1940.
Cooperativa Editorial Magisterio.Grupo de la Historia dela PrácticaPedagógica. Septiembre de 2007
de reconocimiento a la igualdad en el ejercicio de todos los derechos, sin importar
el género, la condición social, la etnia, la discapacidad, la preferencia sexual o la
edad.
La Educación Inclusiva no es un concepto singular, sino que supone la
consideración de una serie de indicadores o descriptores en torno al mismo, los
cuales deben desembocar en prácticas y proyectos orientados a conseguir
escuelas con carácter inclusivo. Por ello quizás sería más adecuado hablar de
perspectivas sobre la inclusión y la Educación Inclusiva.
Para lograr escuelas inclusivas se requiere de un cambio en el paradigma
educativo, desde integración hacia la inclusión; enmarcado en el derecho a la
educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación. Es habilitar
escuelas para que atiendan a toda la comunidad como parte de un sistema
inclusivo, desde las políticas en general, hasta la reestructuración educativa y el
contexto sociocultural.
La inclusión es entonces, una manera distinta de entender la educación, implica
pensar en una nueva filosofía, con nuevas formas de analizar la cotidianidad
escolar, de trabajar y de convivir, es decir, requiere un conjunto de acciones
escolares, sociales y de la comunidad que eliminen las barreras que impiden la
participación de los estudiantes en el aprendizaje, aceptando y valorando las
diferencias individuales.
5. METODOLOGÍA
5.1 MÉTODO DE INVESTIGACIÓN
Hay que tener en cuenta que el enfoque de la investigación es un proceso
sistemático, disciplinado y controlado y está directamente relacionada a los
métodos de investigación en este contexto es el método inductivo generalmente
asociados con la investigación cualitativa para analizar las perspectivas que se le
está dando a través del tema en mención y su incidencia ante la sociedad.
En nuestra investigación, el método que utilizamos es investigación cualitativa,
donde analizamos la realidad desde un contexto natural tratando de identificar las
herramientas de la educación inclusiva que garantizan el derecho a la educación
en el distrito de Barranquilla. A través, de las distintas técnicas de investigación
como fueron, la observación, en la búsqueda de textos y/o experiencias
personales que describen los problemas que son materia de estudio e
investigación que permiten a su vez, la recolección de datos.
5.2 TIPO DE INVESTIGACIÓN
El tipo de investigación es cualitativa descriptiva, que por medio de la investigación
que realizamos, analizamos y evaluamos ciertas características de una situación
particular, la educación inclusiva en la ciudad de Barranquilla, que afecta a la
población creando impacto sobre esta misma.
El propósito del investigador es describir situaciones y eventos. Esto es, decir
cómo es y se manifiesta determinado fenómeno. Los estudios descriptivos buscan
especificar las propiedades importantes de personas, grupos, comunidades o
cualquier otro fenómeno que sea sometido a análisis (Dankhe, 1986). Miden o
evalúan diversos aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno o
fenómenos a investigar. Desde el punto de vista científico, describir es medir. Esto
es, en un estudio descriptivo se selecciona una serie de cuestiones y se mide
cada una de ellas independientemente, para así -y valga la redundancia-- describir
lo que se investiga.
El proceso de la descripción no es exclusivamente la obtención y la acumulación
de datos y su tabulación correspondiente, sino que se relaciona con condiciones y
conexiones existentes, prácticas que tienen validez, opiniones de las personas,
puntos de vista, actitudes que se mantienen y procesos en marcha. Los estudios
descriptivos se centran en medir los explicativos en descubrir. El investigador
debe definir que va a medir y a quienes va a involucrar en esta medición
5.3 POBLACIÓN Y MUESTRA
La población, es el conjunto total de valores posibles que toma una característica
de un conjunto de individuos o elementos.
Para efectos de la presente investigación, nuestra población la componen todos
los ciudadanos de nuestra ciudad, Barranquilla.
Una muestra está constituida por una parte de los elementos que componen el
universo, lo que quiere decir que es representativa. El tamaño de la muestra, no
se decide arbitrariamente, tomando un porcentaje determinado de elementos de la
población. Una muestra es adecuada cuando es lo suficientemente grande para
permitir cierto grado de confianza.
6. FUENTES DE OBTENCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
En relación con la fuente que suministra los datos, ésta puede ser una fuente
primaria, si el dato es tomado de su lugar de origen y fuente secundaria, si el dato
no es tomado directamente, sino que se aprovechan aquellos previamente
recogidos por otras personas.
Las fuentes que servirán de provecho en este estudio de investigación son:
Fuentes Primaria: Formato de encuesta dirigido a la población objeto del presente
trabajo de investigación.
Fuentes secundarias: permitiéndonos obtener información directamente de la
realidad de este problema por medio de datos recopilados tanto de forma escrita,
haciendo investigaciones realizadas en Internet y en libros especializados en el
tema tomados como base de consulta.
Las fuentes que utilizamos para nuestra investigación fueron tomadas por medio
de la observación y experiencias ciertamente personales que nos llevaron a un
análisis completo de la realidad que se vive.
7. IMPACTO INTERNO Y EXTERNO
Impacto interno
Tomando como referencia los parámetros de nuestra institución en su
preocupación por formar un ser humano integral que tenga la capacidad para
transformar su entorno local y regional, con visiones que se podrían elevar al
ámbito Nacional e internacional, ha implementado los proyectos de investigación
para que los estudiantes vallan haciendo parte de la problemática social que se
presenta a diario en nuestro país, de tal forma que puedan brindarle soluciones y
asesorías a los directamente afectados, por lo tanto, a través de estos proyectos
de investigación se busca a nivel institucional sensibilizar a cada uno de los
individuos que conforman la Corporación Universitaria Rafael Núñez con las
implicaciones que ha generado la búsqueda de las herramientas que
implementaran las escuelas de la ciudad de Barranquilla en conjunto con la
sociedad desde los distintos ámbitos la educación inclusiva.
Impacto externo
De acuerdo a la misión y visión de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, que
busca a través de los proyectos académicos de investigación que sus estudiante
se preocupen desde muy temprano en la búsqueda de soluciones como
alternativas a las distintas problemáticas que se presentan en las sociedades hoy
en día, soluciones que no deben quedarse solo dentro del claustro educativo, sino
por el contrario, que trasciendan a las esferas de las personas que son afectadas.
8. CRONOGRAMA
ACTIVIDADES FEBRERO MARZO ABRIL MAYO
Búsqueda de información fuente
primaria: observación, encuestas y
entrega de folletos
X X X
Búsqueda de información fuente
secundaria: internet y consultas
bibliográficas
X X X
Tabulación o sistematización de la
información
X
9. PRESUPUESTO
PERSONAL $ 90.000,00
MATERIALES $ 100.000,00
SISTEMATIZACIÓN/PROCEDIMIENTO $ 180.000,00
TRANSPORTE/GASOLINA $ 200.000,00
CONSULTASBIBLIOGRÁFICAS $ 75.800,00
OTROS GASTOS/ IMPREVISTOS $ 45.250,00
10.BIBLIOGRAFÍA
Crosso, C. The right education of persons with disabilities: promoting the concept
of inclusive education. En Revista Latinoamericana de Educación Inclusiva. El
Derecho a la Educación de personas con discapacidad: impulsando el concepto
de Educación Inclusiva.
