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República Bolivariana de Venezuela
Instituto Universitario Politécnico
“Santiago Mariño”
Extensión Maturín.
Deontología de un Ingeniero
Profesora. Bachilleres.
Ing. MARLENES ORTIZ. Juan Rodriguez
Ci 23533245
Maturín, 2017.
Introducción.
El siguiente trabajo presentado a continuación habla sobre diversos temas
adyacentes o por si algunas de las partes importantes de lo que se conoce como la
Deontología de un Ingeniero.
En este caso de ser recopilo información acerca de básicamente lo que se conoce
como la ingeniería del trabajo, sus conceptos generales, sus objetivos e infinidad de
subíndices los cuales reflejan el conocimiento obtenido y a estudiar.
Sin más nada que agregar el logro que se está buscando al realizar este trabajo
es el conocimiento adquirido para nuestro grupo estudiantil. Y se espera que al leer este
trabajo otros similares puedan enriquecer su conocimiento en el ámbito la Ética y la
Deontología de un Ing. Industrial.
1. Conceptualización.
Ética: La ética es la rama de la filosofía que estudia lo correcto o equivocado
del comportamiento humano, la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir.
Además, tiene como centro de atención las acciones humanas y aquellos aspectos de
las mismas que se relacionan con el bien, la virtud, el deber, la felicidad y la vida
realizada. El estudio de la ética se remonta a los orígenes mismos de la filosofía en la
Antigua Grecia, y su desarrollo histórico ha sido amplio y variado.
La ética estudia qué es un acto moral, cómo se justifica racionalmente un
sistema moral, y cómo se ha de aplicar posteriormente a nivel individual y a nivel
social. En la vida cotidiana constituye una reflexión sobre el hecho moral, es decir
busca las razones que justifican la adopción de un sistema moral u otro.
Ética Profesional: Los términos ética profesional hacen referencia al conjunto
de normas y valores que hacen y mejoran al desarrollo de las actividades
profesionales.
La ética profesional es la encargada de ir marcando las pautas éticas del
desarrollo laboral mediante valores universales que posee cada ser humano. Aunque
ésta se centre en estos valores, se especifica más en el uso de ellos dentro de un
entorno plenamente laboral.
Básicamente, la ética laboral es fundamental en cualquier persona que desee trabajar,
ya que ésta implica la práctica de valores como la responsabilidad, puntualidad,
estudio, constancia, carácter, concentración, formación, discreción, entre otras.
Deontologismo: Este término proviene del griego déon que significa “lo
obligatorio, lo conveniente, lo justo, lo adecuado”. La deontología, por tanto, es
aquella disciplina que estudia los deberes. Existen autores que han hablado de
“ciencias deontológicas” y de “ciencias ontológicas”. Éstas últimas estudian el ser
como es, mientras que las primeras lo estudian cómo debería ser. Un código
deontológico es aquel conjunto de reglas de una profesión para regular su práctica.
Contiene el conjunto de normas que orientan la buena praxis profesional, tanto en
aquello que se refiere a los posibles clientes o usuarios como en lo relativo a la
relación con los colegas
La palabra deontología deriva de las palabras "deon" (deber) y "logos"
(ciencia), por lo tanto, la deontología es la ciencia o estudio del deber, por el deber
mismo. Su principal representante es Inmanuel Kant (1724-1804).
El deontologismo es un marco normativo cuyo objetivo es decirnos las
acciones que debemos y no debemos hacer, dando prioridad al respeto de unas
normas, independientemente de las consecuencias que respetarlas suponga (el fin no
justifica los medios). Por ello el deontologismo es contrario al consecuencialismo,
según el cual lo importante es que se logren las mejores consecuencias (el fin justifica
los medios).
Deontología: La deontología es aquella parte de la ética que trata de los
deberes, especialmente de los que rigen actividades profesionales, así como el
conjunto de deberes relacionados con el ejercicio de una profesión. A su vez, es parte
de la filosofía moral dedicada al estudio de las obligaciones o deberes morales.
El término fue acuñado por Jeremy Bentham, en su obra Deontología o
ciencia de la moral, quien la define como la rama del arte y de la ciencia que tiene
como objetivo actuar de forma recta y apropiada, se refiere a la exposición de -lo que
es correcto- y -lo que debería ser-. Él también considera que la base de este término
se sustenta en los principios de libertad y utilitarismo. Por su parte, Rossini establece
la deontología no del ser, sino del deber-ser, es decir, lo que se debe de ser para poder
considerarse perfectos.
El término surge en el siglo XIX como una nueva forma de llamar a la ética,
sin embargo, conforme fue pasando el tiempo se le tomo como la ética aplicada a la
profesión específicamente.5 Defiende que los seres humanos debemos actuar de
determinada manera porque que sea así está bien y no por generar más bien.
Todas las profesiones u oficios pueden contar con su propia deontología que
indique cuál es el deber de cada individuo, es por ello que algunas de ellas han
desarrollado su propio código deontológico.
Profesión: El término profesión designa el oficio, empleo u ocupación que se
ejerce a cambio de una retribución. Igualmente, define el conjunto de profesionales
que la ejercen. La actividad profesional requiere conocimiento
especializado, formación profesional (capacitación educativa de diferente nivel -
básica, media o superior-, según cada caso), control sobre el contenido del trabajo y
organización propia mediante colegios profesionales, sindicatos o gremios), además
de normas éticas (deontología profesional) y un cierto espíritu de servicio a la
comunidad (altruismo). El significado del término toma su uso como sinónimo de
los oficios tradicionales, denominación natural hasta mediados del siglo XIX. Se ha
generado, asimismo, el término profesional, para definir a la persona que la realiza.
Profesión Liberal:
Se denomina profesión liberal a aquella actividad personal en la que impera el
aporte intelectual, el conocimiento y la técnica.
La profesión liberal se le denomina al ejercicio de una profesión por parte de
una persona con formación profesional calificada aun cuando no ostente un título
profesional necesariamente.
Igualmente las profesiones liberales tienen una característica muy particular
como lo es la remuneración de quienes las ejercen, ya que teniendo en cuenta que no
están subordinados, su remuneración no es salario en los términos del código
sustantivo del trabajo sino que su remuneración se realiza mediante el pago de
honorarios, lo que supone que no existe un contrato laboral sino un contrato de
servicios, el cual está regulado por la legislación civil.
En el caso que un profesional ejerza su actividad mediante un contrato de
trabajo, si bien no dejan de ser actividades civiles propias de una profesión liberal, si
pierden su carácter de liberales, pues éstas suponen el ejercicio independiente y la
remuneración mediante honorarios, lo que no es dable en una relación laboral en la
que se configuran los tres elementos del contrato trabajo, contempladas en el artículo
23 del código sustantivo del trabajo.
Si bien es cierto que ni la ley comercial ni la ley civil ha definido lo que es
una profesión liberal, la única norma que tímidamente define lo que es una profesión
liberal es el decreto 3050 de 1997 que en su artículo 25 establece que:
«Para efectos de la exclusión de que trata el artículo 44 de la Ley 383 de 1997,
se entiende por profesión liberal, toda actividad en la cual predomina el ejercicio del
intelecto, reconocida por el Estado y para cuyo ejercicio se requiere la habilitación a
través de un título académico.»
Valor: El valor es una cualidad que confiere a las cosas, hechos o personas
una estimación, ya sea positiva o negativa. La axiología es la rama de la filosofía que
se encarga del estudio de la naturaleza y la esencia del valor.
Vicio: Un vicio es toda palabra que puede referirse también a una falta, a un
defecto, a una enfermedad o tan sólo a un mal hábito. Algunos sinónimos de este
término son: falta, depravación, exceso, mala costumbre, afición, desviación. El vicio
es el antónimo (el opuesto) de la virtud.
