Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Caso andrea
1.
2. Caso
Andrea es una mujer de 32 años, madre de dos hijos, de 7 y 5 años de edad. Casada desde hace 9 años, con Miguel, quien es el soporte
económico del hogar. Ella ha pasado por varios episodios de depresión, que en una ocasión hace dos años, incluyó hospitalización
psiquiátrica. Ha sostenido terapia con medicamentos por dos años, que ya ha suspendido, actualmente acude con regularidad a
psicoterapia cognitivo conductual
Andrea ha sido diagnosticada con Linfoma de Hodgkin hace un año, que le ha causado importantes problemas emocionales que han
incidido en su relación de pareja.
1. Andrea no ha respondido al tratamiento y deberá ser conducida a un nuevo ciclo de quimioterapia.
2. Andrea ha manifestado en múltiples ocasiones que no desea someterse nuevamente a quimioterapia, y que "prefiere morirse". Su
familia siempre ha manifestado que ella era más positiva antes de la depresión y que esta decisión no sería su deseo si estuviese
mejor.
3. Es sometida a evaluación de su salud mental y el equipo de profesionales afirman que: "Su capacidad de toma de decisiones está
conservada y no tiene interferencia superior a las esperadas por su propia condición“.
4. En su intervención con Andrea, ella plantea que hay situaciones de su vida que la alteran mucho desde hace años, y que ella
prefiere morir. Antes ella ha buscado en internet sobre el suicidio asistido, y considera que lo que solicita es que "le dejen morir".
3. Principio I: Respeto por la dignidad de las personas y los pueblos
El respeto por la dignidad reconoce el valor inherente de todos los seres humanos, sin importar diferencias aparentes o
reales en relación con el estatus social, origen étnico, género, capacidades, o cualquier otra característica. Este valor
inherente significa que todos los seres humanos son dignos de igual consideración moral.
Principio II: Cuidado competente del bienestar de los otros
El cuidado competente del bienestar de los otros implica trabajar en su beneficio y, sobre todo, intentando no hacer
daño. Ello incluye maximizar los beneficios, minimizar el daño potencial, compensando o corrigiendo el daño. Otro
requerimiento es adecuar el autoconocimiento acerca de cómo los propios valores, experiencias, cultura, y contexto
social, pudieran influir en las propias acciones e interpretaciones.
Principio III: La integridad está basada en comunicaciones honestas, abiertas y precisas. Incluye reconocer, controlar
y manejar sesgos potenciales, relaciones múltiples, y otros conflictos de interés que pudieran implicar un daño a otros
o su explotación. El levantamiento de la confidencialidad y comunicación completa de la información debe ser
balanceada junto con otras consideraciones éticas, incluyendo la necesidad de proteger la seguridad o la
confidencialidad de otros, y respetando las expectativas culturales.
4. Principio II: Cuidado competente del bienestar de los otros
El cuidado competente del bienestar de los otros implica trabajar en su beneficio y, sobre todo, intentando no
hacer daño. Ello incluye maximizar los beneficios, minimizar el daño potencial, compensando o corrigiendo el
daño. Otro requerimiento es adecuar el autoconocimiento acerca de cómo los propios valores, experiencias,
cultura, y contexto social, pudieran influir en las propias acciones e interpretaciones.
Primero debo tener en cuenta los siguientes valores asociados:
a. Preocupación activa por el bienestar de individuos.
La preocupación y la empatía que tendré al momento de saber que ella quiere el suicidio asistido porque hay
situaciones y vivencias en su vida que la atormentan y no la dejan seguir como persona y ser humano.
b. Maximizar los beneficios y minimizar los daños potenciales a los individuos o familias
Brindarle toda la información a la paciente sobre el duelo que llegarían a tener sus familiares, el suicidio
asistido parándome en una postura neutra, aunque tengo que velar por el derecho a la vida.
5. c. Respeto por la capacidad de individuos o familias para tomar decisiones por si mismo y para cuidar de si
mismos y entre si.
Puesto que en la evaluación de salud mental se afirmo que su capacidad de toma de decisiones esta conservada y
no interfiere su propia condición. Respetare su decisión de querer el suicidio asistido luego de poder hablarle
sobre lo que conllevaría su decisión siempre manteniéndome en una posición neutra.
d. Tener cuidado de no hacer daño a los individuos o familias
En el articulo 24 de la ley 1090 de 2006 se habla que cuando la evaluación o intervención psicológica se produce a
petición del propio sujeto de quien el profesional obtiene información, esta sólo puede comunicarse a terceras
personas, con expresa autorización previa del interesado y dentro de los límites de esta autorización.
Luego de respetar su decisión llegaría a la conclusión de que se puede comunicar a sus familiares la decisión que
tomara velando por su integridad, donde no permitiré ningún mal trato hacia ella.
6. Unión Internacional de Ciencia Psicológica (IUPsyS) (22 de julio de 2008). Declaración universal
de principios éticos para psicólogas y psicólogos. Ética Psicológica. Recuperado de
http://eticapsicologica.org/index.php/info-investigacion/item/33-declaracion-universal-de-principios-eticos-
para-psicologas-y-psicologos?showall=1
Diario Oficial No. 46.383 de (6 de septiembre de 2006). Ley 1090 de 2006. Ética Psicológica.
Recuperado de http://eticapsicologica.org/index.php/info-investigacion/item/37-ley-1090-de-2006?showall=1