Declaración mundial “Educación para todos”, Jomtien, Tailandia, 1990.
Handerson, N y Milstein, M (2005) Resiliencia en la escuela. Buenos Aires:
Editorial Paidós.
Parrilla, Latas, A. (2002). “Acerca del origen y sentido de la educación inclusiva”,
en Revista de Educación, núm. 327, pp. 11-29.
Revista Latinoamericana de Educación Inclusiva, septiembre 2009/Número
2/volumen 3.
UNESCO (2005). Informe mundial Hacia las sociedades del conocimiento. París.
http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/article-168443.html
http://www.dialogoeducacionsuperior.edu.co/1750/articles-
327647_documento_tres.pdf
PALACIOS Agustina y ROMAÑACH Javier, El modelo de la diversidad. La bioética
y
Los Derechos Humanos como herramientas para alcanzar la plena dignidad en la
diversidad funcional, Diversitas, 2007.
PARRI Janne, Quality in higher education, en Management, n° 2 (11), 2006, p.
107-
111.
PAUGAM Serge (dir.), L’exclusion, l’état des savoirs, La Découverte, Paris, 1996.
PARRA Carlos, “Educación inclusiva: un modelo de educación para todos”, en
Revista
ISEES, n°8, diciembre 2010, p. 73-84.
PERRY Santiago, “La pobreza rural en Colombia”, en RIMISP Centro
Latinoamericano para el Desarrollo Rural, Diciembre 2010.
PUTNAM Robert, Making Democracy Work: civic traditions in modern Italy,
Princeton
University Press, Princeton, 1993.
RAMÍREZ Rodolfo & CHÁVEZ Patricio, La evaluación de los programas
compensatorios. Notas para una política de equidad educativa, CONAFE, México,
2006.
ROSANVALLON Pierre, “Lectura inaugural en el Collège de France”, marzo 2001.
Disponible en http://www.franceculture.fr/emission-les-rencontres-de-petrarque-
ete-11-lecon-inaugurale-par-pierre-rosanvallon-2011-07-30.html. Consultado el 20
de marzo de 2013.
RODRÍGUEZ María José, Modelos socio-demográficos. Atlas social de la ciudad
de Alicante, Tesis doctoral en sociología, Universidad de Alicante, diciembre de
2000, p. 93-158.
SÁEZ Rafael, “La educación intercultural”, en Revista de educación, n°339, 2006,
p.859-881.
SANDOVAL M & LOPEZ M. L., et. al., “Index for inclusion. Una guía para la
evaluación y mejora de la educación inclusiva”, en Contextos Educativos,
Universidad de la Rioja, n°5, 2002, p. 227-238.
SARTO María del Pilar & VENEGAS María Eugenia (dir.), Aspectos clave de la
educación inclusiva, INICO, Salamanca, 2009.
SEN Amartya, “Social exclusion: concept, application and scrutiny”, en Social
Development Papers No. 1, Office of Environment and Social Development, Asian
Development Bank, juin 2000, p. 1-54.
STUART MILL John, Inaugural Address at St. Andrews, Longman, Green, Reader
and Dyer, Londres, 1867.

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  • 1. ¿CUÁLES SON LAS HERRAMIENTAS QUE SE HAN IMPLEMENTADO DESDE EL ÁMBITO SOCIO JURÍDICO Y AMBIENTAL PARA GARANTIZAR Y/O PROMOVER EL DERECHO A LA EDUCACIÓN INCLUSIVA A LOS NIÑOS Y NIÑAS EN EL DISTRITO DE BARRANQUILLA? ARIZA PACHECO ANNE SHIRLEY CASTRO NIEVES ANDERSON ENRIQUE GRANADOS BOLAÑO JHON JAIRO NOGUERA BLANCO ISMAEL DE JESÚS DERECHO, SEGUNDO SEMESTRE PAT COLECTIVO CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NÚÑEZ BARRANQUILLA ATLÁNTICO 2016
  • 2. CONTENIDO 1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA 1.2 FORMULAR EL PROBLEMA (PREGUNTA) 2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 2.1 OBJETIVO GENERAL 2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 3. JUSTIFICACIÓN Y DELIMITACIÓN 4. MARCO DE REFERENCIA 4.1 MARCO HISTÓRICO 4.2 MARCO LEGAL 4.3 MARCO TEÓRICO 4.4 MARCO CONCEPTUAL 5. METODOLOGÍA 5.1 MÉTODO DE INVESTIGACIÓN 5.2 TIPO DE INVESTIGACIÓN 5.3 POBLACIÓN Y MUESTRA 6. FUENTES DE OBTENCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN 7. IMPACTO INTERNO Y EXTERNO 8. CRONOGRAMA 9. PRESUPUESTO BIBLIOGRAFÍA
  • 3. 1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA Las herramientas que se han implementado desde el ámbito socio jurídico y ambiental para garantizar y/o promover el derecho a la educación inclusiva a los niños y niñas en el distrito de Barranquilla. La educación inclusiva es aún un gran compromiso y reto de la educación contemporánea, que aún tiene pendiente la ciudad de Barranquilla, ya que muchos de estos niños o niñas que cuentan con algún tipo de discapacidad o limitación son objetos blancos para ser víctimas de todo tipo de maltrato, llámese discriminación y violencia, que en los peores de los casos puede ser física, verbal y/o psicológica. La educación inclusiva se convierte en una gran fuente de aspiración en que se anotan los esfuerzos de los padres, grupos de docentes, programas nacionales e internacionales, con el fin de garantizar el derecho a la educación de estos niños y niñas y de seguido, mejorar su calidad de vida. Si la educación constituye un proceso de inacabada hominización (García y García, 1996) en el que es necesaria la relación social y en el tanto este proceso es mediado por la organización social para ofrecerlo como servicio para la égida de un derecho humano, se establece una dimensión política, cuyas coordenadas están definidas por el marco de pensamiento en el que se inscribe la acción educadora. La educación inclusiva posibilita a los niños, niñas, jóvenes y adultos de una comunidad, compartir los espacios de los hermanos, padres, vecinos. El educarse con todos les permite estar con todos en otros espacios sociales, económicos y culturales.
  • 4. 1.2FORMULACION DEL PROBLEMA ¿Cuáles son las herramientas que se han implementado desde el ámbito socio jurídico y ambiental para garantizar y/o promover el derecho a la educación inclusiva a los niños y niñas en el distrito de Barranquilla?
  • 5. 2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 2.1 OBJETIVO GENERAL Reconocer las herramientas desde los aspectos jurídicos, sociales y ambientales que han sido implementadas para garantizar la educación inclusiva en el distrito de Barranquilla. 2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS  Determinar la necesidad de proponer proyectos que faciliten la inclusión de niños y niñas con algún tipo de discapacidad o limitación en las escuelas de la ciudad de Barranquilla.  Profundizar en los colegios el concepto de educación inclusiva, promoviendo a la participación de la comunidad para entender las diversas realidades.  Promover en los colegios de la ciudad de Barranquilla el respeto hacia la diversidad como valor indispensable de la socidad.