La palabra proviene del latín vitium, que significa «falla o defecto» aunque el
significado social que se le ha dado a la palabra se ha ido ampliando para incluir
muchas otras acepciones.
Su equivalente en inglés, vice, también se utiliza como término jurídico
genérico que abarca muchos tipos de actos criminales: la prostitución, las apuestas, la
lujuria, el libertinaje y la obscenidad. El que estas conductas se consideren vicios y
otras no tiene mucho que ver con consideraciones morales.
Virtud: Una virtud es una "disposición constante del alma para las acciones
conformes a la ley moral". La virtud se opone al vicio, y tiene una gran importancia
para la vida ética. Significa valor.
Antijuridicidad: (del alemán Rechtswidrigkeit, que significa "contrario al
Derecho") es, en Derecho penal, uno de los elementos considerados por la teoría del
delito para la configuración de un delito. Se le define como aquel desvalor que posee
un hecho típico que es contrario a las normas del Derecho en general, es decir, no
sólo al ordenamiento penal.
La antijuridicidad supone que la acción que se ha realizado está prohibida por
el ordenamiento jurídico; en otras palabras, que dicho comportamiento es contrario a
Derecho.
Dolo: En derecho, el dolo (variante en latín vulgar de la palabra clásica dolus)
es la voluntad deliberada (elemento volitivo) de cometer un delito a sabiendas de su
ilicitud (elemento intelectivo, intelectual o cognitivo). En los actos jurídicos, el dolo
implica la voluntad maliciosa de engañar a alguien o de incumplir una obligación
contraída.
En el derecho el término dolo se usa con significados diferentes. En derecho
penal, el dolo significa la intención de cometer la acción típica prohibida por la ley.
En derecho civil se refiere a la característica esencial del ilícito civil, en el
incumplimiento de las obligaciones designa la deliberada inejecución por parte del
deudor y, por último, es un vicio de los actos voluntarios.
Culpa: En el ámbito jurídico, al igual que negligencia, el término culpa
supone, según Francesco Carrara, la "voluntaria omisión de diligencia en calcular las
consecuencias posibles y previsibles del propio hecho".
A esta teoría se le han formulado diversas críticas, lo que no implica que no se
reconozca que el concepto de previsibilidad desempeña un papel de importancia en la
culpa, sino tan solo que ese elemento no puede considerarse como suficiente para
servirle de fundamento, dado que en otras razones, aun siendo previsible el resultado,
puede no darse la culpa, si el sujeto ha actuado con la debida diligencia y prudencia.
Grados de Culpa:
En derecho civil existen tres clases de culpa que son:
Culpa grave
Culpa leve
Culpa levísima.
Cuando hablamos de culpa grave nos referimos a que no se empleo el debido
cuidado en la labor que se ejecutaba o en el negocio ajeno que se encomendó, es
decir, que no se empleo el cuidado que aun las personas negligentes emplearían. Esta
clase de culpa el código civil la denomina dolo pues se hace con intención.
En cuanto a la culpa leve en esta clase de culpa encontramos, que hubo
descuido o falta de diligencia en el giro ordinario de los negocios por parte de la
persona, pues se deben administrar los negocios como un buen padre de familia. En
esta clase de culpa falla el cuidad ordinario que debería emplearse.
Falta de esmerada diligencia que debería emplear un hombre en el cuidado de
sus negocios aquí encontramos la culpa levísima.
En cuanto a la culpa grave que en derecho civil se entiende como dolo en
código civil en su artículo 63 inciso final lo define como:
“el dolo consiste en la intención positiva de inferir injuria a la persona o
propiedad de otro”
Respecto a la culpa la Corte Suprema de Justicia se ha pronunciado de la
siguiente manera:
“La culpa, pues, se presenta en dos casos:
a) Cuando el autor conoce los daños que pueden ocasionarse con un acto
suyo pero confió imprudentemente en evitarlos. Esta es la llamada culpa consiente y
es desde luego las mas grave. Así cuando alguien conociendo los defectos de una
maquina, antes de proceder a su reparación le emplea en una actividad en la
esperanza de no perjudicar a otro, es responsable de culpa o negligencia consiente en
razón del daño causado.
b) Cuando el autor no prevé el daño que pueda causarse con un acto suyo,
pero hubiera podido preverlo, dado su desarrollo mental y conocimiento de los
hechos, aquí se trata de una negligencia o culpa inconsciente. En el ejemplo anterior
el no conocer los defectos de una maquina hace al autor responsable de una culpa
inconsciente, pues una persona prudente debe examinar continuamente los
instrumentos que emplea en una determinada actividad.”
Posesión de Buena fe y Mala fe:
Poseedor de buena fe es el que cree que la adquisición efectuada de su
derecho carece de vicio alguno y que es válida. Se trata de un estado psicológico por
el que una persona cree en la validez del título por el que adquiere. La buena fe en la
posesión es uno de los requisitos para la usucapión ordinaria. La mala fe es el caso
contrario, el que conoce que su título está viciado.
QUÉ ES LA BUENA FE?
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 806 del Código Civil Federal, “es
poseedor de buena fe el que entra en la posesión en virtud de un título suficiente para
darle derecho de poseer. También es e l que ignora los vicios de su título que le
impiden poseer con derecho.”
Para José Barroso, la buena fe consiste en “que el poseedor entre a la posesión
mediante un título suficiente o sea exento de vicios o en que ignore mediante un título
suficiente, o sea exento de vicios o en que ignore los vicios de su título. Si el
poseedor tiene un t´titulo que sea suficiente en Derecho, poco importa lo que
íntimamente piense.”
(José Barroso Figueroa. El principio de la buena fe en el derecho civil.
Editorial UNAM. Página 23)
Para Rafael de Pina, la buena fe es “la disposición de ánimo que lleva a
proceder leal y sinceramente en las relaciones con el prójimo. // Convicción personal
en que se encuentra un sujeto de que obra correctamente cuando se ostenta como
titular de un derecho o como propietario de una cosa, cuando formula una pretensión
jurídica y cuando rechaza la que sea formulada frente a él.”
(Rafael de Pina Vara. Diccionario de Derecho. Editorial Porrúa. Año 2006.
Página 136).
En palabras del autor de este artículo, la buena fe no solo es la forma en que se
posee un bien, sino también, la forma de actuar, es decir, de cumplir a legalidad los
requisitos que establece la norma y así considerar que el actuar del individuo frente a
un bien, es de buena fe.
¿QUÉ ES LA MALA FE?
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 806 del Código Civil Federal, “es
poseedor de mala fe el que entra a la posesión sin título alguno para poseer; lo mismo
que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho.”
De acuerdo con Rafael de Pina, la mala fe es la “disposición de ánimo de
quien realiza cualquier acto jurídico con el propósito de obtener una ventaja injusta en
perjuicio de alguien, que el derecho sanciona en todo caso.”
(Rafael de Pina Vara. Diccionario de Derecho. Editorial Porrúa. Año 2006.
Página 364).
¿CUÁNDO PRESCRIBE LA POSESIÓN DE BUENA FE Y MALA FE?
En el caso de la prescripción positiva, los bienes inmuebles prescriben de la
siguiente forma:
BUENA FE: En 5 años, cuando se poseen en concepto de propietario, de
manera pacífica, continua y pública. (Artículo 1152, Fracción I, CCF)
MALA FE: En 10 años, si la posesión es en concepto de propietario, pacífica,
continua y pública. (Artículo 1152, Fracción III, CCF)
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POSESIÓN DE BUENA FE Y MALA FE?; comparte este artículo con todos tus
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2. Relación entre Moral y Derecho, según Recasens Sichez y Thomassio.
