1. LEY 99 DE 1993
Juan Carlos Obando Calderón
Cód. 2010192844
2. CREACIÓN DE LA LEY
Esta ley fue creada bajo el mandato del ex
presidente Cesar Gaviria Trujillo, el presidente
del senado de la república José Ramón Elías
Nader, el secretario del senado Pedro
Pumarejo Vega, el presidente de la cámara de
representantes Francisco José Jattin Safar, el
secretario de la cámara de representantes
Diego Vivas Tafur, fue creada el 22 de diciembre
de 1993.
3. EN QUE CONSISTE LA LEY 99
Articulo 1: principios generales
ambientales este articulo contiene
catorce principios que tratan de el
proceso de desarrollo económico y social
del país el cual va orientado por el
desarrollo sostenible, y establecen el
cuidado del patrimonio nacional, se
menciona de la creación del SINA
(sistema nacional ambiental).
4. Articulo 2 al Articulo 9
Estos artículos hablan de objetivos de ministerio
y su función, del concepto de desarrollo
sostenible, del SINA, del ordenamiento
ambiental del territorio, del CONPES (consejo
Nacional de política económica y social)
Articulo10 al 12 habla de estructura
administrativa del medio ambiente, consejo del
gabinete, funciones y dependencias del
ministerio.
5. Del articulo 23 al 41 nos habla de naturaleza
jurídica, dirección y administración, asamblea
corporativa, del consejo directivo y funciones,
creación de corporaciones autónomas
regionales, de la corporación para el desarrollo
sostenible del norte sur y oriente del Amazonas,
de la Sierra nevada, San Andrés y providencia,
macarena choco Uraba de la Mojona y el San
Jorge.
Del articulo 42 al 48 declara sobre las tasas
retributarias y compensatorias, tasas por
utilización de aguas, transferencia del sector
eléctrico, gasto publico ambiental.
6. Del articulo 49 al 62 habla declara las
licencias ambientales obligatorias, del
estudio de impacto ambiental,
procedimiento para entrega de licencias,
suspensión de licencias.
Del articulo 63 al 68 declara los principios
normativos generales, armonía regional,
gradación normativa, rigor subsidiario
funciones de los municipios y distritos,
funciones de los territorios indígenas.
7. Artículos del 69 al 76 declara el derecho a
intervenir en los procedimientos
administrativos ambientales, del Trámite
de las peticiones de intervención de la
publicidad de las decisiones sobre el
Medio Ambiente, de las Audiencias
Públicas Administrativas sobre decisiones
ambientales en trámite de la intervención
del Ministro del Medio Ambiente en los
Procedimientos Judiciales por Acciones
populares.
8. Del articulo 77 al 82 declara el mandato de ejecución,
procedimiento de acción de cumplimiento, desistibilidad.
Del articulo 83 al 86 declara las atribuciones de la
policía, sanciones y denuncia, tipos de sanciones.
Comprende el articulo 97 que decreta que se debe velar
por la defensa del medio ambiente de acuerdo con lo
previsto por el art 277 de la constitución política
(funciones del procurador)
Intervenir en las actuaciones administrativas y de
policía, en defensa del medio ambiente.
Interponer directamente, o a través del Defensor del
Pueblo, las acciones previstas por la Constitución
Política y la ley para la defensa del medio ambiente y de
los recursos naturales renovables.
9. Del articulo 98 al 100 liquidación de
INDEREMA (instituto nacional de recursos
naturales renovables), prestaciones y
pensiones, garantía al personal.
Del articulo 101 al 118;del servicio
ambiental, cuerpo especializado de la
policía, apoyo de las fuerzas armadas,
funciones de ingeominas, adquisición de
áreas de interés para acueductos
municipales.