  • 6. 3. JUSTIFICACIÓN La presente investigación tiene como propósito dar a conocer el relato descriptivo, a través de los aspectos socio jurídico y ambiental, las herramientas que han sido implementadas por el distrito de Barranquilla para promover y/o la educación inclusiva. La idea central de nuestra investigación es que estén informados de los avances que se han promovido a raíz del derecho a la educación inclusiva. La educación inclusiva es la posibilidad de acoger en la institución educativa a todos los estudiantes independientemente de sus características personales, culturales, cognitivas y sociales. Este enfoque parte de la premisa de que todos los estudiantes pueden aprender, siempre y cuando su entorno educativo ofrezca condiciones de accesibilidad para todos y provea experiencias de aprendizaje significativas para todos los actores que allí se encuentran. Significa que todos los niños y niñas de una comunidad determinada puedan estudiar juntos. La inclusión también está estrechamente vinculada con la interculturalidad. Nuestra sociedad actual es intercultural y asimismo lo es en el colegio. En este están presentes distintas nacionalidades, tradiciones y costumbres. Un colegio inclusivo debe atender a estas realidades diversas en aras de lograr que la convivencia diaria sea un instrumento que permita el aprendizaje y el enriquecimiento mutuo para la diversidad1. Se requiere una transformación profunda de la sociedad, de las personas en particular, que se entiende necesariamente en un cambio de actitud, tanto la educación como derecho, como los planteamientos de la Educación para Todos, constituyen asideros para hablar de calidad educativa, calidad de vida y construcción de sociedades justas y solidarias. Si bien las raíces más profundas están en la exclusión de los más necesitados de aprendizaje social como han sido las poblaciones con necesidades educativas 1 Sede Rodrigo Facio Brenes. Montes de Oca, 1. 2060 San José (Costa Rica). gvalenciano@racsa.co.cr
  • 7. especiales, la trascendencia del concepto y de ahí su importancia, está en la inclusión de otros grupos que las sociedades han dejado en la más alta vulnerabilidad, como son las minorías étnicas y lingüísticas, niños trabajadores y explotados en las peores condiciones, comunidades en pobreza y extrema pobreza, así como otros colectivos que se construyen en las ciudades. Se justifica la elaboración de la presente investigación debido a que como futuros profesionales debemos tener conocimiento de la realidad en que se vive, siempre siguiendo las políticas establecidas, teniendo objetividad durante el transcurso de la investigación. Con esta investigación deseamos provocar un impacto sobre la sociedad, con alternativas para lograr un equilibrio, para encontrar beneficios con tal desarrollo, con la contribución y aportes que tendría nuestra investigación, con importancia trascendental, los resultados podrían ser aplicados a otros fenómenos o ayudaría a explicar o entenderlos y encontrar una posible solución. Con esta investigación se promoverá la creación de un nuevo instrumento para el análisis de la realidad que se vive en este momento.
  • 8. 4. MARCO DE REFERENCIA 4.1 MARCO HISTÓRICO Frente al tema de investigación, las herramientas que se han implementado desde el ámbito socio jurídico y ambiental para garantizar y/o promover el derecho a la educación inclusiva a los niños y niñas en el distrito de Barranquilla, se requiere analizar los antecedentes de la problemática o de estudios realizados sobre ésta. En Colombia nace el concepto de inclusión a raíz de la abolición de la esclavitud, en la década de los años 50 en siglo xix, tomando mayor apogeo desde 1990 hasta el 2003, entendiéndose como inclusión: “la posibilidad que tienen todas las personas de acceder a los bienes y servicios de la sociedad, es decir, de los sistemas sociales, educativos, económicos, políticos, religiosos, cultural, científico y jurídico. En la revista virtual, AlTablero, realizó una publicación dentro de los meses de septiembre y diciembre del año 2007, en la cual relata lo siguiente: La política de la Revolución Educativa del gobierno nacional da prioridad a la educación de poblaciones vulnerables y, dentro de ellas, a las que presentan discapacidad porque "si formamos a estas poblaciones que anteriormente estaban marginadas de la educación, le apostamos a que se vuelvan productivas, sean autónomas y fortalezcan relaciones sociales; así, la educación se convierte en un factor de desarrollo para sí mismas, para sus familias y para los municipios en donde viven", explica Fulvia Cedeño, asesora del Ministerio de Educación Nacional. "Cuando la Revolución Educativa plantea que estas poblaciones son prioritarias, significa que los establecimientos educativos deben transformarse y modificar su cultura de atención a ellas", explica. De ahí la importancia de que los Planes de Mejoramiento Institucional (PMI) contengan acciones orientadas a la atención pertinente a estas poblaciones en todos los ámbitos de la gestión: directiva, académica, administrativa y comunitaria. "Anteriormente se pensaba que las personas con discapacidad no tenían condiciones para aprender; empezamos a trabajar por cambiar estos imaginarios, a revisar las prácticas y a generar una política de inclusión", señala la doctora Cedeño.
  • 9. Durante los últimos cuatro años, el tema de la inclusión se ha dinamizado en las entidades territoriales (véase la sección Debate). En varias de ellas se cuenta con una oferta educativa organizada y con una clasificación de las mismas por niveles, de acuerdo con la gestión que han desarrollado para atender a estas poblaciones. Los datos del Censo de 2005 reportan 392.084 menores de 18 años con discapacidad, de los cuales 270.593 asisten a la escuela y 119,831 no lo hacen. Desde 2003 y hasta 2006, las secretarías reportan la matrícula de 81.757 estudiantes con discapacidad en 4.369 establecimientos educativos. A pesar de estos avances, indudablemente significativos, aún son grandes los retos para lograr que todos ingresen al sistema educativo y sean educados con pertinencia y calidad. Así pues, la política de inclusión de la población con discapacidad busca transformar la gestión escolar para garantizar educación pertinente a estudiantes que presentan discapacidad cognitiva, síndrome de Down y otros retardos como autismo, limitación auditiva por sordera o por baja audición, limitación visual por ceguera o por baja visión, discapacidad motora por parálisis cerebral u otra lesión neuromuscular y discapacidades múltiples, como ocurre con los sordo-ciegos. Todas estas personas tienen potencialidades para desenvolverse dentro del espacio educativo y social y pueden acceder a los diferentes niveles y grados de la educación formal de Colombia. La escuela les debe garantizar los apoyos adicionales que demandan, con el fin de que desarrollen las competencias básicas y ciudadanas, aun cuando necesiten más tiempo y otras estrategias para lograrlas. Recientemente, el Centro Virtual de Noticias (CVN), noticias sobre la Educación del Ministerio de Educación Nacional (marzo, 2014), publicó el siguiente artículo: Colombia avanza hacia una educación inclusiva con calidad. Iniciamos con la presente nota una serie sobre el tema de educación inclusiva con calidad en educación preescolar, básica y media, con el cual el Ministerio de
  • 10. Educación Nacional se encuentra comprometido para que cada vez más, los niños y las niñas tengan una mayor participación activa en la vida económica, social, política y cultural de sus comunidades. "Todos los niños/as y jóvenes del mundo, con sus fortalezas y debilidades individuales, con sus esperanzas y expectativas, tienen el derecho a la educación. No son los sistemas educativos los que tienen derecho a cierto tipo de niños/as. Es por ello, que es el sistema educativo de un país es el que debe ajustarse para satisfacer las necesidades de todos los niños/as y jóvenes". B. Lindqvist, Naciones Unidas 1994. La población con necesidades educativas especiales, es aquella que presenta discapacidad o limitaciones y capacidades o talentos excepcionales; y es gracias al esfuerzo de diversas entidades nacionales como el Ministerio de Educación Nacional, e internacionales como la Unicef, que cada vez más se promueve la inclusión de estos niños, niñas y jóvenes dentro del sistema escolar formal. Dentro del marco de las políticas internacionales se pide que las instituciones educativas se adecuen para hacer efectivos los derechos a la educación, la participación y la igualdad de oportunidades para todos los niños, niñas, jóvenes y adultos con discapacidad, por ende, tanto colegios públicos como privados tienen la obligatoriedad de recibirlos en sus planteles. "Educación inclusiva es un concepto sencillo", dice el experto canadiense Gordon L. Porter, "significa que los niños con discapacidad y otras necesidades especiales son educados en aulas de clase con sus pares de edad, en las instituciones de su comunidad o vecindario. En otras palabras, ellos van al mismo colegio al que irían sus hermanos. Se les provee acceso a las mismas oportunidades de aprendizaje como a cualquier otro niño, y reciben un apoyo para que puedan cumplir metas individuales relevantes", concluye Porter director de Iniciativas de Educación Inclusiva de la Asociación Canadiense para Vivir en Comunidad, y de la Comisión de Derechos Humanos de la provincia de New Brunswick.
  • 11. Para el Ministerio de Educación Nacional, la inclusión significa atender con calidad y equidad las necesidades comunes y específicas que presentan los estudiantes, y para lograrlo se requiere desarrollar estrategias organizativas que ofrezcan respuestas eficaces para abordar la diversidad; tener concepciones éticas que permitan considerar la inclusión como un asunto de derechos y de valores e implementar didácticas de enseñanza flexibles e innovadoras que permitan una educación personalizada en el sentido de que se reconocen estilos de aprendizaje y capacidades diferentes entre los estudiantes y, en consonancia, se ofrecen diferentes alternativas de acceso al conocimiento y se evalúan diferentes niveles de competencia. En resumen, el Ministerio considera que se deben transformar las diferentes áreas de la gestión escolar para mejorar la inclusión de niños, niñas y jóvenes. En la propuesta de estándares de nuestro país es importante que el educador comprenda los diferentes niveles en los cuales se puede desarrollar una competencia y asumir como natural, que los estudiantes van a alcanzar diferentes niveles de desarrollo de la misma. La educación inclusiva es la posibilidad de acoger en la institución educativa a todos los estudiantes independientemente de sus características personales, culturales, cognitivas y sociales. Este enfoque parte de la premisa de que todos los estudiantes pueden aprender, siempre y cuando su entorno educativo ofrezca condiciones de accesibilidad para todos y provea experiencias de aprendizaje significativas para todos los actores que allí se encuentran. Significa que todos los niños y niñas de una comunidad determinada puedan estudiar juntos.
  • 12. 4.2 MARCO LEGAL La Educación Inclusiva se fundamenta en las directrices que recogen las diferentes legislaciones, encuentros y/o congresos internacionales que, sobre temas educativos y de derechos humanos, se han celebrado desde 1948. Dichos referentes se detallan a continuación: • En la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948, art.1), se defiende que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos”. • La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948, art.26) recoge que “Toda persona tiene derecho a la educación... La educación se dirigirá al pleno desarrollo de la personalidad humana y a fortalecer el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales...” • La Convención sobre los Derechos de la Infancia (1989, art. 23.1) señala la obligación y el compromiso de los Estados con la calidad de vida de los niños y niñas con discapacidad. Los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten su participación activa en la comunidad. • También en la Convención sobre los Derechos de la Infancia (1989, art. 23.3), se establece el compromiso y la obligación de los Estados en la educación. “En atención a las necesidades especiales del niño [...] estará destinada a asegurar que el niño impedido tenga un acceso efectivo a la educación, la capacitación, los servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación, la preparación para el empleo y las oportunidades de esparcimiento y reciba tales servicios con el objeto de que el niño logre la integración social y el desarrollo individual, incluido su desarrollo cultural y espiritual, en la máxima medida posible”.
  • 13. • En las conclusiones de la Conferencia Mundial sobre Educación para todos (Tailandia, 1990), se lee que “existe un compromiso internacional para satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje de todos los individuos, y a universalizar el acceso y promover la equidad”. • La Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales (Salamanca, 1994) proclama que todos los niños de ambos sexos tienen un derecho fundamental a la educación, y debe dárseles la oportunidad de alcanzar y mantener un nivel aceptable de conocimientos. Cada niño tiene características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje que le son propios, y los sistemas educativos deben ser diseñados y los programas aplicados de modo que tengan en cuenta toda la gama de esas diferentes características y necesidades. Se trata de un acuerdo internacional para universalizar el acceso a la educación de todas las personas sin excepción y promover la equidad. Las personas con necesidades educativas especiales deben tener acceso a las escuelas ordinarias, que deberán integrarlos en una pedagogía centrada en el niño, capaz de satisfacer esas necesidades. Las escuelas ordinarias con esta orientación integradora representan el medio más eficaz para combatir las actitudes discriminatorias, crear comunidades de acogida, construir una sociedad integradora y lograr la educación para todos; además, proporcionan una educación efectiva a la mayoría de los niños, mejoran la eficiencia y, en definitiva, la relación costo-eficacia de todo el sistema educativo. • El Informe de la UNESCO sobre la Educación para el siglo XXI (1996), en un afán por democratizar la educación, propone un nuevo modelo en el que se ofrecen las mismas oportunidades a todos los individuos de una misma comunidad. “La Educación Inclusiva implica que todos los niños y niñas de una determinada comunidad aprendan juntos independiente de sus condiciones personales, sociales o culturales, incluso aquellos que presentan discapacidad.” (UNICEF, UNESCO). • Foro Consultivo Internacional para la Educación para Todos (2000), en Dakar (Senegal). Tras un análisis desalentador sobre el estado de la educación en el mundo y la repercusión que la economía tiene en el
  • 14. desarrollo de la misma, se intenta poner freno al deterioro y falta de inversiones que caracterizan las políticas educativas en la práctica totalidad de los países del mundo. Convencidos de que la riqueza personal genera riqueza al país, que ésta tiene lugar a través de la educación y el desarrollo humano, y de que los avances en materia de derechos son reales y fruto del cambio social y de la cooperación internacional, se acuerda impulsar la educación como generadora de estos progresos, y se la reconoce como un derecho básico e irrenunciable de todo individuo, sea cual sea su edad, sexo, raza, credo, condición social,… Se reconoce la necesidad de realizar inversiones en materia educativa para extender la educación básica y así fortalecer la superior, así como la investigación científica y tecnológica, que nos lleve a alcanzar un desarrollo autónomo a todos los países. “Comprendiendo que la educación es capaz de ayudar a garantizar un mundo más seguro, más sano, más próspero y ambientalmente más puro, y que simultáneamente contribuye al progreso social, económico y cultural, a la tolerancia, y a la cooperación internacional. Reconociendo la necesidad de dar a las generaciones presentes y venideras una visión ampliada y un renovado compromiso con la educación básica para todos, que expresen el grado y la complejidad del desafío.” Establecen un propósito común: “LA SATISFACCION DE LAS NECESIDADES BÁSICAS DE APRENDIZAJE”. El derecho a la educación es un derecho humano de carácter universal. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (en adelante DUDH) estipula en su artículo 26 que toda persona tiene derecho a la educación. Ésta tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Así mismo, el derecho a la educación es un derecho potenciador de otros derechos. Es un derecho necesario para el goce efectivo de otros derechos humanos tales como: la dignidad humana (artículo 1 de la C.P) el de libertad de expresión, al libre desarrollo de la personalidad (Artículo 16 de la C.P.) y derecho a la igualdad (igualdad ante la ley, igualdad material, igualdad de oportunidades, no discriminación). En el ordenamiento jurídico colombiano, en palabras de la Corte Constitucional, éste es un derecho fundamental de tipo prestacional. Es mediante