La evolución de las sociedades ha ido acentuando la distinción entre los
distintos tipos de normas que presiden la conducta del hombre en sociedad. Hay
algunas normas cuyo respeto se reputa tan necesario a la convivencia social que el
estado las impone con carácter obligatorio: son las normas jurídicas. Pero no basta
que la norma haya sido impuesta por el poder público, para considerarla derecho:
para merecer este nombre, es preciso que sea conforme a la idea de justicia. Cabe
agregar que existen normas obligatorias no impuestas por ninguna ley positiva, pero
que surgen del derecho natural o de la costumbre.
La moral y el derecho, constituyen una suprema estructura que regulan las
normas de conducta de personas conservan o cambian un estado son bilaterales, la
moral se cumple o no dependiendo a quien se le esté aplicando, en cambio el derecho
si se cumple.
La moral siempre ha existido, el derecho nació cuando hubo división de las
clases sociales, es aquí donde las normas de convencionalismo social juega un papel
especial, ya que estas son prácticas o normas que se realizan en una sociedad por un
largo tiempo, por ejemplo procesiones las normas convencionales son unilaterales las
normas unilaterales son de una sola persona
Entre moral y Derecho, no existe una separación existen relaciones muy
estrechas y necesarias. Pero no todo lo que es moral es también Derecho, sólo aquella
parte de los deberes morales cuyo cumplimiento, la sociedad de un determinado
momento histórico, considera coactivamente exigibles se constituye como Derecho.
Tanto la moral como el derecho son normas de conducta humana. Pero la
moral valora la conducta en sí misma, plenariamente en la significación integral y
ultima que tiene para la vida del sujeto. En cambio el derecho valora la conducta
desde un punto de vista relativo, en cuanto al alcance que tenga para los demás.
3. Reglas Éticas Generales y Particulares.
El término deontología profesional hace referencia al conjunto de principios y
reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan
los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad.
Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién determina dichas
normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos.
A día de hoy, prácticamente todas las profesiones han desarrollado sus propios códigos
y, en este sentido, puede hablarse de una deontología profesional periodística, de una
deontología profesional médica, deontología profesional de los abogados, etc.
Es importante no confundir deontología profesional con ética profesional. Cabe
distinguir que la ética profesional es la disciplina que estudia los contenidos normativos
de un colectivo profesional, es decir, su objeto de estudio es la deontología profesional,
mientras que, tal como se apuntaba al comienzo del artículo, la deontología profesional
es el conjunto de normas vinculantes para un colectivo profesional.
Si hablamos de los dos puntos focales a investigar, la ética y la moral,
podemos decir que estos dos términos proceden uno del griego,<êthos> (=carácter), y
otro del latín, <mos-moris> (=costumbre). Ambos tienen la misma raíz semántica y
por tanto la misma significación original. Por ello Ética y Moral, etimológicamente,
se identifican y se definen como la "ciencia de las costumbres". Sin embargo, con el
tiempo ambos vocablos han evolucionado hacia significaciones distintas.
El concepto de moral están sujetos a diferentes usos dependiendo de cada
autor, época o corriente filosófica. Por este motivo es necesario identificar las
características de ambos términos para poder establecer las distinciones y semejanzas
pertinentes.
La moral hace referencia a todas aquellas normas de conducta que son
impuestas por la sociedad, se transmiten de generación en generación, evolucionan a
lo largo del tiempo y poseen fuertes diferencias con respecto a las normas de otra
sociedad y de otra época histórica. El fin último que persiguen estas reglas morales es
orientar la conducta de los integrantes de esa sociedad.
Por su parte, la ética es el hecho real que se da en la mentalidad de algunas
personas, es un conjunto de normas, principio y razones que un sujeto ha realizado y
establecido como una línea directriz de su propia conducta.
En ambos casos se tratan de normas, de percepciones, y de "deber ser". Sin
embargo, moral y ética presentan ciertas diferencias:
Moral Ética
Nace en el seno de una sociedad
y por tanto, ejerce una
Surge en la interioridad de una persona, como
resultado de su propia reflexión y su propia
influencia muy poderosa en la
conducta de cada uno de sus
integrantes
elección. Pueden coincidir o no con la moral
recibida.
Actúa en la conducta desde el
exterior o desde el inconsciente
Influye en la conducta de una persona de forma
consciente y voluntaria.
Ejerce presión externa y destaca
su aspecto coercitivo,
impositivo y punitivo
Destaca la presión del valor captado y apreciado
internamente como tal. El fundamento de la
norma ética es el valor, no el valor impuesto
desde el exterior, sino el descubierto
internamente en la reflexión de un sujeto
Por tanto, podemos afirmar que existen tres niveles de diferenciación:
1. El primer nivel reside en la Moral, es decir, en las normas de origen externo
que condicionan la mentalidad del individuo.
2. El segundo nivel en la ética conceptual, entendida como el conjunto de
normas de origen interno, personal y autónomo.
3. El tercer nivel es la Ética axiológica como conjunto de normas originadas
en una persona dada una reflexión previa sobre ciertos valores.
Mientras que la Ética se apoya en la razón y depende de la filosofía; la Moral
se apoya en las costumbres y la conforman un conjunto de elementos normativos, que
la sociedad acepta como válidos.
Estos dos términos suelen usarse como sinónimos, pero no lo son. Es
importante destacar las principales diferencias entre ellos:
Deontología Profesional Ética profesional
Orientada al deber Orientada al bien, a lo bueno
Recogida en normas y códigos
"deontológicos"
No se encuentra recogida en normas ni en
códigos deontológicos, está relacionada con
lo que piensa el propio individuo
(conciencia individual/profesional)
Esas normas y códigos son mínimos
y aprobados por los profesionales de
un determinado colectivo profesional
(periodistas, médicos, abogados,...)
No es exigible a los profesionales de un
determinado colectivo (periodistas,
médicos, abogados,...)
Se ubica entre la moral y el derecho Parte de la ética aplicada
Una de las diferencias cuando hablamos de "ética" y "deontología" es que la
primera hace directamente referencia a la conciencia personal, mientras que la
segunda adopta una función de modelo de actuación en el área de una colectividad.
Por ello, con la concreción y diseño de códigos deontológicos, además de
autorregular esta profesión, se invita al seguimiento de un camino muy concreto y a la
formación ética de los comunicadores.
De forma teórica, podríamos diferenciar dos grandes grupos: la ética social y
la ética individual. Dentro de la ética individual se diferencia, también, una ética
interpersonal que es la que rige el comportamiento que tenemos en relación a otros
individuos. Aquí se puede situar la ética profesional ya que rige el comportamiento
del profesional en su actividad laboral. Los principios que rigen la profesión se
obtienen a través de métodos similares a los de la ética general: dialógico, inductivo y
deductivo. Para conocer el fundamento ético y moral de un código ético, se requiere
el estudio de la actividad profesional en sí misma y no es suficiente la labor de un
filósofo que desconozca la profesión.
4. Naturaleza de las normas Éticas.
Para empezar, convendrá detenernos un momento en una cuestión importante:
¿dónde se puede encontrar la teoría ética?, es decir, ¿cómo puedo conocer cuáles son
las reglas éticas que he de aplicar en mi vida?
Cuando se intenta determinar las reglas de una buena conducción de automóviles, se
puede acudir, principalmente, a tres fuentes de información. 1) Estudiar el automóvil,
su construcción y estructura, su dinámica y su funcionamiento. 2) Hacer una encuesta
entre los conductores de automóviles, o preguntar selectivamente a los mejores de
entre ellos, o, simplemente, fijarme en cómo conducen los buenos conductores. 3)
Preguntar al constructor y diseñador, para conocer qué es lo que buscaba, lo que
consiguió, las limitaciones de su pro3ucto y su criterio acerca de cómo usarlo de la
mejor manera posible.
Las fuentes de la ética son parecidas a las de la conducción de automóviles
porque, en definitiva, estamos hablando de una ciencia.
1) La filosofía estudia el hombre, su fin, su conducta, sus posibilidades y
limitaciones. La ética filosófica se basa, pues, en la antropología, y ésta en la
metafísica. Claro que, del mismo modo que un mal ingeniero, estudiando un
automóvil, puede llegar 3 conclusiones erróneas sobre cómo conducirlo bien, una
mala filosofía nos pue3e llevar a una ética errónea (y la abundancia de teorías éticas
existentes hoy en lía, a menudo contradictorias, ya sugiere que hay mucha mercancía
averiada -n ese mercado).
2) El estudio de la sociedad y de las costumbres es otra fuente de conocimiento de la
ética. Ahora bien, del mismo modo que hay muchas personas que conducen mal, o
que ignoran el tipo de máquina que manejan, de tal modo que sus opiniones o
criterios no pueden ser, en modo alguno, fuente de reglas para una buena conducción,
igualmente el criterio sociológico, el estudio de la legislación positiva o la simple
observación de lo que la gente hace no pueden ser -riterios morales definitivos -salvo
que dé la casualidad que topemos con una sociedad en que las reglas morales
recibidas se viven y trasmiten con seriedad-.
3) La ética de origen religioso es, en definitiva, la respuesta del Creador del
hombre -Dios- sobre su obra, sobre cómo hizo al hombre, qué espera de él 1 cómo
debe comportarse para responder al criterio de su creador. También aquí hay
pluralidad de éticas, quizás porque se tomaron como respuestas divisas lo que, en
definitiva, fueron sólo invenciones humanas.
Pero, en el fondo, no hay tres criterios de moralidad, sino uno sólo. Del mismo modo
que las reglas dadas por el constructor del automóvil, por el experto ingeniero y por
los buenos conductores deben coincidir, la ética de ori;en religioso, la que se basa en
una buena filosofía y los criterios y la conducta moral de los hombres honrados y
bien formados no pueden estar en conflicto.
Esto quiere decir que el recurso a criterios religiosos no altera las reglas de una sana
ética filosófica, y que la sociología sólo indica lo que la gente hace (que puede
coincidir o no con la ética natural o con la moral cristiana), no lo que debe hacer.
5. Solvencia Deontológica.
La solvencia moral es una valoración sobre el comportamiento de la persona
para efectos de ser digno de confianza para celebrar tratados o para ser digno de una
responsabilidad.
Imaginemos que la solvencia moral es una calificación que aquellos con los
que hemos vivido algún tipo de experiencia otorgan sobre nuestro comportamiento.
¿Quiénes pueden validar nuestra solvencia moral? Pues familiares, amigos, colegas,
empleados y hasta meseros y el lavacoches con los que trabajamos con relativa
frecuencia.
A ellos se les pregunta sobre la forma de ser, la responsabilidad con la que
atiende compromisos y hasta la forma con la que tratamos a la gente.
Lo que si queda claro es que la solvencia moral no es validada por uno mismo
sino que es algo que en su totalidad la valoran terceros.
Debido a que una empresa carece de moral, la solvencia moral no se otorga a
empresas y en este caso el equivalente es la reputación de la empresa como tal, sin
embargo, la reputación es la suma del comportamiento de los individuos los cuales
deben de poseer solvencia moral para trabajar en una empresa con buena reputación.
6.Colegio Profesional y Colegiación.
Un colegio profesional o colegio oficial es una asociación de carácter
profesional o gremial integrada por quienes ejercen una profesión liberal y
que suelen estar amparados por el Estado (corporación de derecho público).
Sus miembros asociados son conocidos como colegiados. Cuando se dedican
a actividades manuales o artesanas se emplea el nombre tradicional de gremio.
Anteriormente los colegios profesionales se regían por las leyes que
los creaban sin tener ningún tipo de regulación. Actualmente y a partir de los
nuevos paradigmas los colegios deben estar acreditados y convertirse de
colegios a órdenes profesionales y a nivel Internacional están regidos por la
Organización Mundial de Consejos Interprofesionales OMCI y a nivel local
por el Consejo Interprofesional de cada país. Actualmente los colegios que no
obedezcan a este orden no están regulados por cuanto a estos profesionales
que se matriculan ejercen sin regulación y se exponen a que les sea
suspendido el ejercicio.
Tradicionalmente la finalidad de los colegios profesionales ha sido la
ordenación del ejercicio de las profesiones, la representación exclusiva de las
mismas, y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados. El
colegio debe velar por el cumplimiento de una buena labor profesional, donde
la práctica ética del trabajo se constituye como uno de los principios comunes
que ayudan a definir los estatutos de cada corporación.
Estos estatutos, redactados en la mayoría de los colegios profesionales,
aluden al desarrollo de la actividad correspondiente a cada profesión, donde se
marcan pautas de actuación consideradas de manera unánime como éticas y
que contribuyen al bien social de la profesión.
Europa
En Europa, su implantación es preferencialmente en los países
mediterráneos. Donde más fuerza tienen es en Francia, España, Italia y
Portugal. Instituciones de la misma naturaleza existen en el Reino Unido y los
países anglosajones, creadas por Decreto Real (royal chárter) para organizar el
ejercicio de las profesiones.
En Alemania esta función la realizan las Cámaras, como, por ejemplo
la Ingenieurkammer, Cámara de ingenieros o la Notarkammer, Cámara de
Notarios. En algunas de las profesiones reguladas a través de las Kammer
existe la obligación legal de alcanzar el grado de Meister (Maestro) para
regentar una instalación o empresa del ramo.
Latinoamérica.
Anteriormente en Latinoamérica la colegiatura profesional estaba
fuertemente posicionada en la sociedad y de forma muy marcada en las
comunidades de psicólogos; es el caso de Colombia en cuya constitución de
1991 Artículo 26 expresa “Las profesiones legalmente reconocidas pueden
organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos
deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y
establecer los debidos controles”. Un colegio profesional muy organizado en
este país es el de los psicólogos quienes están regidos por el código de
deontología y bioética del psicólogo colombiano, ley 1090 de 2006, cuyo
investigador y gestor inicial fue el psicólogo colombiano Dr. Nelson Ricardo
Vergara C. (UCP Psicología hoy Colpsic, reconocimiento público, 2005).
Los Colegios Profesionales, tal como los define la ley, “son corporaciones de
derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus
fines, entre los que se encuentra la ordenación del ejercicio de las
profesiones”. Además, son las corporaciones que elaboran los códigos
deontológicos.
Los códigos deontológicos cumplen una triple función:
a) Fijar una serie de criterios de carácter científico-funcional para el ejercicio
de la profesión, con el objetivo de dar operatividad y eficacia a las actividades
ejercidas en el ámbito cubierto por las normas establecidas.
b) Refundir orientaciones éticas para el ejercicio de la profesión y plasmarlas
en códigos de deontología profesional.
c) La posibilidad de imponer sanciones disciplinarias a los colegiados que
incumplan los dictados de los códigos deontológicos. Esta función tiene la
singularidad de conferir a éstos relevancia jurídica estatal, lo que otorga a la
deontología ciertas coincidencias con el Derecho en lo que se refiere a la
utilización de un procedimiento judicial.
