1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder popular par las Comunas y los Movimientos Sociales
Movimiento Nacional del Consejo de Trabajadores y Trabajadoras
“Comandante Eterno”
Caracas 04 de Febrero de 2017
PROPUESTA DE LA
COMUNAS OBRERA
2. PROPUESTA SOBRE LA “COMUNA OBRERA” .
Ideas para el desarrollo de la Clausula 10 del
Contrato Marco Socialista de la APN.
I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
II. Nuestro Comandante Eterno, Hugo Rafael Chávez Frías, en su Alo
Teórico N° 1, claramente esboza que “El espíritu de la Comuna
es más importante que la comuna misma”.
3. II. CONTEXTO NORMATIVO
Es importante aclarar aquí que la Clausula 10 del
Contrato Marco socialista de la Administración
Pública Nacional, postula “la participación activa de
las y los servidores públicos en las Comunas”; no se
trata de crear una Comuna Obrera, divorciada del
ámbito territorial.
Ley Orgánica de las Comunas es taxativa en su
Artículo 1, Cap. 7 “La Comuna se constituye por
iniciativa popular Literal 1-7, 8,9 y 10
4. III.- IDEAS FUERZA DE LA PROPUESTA
Es en este contexto normativo y situacional que
proponemos:
Impulsar la participación activa de las servidoras y
servidores públicos organizados/as, en las Comunas
(cercanas a los centros de trabajo donde se
desempeñan); o en su defecto donde no las haya,
promover la organización de las mismas, tal como está
previsto en la clausula décima (10°) del Contrato Marco
Socialista de la Administración Pública Nacional, de
reciente vigencia; a fin de:
5. III.- IDEAS FUERZA DE LA PROPUESTA
1. Punto y círculo. Incorporándonos como Sindicatos,
Consejos de trabajadores/as, Frentes amplios,
Federaciones, CLAPs, Colectivos, Movimientos Sociales
en una red de Organizaciones de base del Poder Popular,
en torno a las Comunas constituidas en los corredores
territoriales socialistas del entorno de los centros de
trabajo, donde desempeñamos nuestras fuerzas y
relaciones de producción, a fin de complementarnos
mediante el principio de la concurrencia y la
corresponsabilidad. O promover su constitución en
aquellos territorios donde aun no las haya.
6. III.- IDEAS FUERZA DE LA PROPUESTA
2. Coordinación social. Establecer vínculos socio
productivos, culturales y formativos mediante la
instalación de mesas de trabajo con las
Comunas y Consejos Comunales aledañas a los
Centros de trabajo de nuestros servidores/as, a
los fines de identificar y caracterizar las aéreas
comunes de coincidencia donde nos podemos
complementar y entre ayudarnos para fortalecer
las bases materiales de sustentación del modelo
socialista Bolivariana del S. XXI,
7. III.- IDEAS FUERZA DE LA PROPUESTA
3. Información y comunicación. Fortalecer
lazos mediante el compartir de lo que tenemos,
lo que somos, lo que hacemos y queremos
lograr para tener claro cuál es el rol de cada
quien en el proceso socio productivo y
organizacional. Aquí debemos construir y
validar la propuesta de articulación con
agendas y cronogramas de acompañamiento y
corresponsabilidad. como respuesta a las
necesidades y potencialidades de las
comunidades.
8. III.- IDEAS FUERZA DE LA PROPUESTA
4. Información y comunicación. Fortalecer lazos
mediante el compartir de lo que tenemos, lo
que somos, lo que hacemos y queremos lograr
para tener claro cuál es el rol de cada quien en
el proceso socio productivo y organizacional.
Aquí debemos construir y validar la propuesta
de articulación con agendas y cronogramas de
acompañamiento y corresponsabilidad. como
respuesta a las necesidades y potencialidades
de las comunidades.
9. III.- IDEAS FUERZA DE LA PROPUESTA
Se propone aquí mediante la aplicación de los
anteriores componentes, estrategias y tácticas
trascender la condición sólo reivindicativa de
los trabajadores/as, para compartir en
concurrencia y corresponsabilidad mediante
proyectos y actividades culturales, turísticas,
formativas, recreativas, productivas y
distributivas compartidas con las Comunas el
poder popular, en ámbitos tales como:
10. III.- IDEAS FUERZA DE LA PROPUESTA
•Mercados comunales.
•Ahorro e inversión.
•Cultivo de rubros alimenticios.
•Ganadería, pesca y acuicultura.
•Distribución de alimentos y productos a precio justo.
•Construcción de vivienda y hábitat.
•Recreación, deporte y uso positivo del tiempo libre.
•Voluntariado liberador.
•Clap obrero.
•Entre otros que redunden en beneficio y
fortalecimiento del sistema de agregación comunal.
11. IV.- TAREAS PERMANENTES:
Realización de diagnósticos situacionales sobre el
sector específico que permitan identificar los
problemas, las potencialidades, los riesgos y amenazas
para la población objeto de la atención.
Diseño de propuestas de políticas y planes de acción
que permitan resolver los problemas planteados.
Evaluación y control de la gestión pública para levantar
alertas tempranas en tiempo real y hacer más
transparente los procesos de administración pública.
Co-ejecución de políticas y planes operativos donde se
decida y concrete el carácter participativo en la
ejecución de las actividades, proyectos, programas o
planes.
12. V.- OTROS ASPECTOS NORMATIVOS
COMPLEMENTARIOS:
EN EL CAPÍTULO II DE LA LEY
ORGÁNICA DEL PODER POPULAR
De las organizaciones y expresiones
organizativas del Poder Popular en
su Artículo 9, Art. 11 Literal 1-5, cap.