  • 15. la educación -en sus distintas formas y modalidades- que el ser humano, en buena medida, deviene en ser social, en persona, en hombre o mujer, y es por tanto, a través de ella que adquiere las condiciones y capacidades necesarias para vivir en sociedad. Por lo anterior, la educación, en todas sus manifestaciones, es la vía por excelencia de la socialización humana, es decir, la vía de su conversión en un ser social. Por un lado, es un derecho fundamental de todos los niños, razón por la cual es de exigibilidad inmediata. Por otra parte, es un derecho social de garantía progresiva, lo cual implica la inversión del mayor número de recursos posibles a disposición del Estado para garantizar el goce efectivo del derecho. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha establecido cuatro aspectos fundamentales que comprenden el núcleo esencial del derecho a la educación 1) la accesibilidad; 2) la disponibilidad; 3) la aceptabilidad; y 4) la adaptabilidad. Del mismo modo, tal marco lo constituye, el carácter de fundamental que adquiere el derecho a la educación cuando se refiere a niños, niñas y adolescentes (arts.44 y 45), y la especial protección provista por la constitución a la población con discapacidad (Arts. 47, 54 y 68). A pesar de que la Constitución Política de Colombia no hace referencia expresa al derecho a la educación inclusiva, dicho derecho se encuentra contemplado bajo una interpretación sistemática de los artículos citados y el mandato de igualdad material y de la necesidad del desarrollo de las medidas afirmativas para lograrla (Art. 13). Dentro de su jurisprudencia, la Corte Constitucional, se ha referido en numerosas ocasiones a la protección del derecho a la educación de las personas con discapacidad. Tales pronunciamientos, han sido en su mayoría fallos de Revisión de Acciones de Tutela de otros Jueces. No obstante, las decisiones de la Corte no han optado por proteger de forma certera la educación inclusiva. En algunos casos la apertura interpretativa que ofrecen los artículos de la Constitución Política que garantizan el derecho a la educación y los derechos de la persona con discapacidad, ha servido incluso para proteger las manifestaciones y prácticas segregadas o integradas. Poco después de la entrada en vigencia de la Constitución Política de Colombia, la Corte Constitucional profirió la sentencia T – 429 de 1992. En dicha sentencia, se reconoció que los artículos 13 y 44 de la Carta de Derechos implicaban un cambio
  • 16. de paradigma en la educación de personas con discapacidad. Se consideró que la educación segregada puede abrir las puertas a la autonomía de cada persona y a la vida en sociedad de las personas con discapacidad. Sin embargo, la simple existencia de la educación segregada no puede convertirse en el argumento para excluir a los niños con discapacidad y negarles la posibilidad de socializar desde la primera infancia edad con sus contemporáneos en los ambientes escolares. “La educación especial, pues, tiene dos perspectivas: por una parte es innegable su necesidad en cuanto forma particular de abrir la puerta a una vida individualmente productiva y socialmente útil, a quienes padecen de limitaciones. Por otra parte la existencia de la educación especial y el reconocimiento de su necesidad no puede convertirse en un argumento para excluir a los niños de la posibilidad de socializarse desde temprana edad con sus coetáneos en los ambientes escolares en los cuales ellos constituyen sus formas de relación y socialización (…) En estas condiciones, la educación especial ha de concebirse sólo como un recurso extremo para aquellas situaciones que, previa evaluación científica en la cual intervendrán no sólo los expertos sino miembros de la institución educativa y familiares del niño con necesidades especiales, se concluya que es la única posibilidad de hacer efectivo su derecho a la educación”. En este orden de ideas, la Corte en la sentencia T – 429 de 1992, concluye que la educación especial (entendida como educación especial segregada) ha de concebirse sólo como un recurso extremo para aquellas situaciones que, previa evaluación científica en la cual intervendrán no sólo los expertos, sino miembros de la institución educativa y familiares del niño con necesidades especiales, se concluya que es la única posibilidad de hacer efectivo su derecho a la educación. La mencionada Sentencia ha servido de base para generar una serie de decisiones sobre el carácter excepcional de la educación segregada para las personas con discapacidad; sentencias que a su vez, han dispuesto de una serie de sub-reglas para que la Corte determine en cada caso concreto, cuando se hace indispensable la educación segregada, cuando constituye un derecho que asiste a los niños con discapacidad y cuando dicha medida resulta discriminatoria en clara contravía de los artículos 13 y 44 de nuestra Constitución Política. La Sentencia T – 826 de
  • 17. 2004 recogió las sub reglas que utilizó la Corte Constitucional, particularmente en la Sentencia T – 620 de 1999, para determinar en qué casos se debe preferir la educación especial segregada sobre la inclusiva. Así las cosas: “La educación especial se concibe como un recurso extremo, esto es, se ordenará a través de la acción de tutela sólo cuando valoraciones médicas, psicológicas y familiares la consideren como la mejor opción para hacer efectivo el derecho a la educación del menor. Si está probada la necesidad de una educación especial, ésta no puede ser la excusa para negar el acceso al servicio público educativo. En caso de que existan centros educativos especializados y que el menor requiera ese tipo de instrucción, esta no sólo se preferirá sino que se ordenará. Ante la imposibilidad de brindar una educación especializada, se ordenará la prestación del servicio público convencional, hasta tanto la familia, la sociedad y el Estado puedan brindar una mejor opción educativa al menor discapacitado (sic)”. Si bien la Corte Constitucional considera que la educación especial debe ser excepcional, y que la regla general debe ser un modelo de educación inclusivo, en la práctica no ha habido una protección plena de la educación inclusiva. La 48ª reunión de la Conferencia Internacional de Educación (CIE) organizada por la Oficina Internacional de la Educación de la UNESCO (OIE) se celebrará en Ginebra del 25 al 28 de noviembre de 2008 en torno al tema: "La educación inclusiva: el camino hacia el futuro" En su carta de invitación, el Director General de la UNESCO pone de relieve la estrecha vinculación del tema de esta reunión con el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, así como de los objetivos de la Educación para Todos (EPT). Recuerda que el Grupo de Alto Nivel sobre la Educación para Todos, reunido en Dakar en diciembre de 2007, reafirmó que el logro de los objetivos de la EPT supone llegar a esos niños, jóvenes y adultos, especialmente las muchachas y las mujeres que hasta ahora han estado excluidos de las posibilidades de la educación básica. Concluye por otra parte que una educación de calidad, en consecuencia, es una educación inclusiva, ya que se propone velar por la participación plena de todos los educandos, con independencia de su sexo, condición económica o social, origen étnico o racial,