Conclusión
Con la elaboración de este trabajo pudimos saciar las dudas que se tenían dentro
del ámbito de la ingeniería Industrial, y una de sus muchas ramas; Ética y Deontología
del Ing Industrial. Todo este estudio que se empleó en este trabajo fue de vital
importancia debido a que el conocimiento obtenido derivado de este trabajo elaborado,
será de gran ayuda en el futuro.
Se espera que dicho trabajo sea de ayuda para los futuros ingenieros y de igual
manera, para las personas que puedan leerlo y que quieran o necesiten abastecerse de
información acerca de Etica y Deontoliga del Ing Industrial.

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Etica y deontoligia de un ing, saia 2017 marlene ortiz

  • 1. República Bolivariana de Venezuela Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño” Extensión Maturín. Deontología de un Ingeniero Profesora. Bachilleres. Ing. MARLENES ORTIZ. Juan Rodriguez Ci 23533245 Maturín, 2017.
  • 2. Introducción. El siguiente trabajo presentado a continuación habla sobre diversos temas adyacentes o por si algunas de las partes importantes de lo que se conoce como la Deontología de un Ingeniero. En este caso de ser recopilo información acerca de básicamente lo que se conoce como la ingeniería del trabajo, sus conceptos generales, sus objetivos e infinidad de subíndices los cuales reflejan el conocimiento obtenido y a estudiar. Sin más nada que agregar el logro que se está buscando al realizar este trabajo es el conocimiento adquirido para nuestro grupo estudiantil. Y se espera que al leer este trabajo otros similares puedan enriquecer su conocimiento en el ámbito la Ética y la Deontología de un Ing. Industrial.
  • 3. 1. Conceptualización. Ética: La ética es la rama de la filosofía que estudia lo correcto o equivocado del comportamiento humano, la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir. Además, tiene como centro de atención las acciones humanas y aquellos aspectos de las mismas que se relacionan con el bien, la virtud, el deber, la felicidad y la vida realizada. El estudio de la ética se remonta a los orígenes mismos de la filosofía en la Antigua Grecia, y su desarrollo histórico ha sido amplio y variado. La ética estudia qué es un acto moral, cómo se justifica racionalmente un sistema moral, y cómo se ha de aplicar posteriormente a nivel individual y a nivel social. En la vida cotidiana constituye una reflexión sobre el hecho moral, es decir busca las razones que justifican la adopción de un sistema moral u otro. Ética Profesional: Los términos ética profesional hacen referencia al conjunto de normas y valores que hacen y mejoran al desarrollo de las actividades profesionales. La ética profesional es la encargada de ir marcando las pautas éticas del desarrollo laboral mediante valores universales que posee cada ser humano. Aunque ésta se centre en estos valores, se especifica más en el uso de ellos dentro de un entorno plenamente laboral. Básicamente, la ética laboral es fundamental en cualquier persona que desee trabajar, ya que ésta implica la práctica de valores como la responsabilidad, puntualidad, estudio, constancia, carácter, concentración, formación, discreción, entre otras. Deontologismo: Este término proviene del griego déon que significa “lo obligatorio, lo conveniente, lo justo, lo adecuado”. La deontología, por tanto, es
  • 4. aquella disciplina que estudia los deberes. Existen autores que han hablado de “ciencias deontológicas” y de “ciencias ontológicas”. Éstas últimas estudian el ser como es, mientras que las primeras lo estudian cómo debería ser. Un código deontológico es aquel conjunto de reglas de una profesión para regular su práctica. Contiene el conjunto de normas que orientan la buena praxis profesional, tanto en aquello que se refiere a los posibles clientes o usuarios como en lo relativo a la relación con los colegas La palabra deontología deriva de las palabras "deon" (deber) y "logos" (ciencia), por lo tanto, la deontología es la ciencia o estudio del deber, por el deber mismo. Su principal representante es Inmanuel Kant (1724-1804). El deontologismo es un marco normativo cuyo objetivo es decirnos las acciones que debemos y no debemos hacer, dando prioridad al respeto de unas normas, independientemente de las consecuencias que respetarlas suponga (el fin no justifica los medios). Por ello el deontologismo es contrario al consecuencialismo, según el cual lo importante es que se logren las mejores consecuencias (el fin justifica los medios). Deontología: La deontología es aquella parte de la ética que trata de los deberes, especialmente de los que rigen actividades profesionales, así como el conjunto de deberes relacionados con el ejercicio de una profesión. A su vez, es parte de la filosofía moral dedicada al estudio de las obligaciones o deberes morales. El término fue acuñado por Jeremy Bentham, en su obra Deontología o ciencia de la moral, quien la define como la rama del arte y de la ciencia que tiene como objetivo actuar de forma recta y apropiada, se refiere a la exposición de -lo que es correcto- y -lo que debería ser-. Él también considera que la base de este término
  • 5. se sustenta en los principios de libertad y utilitarismo. Por su parte, Rossini establece la deontología no del ser, sino del deber-ser, es decir, lo que se debe de ser para poder considerarse perfectos. El término surge en el siglo XIX como una nueva forma de llamar a la ética, sin embargo, conforme fue pasando el tiempo se le tomo como la ética aplicada a la profesión específicamente.5 Defiende que los seres humanos debemos actuar de determinada manera porque que sea así está bien y no por generar más bien. Todas las profesiones u oficios pueden contar con su propia deontología que indique cuál es el deber de cada individuo, es por ello que algunas de ellas han desarrollado su propio código deontológico. Profesión: El término profesión designa el oficio, empleo u ocupación que se ejerce a cambio de una retribución. Igualmente, define el conjunto de profesionales que la ejercen. La actividad profesional requiere conocimiento especializado, formación profesional (capacitación educativa de diferente nivel - básica, media o superior-, según cada caso), control sobre el contenido del trabajo y organización propia mediante colegios profesionales, sindicatos o gremios), además de normas éticas (deontología profesional) y un cierto espíritu de servicio a la comunidad (altruismo). El significado del término toma su uso como sinónimo de los oficios tradicionales, denominación natural hasta mediados del siglo XIX. Se ha generado, asimismo, el término profesional, para definir a la persona que la realiza. Profesión Liberal: Se denomina profesión liberal a aquella actividad personal en la que impera el aporte intelectual, el conocimiento y la técnica. La profesión liberal se le denomina al ejercicio de una profesión por parte de una persona con formación profesional calificada aun cuando no ostente un título profesional necesariamente.
  • 6. Igualmente las profesiones liberales tienen una característica muy particular como lo es la remuneración de quienes las ejercen, ya que teniendo en cuenta que no están subordinados, su remuneración no es salario en los términos del código sustantivo del trabajo sino que su remuneración se realiza mediante el pago de honorarios, lo que supone que no existe un contrato laboral sino un contrato de servicios, el cual está regulado por la legislación civil. En el caso que un profesional ejerza su actividad mediante un contrato de trabajo, si bien no dejan de ser actividades civiles propias de una profesión liberal, si pierden su carácter de liberales, pues éstas suponen el ejercicio independiente y la remuneración mediante honorarios, lo que no es dable en una relación laboral en la que se configuran los tres elementos del contrato trabajo, contempladas en el artículo 23 del código sustantivo del trabajo. Si bien es cierto que ni la ley comercial ni la ley civil ha definido lo que es una profesión liberal, la única norma que tímidamente define lo que es una profesión liberal es el decreto 3050 de 1997 que en su artículo 25 establece que: «Para efectos de la exclusión de que trata el artículo 44 de la Ley 383 de 1997, se entiende por profesión liberal, toda actividad en la cual predomina el ejercicio del intelecto, reconocida por el Estado y para cuyo ejercicio se requiere la habilitación a través de un título académico.» Valor: El valor es una cualidad que confiere a las cosas, hechos o personas una estimación, ya sea positiva o negativa. La axiología es la rama de la filosofía que se encarga del estudio de la naturaleza y la esencia del valor. Vicio: Un vicio es toda palabra que puede referirse también a una falta, a un defecto, a una enfermedad o tan sólo a un mal hábito. Algunos sinónimos de este término son: falta, depravación, exceso, mala costumbre, afición, desviación. El vicio es el antónimo (el opuesto) de la virtud.
  • 7. La palabra proviene del latín vitium, que significa «falla o defecto» aunque el significado social que se le ha dado a la palabra se ha ido ampliando para incluir muchas otras acepciones. Su equivalente en inglés, vice, también se utiliza como término jurídico genérico que abarca muchos tipos de actos criminales: la prostitución, las apuestas, la lujuria, el libertinaje y la obscenidad. El que estas conductas se consideren vicios y otras no tiene mucho que ver con consideraciones morales. Virtud: Una virtud es una "disposición constante del alma para las acciones conformes a la ley moral". La virtud se opone al vicio, y tiene una gran importancia para la vida ética. Significa valor. Antijuridicidad: (del alemán Rechtswidrigkeit, que significa "contrario al Derecho") es, en Derecho penal, uno de los elementos considerados por la teoría del delito para la configuración de un delito. Se le define como aquel desvalor que posee un hecho típico que es contrario a las normas del Derecho en general, es decir, no sólo al ordenamiento penal. La antijuridicidad supone que la acción que se ha realizado está prohibida por el ordenamiento jurídico; en otras palabras, que dicho comportamiento es contrario a Derecho. Dolo: En derecho, el dolo (variante en latín vulgar de la palabra clásica dolus) es la voluntad deliberada (elemento volitivo) de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud (elemento intelectivo, intelectual o cognitivo). En los actos jurídicos, el dolo implica la voluntad maliciosa de engañar a alguien o de incumplir una obligación contraída. En el derecho el término dolo se usa con significados diferentes. En derecho penal, el dolo significa la intención de cometer la acción típica prohibida por la ley. En derecho civil se refiere a la característica esencial del ilícito civil, en el
  • 8. incumplimiento de las obligaciones designa la deliberada inejecución por parte del deudor y, por último, es un vicio de los actos voluntarios. Culpa: En el ámbito jurídico, al igual que negligencia, el término culpa supone, según Francesco Carrara, la "voluntaria omisión de diligencia en calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho". A esta teoría se le han formulado diversas críticas, lo que no implica que no se reconozca que el concepto de previsibilidad desempeña un papel de importancia en la culpa, sino tan solo que ese elemento no puede considerarse como suficiente para servirle de fundamento, dado que en otras razones, aun siendo previsible el resultado, puede no darse la culpa, si el sujeto ha actuado con la debida diligencia y prudencia. Grados de Culpa: En derecho civil existen tres clases de culpa que son: Culpa grave Culpa leve Culpa levísima. Cuando hablamos de culpa grave nos referimos a que no se empleo el debido cuidado en la labor que se ejecutaba o en el negocio ajeno que se encomendó, es decir, que no se empleo el cuidado que aun las personas negligentes emplearían. Esta clase de culpa el código civil la denomina dolo pues se hace con intención.
  • 9. En cuanto a la culpa leve en esta clase de culpa encontramos, que hubo descuido o falta de diligencia en el giro ordinario de los negocios por parte de la persona, pues se deben administrar los negocios como un buen padre de familia. En esta clase de culpa falla el cuidad ordinario que debería emplearse. Falta de esmerada diligencia que debería emplear un hombre en el cuidado de sus negocios aquí encontramos la culpa levísima. En cuanto a la culpa grave que en derecho civil se entiende como dolo en código civil en su artículo 63 inciso final lo define como: “el dolo consiste en la intención positiva de inferir injuria a la persona o propiedad de otro” Respecto a la culpa la Corte Suprema de Justicia se ha pronunciado de la siguiente manera: “La culpa, pues, se presenta en dos casos: a) Cuando el autor conoce los daños que pueden ocasionarse con un acto suyo pero confió imprudentemente en evitarlos. Esta es la llamada culpa consiente y es desde luego las mas grave. Así cuando alguien conociendo los defectos de una maquina, antes de proceder a su reparación le emplea en una actividad en la esperanza de no perjudicar a otro, es responsable de culpa o negligencia consiente en razón del daño causado. b) Cuando el autor no prevé el daño que pueda causarse con un acto suyo, pero hubiera podido preverlo, dado su desarrollo mental y conocimiento de los hechos, aquí se trata de una negligencia o culpa inconsciente. En el ejemplo anterior el no conocer los defectos de una maquina hace al autor responsable de una culpa
  • 10. inconsciente, pues una persona prudente debe examinar continuamente los instrumentos que emplea en una determinada actividad.” Posesión de Buena fe y Mala fe: Poseedor de buena fe es el que cree que la adquisición efectuada de su derecho carece de vicio alguno y que es válida. Se trata de un estado psicológico por el que una persona cree en la validez del título por el que adquiere. La buena fe en la posesión es uno de los requisitos para la usucapión ordinaria. La mala fe es el caso contrario, el que conoce que su título está viciado. QUÉ ES LA BUENA FE? De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 806 del Código Civil Federal, “es poseedor de buena fe el que entra en la posesión en virtud de un título suficiente para darle derecho de poseer. También es e l que ignora los vicios de su título que le impiden poseer con derecho.” Para José Barroso, la buena fe consiste en “que el poseedor entre a la posesión mediante un título suficiente o sea exento de vicios o en que ignore mediante un título suficiente, o sea exento de vicios o en que ignore los vicios de su título. Si el poseedor tiene un t´titulo que sea suficiente en Derecho, poco importa lo que íntimamente piense.” (José Barroso Figueroa. El principio de la buena fe en el derecho civil. Editorial UNAM. Página 23) Para Rafael de Pina, la buena fe es “la disposición de ánimo que lleva a proceder leal y sinceramente en las relaciones con el prójimo. // Convicción personal
  • 11. en que se encuentra un sujeto de que obra correctamente cuando se ostenta como titular de un derecho o como propietario de una cosa, cuando formula una pretensión jurídica y cuando rechaza la que sea formulada frente a él.” (Rafael de Pina Vara. Diccionario de Derecho. Editorial Porrúa. Año 2006. Página 136). En palabras del autor de este artículo, la buena fe no solo es la forma en que se posee un bien, sino también, la forma de actuar, es decir, de cumplir a legalidad los requisitos que establece la norma y así considerar que el actuar del individuo frente a un bien, es de buena fe. ¿QUÉ ES LA MALA FE? De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 806 del Código Civil Federal, “es poseedor de mala fe el que entra a la posesión sin título alguno para poseer; lo mismo que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho.” De acuerdo con Rafael de Pina, la mala fe es la “disposición de ánimo de quien realiza cualquier acto jurídico con el propósito de obtener una ventaja injusta en perjuicio de alguien, que el derecho sanciona en todo caso.” (Rafael de Pina Vara. Diccionario de Derecho. Editorial Porrúa. Año 2006. Página 364). ¿CUÁNDO PRESCRIBE LA POSESIÓN DE BUENA FE Y MALA FE? En el caso de la prescripción positiva, los bienes inmuebles prescriben de la siguiente forma:
  • 12. BUENA FE: En 5 años, cuando se poseen en concepto de propietario, de manera pacífica, continua y pública. (Artículo 1152, Fracción I, CCF) MALA FE: En 10 años, si la posesión es en concepto de propietario, pacífica, continua y pública. (Artículo 1152, Fracción III, CCF) Si te gustó este artículo ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LA POSESIÓN DE BUENA FE Y MALA FE?; comparte este artículo con todos tus amigos y las personas que consideres les pueden ser de utilidad. 2. Relación entre Moral y Derecho, según Recasens Sichez y Thomassio. La evolución de las sociedades ha ido acentuando la distinción entre los distintos tipos de normas que presiden la conducta del hombre en sociedad. Hay algunas normas cuyo respeto se reputa tan necesario a la convivencia social que el estado las impone con carácter obligatorio: son las normas jurídicas. Pero no basta que la norma haya sido impuesta por el poder público, para considerarla derecho: para merecer este nombre, es preciso que sea conforme a la idea de justicia. Cabe agregar que existen normas obligatorias no impuestas por ninguna ley positiva, pero que surgen del derecho natural o de la costumbre. La moral y el derecho, constituyen una suprema estructura que regulan las normas de conducta de personas conservan o cambian un estado son bilaterales, la moral se cumple o no dependiendo a quien se le esté aplicando, en cambio el derecho si se cumple. La moral siempre ha existido, el derecho nació cuando hubo división de las clases sociales, es aquí donde las normas de convencionalismo social juega un papel especial, ya que estas son prácticas o normas que se realizan en una sociedad por un
  • 13. largo tiempo, por ejemplo procesiones las normas convencionales son unilaterales las normas unilaterales son de una sola persona Entre moral y Derecho, no existe una separación existen relaciones muy estrechas y necesarias. Pero no todo lo que es moral es también Derecho, sólo aquella parte de los deberes morales cuyo cumplimiento, la sociedad de un determinado momento histórico, considera coactivamente exigibles se constituye como Derecho. Tanto la moral como el derecho son normas de conducta humana. Pero la moral valora la conducta en sí misma, plenariamente en la significación integral y ultima que tiene para la vida del sujeto. En cambio el derecho valora la conducta desde un punto de vista relativo, en cuanto al alcance que tenga para los demás. 3. Reglas Éticas Generales y Particulares. El término deontología profesional hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién determina dichas normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos. A día de hoy, prácticamente todas las profesiones han desarrollado sus propios códigos y, en este sentido, puede hablarse de una deontología profesional periodística, de una deontología profesional médica, deontología profesional de los abogados, etc. Es importante no confundir deontología profesional con ética profesional. Cabe distinguir que la ética profesional es la disciplina que estudia los contenidos normativos de un colectivo profesional, es decir, su objeto de estudio es la deontología profesional, mientras que, tal como se apuntaba al comienzo del artículo, la deontología profesional es el conjunto de normas vinculantes para un colectivo profesional.
  • 14. Si hablamos de los dos puntos focales a investigar, la ética y la moral, podemos decir que estos dos términos proceden uno del griego,<êthos> (=carácter), y otro del latín, <mos-moris> (=costumbre). Ambos tienen la misma raíz semántica y por tanto la misma significación original. Por ello Ética y Moral, etimológicamente, se identifican y se definen como la "ciencia de las costumbres". Sin embargo, con el tiempo ambos vocablos han evolucionado hacia significaciones distintas. El concepto de moral están sujetos a diferentes usos dependiendo de cada autor, época o corriente filosófica. Por este motivo es necesario identificar las características de ambos términos para poder establecer las distinciones y semejanzas pertinentes. La moral hace referencia a todas aquellas normas de conducta que son impuestas por la sociedad, se transmiten de generación en generación, evolucionan a lo largo del tiempo y poseen fuertes diferencias con respecto a las normas de otra sociedad y de otra época histórica. El fin último que persiguen estas reglas morales es orientar la conducta de los integrantes de esa sociedad. Por su parte, la ética es el hecho real que se da en la mentalidad de algunas personas, es un conjunto de normas, principio y razones que un sujeto ha realizado y establecido como una línea directriz de su propia conducta. En ambos casos se tratan de normas, de percepciones, y de "deber ser". Sin embargo, moral y ética presentan ciertas diferencias: Moral Ética Nace en el seno de una sociedad y por tanto, ejerce una Surge en la interioridad de una persona, como resultado de su propia reflexión y su propia
  • 15. influencia muy poderosa en la conducta de cada uno de sus integrantes elección. Pueden coincidir o no con la moral recibida. Actúa en la conducta desde el exterior o desde el inconsciente Influye en la conducta de una persona de forma consciente y voluntaria. Ejerce presión externa y destaca su aspecto coercitivo, impositivo y punitivo Destaca la presión del valor captado y apreciado internamente como tal. El fundamento de la norma ética es el valor, no el valor impuesto desde el exterior, sino el descubierto internamente en la reflexión de un sujeto Por tanto, podemos afirmar que existen tres niveles de diferenciación: 1. El primer nivel reside en la Moral, es decir, en las normas de origen externo que condicionan la mentalidad del individuo. 2. El segundo nivel en la ética conceptual, entendida como el conjunto de normas de origen interno, personal y autónomo. 3. El tercer nivel es la Ética axiológica como conjunto de normas originadas en una persona dada una reflexión previa sobre ciertos valores. Mientras que la Ética se apoya en la razón y depende de la filosofía; la Moral se apoya en las costumbres y la conforman un conjunto de elementos normativos, que la sociedad acepta como válidos. Estos dos términos suelen usarse como sinónimos, pero no lo son. Es importante destacar las principales diferencias entre ellos: Deontología Profesional Ética profesional
  • 16. Orientada al deber Orientada al bien, a lo bueno Recogida en normas y códigos "deontológicos" No se encuentra recogida en normas ni en códigos deontológicos, está relacionada con lo que piensa el propio individuo (conciencia individual/profesional) Esas normas y códigos son mínimos y aprobados por los profesionales de un determinado colectivo profesional (periodistas, médicos, abogados,...) No es exigible a los profesionales de un determinado colectivo (periodistas, médicos, abogados,...) Se ubica entre la moral y el derecho Parte de la ética aplicada Una de las diferencias cuando hablamos de "ética" y "deontología" es que la primera hace directamente referencia a la conciencia personal, mientras que la segunda adopta una función de modelo de actuación en el área de una colectividad. Por ello, con la concreción y diseño de códigos deontológicos, además de autorregular esta profesión, se invita al seguimiento de un camino muy concreto y a la formación ética de los comunicadores. De forma teórica, podríamos diferenciar dos grandes grupos: la ética social y la ética individual. Dentro de la ética individual se diferencia, también, una ética interpersonal que es la que rige el comportamiento que tenemos en relación a otros individuos. Aquí se puede situar la ética profesional ya que rige el comportamiento del profesional en su actividad laboral. Los principios que rigen la profesión se obtienen a través de métodos similares a los de la ética general: dialógico, inductivo y deductivo. Para conocer el fundamento ético y moral de un código ético, se requiere el estudio de la actividad profesional en sí misma y no es suficiente la labor de un filósofo que desconozca la profesión.
