2. PERIODICoO
Conociendo
CREATIVE
COMMONS
¿Qué es?
Creative Commons es un proyecto
internacional que tiene como
propósito fortalecer a creadores
para que sean quienes definan los
términos en los que sus obras
puedan usarse, qué derechos
desean entregar y en qué
condiciones lo harán.
La organización sin fines de
lucro creada por Lawrence Lessig,
profesor de derecho en la
Universidad de Stanford y autor de
importantes textos sobre ley del
ciberespacio, tiene como idea
central ofrecer un modelo legal de
licencias y una serie de
aplicaciones informáticas que
faciliten la distribución y uso de
contenidos dentro del dominio
público.
Creative Commons
proporciona un sistema que
automatiza la búsqueda de
contenidos comunes o bajo
licencia CC. Así, al licenciar su
obra, el creador establece
condiciones generales que quedan
incorporadas digitalmente a la
obra, de manera que un motor de
búsqueda puede identificarlas y
escoger la que más le convenga.
Objetivo
Creative Commons se destaca por
estar al frente del
movimiento copyleft, que tiene
como objetivo apoyar a construir
un dominio público más rico
proporcionando una alternativa al
“todos los derechos reservados”
del copyright, el denominado
“algunos derechos
reservados”.7
David Berry y Giles
Moss han acreditado a Creative
Commons con la generación de
interés en el tema de la propiedad
intelectual y la contribución al
replanteamiento del papel de los
“bienes comunes” en la “era de la
información”. Más allá de eso,
Creative Commons ha
proporcionado institucional,
práctica y legalmente soporte a
individuos y grupos que deseen
experimentar y comunicarse con la
cultura con una mayor libertad.8
Creative Commons pretende
contrastar lo que Lawrence Lessig,
fundador de Creative Commons,
considera que es una cultura
dominante y cada vez más
3. restrictiva. Lessig describe esto
como “a culture in which creators
get to create only with the
permission of the powerful, or of
creators from the past”9
que
significa “una cultura cuyos
autores logran crear sólo con el
permiso de los poderosos o de
autores anteriores”. Lessig
sostiene que la cultura moderna
está dominada por distribuidores
de contenido tradicionales con el
fin de mantener y reforzar sus
monopolios en los productos
culturales como la música y el
cine, y que Creative Commons
puede proporcionar alternativas a
estas restricciones.
En Colombia…
Colombia se incorporó a Creative
Commons el 22 de agosto de 2006
en un evento que contó con la
presencia de Lawrence Lessig,
fundador de la organización.
Desde entonces el equipo de
líderes de Creative Commons
Colombia ha realizado una labor
de promoción y difusión de las
licencias en diferentes escenarios
del país y del mundo.
El capítulo colombiano está
conformado por 3 líderes que
cuentan con el apoyo de la
Fundación Karisma, institución
afiliada a Creative Commons.
www.flickr.com
4. Licencias
Las licencias Creative
Commons o CC están inspiradas
en la licencia GPL (General Public
License) de la Free Software
Foundation, compartiendo buena
parte de su filosofía. La idea
principal detrás de ellas es
posibilitar un modelo legal
ayudado por
herramientas informáticas, para
así facilitar la distribución y el uso
de contenidos.
Existe una serie de licencias
Creative Commons, cada una con
diferentes configuraciones, que
permite a los autores poder decidir
la manera en la que su obra va a
circular en internet, entregando
libertad para citar, reproducir, crear
obras derivadas y ofrecerla
públicamente, bajo ciertas
restricciones.
Aunque originalmente fueron
redactadas en inglés, las licencias
han sido adaptadas a varias
legislaciones en otros países del
mundo. Entre otros idiomas, han
sido traducidas alespañol,
al portugués, al gallego,
al euskera y al catalán a través del
proyecto Creative Commons
International. Existen varios países
de habla hispana que están
involucrados en este
proceso: España, Chile, Guatemal
a, Argentina, México, Perú, Colom
bia, Puerto Rico y Ecuador que ya
tienen las licencias traducidas y en
funcionamiento, en tanto
queVenezuela y El Salvador se
encuentran en proceso de
traducción e implementación de
las mismas.
Asimismo, Brasil también tiene las
licencias traducidas y adaptadas a
su legislación.
Las licencias Creative
Commons están compuestas por
cuatro módulos de condiciones:
Attribution / Atribución (BY),
requiere la referencia al autor
original.
Share Alike / Compartir
Igual (SA), permite obras
derivadas bajo la misma
licencia o similar (posterior u
otra versión por estar en
distinta jurisdicción).
Non-Commercial / No
Comercial (NC), obliga a que la
obra no sea utilizada con fines
comerciales.
No Derivative Works / No
Derivadas (ND), no permite
modificar de forma alguna la
obra.
www.desarrolloweb.com
5. Algunas otras
organizaciones que
también han puesto
contenidos bajo licencias
CC son:
Arduino (CC BY-SA)
Citizendium (CC-BY-SA)
Knol (la mayoría CC BY-SA o
CC BY-NC-SA)
Ninjam (CC BY-SA)
The Saylor Foundation (CC BY)
Wikipedia (CC BY-SA desde
junio de 2009)
Wikimedia Commons (licencia
CC entre otras opciones)
Wikia (CC BY-SA, desde junio
de 2009)
Home of the Mozilla
Project (CC BY-SA)
Dominio Público
Por dominio público se entiende
la situación en que quedan las
obras literarias, artísticas o científic
as (lo que incluye programas
informáticos) al expirar el plazo de
protección del derecho de autor.
Cada legislación nacional
contempla un término de años
contados desde la muerte del
autor (post mortem auctoris), para
que estos derechos expiren. En
España, por ejemplo, 70 años
después de la muerte del autor sus
obras pasan al dominio público.
Mientras el dominio público ha
existido a lo largo de la historia de
la humanidad, los derechos de
autor recién fueron inventados
hace tres siglos.
Dominio público, en este caso,
implica que las obras pueden ser
explotadas por cualquier persona,
pero siempre respetando
los derechos morales de sus
autores (básicamente la
paternidad), pues lo que en
realidad expira son los derechos
de autor de carácter patrimonial, y
se suele abreviar
como PD (delinglés, public
domain).
Según el Convenio de Berna las
obras protegidas por el derecho de
autor pasan al dominio público a
los 50 años de la muerte del autor.
Dicho convenio reconoce el
derecho de los países signatarios
a ampliar el plazo de la protección.
Por ello, existen ordenamientos
donde el plazo es de 70, 80 o 100
años desde la muerte del autor.
WEBGRAFÍA
1. http://es.wikipedia.org/wiki/Dominio_p%C
3%BAblico
2. http://es.wikipedia.org/wiki/Creative_Com
mons#Objetivos_e_influencias
3. http://wiki.creativecommons.org/Colombia
4. http://aprendeenlinea.udea.edu.co/boa/co
ntenidos