1. LA FISCALIDAD FRENTE AL
COMERCIO ELECTRÓNICO.
• Según el tratadista Marco Albán Zambonino, nos manifiesta
que la revolución tecnológica que constituye Internet, hay que
decir que el concepto de comercio electrónico, en muchas de
sus variantes, no son tan nuevas como puede parecer. Si por
comercio electrónico entendemos el establecimiento de
relaciones comerciales por vía electrónica, éste es tan antiguo
como el telégrafo. Cuesta creer hoy en día, en plena era de las
comunicaciones, que en las primeras décadas del siglo XX
fuera posible anudar negocios de gran importancia entre
países. Que las cotizaciones de los mercados llegaren
convertidos en familiaridades para quienes lo compren, y
traducidos a las pocas horas para las grandes empresas de allí;
y viceversa. Si comercio electrónico es pasar un pedido de
naranjas por correo electrónico, también lo es hacerlo por
teléfono, por fax.
2. • Ello nos lleva a definir un poco mejor lo que entendemos por
comercio electrónico, y sus diferentes modalidades, a efectos
fiscales, hay dos tipos de comercio claramente diferenciados,
que la jerga al uso designa comercio off-line y on-line. El
comercio off-line sería el comercio por vía electrónica de
mercancías que físicamente hay que desplazar de un lugar a
otro. En este caso, por ejemplo una venta de naranjas por
seguir con el ejemplo mencionado antes, la electrónica se
utilizaría en la publicidad de la empresa, en el marketing del
producto, en la cotización de los precios, en el pedido, etc.,
pero posteriormente habrá que cargar un contenedor con la
mercancía, y hacerlo llegar por vía marítima, terrestre o aérea
a su destino. Si éste está en otro país, intervendrán las
autoridades aduaneras de entrada y salida, imponiendo los
impuestos los derechos de aduana a la entrada, si los hubiera.
3. Ejemplo del ensayo
• Pensemos, por ejemplo, en la facilidad que ofrece ahora el
Internet para hacer pequeñas compras al extranjero. Hasta
ahora, la venta internacional por catálogo ya existía, pero el
número de empresas que la ofrecían, y el de compradores que
la utilizaban era reducido, debido al engorro de las
comunicaciones. Sin embargo, el comercio electrónico puede
disparar los envíos a particulares que, si tienen un valor
inferior al límite, gozan de una tarifa reducida en sus derechos
de aduana. Existe, pues, la probabilidad de que, ante una
avalancha de pequeñas compras propiciadas por Internet, las
autoridades aduaneras modifiquen o simplemente apliquen
con mayor rigor la reglamentación relativa a pequeños envíos
internacionales.
4. • Mientras que por comercio on-line entendemos la compra-
venta de un producto que, debido a que puede ser
digitalizado, puede transmitirse por vía electrónica, sin
necesidad de desplazar físicamente una mercancía. Como
ejemplos más corrientes está la transmisión de música, libros,
planos, noticias, y un etc. que se amplía cada vez más, según
se desarrollan nuevas técnicas de transmisión de datos. Ahora
mismo es perfectamente posible vender una operación de
riñón por vía electrónica, en la que cirujano y paciente pueden
estar a miles de kilómetros.
5. • En esta modalidad, el funcionario tradicional de aduanas no
tiene medio de detectar un transporte de mercancías por un
puerto o aeropuerto, y hasta para un inspector de hacienda es
difícil conocer actividades de gran valor económico generadas
por medio de un simple PC en cualquier domicilio particular.