  • 17. 4. Naturaleza de las normas Éticas. Para empezar, convendrá detenernos un momento en una cuestión importante: ¿dónde se puede encontrar la teoría ética?, es decir, ¿cómo puedo conocer cuáles son las reglas éticas que he de aplicar en mi vida? Cuando se intenta determinar las reglas de una buena conducción de automóviles, se puede acudir, principalmente, a tres fuentes de información. 1) Estudiar el automóvil, su construcción y estructura, su dinámica y su funcionamiento. 2) Hacer una encuesta entre los conductores de automóviles, o preguntar selectivamente a los mejores de entre ellos, o, simplemente, fijarme en cómo conducen los buenos conductores. 3) Preguntar al constructor y diseñador, para conocer qué es lo que buscaba, lo que consiguió, las limitaciones de su pro3ucto y su criterio acerca de cómo usarlo de la mejor manera posible. Las fuentes de la ética son parecidas a las de la conducción de automóviles porque, en definitiva, estamos hablando de una ciencia. 1) La filosofía estudia el hombre, su fin, su conducta, sus posibilidades y limitaciones. La ética filosófica se basa, pues, en la antropología, y ésta en la metafísica. Claro que, del mismo modo que un mal ingeniero, estudiando un automóvil, puede llegar 3 conclusiones erróneas sobre cómo conducirlo bien, una mala filosofía nos pue3e llevar a una ética errónea (y la abundancia de teorías éticas existentes hoy en lía, a menudo contradictorias, ya sugiere que hay mucha mercancía averiada -n ese mercado). 2) El estudio de la sociedad y de las costumbres es otra fuente de conocimiento de la ética. Ahora bien, del mismo modo que hay muchas personas que conducen mal, o que ignoran el tipo de máquina que manejan, de tal modo que sus opiniones o
  • 18. criterios no pueden ser, en modo alguno, fuente de reglas para una buena conducción, igualmente el criterio sociológico, el estudio de la legislación positiva o la simple observación de lo que la gente hace no pueden ser -riterios morales definitivos -salvo que dé la casualidad que topemos con una sociedad en que las reglas morales recibidas se viven y trasmiten con seriedad-. 3) La ética de origen religioso es, en definitiva, la respuesta del Creador del hombre -Dios- sobre su obra, sobre cómo hizo al hombre, qué espera de él 1 cómo debe comportarse para responder al criterio de su creador. También aquí hay pluralidad de éticas, quizás porque se tomaron como respuestas divisas lo que, en definitiva, fueron sólo invenciones humanas. Pero, en el fondo, no hay tres criterios de moralidad, sino uno sólo. Del mismo modo que las reglas dadas por el constructor del automóvil, por el experto ingeniero y por los buenos conductores deben coincidir, la ética de ori;en religioso, la que se basa en una buena filosofía y los criterios y la conducta moral de los hombres honrados y bien formados no pueden estar en conflicto. Esto quiere decir que el recurso a criterios religiosos no altera las reglas de una sana ética filosófica, y que la sociología sólo indica lo que la gente hace (que puede coincidir o no con la ética natural o con la moral cristiana), no lo que debe hacer. 5. Solvencia Deontológica. La solvencia moral es una valoración sobre el comportamiento de la persona para efectos de ser digno de confianza para celebrar tratados o para ser digno de una responsabilidad. Imaginemos que la solvencia moral es una calificación que aquellos con los que hemos vivido algún tipo de experiencia otorgan sobre nuestro comportamiento.
  • 19. ¿Quiénes pueden validar nuestra solvencia moral? Pues familiares, amigos, colegas, empleados y hasta meseros y el lavacoches con los que trabajamos con relativa frecuencia. A ellos se les pregunta sobre la forma de ser, la responsabilidad con la que atiende compromisos y hasta la forma con la que tratamos a la gente. Lo que si queda claro es que la solvencia moral no es validada por uno mismo sino que es algo que en su totalidad la valoran terceros. Debido a que una empresa carece de moral, la solvencia moral no se otorga a empresas y en este caso el equivalente es la reputación de la empresa como tal, sin embargo, la reputación es la suma del comportamiento de los individuos los cuales deben de poseer solvencia moral para trabajar en una empresa con buena reputación. 6.Colegio Profesional y Colegiación. Un colegio profesional o colegio oficial es una asociación de carácter profesional o gremial integrada por quienes ejercen una profesión liberal y que suelen estar amparados por el Estado (corporación de derecho público). Sus miembros asociados son conocidos como colegiados. Cuando se dedican a actividades manuales o artesanas se emplea el nombre tradicional de gremio. Anteriormente los colegios profesionales se regían por las leyes que los creaban sin tener ningún tipo de regulación. Actualmente y a partir de los nuevos paradigmas los colegios deben estar acreditados y convertirse de colegios a órdenes profesionales y a nivel Internacional están regidos por la Organización Mundial de Consejos Interprofesionales OMCI y a nivel local
  • 20. por el Consejo Interprofesional de cada país. Actualmente los colegios que no obedezcan a este orden no están regulados por cuanto a estos profesionales que se matriculan ejercen sin regulación y se exponen a que les sea suspendido el ejercicio. Tradicionalmente la finalidad de los colegios profesionales ha sido la ordenación del ejercicio de las profesiones, la representación exclusiva de las mismas, y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados. El colegio debe velar por el cumplimiento de una buena labor profesional, donde la práctica ética del trabajo se constituye como uno de los principios comunes que ayudan a definir los estatutos de cada corporación. Estos estatutos, redactados en la mayoría de los colegios profesionales, aluden al desarrollo de la actividad correspondiente a cada profesión, donde se marcan pautas de actuación consideradas de manera unánime como éticas y que contribuyen al bien social de la profesión. Europa En Europa, su implantación es preferencialmente en los países mediterráneos. Donde más fuerza tienen es en Francia, España, Italia y Portugal. Instituciones de la misma naturaleza existen en el Reino Unido y los países anglosajones, creadas por Decreto Real (royal chárter) para organizar el ejercicio de las profesiones. En Alemania esta función la realizan las Cámaras, como, por ejemplo la Ingenieurkammer, Cámara de ingenieros o la Notarkammer, Cámara de Notarios. En algunas de las profesiones reguladas a través de las Kammer existe la obligación legal de alcanzar el grado de Meister (Maestro) para regentar una instalación o empresa del ramo.
  • 21. Latinoamérica. Anteriormente en Latinoamérica la colegiatura profesional estaba fuertemente posicionada en la sociedad y de forma muy marcada en las comunidades de psicólogos; es el caso de Colombia en cuya constitución de 1991 Artículo 26 expresa “Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles”. Un colegio profesional muy organizado en este país es el de los psicólogos quienes están regidos por el código de deontología y bioética del psicólogo colombiano, ley 1090 de 2006, cuyo investigador y gestor inicial fue el psicólogo colombiano Dr. Nelson Ricardo Vergara C. (UCP Psicología hoy Colpsic, reconocimiento público, 2005). Los Colegios Profesionales, tal como los define la ley, “son corporaciones de derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentra la ordenación del ejercicio de las profesiones”. Además, son las corporaciones que elaboran los códigos deontológicos. Los códigos deontológicos cumplen una triple función: a) Fijar una serie de criterios de carácter científico-funcional para el ejercicio de la profesión, con el objetivo de dar operatividad y eficacia a las actividades ejercidas en el ámbito cubierto por las normas establecidas.
  • 22. b) Refundir orientaciones éticas para el ejercicio de la profesión y plasmarlas en códigos de deontología profesional. c) La posibilidad de imponer sanciones disciplinarias a los colegiados que incumplan los dictados de los códigos deontológicos. Esta función tiene la singularidad de conferir a éstos relevancia jurídica estatal, lo que otorga a la deontología ciertas coincidencias con el Derecho en lo que se refiere a la utilización de un procedimiento judicial.
  • 23. Conclusión Con la elaboración de este trabajo pudimos saciar las dudas que se tenían dentro del ámbito de la ingeniería Industrial, y una de sus muchas ramas; Ética y Deontología del Ing Industrial. Todo este estudio que se empleó en este trabajo fue de vital importancia debido a que el conocimiento obtenido derivado de este trabajo elaborado, será de gran ayuda en el futuro. Se espera que dicho trabajo sea de ayuda para los futuros ingenieros y de igual manera, para las personas que puedan leerlo y que quieran o necesiten abastecerse de información acerca de Etica y Deontoliga del Ing Industrial.