11,12,13,14,15
13. LEY DE LOS CONSEJOS PRESIDENCIALES
DE GOBIERNO DEL PODER POPULAR.
Artículo 5°. Los Consejos Presidenciales del Poder Popular, en su ámbito
particular, tendrán las siguientes responsabilidades:
1.Generar lineamientos y orientaciones al Gobierno Revolucionario para el
desarrollo de políticas, planes, programas y proyectos así como la resolución
de problemas concretos.
2. Participar en el diseño, formulación, ejecución, seguimiento y control de
los planes sectoriales.
3. Acompañar y hacer seguimiento a la gestión de gobierno.
4. Participar en nuevas dinámicas económico productivas, de principios
socialistas y bases distribuidas justas y eficientes.
5. Proponer, bajo el principio de cogobierno, una agenda compartida y
corresponsable de acciones que deben ser desarrolladas, de manera
conjunta, entere el gobierno y el poder popular.
14. Capítulo II. De la organización y funcionamiento de
los Consejos Presidenciales. De las Vocerías.
6. Garantizar en cada Consejo Presidencial el
desarrollo de un esquema organizativo que
permita el avance en la configuración del
Sistema de Gobierno Popular, con principios de
trabajo y funcionamiento apegados a la
democracia participativa y protagónica.
7. Generar una articulación efectiva entre los
diferentes Consejos Presidenciales para
establecer un plan de lucha conjunto en la
construcción del Sistema de Gobierno Popular y
transición al socialismo.
15. Capítulo II. De la organización y funcionamiento de
los Consejos Presidenciales. De las Vocerías.
Artículo 10°. Las Voceras y
los voceros deberán ser
legitimados en asambleas
debidamente constituidas, de
base, por las organizaciones a
los cuales pertenecen y
responder a los intereses del
colectivo.
16. Capítulo II. De la organización y funcionamiento de
los Consejos Presidenciales. De las Vocerías.
Para el 01 de Octubre de 2015, el Presidente Nicolás
Maduro ha creado una instancia de participación
directa que le permite gobernar con el pueblo. Se trata
de Los Consejos Presidenciales de Gobierno Popular
que los ha definido como “La base fundamental en la
construcción del socialismo en el aspecto político”
donde expresa la necesidad de “Activar los Consejos
Presidenciales de Gobierno Popular porque son el eje
central de la construcción del socialismo en lo político
en esta etapa de la Revolución".
17. VI.- PRINCIPIOS E INDICADORES DE LA
PROPUESTA:
1. Democracia Participativa y Protagónica.
2. Unidad e integración.
3. Producción
4. Concurrencia.
5. Progresividad.
6. Co-responsabilidad.
7. Auto-gobierno.
8. Co-gestión.
9. Cooperación.
10. Rotación de las vocerías.
11. Interés colectivo.
12. Reconocimiento.
13. Rendición de cuentas.
14. Integridad territorial.
15. Eficiencia, eficacia y efectividad.
18. VII.- OBJETIVOS:
Objetivo Político: Fortalecimiento de la democracia
participativa y protagónica mediante relaciones de
complementariedad y unificación entre las y los
servidores públicos, parlamento Comunal, el Consejo
Presidencial de Gobierno del Poder Popular de los
Trabajadores y el Consejo Presidencial de Gobierno del
Poder Popular de las Comunas y de los Movimientos
Sociales, a fin de desarrollar la Clausula 10 del
Contrato Marco Socialista de la APN, en el marco de la
concepción del Estado democrático, social de derecho
y de justicia.
19. Objetivos específicos:
1. Establecer mecanismos de acuerdo, voluntad política y
confluencia de intereses entre los Servidores Públicos, el
Parlamento Comunal, ambos Consejos Presidenciales. y los
Movimientos Sociales, a fin de generar la unificación de criterios
en el desarrollo de estrategias y acciones conjuntas en el ámbito
de su actuación.
2. Consolidar las instancias de los y las trabajadoras en
condiciones de autogobierno con las Comunas en su estructura,
organización y funcionamiento; a fin de generar condiciones
subjetivas, objetivas y materiales de eficacia y eficiencia, en esta
relación.
3. Fortalecer el desarrollo orgánico y organizacional de estas
instancias de agregación, a fin de contribuir con la
complementariedad y co-gestión de la relación entre los actores
mencionados
20. VIII.- ACCIONES CONCRETAS:
• Reuniones de trabajo y debate de esta propuesta para
evaluar su viabilidad en el espacio sindical firmante del
Contrato Marco Vigente.
• Realizar agendas y cronogramas de trabajo.
• Realizar Mesas de Trabajo entre los actores y factores
propuestos.
• Debatir, validar y legitimar las propuestas con las bases
del poder popular.
•Propiciar reuniones conjuntas por estado, ramos de
industria, sectores ministeriales y corredores
comunales.
21. IX.- FUNCIONAMIENTO ORGANICO:
1. Plenaria Nacional.
2. Reunión Nacional de las Vocerías.
3. Plenaria Estadal
4. Reunión Estadal de las Vocerías
5. Reunión con los niveles de agregación en el
territorio: Corredores Comunales, Bloques
Estadales de los Consejos Presidenciales de
Gobierno Popular señalados, Parlamentos
Estadales, Ciudades Comunales y demás actores
del sistema de agregación comunal.
22. DESARROLLO DEL FUNCIONAMIENTO:
La plenaria nacional debe reunirse al final de los
encuentros por corredores territoriales, estadales y
sectoriales. Cada una tendrá una serie de requisitos y
condicionantes que los caracterice.
IX.- FUNCIONAMIENTO ORGANICO: