1. DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DE REPOSISIÓN
Expediente Nº :
Cuaderno : Principal
Escrito Nº : 01
Sumilla : DEMANDA
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO
CARLOS ENRIQUE SOTO FLORES,
identificado con DNI 45101512 con dirección domiciliaria en Calle Moquegua Nº
621 II Nivel y señalando domicilio procesal en la Calle Ancash Nª 458-A interior
Oficina Nº 002 de esta ciudad de Moquegua, ante Ud. Con el debido respeto me
presento y expongo.
I. DEMANDADOS
1.1. GobiernoRegional de Moquegua.
Debidamente con dirección domiciliaria en
Calle Ancash 525 de esta ciudad Moquegua.
1.2. Procurador Público Regional del
Gobierno de Moquegua con dirección domiciliaria en la Av. Circunvalacion S/N
de esta ciudad de Moquegua.
II. PETITORIO
Invocando interés y legitimidad parar obrar por
derecho propio, al haber sido objeto de despido incausado. Interpongo Por
derecho propio, al haber sido objeto de despido incausado, interpongo
pretensiones de:
II.1. Pretensión Principal
2.1.1.Nulidad total de la Carta Nº 0565-2009-SGP-GRM del 31 de noviembre de
2009 a través d la cual me comunican que se prescinde de mis servicios , por la
causal prevista en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 27444.
2.1.2. Nulidad total de la Resolución Ejecutiva Regional 344-2009-GR/MOQ del 07
de diciembre de 2009, a través de la cual se desestima el recurso de apelación del
actor, por la causal prevista en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 27444.
2. II.2.Pretensión Accesoria
2.2.1. Reposición en el puesto de trabajo que venía desempeñando de Secretaria
de la Gerencia de Inversiones u otro equivalente.
III. FUNDAMENTOS DE HECHO
3.1 Presto servicios para la demandada por 20
meses y 7 días, en forma permanente e ininterrumpida.
3.2. Sin expresarme causa alguna, la
demandada, el 31.11.2009. a través de esta se me comunica que prescinden de
mis servicios , motivando ello un despido incausado.
3.3. Debe tenerse en cuenta que a través de la
Resolución de Alcaldía Nº 162-2008- A/ MPMN del 30.10.2009 se resolvió
asignarle plaza vacante aprobada en el CAP Y PAP.
3.4. Siendo así, al haber superado un año de
servicios prestados ininterrumpidamente en labores de naturaleza permanente;
cumpliendo así los presupuestos de la Ley 24041, alcanzando protección frente al
despido arbitrario , pudiendo ser cesada por causa justa y previo procedimiento
administrativo disciplinario, pero su despido fue producto de una decisión unilateral
, siendo incausado , debiendo reponérsele a su centro laboral
3.5. Impugno la carta de su despido pero por
Resolución Ejecutiva Regional 344-2009 GR- MOQ se declara infundado, por lo
que estoy habilitado para el ejercicio de la presente acción.
IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
1. El artículo 148 de la Constitución preceptúa
2. Que “Las resoluciones administrativas que
causan estado son susceptibles de
impugnación mediante la acción contencioso-
administrativa”
3. El artículo 27 de la Constitución preceptúa
que “La ley otorga al trabajador adecuada
protección contra el despido arbitrario”.
4. El artículo de la Ley 24041, que establece
que “Los servidores públicos contratados para
labores de naturaleza permanente, que
tengan más de un año ininterrumpido de
servicios, no pueden ser cesados ni
destituidos sino por las causas previstas en el
3. Capitulo V del Decreto Legislativo Nª 276 y
con sujeción al procedimiento establecido en
el, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo
15 de la misma ley”.
5. Los artículos 4 inciso 1) y 5 inciso 1) del TUO
de la Ley 27584 que prescribe que “Articulo
4… Son impugnables en este proceso las
siguientes actuaciones administrativas: 1. Los
actos administrativos y cualquier otra
declaración administrativa” y “Articulo 5… En
el proceso contencioso administrativo podrán
plantearse pretensiones con el objeto de
obtener lo siguiente: 1. La declaración de
nulidad, total o parcial o ineficacia de actos
administrativos…”
V. MONTO DEL PETITORIO
Inapreciable en Dinero.
VI. VIA PROCEDIMENTAL
Proceso Especial.
VII. MEDIOS PROBATORIOS
1. Copia Fedateada de la Corte Nº 0586-2009-
SGP- MPMN del 31 de noviembre de 2009.
2. Copia Fedateada de la Resolución Ejecutiva
Regional 344-2009-GR/MOQ del 07 de diciembre de 2009
3. Certificado de trabajo en original del 28 de
Noviembre de 2009.
4. Boletas de Pago (20) en original del periodo
2008 y 2009.
5. Informes en original (32) del periodo 2008 y
2009.
6. Memorándums en original (15) del periodo
2008 y 2009.
VIII. ANEXOS
Anexo 1.A: Copia de DNI.
4. Anexo 1.B: Copia Fedateada de la Carta Nº
0565-2009- SGP-MPMN del 31 de Noviembre de 2009.
Anexo 1.C: Copia Fedateada de la Resolución
Ejecutiva Regional 344-2009 – GR/MOQ del 07 de diciembre de 2009.
Anexo 1.D: Certificado de Trabajo en original del
26 de Noviembre de 2009.
POR LO EXPUESTO:
A Ud. Pido sirva dar trámite a la demanda
interpuesta, calificada positivamente y declararla fundada en su oportunidad
conforme a ley.
Moquegua, 27 de diciembre de 2009
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Abog. Lizet Tatiana Tacca Silva Carlos Enrique Soto Flores
C. A. M. 2067 DNI 45101512