  • 18. situación geográfica, necesidades especiales de aprendizaje, edad o religión. Formular y aplicar políticas que estén realmente orientadas a una "educación inclusiva" exige importantes esfuerzos en todo el mundo y en general representa un verdadero reto. Los ministros de educación y otros protagonistas del sistema educativo pueden, sin embargo, basar su actuación en varios marcos jurídicos internacionales más o menos recientes. He aquí algunos de los principales hitos : - 1948: La Declaración Universal de Derechos Humanos garantiza el derecho de todos los niños a recibir una básica y gratuita (artículo 26); - 1960: La Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza; - 1989: La Declaración de los Derechos del Niño reconoce además el derecho de todos los niños a recibir una educación sin discriminación por motivo alguno; - 1990: La Declaración Mundial sobre Educación para Todos (Jomtien) refuerza la idea de una educación básica para todos, que satisfaga las necesidades básicas de aprendizaje; -1993: Las Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad de las Naciones Unidas establecen no sólo la igualdad del derecho a la educación para todos los niños, jóvenes y adultos discapacitados, sino que declaran además que la educación debería impartirse en "entornos integrados" y en el "marco de las estructuras comunes de educación". - 1994: La Declaración de Salamanca y el marco de acción para las necesidades educativas especiales estipulan (párrafo 3) que "las escuelas deben acoger a todos los niños, independientemente de sus condiciones físicas, intelectuales, sociales, emocionales, lingüísticas u otras. Deben acoger a niños discapacitados y niños bien dotados, a niños que viven en la calle y que trabajan, niños de poblaciones remotas o nómadas, niños de minorías lingüísticas, étnicas o culturales y niños de otros grupos o zonas desfavorecidos o marginados"; - 2000: El Marco de Acción del Foro Mundial sobre la Educación (Dakar) y los Objetivos de Desarrollo del Milenio exigen que todos los niños tengan acceso a una educación primaria obligatoria y gratuita de aquí al año 2015; asimismo, se hace hincapié en los grupos marginados y las niñas; - 2001: La UNESCO inicia un Programa emblemático de la EPT sobre el derecho a la educación de personas con discapacidades: Hacia la Inclusión; - 2006 : El 13 de
  • 19. diciembre, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad cuyo artículo 24 se dedica especialmente a la educación (ausencia de discriminación, igualdad de oportunidades; un sistema de educación inclusivo a todos los niveles; educación primaria inclusiva; enseñanza a lo largo de la vida, con miras a desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima y reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad humana; desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad; hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre; con el objetivo de la plena inclusión, etc.).
  • 20. 4.3 MARCO TEÓRICO Al tema de investigación, es necesario apoyarse en teorías y perspectivas relacionadas con el tema, La educación debe formar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover la paz. Desde la perspectiva sociológica, existen razones sociales y morales que fundamentan a la Educación Inclusiva desde el marco del derecho humano, la escuela implica educación de calidad y contribuye al buen sentido social. La Educación Inclusiva entonces, posee un sentido tanto educativo como social al tiempo que rechaza que los sistemas educativos tengan derecho sólo a cierto tipo de niños. Por ello, se pide que cada país diseñe un sistema escolar capaz de adaptarse a las necesidades de todos los niños creando escuelas inclusivas (Fernández, 2003). El respeto a ser diferente tiende las bases para eliminar todo tipo de discriminación y barreras del aprendizaje. El verdadero cambio en el pensamiento será reflejado en el cambio de actitud. Este será el compromiso de la educación y del compromiso social: dar respuesta a las necesidades, y reducir o eliminar los problemas sociales mediante el acceso a una educación para todas las personas. El respeto a la diversidad empieza por comprenderla, aceptarla como cotidiano y comprender sus orígenes. La educación es el puente que “añade” a la tolerancia, a la solidaridad y a la participación de las personas en el quehacer humano, especialmente para los alumnos, el vigor requerido para extraer de la diversidad cultural, toda la riqueza que en ella subyace. Se requiere de una educación democrática e intercultural que fomente el respeto por la diversidad, formando personas que la valoren y mediante ello, permita conformar la propia identidad. Es por ello que las escuelas se convierten en agentes de cambio social para inculcar el valor de la diversidad en las políticas, los
  • 21. programas educativos, el currículo, las estrategias de enseñanza-aprendizaje, es decir, se requiere un cambio de paradigma educativo y filosófico. Para Arnáiz (2005) “lo verdaderamente importante es que impregnen y cambien los pensamientos y actitudes y se traduzcan en nuevos planteamientos de solidaridad, de tolerancia y en nuevas prácticas educativas que traigan consigo una nueva forma de enfrentarse a la pluralidad y a la multiculturalidad del alumnado” (p. 43). Se construye así la capacidad que debe tener la escuela inclusiva de aceptar a todos los alumnos que deseen participar en ella y de este modo, reducir la exclusión de los mismos. Desde el ámbito psicológico, en los centros educativos donde se valora la diversidad no se excluye a ningún estudiante, se busca crear un clima en el que éstos se sientan acogidos, aceptados y apoyados. Para Arnaiz (2005) “se respetan las capacidades de cada alumno y se considera que cada persona es un miembro valioso que puede desarrollar distintas habilidades y desempeñar diferentes funciones para apoyar a los otros”. De esta manera nadie es rechazado o segregado, se rescata lo positivo de la persona en lugar de etiquetarla por su dificultad, fortaleciendo así la autoestima de los estudiantes y la satisfacción por los logros. Se fomentan valores tales como el sentido de pertenencia a un grupo, la valía personal, la cooperación, la tolerancia, el respeto mutuo y otros; favoreciendo simultáneamente las relaciones interpersonales y por consiguiente el proceso de aprendizaje. Concede a la persona la oportunidad de conocerse mejor, lo que incide directamente en el desarrollo de su personalidad y autoconcepto. Es de consenso que mediante la educación se transmiten y ejercitan los valores que hacen posible la vida en sociedad y el respeto a los derechos humanos, avanzando en la lucha contra la discriminación y la desigualdad. Los valores importantes que subyacen en una escuela inclusiva son entre otros la aceptación, la pertenencia a la comunidad, las relaciones personales, la interdependencia, y la independencia (Pearpoint y Forest citados en Arnaiz, 2005). Los valores se aprenden de las relaciones humanas (la familia, la escuela y la sociedad), con el aporte de las experiencias y los diversos contextos que modelan
  • 22. las actitudes de los discentes para su futura convivencia en un modelo de inclusión social. Es importante tomar en cuenta que cuando hablamos de inclusión, no debemos suponer que la persona está “verdaderamente incluida”, porque así lo creemos, sino que debemos lograr que realmente lo sienta. Educar en valores y actitudes, destrezas intelectuales, sociales y afectivas permiten al estudiante situarse en una sociedad caracterizada por la multiculturalidad. Para lograr el derecho a la educación se requiere una educación básica de calidad para todas las personas. Según Meléndez (2006), actuar con equidad con respecto a la provisión de oportunidades educativas no alude a una educación estandarizada. Todo lo contrario, refiere a las condiciones de acceso y calidad que deben caracterizar a una educación lo suficientemente diversificada como para ser aprovechada realmente por todos. Desde una perspectiva pedagógica la Educación Inclusiva se fundamenta en el enfoque constructivista, desafiando las prácticas pedagógicas tradicionales de la educación y asegurando que los estudiantes tengan acceso a un aprendizaje significativo. Actualmente se requiere de escuelas inclusivas que permitan considerar el pensamiento y las necesidades del alumno, que fomente la construcción de una ciudadanía, del binomio inclusión –exclusión social y la valoración y aceptación del otro distinto. Se requiere de una renovación educativa que acoja las diferencias de los estudiantes y reconocerlas como fuente y recurso de aprendizaje. Las destrezas que necesitan los docentes para conducir procesos educativos de inclusión, requieren de una permanente comunicación entre estudiantes y familiares; creación de ambientes positivos en el aula que faciliten el aprendizaje autónomo y la reflexión crítica permanente sobre la práctica, ya que quien enseña aprende al enseñar y quien aprende enseña al aprender. Tal vez resulte descabellado o hasta utópico para muchos el hecho de trabajar incluyendo y, aún más, atendiendo la diversidad. Para lograrlo sólo basta dar un primer paso y querer hacerlo. Para su realización es necesario fortalecer las experiencias de aprendizaje, establecer contacto entre diferentes, retomar el papel
  • 23. como docentes y parte importante, ser la figura central en este proceso, pues “la inclusión es un proceso orientado a proporcionar una respuesta apropiada a la diversidad de características y necesidades educativas del alumno a incrementar sus niveles de logro…” (Revista Latinoamericana de Educación Inclusiva). Para dar respuesta a la diversidad dentro del aula, existen diversas estrategias que posibilitan una atención educativa más integradora para los alumnos. Algunas estrategias en los procedimientos didácticos y en las actividades son:  Buscar la motivación del alumno procurándole recompensas adecuadas y evitar que se produzcan errores de forma reiterada.  Relacionar los nuevos aprendizajes con el conocimiento previo que tiene el alumno.  Que el alumno vea los beneficios que en su realidad práctica tiene la actividad (principio de utilidad).  Antes de realizar una nueva actividad es conveniente dar una información precisa sobre lo que se va a trabajar.  Adaptar materiales.  Desarrollar actividades de aprendizaje cooperativo. El aprendizaje cooperativo entre compañeros permite, entre otras cosas:  Mejorar el propio aprendizaje  Facilitar el aprendizaje de una segunda lengua  Aprender a dar y pedir ayuda  Distribuir el éxito y la motivación en el aprendizaje.
  • 24. 4.4 MARCO CONCEPTUAL Para efectos, de comprender en qué consiste la apuesta por un modelo de educación inclusiva para personas con discapacidad, es preciso tener claridad sobre conceptos básicos alrededor del tema. En este capítulo se desarrolla un marco conceptual sobre la discapacidad y los modelos de educación que existen para las personas con discapacidad. Por lo tanto, se abordarán los conceptos de educación especial segregada, educación integrada y educación inclusiva, que a lo largo de este texto se utilizaran para determinar. La discapacidad en los términos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad debe entenderse como aquellas deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, pueden impedir la participación plena y efectiva de las personas en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás2. La educación especial segregada, sin embargo, es la oferta educativa exclusiva para personas con discapacidad. Al principio, cuando aparece a mediados del siglo XIX, la educación especial era una forma de atención de medico pedagógica para los menores clasificados como “anormales (sic)” a partir de pruebas de coeficiente intelectual. Esto en cuanto la discapacidad era concebida exclusivamente como una enfermedad que debía ser tratada. Por lo tanto la rehabilitación de la persona con discapacidad tenía tano un componente médico como pedagógico. La educación especial nace como un tratamiento médico enfocado a la rehabilitación de la persona con discapacidad3. La inclusión constituye el proceso de responder a la diversidad de necesidades de todos los estudiantes y coadyuvar a reducir la exclusión que pueden recibir por los patrones culturales y estereotipos que prevalecen en la educación y en la cultura 2 Convención sobrelos Derechos de las Personas con Discapacidad.Artículo 1°. 3 Alexander Yarza,Lorena Rodríguez. Educación y pedagogía de la infancia anormal.1870 –1940. Cooperativa Editorial Magisterio.Grupo de la Historia dela PrácticaPedagógica. Septiembre de 2007
  • 25. de reconocimiento a la igualdad en el ejercicio de todos los derechos, sin importar el género, la condición social, la etnia, la discapacidad, la preferencia sexual o la edad. La Educación Inclusiva no es un concepto singular, sino que supone la consideración de una serie de indicadores o descriptores en torno al mismo, los cuales deben desembocar en prácticas y proyectos orientados a conseguir escuelas con carácter inclusivo. Por ello quizás sería más adecuado hablar de perspectivas sobre la inclusión y la Educación Inclusiva. Para lograr escuelas inclusivas se requiere de un cambio en el paradigma educativo, desde integración hacia la inclusión; enmarcado en el derecho a la educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación. Es habilitar escuelas para que atiendan a toda la comunidad como parte de un sistema inclusivo, desde las políticas en general, hasta la reestructuración educativa y el contexto sociocultural. La inclusión es entonces, una manera distinta de entender la educación, implica pensar en una nueva filosofía, con nuevas formas de analizar la cotidianidad escolar, de trabajar y de convivir, es decir, requiere un conjunto de acciones escolares, sociales y de la comunidad que eliminen las barreras que impiden la participación de los estudiantes en el aprendizaje, aceptando y valorando las diferencias individuales.
  • 26. 5. METODOLOGÍA 5.1 MÉTODO DE INVESTIGACIÓN Hay que tener en cuenta que el enfoque de la investigación es un proceso sistemático, disciplinado y controlado y está directamente relacionada a los métodos de investigación en este contexto es el método inductivo generalmente asociados con la investigación cualitativa para analizar las perspectivas que se le está dando a través del tema en mención y su incidencia ante la sociedad. En nuestra investigación, el método que utilizamos es investigación cualitativa, donde analizamos la realidad desde un contexto natural tratando de identificar las herramientas de la educación inclusiva que garantizan el derecho a la educación en el distrito de Barranquilla. A través, de las distintas técnicas de investigación como fueron, la observación, en la búsqueda de textos y/o experiencias personales que describen los problemas que son materia de estudio e investigación que permiten a su vez, la recolección de datos.
  • 27. 5.2 TIPO DE INVESTIGACIÓN El tipo de investigación es cualitativa descriptiva, que por medio de la investigación que realizamos, analizamos y evaluamos ciertas características de una situación particular, la educación inclusiva en la ciudad de Barranquilla, que afecta a la población creando impacto sobre esta misma. El propósito del investigador es describir situaciones y eventos. Esto es, decir cómo es y se manifiesta determinado fenómeno. Los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades importantes de personas, grupos, comunidades o cualquier otro fenómeno que sea sometido a análisis (Dankhe, 1986). Miden o evalúan diversos aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno o fenómenos a investigar. Desde el punto de vista científico, describir es medir. Esto es, en un estudio descriptivo se selecciona una serie de cuestiones y se mide cada una de ellas independientemente, para así -y valga la redundancia-- describir lo que se investiga. El proceso de la descripción no es exclusivamente la obtención y la acumulación de datos y su tabulación correspondiente, sino que se relaciona con condiciones y conexiones existentes, prácticas que tienen validez, opiniones de las personas, puntos de vista, actitudes que se mantienen y procesos en marcha. Los estudios descriptivos se centran en medir los explicativos en descubrir. El investigador debe definir que va a medir y a quienes va a involucrar en esta medición
  • 28. 5.3 POBLACIÓN Y MUESTRA La población, es el conjunto total de valores posibles que toma una característica de un conjunto de individuos o elementos. Para efectos de la presente investigación, nuestra población la componen todos los ciudadanos de nuestra ciudad, Barranquilla. Una muestra está constituida por una parte de los elementos que componen el universo, lo que quiere decir que es representativa. El tamaño de la muestra, no se decide arbitrariamente, tomando un porcentaje determinado de elementos de la población. Una muestra es adecuada cuando es lo suficientemente grande para permitir cierto grado de confianza.
  • 29. 6. FUENTES DE OBTENCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN En relación con la fuente que suministra los datos, ésta puede ser una fuente primaria, si el dato es tomado de su lugar de origen y fuente secundaria, si el dato no es tomado directamente, sino que se aprovechan aquellos previamente recogidos por otras personas. Las fuentes que servirán de provecho en este estudio de investigación son: Fuentes Primaria: Formato de encuesta dirigido a la población objeto del presente trabajo de investigación. Fuentes secundarias: permitiéndonos obtener información directamente de la realidad de este problema por medio de datos recopilados tanto de forma escrita, haciendo investigaciones realizadas en Internet y en libros especializados en el tema tomados como base de consulta. Las fuentes que utilizamos para nuestra investigación fueron tomadas por medio de la observación y experiencias ciertamente personales que nos llevaron a un análisis completo de la realidad que se vive.
  • 30. 7. IMPACTO INTERNO Y EXTERNO Impacto interno Tomando como referencia los parámetros de nuestra institución en su preocupación por formar un ser humano integral que tenga la capacidad para transformar su entorno local y regional, con visiones que se podrían elevar al ámbito Nacional e internacional, ha implementado los proyectos de investigación para que los estudiantes vallan haciendo parte de la problemática social que se presenta a diario en nuestro país, de tal forma que puedan brindarle soluciones y asesorías a los directamente afectados, por lo tanto, a través de estos proyectos de investigación se busca a nivel institucional sensibilizar a cada uno de los individuos que conforman la Corporación Universitaria Rafael Núñez con las implicaciones que ha generado la búsqueda de las herramientas que implementaran las escuelas de la ciudad de Barranquilla en conjunto con la sociedad desde los distintos ámbitos la educación inclusiva. Impacto externo De acuerdo a la misión y visión de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, que busca a través de los proyectos académicos de investigación que sus estudiante se preocupen desde muy temprano en la búsqueda de soluciones como alternativas a las distintas problemáticas que se presentan en las sociedades hoy en día, soluciones que no deben quedarse solo dentro del claustro educativo, sino por el contrario, que trasciendan a las esferas de las personas que son afectadas.
  • 31. 8. CRONOGRAMA ACTIVIDADES FEBRERO MARZO ABRIL MAYO Búsqueda de información fuente primaria: observación, encuestas y entrega de folletos X X X Búsqueda de información fuente secundaria: internet y consultas bibliográficas X X X Tabulación o sistematización de la información X
  • 32. 9. PRESUPUESTO PERSONAL $ 90.000,00 MATERIALES $ 100.000,00 SISTEMATIZACIÓN/PROCEDIMIENTO $ 180.000,00 TRANSPORTE/GASOLINA $ 200.000,00 CONSULTASBIBLIOGRÁFICAS $ 75.800,00 OTROS GASTOS/ IMPREVISTOS $ 45.250,00
  • 33. 10.BIBLIOGRAFÍA Crosso, C. The right education of persons with disabilities: promoting the concept of inclusive education. En Revista Latinoamericana de Educación Inclusiva. El Derecho a la Educación de personas con discapacidad: impulsando el concepto de Educación Inclusiva. Declaración mundial “Educación para todos”, Jomtien, Tailandia, 1990. Handerson, N y Milstein, M (2005) Resiliencia en la escuela. Buenos Aires: Editorial Paidós. Parrilla, Latas, A. (2002). “Acerca del origen y sentido de la educación inclusiva”, en Revista de Educación, núm. 327, pp. 11-29. Revista Latinoamericana de Educación Inclusiva, septiembre 2009/Número 2/volumen 3. UNESCO (2005). Informe mundial Hacia las sociedades del conocimiento. París. http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/article-168443.html http://www.dialogoeducacionsuperior.edu.co/1750/articles- 327647_documento_tres.pdf PALACIOS Agustina y ROMAÑACH Javier, El modelo de la diversidad. La bioética y Los Derechos Humanos como herramientas para alcanzar la plena dignidad en la diversidad funcional, Diversitas, 2007. PARRI Janne, Quality in higher education, en Management, n° 2 (11), 2006, p. 107- 111.
  • 34. PAUGAM Serge (dir.), L’exclusion, l’état des savoirs, La Découverte, Paris, 1996. PARRA Carlos, “Educación inclusiva: un modelo de educación para todos”, en Revista ISEES, n°8, diciembre 2010, p. 73-84. PERRY Santiago, “La pobreza rural en Colombia”, en RIMISP Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural, Diciembre 2010. PUTNAM Robert, Making Democracy Work: civic traditions in modern Italy, Princeton University Press, Princeton, 1993. RAMÍREZ Rodolfo & CHÁVEZ Patricio, La evaluación de los programas compensatorios. Notas para una política de equidad educativa, CONAFE, México, 2006. ROSANVALLON Pierre, “Lectura inaugural en el Collège de France”, marzo 2001. Disponible en http://www.franceculture.fr/emission-les-rencontres-de-petrarque- ete-11-lecon-inaugurale-par-pierre-rosanvallon-2011-07-30.html. Consultado el 20 de marzo de 2013. RODRÍGUEZ María José, Modelos socio-demográficos. Atlas social de la ciudad de Alicante, Tesis doctoral en sociología, Universidad de Alicante, diciembre de 2000, p. 93-158. SÁEZ Rafael, “La educación intercultural”, en Revista de educación, n°339, 2006, p.859-881. SANDOVAL M & LOPEZ M. L., et. al., “Index for inclusion. Una guía para la evaluación y mejora de la educación inclusiva”, en Contextos Educativos, Universidad de la Rioja, n°5, 2002, p. 227-238.
  • 35. SARTO María del Pilar & VENEGAS María Eugenia (dir.), Aspectos clave de la educación inclusiva, INICO, Salamanca, 2009. SEN Amartya, “Social exclusion: concept, application and scrutiny”, en Social Development Papers No. 1, Office of Environment and Social Development, Asian Development Bank, juin 2000, p. 1-54. STUART MILL John, Inaugural Address at St. Andrews, Longman, Green, Reader and Dyer, Londres, 1867.